LIBROS RECOMENDADOS
Lucio Alfonso Rubio Antelis. Flores Editor y Distribuidor, 2017.
CONTEXTUALIZACIÓN DE LA NORMATIVIDAD SUPRANACIONAL DE DERECHOS HUMANOS AL SISTEMA PENAL
Los sistemas jurídicos penales de todo el orbe han sido trastornados por los convulsivos e inesperados efectos de la globalización, transformando la realidad jurídica de las poblaciones. La contextualización de la normatividad supranacional de derechos humanos al sistema penal se interesa por los diferentes cambios sufridos por este fenómeno en el contexto jurídico local. Por ello, se destaca la importancia que guardan las normas internacionales en materia de derechos humanos y su aplicación a los modelos, formas y sistemas del derecho penal en el ámbito regional. La obra se ofrece como un instrumento normativo para facilitar el trabajo cotidiano de los administradores de justicia en los diferentes ámbitos punitivos y abarca diferentes aspectos doctrinarios, la normatividad aplicable, los diferentes criterios jurisprudenciales tanto locales como internacionales que en conjunto conciernen a los sistemas locales de justicia penal.
COMPLIANCE PENAL Y RESPONSABILIDAD CIVIL Y SOCIETARIA DE LOS ADMINISTRADORES
Manuel Ruiz de Lara, Óscar Serrano Zaragoza y Luis A. Gollonet Teruel. Bosch (Wolter Kluwer), 2018.
El artículo 31bis del Código Penal ha introducido un sistema de responsabilidad penal de las personas jurídicas que ha supuesto, implícitamente y de facto, el establecimiento de un deber normativo dirigido mediatamente a los administradores sociales y cuyo contenido consiste en que éstos, en el ámbito de su deber fiduciario de gestionar la empresa con la diligencia de un ordenado empresario, deben configurar una estructura organizativa en el seno de la persona jurídica objetivamente idónea para reducir o minimizar el riesgo jurídico-penal de que una persona física integrada en la misma cometa un delito. El incumplimiento de dicho deber normativo por parte de los administradores sociales, tanto por omisión imprudente como dolosa, conllevará su responsabilidad civil/ societaria, siempre y cuando de dicho incumplimiento se haya derivado cualquier clase de daño o perjuicio patrimonial para la sociedad, y de modo reflejo, para los socios y acreedores.
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