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Legislaciones antisubversivas y la cultura de persecución política en Puerto Rico

Legislaciones antisubversivas y la cultura de persecución política en Puerto Rico

Erick Figueroa Hernández

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[historia-ciencias sociales-política]

Introducción

El tema central de esta investigación es la persecución política en Puerto Rico durante el periodo histórico de 1974-1987 y está fundamentada en una fuente documental que no había estado accesible antes para la investigación. [1] El siguiente ensayo contextualiza la aprobación de la Ley 200 de 1974, que creó la División de Investigaciones Especiales (DIE) y la Ley 38 de 1978, que convirtió la DIE en el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) y que operó bajo el Departamento de Justicia de Puerto Rico (DJPR). Como resultado de la aprobación de estas legislaciones se confeccionaron 5,000 expedientes políticos, de los cuales 3,305 pertenecían a personas y agrupaciones, los demás fueron expedientes interagenciales identificados como material administrativo. [2]

El NIE, además, contó con listas que contenían aproximadamente 8,000 nombres considerados “mencionados” (nombres de personas relacionadas al activismo político sin expedientes formales) que se pueden corroborar en una lista contenida en la colección documental examinada en esta investigación. [3] En los documentos primarios examinados del DIE-NIE, encontramos la persecución a miles de individuos vinculados a organizaciones estudiantiles, grupos políticos, sindicatos, entre otros, como resultados de leyes que han causado y perpetuado una cultura de persecución contra los puertorriqueños.

Demagogia y la creación de estructuras políticas de persecución

El exgobernador de Puerto Rico, Rafael Hernández Colón, ofreció un mensaje frente a la Séptima Asamblea Legislativa en su segunda sesión ordinaria sobre la Reforma del Sistema de Justicia. El 14 de marzo de 1974 el Gobernador informó al país lo siguiente:

Las sociedades modernas han contemplado el desarrollo de operaciones criminales de un alto grado de complejidad. El crimen organizado así como el intento velado de corromper las estructuras gubernamentales hace necesario que toda sociedad se provea de los mecanismos apropiados para enfrentar esta amenaza a sus propias instituciones. La gravedad de esta situación amerita la creación de un Cuerpo de Investigaciones Especiales en este campo y que cuente con los recursos apropiados para enfrentar las complejas técnicas de la criminalidad contemporánea. En especial esta división debe estar capacitada para enfrentar cualquier intento de corrupción gubernamental así como las complejas situaciones del crimen organizado. Es de vital importancia que el Gobierno garantice al pueblo una gestión libre de prácticas ilegales y de corrupción. Al asumir la gobernación hice un compromiso de que este sería un gobierno limpio. Hacia esto principalmente es que va encaminada esta División que estoy recomendando se cree en el Departamento de Justicia. Esta será la División de Investigaciones Especiales [DIE] de Puerto Rico. [4]

Estas expresiones sirven para comenzar un análisis sobre las legislaciones que crearon el DIE-NIE bajo el DJPR. Varias observaciones son importantes para hacer un acercamiento crítico sobre la creación de dichos Cuerpos de Investigaciones Especiales. Primero, podemos analizar el impacto que tuvo este juego semántico sobre el activismo puertorriqueño. En el mensaje el gobernador solo utilizó las palabras “crimen organizado” y “corrupción” al referirse a los propósitos de crear la DIE. En ningún momento mencionó como objetivo para la creación del DIE el investigar, identificar, espiar, perseguir y fichar a individuos, grupos u organizaciones consideradas por el gobierno del Estado Libre Asociado como “subversivos”. Segundo, la Ley 200 de 1974, que creó la DIE, puede ser catalogada como un ejemplo de una estructura o aparato gubernamental represivo. En el discurso antes citado el gobernador expresó que tenía un compromiso con un gobierno “limpio”. Sin embargo, proponía crear una estructura gubernamental que ilegalmente perseguiría a puertorriqueños por pensar en contra de ciertas medidas propuestas por el gobierno del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Parte de los documentos encontrados por el autor en su investigación.

El discurso de Reforma de Justicia representó la criminalización de actividades relacionadas a las luchas por causas de justicia social y derechos humanos. La legislación fue acompañada de un discurso del gobernador dándole así un tono de urgencia para que los cambios propuestos fueran aceptados como un asunto de principio y sumamente necesario para la seguridad. Habría que enfatizar que en aquel momento nunca se admitió el vínculo entre la creación y aprobación de las mencionadas legislaciones como mecanismo político dirigido contra los catalogados como subversivos por el Estado. El lenguaje apropiado, en términos políticos, no admitía la mención a la persecución política abierta, como lo hizo en el 1948 cuando se aprobó la Ley de la Mordaza. [5] La criminalidad está acompañada de la intención del acto. En el caso de una mafia tradicional organizada, existe un propósito de lucro personal, mientras que la lucha política que surge por la pugna entre explotados y explotadores persigue la eliminación de la explotación y una vida digna para los que han sido explotados. [6] El discurso público en Puerto Rico en el año 1974 disfrazaba la verdad cuando hablaban de criminalidad, pues se referían a las prácticas y métodos de lucha de la oposición política.

