La cortesía como principio en la ética judicial para la comunicación eficaz de las decisiones
metida en perjuicio de Almonacid Arellano se trataba de un delito en contra de la humanidad, ya que se circunscribió en un contexto de un gobierno militar que desde el 11 de septiembre de 1973 hasta el 10 de marzo de 1990 gobernó ese país a través del miedo, así como ataques sistemáticos y reiterados en contra de varios sectores de la población civil considerados como opositores al régimen. Por ello se conminó al Estado a la pronta averiguación de los hechos delictuosos, la determinación de la verdad, así como la investigación persecución, captura, enjuiciamiento y castigo de todos los responsables intelectuales y materiales del mismo. La imprescriptibilidad de los delitos de lesa humanidad no es caprichosa, ya que la norma que castiga ese tipo de delitos presenta como elemento esencial su imprescriptibilidad, porque los límites temporales de su persecución y de su reparabilidad producirían la negación de los derechos que tutela dicha norma (vida, integridad, dignidad, libertad, igualdad, participación democrática), así como de sus garantías. 4. Los desafíos de la cortesía judicial en la magistratura constitucional La prudencia, como sostiene Manuel Atienza, es una especie de síntesis entre el pensamiento abstracto y la experiencia del mundo. Continúa el distinguido jurista, «es una virtud que tiene una dimensión estética, consiste en la capacidad de invención, de ir más allá y sugerir una pluralidad de alternativas para resolver problemas concretos». El aspecto moral de esta imaginación o ingenio se refiere a la simpatía o compasión, es decir, el ser capaz de ponerse en el lugar del otro, procurando mantener distancia, pero con cautela y serenidad.77 77 ATIENZA, Manuel, «Virtudes judiciales (Selección y formación de los jueces en el Estado de Derecho)», en Claves de razón práctica, no. 86, 1998, p. 36.
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