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Los juicios en Londres a mediados de 1876

la República del Perú, contra la Casa Thomson Bonar. Cedió este personero a la República cualquier derecho que tuviese o pudiese tener en las utilidades del negociado obtenidas por la casa mencionada, sin perjuicio de aceptar su responsabilidad si se comprobaba que habría autorizado o contribuido a los procedimientos materia de los cargos o participado en provechos y utilidades indebidas. La demanda aseveró que Thomson Bonar había cargado en sus cuentas comisiones adicionales además de las que le gí timamen te le co rrespondían en virtud de sus contra tos; agregó que, con ánimo fraudulento, había pasado a la compañía consignataria cuentas falsas referentes al dinero recibido por el expendio del guano y los gas tos efectuados en el almacenaje y la descarga y en otras diligencias concernientes a las ventas; y dejó constancia, asimismo, de que dolosamente se había apropiado de los produc tos de la venta de sacos viejos o ave riados como también del guano averiado y de las ba rreduras; y que de otras maneras a tra vés de los segu ros, la di fe rencia en el cambio, los intereses sobre saldo de ventas, las sub-agencias y las extra-comisiones habían logrado ganancias indebidas en las transacciones ligadas al expendio del guano a esa casa confiado.

Joaquín Torrico se había estado dirigiendo desde 1872 al Poder Legislativo sobre el juicio de Londres. A partir de agos to de 1876 (exhibiendo to davía su título de miembro de la comisión de delegados fiscales) se presentó varias veces ante el Congreso para solicitar en enérgicos términos la nulidad de la transacción celebrada con el apoderado de la casa consignataria. Torrico comprendió en su pro testa muchas alusiones a la época en que él había actuado, negó título y facultad a los delegados para celebrar la transacción y protestó de que el catálogo de cargos hubiese quedado reducido en considerable cantidad con lo cual se hacía sufrir al Estado lesión más que enormísima. Especial interés revisten sus representaciones sobre este asunto presentadas el 1º de diciembre y el 18 de diciembre de 1876. Según su pun to de vista, además, la codemanda entre el Estado y la compañía nacional contra Thomson Bonar no debía tener lugar, pues habían existido entre estas dos entidades contratos ilícitos, agregando que la inspección de las cuentas personales y de carácter privado existentes entre ellas no había llegado a ser plenamente conocida. "Si la Compañía Nacional de Consignación (afirmaba en su escri to de 18 de diciembre de 1876) dice en alta voz a la República que hace causa común contra los verdaderamente responsables porque, jamás autorizó procedimiento alguno indebido ni aprovechó de ganancias ilícitas, es preciso admitir, según la palabra de los abogados ingleses que consultó la comisión, que aquella compañía ha estado presentando inocentemente al Gobierno cuentas inexactas, es decir las cuentas que le presentaban los señores Thomson Bonar y Cía., y que inocentemente había estado defraudando a la República y es preciso admitir también como lícita la adulteración del guano y su consiguiente depreciación y últimamente el pacto secreto que celebró esta compañía con sus agentes en el que se estipularon condiciones harto perjudiciales a los intereses del Fisco". Torrico incluyó entre los anexos de sus memoriales varios extrac tos y copias de las cuentas to madas en los libros de Thomson Bo nar. En esos documen tos no había uno solo que pudiera inculpar a Manuel Pardo personalmente.

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El Congreso no tomó en cuenta los es cri tos de Joaquín Torrico.

los JuI cIos en lon dres a Me dIa dos de 1876.- La de le ga ción fiscal llegó a seguir en

Lon dres, en suma, cua tro juicios con Thom son Bo nar: por con sig na ción del guano (de acuer do con la com pa ñía na cio nal); por el em prés ti to de 1862; por mutua re con ven ción; y por la cuenta de la agencia fi nan cie ra co rres pon dien te a 1865. Tu vo, ade más, a su cargo el juicio con Ru zo pa ra la entrega del ar chi vo de po si ta do y sobre ren di ción de cuentas. Los cinco li ti gios es ta ban in con clu sos al pro du cir se el cambio de ré gi men en el Pe rú en 1876.

[ 1839-1840 setiembre 28 ]1875 marzo i ]

Junto con la bandera, InauguracIón del San Martín también HospItal 2 de Mayo. el crea el primer escudo 1o de marzo de 1875, el del Perú. En él, sobre comercio dio cuenta de la un cielo azul, los rayos inauguración del Hospital del sol iluminan 2 de Mayo, ocurrida en montañas levantadas lima el día anterior. la sobre un apacible mar. nota informa sobre el Esta escena aparece tamaño del edificio: rodeada por una “ocupa (…) un área de corona ovalada de 29.094 metros cuadrados, laureles, atada en su es decir que cada lado extremo inferior con (…) mide más de 170 una cinta deuna cinta metros”. asimismo, de color color oro. describe detalladamente su interior: “considerando el edificio desde la fachada hasta el respaldo del muro posterior, puede decirse que está dividido en tres grandes cuerpos: el de entrada en cuyos lados se encuentran dos salones para los enfermos de paga, el salón de recibo y otras dependencias; el cuerpo que llamaremos octogonal, en que están la capilla, el gran surtidor y las puertas principales de las enfermerías; y por último, el cuerpo posterior, destinado a las hermanas de la caridad, cocina, caballeriza, colchonería, cisterna y otras dependencias que bien podrían denominarse domésticas”.

[ tomo 7 ]

[ tERcER pERíoDo: LA CRISIS ECONÓMICA Y HACENDARIA ANtERIOR A LA GUERRA CON CHILE ]

capítulo 13 ● I La moneda metálica. La ley de 1872 sobre reducción en el peso de la moneda de oro quitándole el curso legal ● Acuñación de moneda peruana en Chile. La fabricación de moneda Nacional ● II La crisis bancaria. La disminución del circulante y la situación del billete ● El Gobierno y los particulares ante los bancos durante la crisis. La inconvertibilidad del billete ● El aumento de la emisión de billetes y el préstamo de los bancos al Gobierno. Los bancos ante el guano y el salitre ● Opinión de Pardo sobre la función de la moneda de papel en 1875 ● La depreciación del solbillete ● III La fisonomía económica del país.

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