Abogado Digital

Page 51

NUESTROS ESPECIALISTAS

Hacia un nuevo régimen en la CONVEMAR

Mtro. Sergio Ricardo Hernández Ordoñez

LOS RECURSOS GENÉTICOS MARINOS QUE SE ENCUENTRAN MÁS ALLÁ DE LA JURISDICCIÓN NACIONAL CONSTITUYEN UN OBJETO JURÍDICO HASTA AHORA NO REGULADO, SU ACCESO NO MANDATA COMPARTIR BENEFICIOS.

Docente en la Universidad Tecnológica de México sergio_hernandezo@my.unitec.edu.mx

La biopiratería es una problemática que nos aqueja a nivel mundial. Se caracteriza por el uso indebido de los recursos genéticos de una manera no acordada y sin compartir ningún beneficio.1

1

Thomas Greiber, et alt. Guía explicativa del protocolo de Nagoya sobre acceso y participación en los beneficios, Serie de Política y Derecho Ambiental. UICNMinisterio Federal de Cooperación Económica y Desarrollo-Ministerio de Asuntos Exteriores de Dinamarca, 2013.

PROBLEMÁTICA DERIVADA DE LA BIOPIRATERÍA El actual acceso a los recursos genéticos marinos podría estar evadiendo el compartir los beneficios derivados de su utilización, generando prácticas de biopiratería. Ante la falta de claridad legal y la ausencia de normas jurídicas que regulen el acceso apropiado a los recursos genéticos, la humanidad entera podría perder o estar perdiendo la oportunidad de beneficiarse socialmente de esta riqueza natural. Los recursos genéticos constituyen un insumo fundamental para la industria mundial. Entre los sectores industriales que utilizan recursos genéticos se encuentra el farmacéutico y de cosméticos. Las prácticas de biopiratería ponen en evidencia la fragilidad de los sistemas legales para no

hacerle un frente efectivo. Al mismo tiempo, la biopiratería refleja la necesidad de establecer un marco regulatorio en el tema que permita sentar las bases de la actuación jurídica por parte de la comunidad internacional para enfrentar la problemática, concretamente respecto de los recursos genéticos marinos más allá de la jurisdicción nacional. Entre los beneficios derivados por la utilización de los recursos genéticos se encuentran los ingresos monetarios por la venta al público de los productos finales y por los derechos de propiedad intelectual e industrial que se generan e integran al producto, ello al proteger el proceso y el producto final (patentes, marcas, entre otros). Tales beneficios podrían estarse apropiando sin compartirlos con los legítimos propietarios de los recursos genéticos accedidos, o bien, con la humanidad. Dicha situación

Enero 2020  |  49


Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.