MAGAZZINE DEL TRANSPORTE 2020
Expone Canacar proyecto de Ley General de Autotransporte
A
Cabe señalar que se le ha denominado “Ley General” dado que las disposiciones que establece tienen efecto sobre el ámbito de las facultades de las entidades federativas, municipios y Ciudad de México, tal y como lo establece la Constitución. El proyecto consta de ocho capítulos, 113 artículos y 8 artículos transitorios, que abordan:
nte la Comisión de Comunicaciones y Transportes en la Cámara de Diputados que preside Víctor Manuel Pérez Díaz, directivos de la Cámara Nacional del Autotransporte de Carga (CANACAR), presentaron la Ley General de Autotransporte, una propuesta para adecuar el marco regulatorio que rige al sector que ya fue consensuada con los principales organismos de transporte nacionales. Enrique González Muñoz, presidente del organismo, explicó que el proyecto está pensado principalmente para dar claridad a la operación de los permisionarios y fomentar la competitividad del gremio. Olimpia Hernández, directora jurídica de la Canacar, dijo que los servicios de autotransporte federal de carga están regulados por la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal. Sin embargo, dicha ley data de 1993 y se le han hecho ya 12 reformas sin que necesariamente satisfagan las necesidades regulatorias que requiere el sector en la actualidad. “Nosotros consideramos que esa Ley de Caminos es obsoleta, y por ello hemos optado por preparar esta nueva Ley General de Autotransporte, que verdaderamente garantice orden y regularidad para el servicio público federal y que sea de observancia para los 3 niveles de gobierno”, dijo.
- Que las calles, calzadas y carreteras de carácter estatal, municipal y de la Ciudad de México, son una extensión de las vías generales de comunicación. - Que las placas que expida la Secretaría serán permanentes. - Que se deba implementar un Registro Único de Autotransporte (RUA). Estipular la jerarquía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes derivado de las facultades que le concede el Congreso de la Unión. En detalle, contempla ajustes en permisos y autorizaciones especiales; placas y en la regulación a los servicios coordinados y empresas integradoras, así como para los de arrastre, salvamento y depósito de vehículos. También contiene cambios en materia de seguros, corresponsabilidad de las cargas, tarifas, paradores y servicios complementarios.
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