VIOLENCIA Y AGRESIÓN SEXUAL EN EL NOVIAZGO DE ADOLESCENTES ESCOLARES El Distrito Escolar Técnico Vocacional del Condado de New Castle (el "Distrito") reconoce que los entornos de aprendizaje seguros son necesarios para que los estudiantes aprendan y alcancen altos estándares académicos. El distrito se esfuerza por proporcionar entornos de aprendizaje seguros para todos los estudiantes. I.
Definiciones A. "Agresión sexual": como se usa en esta política, significa cualquier comportamiento sexual no deseado cometido por un perpetrador que es un extraño para la víctima, o que la víctima conoce o que es pariente de la víctima por sangre, matrimonio o unión civil. Los comportamientos que caen bajo esta definición incluyen, pero no se limitan a: * Acoso sexual: que incluye cuando (1) una persona amenaza con participar en una conducta que probablemente resulte en la comisión de un delito sexual contra cualquier persona; o (2) Una persona sugiere, solicita, solicita, ordena, importuna o intenta inducir a otra persona a tener contacto sexual o relaciones sexuales o penetración sexual ilícita con el actor, a sabiendas de que es probable que el actor cause molestia, ofensa o alarma a esa persona. * Contacto sexual: que se define como (1) Cualquier toque intencional por parte del perpetrador del ano, senos, nalgas o genitales de otra persona; o (2) Cualquier contacto intencional de otra persona con el ano, el seno, las nalgas o los genitales del perpetrador; o (3) Causar o permitir intencionalmente que otra persona toque el ano, el seno, las nalgas o los genitales del perpetrador, cuyo contacto, bajo las circunstancias vistas por una persona razonable, tiene la intención de ser de naturaleza sexual. El contacto sexual también incluirá tocar cuando esté cubierto por la ropa. * Relación sexual: que se define como (1) Cualquier acto de unión física de los genitales o el ano de 1 persona con la boca, el ano o los genitales de otra persona. Ocurre ante cualquier penetración, por leve que sea. No se requiere eyaculación. Este delito comprende los delitos comúnmente conocidos como violación y sodomía; o (2) Cualquier acto de cunnilingus o felación, independientemente de si se produce penetración. No se requiere eyaculación. * Penetración sexual: que se define como (1) La colocación ilegal de un objeto (artículo, dispositivo, instrumento, sustancia o cualquier parte del cuerpo) dentro del ano o la vagina de otra persona; o (2) La colocación ilegal de los genitales o cualquier dispositivo sexual dentro de la boca de otra persona. * Abuso sexual infantil: la exposición deliberada de un menor a una actividad sexual que el menor no puede comprender o consentir. Esto significa que un menor es forzado o coaccionado a tener relaciones sexuales o actividades sexuales por parte de otra persona. Este comportamiento incluye actos tales como tocar inapropiadamente los senos o los genitales de un menor, alguien que expone sus genitales a un menor, caricias, contacto oral-genital, coito genital y anal, así como exhibicionismo, voyerismo y exposición a la pornografía.
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