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OS INCIDENTES SE CLASIFICARÁN DE ACUERDO A LA MAGNITUD DEL RIESGO Y DE LA LESIÓN O DAÑO QUE PUEDAN CAUSAR A LAS PERSONAS, AL PROCESO OPERACIONAL, AL PATRIMONIO DE LA EMPRESA O AL MEDIO AMBIENTE. PARA ELLO, DEBEN ESTABLECERSE NIVELES PREDEFINIDOS PARA LAS EMERGENCIAS, LAS QUE SE PRESENTAN A CONTINUACIÓN:
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EMERGENCIA 55 2 326326 1H 2H
Clasificación NIVEL 1
de
Emergencia
Responsabilidad de Emergencia NIVEL 2
Son aquellas que afectan sólo un área de la operación y puede ser controlada con los recursos propios de dicha área operacional sin generar un impacto inmediato a las personas o las operaciones. Las labores pueden ser dirigidas por el Ingeniero de Turno del área, o quien lo reemplace. De acuerdo a la evolución del evento, se solicita que concurra el ABC de la emergencia de la División.
El Ingeniero de Turno o Ingeniero Experto de Operaciones o quien lo reemplace, mientras realizan las actividades de mitigación, quedarán a la espera que concurra el ABC de emergencia divisional al lugar del siniestro, activada vía protocolo con la Central de Comunicaciones (CECOM).
Responsabilidad de Emergencia NIVEL 1 El Ingeniero de Turno o Ingeniero Experto de Operaciones o quien lo reemplace, debe ser el encargado de aplicar las acciones de control inmediatas (activación de alarmas, evacuación de áreas, atender la alerta, conforme a la magnitud del evento) mientras acude el ABC de emergencia de la Divisón, previa comunicación inmediata a la Central de Comunicaciones y Monitoreo (CECOM).
Clasificación NIVEL 2
de
Emergencia
Son aquellas emergencias que por sus características requieren reforzar operativamente la respuesta local y se necesita, para su control definitivo, la intervención del ABC de emergencia divisional, que se coordinará a través de la CECOM, pero que por sus posibles complicaciones e implicancias en la empresa, o hacia la comunidad o las autoridades, requieren que el Comité Manejo de Emergencia (CME) quede en estado de alerta.
El Director de Protección Industrial y Siniestralidad comunicará la situación al Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional, quién previa confirmación y evaluación, solicitará la constitución del Comité Manejo de Emergencia (CME) quedando en estado alerta.
Clasificación NIVEL 3
de
Emergencia
Son aquellos eventos que por sus características, magnitud e implicaciones, estarían fuera de control y qué por lo tanto requieren de la intervención inmediata, masiva y total de recursos externos a la División. Es una emergencia que sobrepasa la respuesta de la División y requiere de la activación y conformación inmediata del Comité Manejo de Emergencia (CME).
Responsabilidad de Emergencia NIVEL 3 El Ingeniero de Turno o Ingeniero Experto de Operaciones o quien lo reemplace aplicará el procedimiento similar al de la Emergencia Nivel 2, con diferencia, que en este nivel y de acuerdo a su evolución se deberá constituir en forma inmediata el Comité Manejo de Emergencia (CME) de la División, solicitado por el Gerente