LA PESCA EN LA FACHADA ATLÁNTICA Y ESEQUIBA DE VENEZUELA La Fachada Atlántica y Esequiba se encuentra situada en la Zona Económica Exclusiva (ZEE), al este de Venezuela y es un punto de encuentro de los dos Grandes Ecosistemas Marinos (GEM) de la América tropical oriental, el Gran Ecosistema Marino del Caribe y el Gran Ecosistema Marino de la Plataforma Continental del Norte de Brasil (PNUD/FMAM, 2021); que cuentan con una extensión total de 4.4millones de km2, bordada por más de 26 Estados y territorios, que sustentan de manera significativa la seguridad alimentaria, el desarrollo socio económico de la región así como, es clave para muchos de los importantes procesos ecológicos regionales y globales. La zona de la Fachada Atlántica venezolana también está vinculada a la Ecorregión Delta del Orinoco y la Fachada Atlántica (Klein, 2008); la cual se encuentra constituida por más de 42.500 km2, de alta biodiversidad, vientre ecológico productor de recursos pesqueros y asentamiento socio cultural indígena de las etnias warao que ejercen soberanía en las fronteras orientales de nuestro país. Los Grandes Ecosistemas Marinos (GEM) son regiones relativamente vastas (de 200 000 km2 o más) de los océanos, las que se caracterizan por su batimetría, hidrografía, productividad y poblaciones tróficamente dependientes particulares (FAO, 2021).
En gran medida, tanto los recursos marinos como los problemas que los afectan son compartidos por muchos de los territorios que conforman estas áreas; siendo estos: la “Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada” (Pesca INDNR), la pesquería no sostenible, los recursos no explotados y/o compartidos, la degradación del hábitat marino y el cambio climático, entre otros. Al mismo tiempo, existe un alto nivel de variabilidad en los logros de la región con respecto a la gobernanza del océano y a las capacidades de gestión de los recursos marinos de cada Nación. Por otra parte, la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO), a través de la Comisión de Pesca para el Atlántico Centro Occidental (COPACO), ha implementado estudios sobre poblaciones Figura 1.- Grandes Ecosistemas Marinos (GEM) que involucra la Fachada compartidas de las pesquerías de camarones y peces de Atlántica Esequiba (PNUD/FMAM, 2021) fondo de la plataforma Guayanas-Brasil (FAO. 2013) con la participación de 5 de 6 países que tienen derechos y hacen presencia pesquera en la región de la plataforma de las Guayanas. El estudio del caso, se llevó a cabo en el marco de una iniciativa financiada por la Oficina de las Naciones Unidas de Servicios para Proyectos (UNOPS), el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Fondo para el Medio Ambiente Global (FMAM) en un proyecto que engloba el Gran Ecosistema Marino del Caribe y de la Plataforma Continental del Norte de Brasil (Proyecto CLME+) y que tiene como objetivo ayudar a los países de la región (Guyana, Trinidad Tobago, Surinam, Guayana Francesa, Brasil y Venezuela) a mejorar la gestión de sus recursos marinos vivos compartidos; la mayoría de los cuales se consideran plenamente explotados, no obstante existen recursos pesqueros pelágicos y de fondo al final de la plataforma continental y en el talud. El diagnostico transfronterizo identifico 3 problemas prioritarios, los cuales tienen que ver con: explotación insostenible de peces y otros recursos vivos, la Pesca Ilegal No Declarada y No Reglamentada (Pesca INDNR) y la degradación/modificación del hábitat. El propósito del caso de estudio fue evaluar la situación de las poblaciones compartidas de las pesquerías de camarones y peces de fondo; el otro objetivo estimado fue incorporar el enfoque ecosistémico en la ordenación pesquera regional. Cabe señalar, que este enfoque ecosistémico para Venezuela esta sugerido como política a implementar en la reforma propuesta al vigente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Pesca y Acuicultura (Gaceta Oficial N°6150 Extraordinaria); a los efectos de regular y monitorear las actividades productivas del sector de pesca y acuícola a nivel nacional e internacional. Atendiendo a esta consideración se desarrolló e incluyó, en la propuesta de ley, el articulo 41 sobre la pesca pelágica mecanizada (Figura 2); orientado al aprovechamiento sostenible de los recursos pesqueros en la Fachada Atlántica y Esequiba, de forma ordenada y exclusiva, y con el objetivo de