Profesionalización e intención gubernamental de perseguir políticamente

El gobernador promovió una Reforma Judicial en 1974, pero dejó intacta la práctica de persecución política y de confeccionar listas de “subversivos”. Por ello podemos añadir un elemento de intencionalidad al desarrollo de legislaciones de persecución y mordazas como prácticas estructurales del gobierno. Además, sugiere el reconocimiento de una práctica que violenta los derechos humanos y que se perpetuó por casi dos décadas. La intencionalidad de persecución política de la Ley 200, que creó la DIE en 1974 y que expandió sus poderes con la ley 38 de 1978, NIE, fue aceptada por el gobernador Rafael Hernández Colón catorce años después de su creación. La aceptación de la intencionalidad de crear esta legislación antisubversiva se reveló en su comparecencia ante la Comisión de Derechos Civiles el 2 de octubre de 1987. Comentó Hernández Colón sobre las listas de subversivos:

A mí me parece que se empieza a tomar plena consciencia de que ésa es una práctica indeseable y malsana con el informe del año 1959 de la Comisión de Derechos Civiles. Anteriormente no había conciencia, no creo que aquí ni quizás en los Estados Unidos, una conciencia tan profunda y nítida sobre la prevalencia y defensa de los derechos civiles. Esto gana realmente fuerza aquí en Puerto Rico y refleja una tendencia que ya venía de los Estados Unidos cuando los casos de McCarthy y aquellas situaciones que comenzaron a desarrollarse allá. Yo creo que Sánchez Vilella tenía una genuina preocupación por esto, que se reflejó en las instrucciones que él me brindo a mí. Luego hemos tenido otros tipos de gobierno en Puerto Rico, que creo que no han sido tan sensibles hacia la protección de derechos civiles. Durante mi administración anterior [refiriéndose a su cuatrienio como gobernador desde 1973 al 1977] tuve la misma preocupación sobre esto. Pensé que a través de la creación de este organismo se podría tener un servicio de esta naturaleza más profesionalizado y no sujeto a personas sin criterios legales operaran en este campo. Di ese paso, se incorporó legislación creando la División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia. Se empezó a trabajar en esa dirección. Luego vino el cambio de gobierno. El gobierno de Romero Barceló expandió el marco legal de la división al crear el NIE. Sin embargo por su insensibilidad hacia todos estos temas, no creo que se progresara gran cosa en la línea que señala el presidente. [7]

El gobernador aceptó que la DIE fue creada para atender los asuntos de las listas y actividades subversivas. Entonces, sostenemos que fue una legislación equivalente a una Ley de Mordaza. Podemos probar claramente que la intención de la legislación fue, como declaró Hernández Colón, para profesionalizar la práctica de las carpetas. Anteriormente discutimos que la Reforma de Justicia del 1974 fue presentada al país bajo el manto de que la División fue diseñada para atender asuntos relacionados al “crimen organizado” y la “corrupción gubernamental”. La profesionalización no cambió en nada la práctica. Por el contrario, podemos afirmar que la evidencia señala el inmenso daño que hizo al país. Lo que se profesionalizó fue el acto de persecución por razones ideológicas y la desarticulación de movimientos de presión que se oponían a los defensores de los intereses económicos que mantenía y perpetuaba el privilegio bajo el Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

Si contrapunteamos esto con la colección documental primaria, los documentos desclasificados de Justicia, revelamos que la práctica fue aún peor por sus intentos de sofisticarlas. Además, la práctica duró trece años. Las carpetas de la DIE y el NIE revelan que estos fueron órganos del ejecutivo creadas para cuidar por los intereses mayores que tenían el Federal Bureau of Investigations (FBI) y el Central Intelligence Agency (CIA) en mantener monitoreado el Caribe y sus intereses económicos intactos.

Debates legislativos y la creación de estructuras políticas de persecución

Para entender las implicaciones de la legislación sobre el pueblo de Puerto Rico, nos podemos acercar a la historia de la creación de la Ley 200 del 1974 según recogido en los diarios de sesión del Senado de Puerto Rico del 19 de junio de 1974. [8] Durante estas discusiones sobre la posible aprobación del proyecto se reveló mucho sobre las mentalidades del momento y sobre las controversiales intenciones de esta legislación. El primer turno lo tuvo el senador José Menéndez Monroig, miembro fundador del Partido Nuevo Progresista (PNP), ante el Sr. Raúl Latoni Rivera, que presidió esa sesión. El senador Menéndez Monroig planteó razones para no votar a favor de la medida. Menéndez Monroig expresó:

Nosotros vamos a objetar la aprobación de esta medida, por varias razones. Esta medida lo que hace es crear una División de Investigaciones Especiales en el Departamento de Justicia de Puerto Rico. Nosotros con toda sinceridad, con toda honradez, creemos que esta labor debe estar en mano[s] del Cuerpo de la Policía y no bajo el Departamento de Justicia. Yo no sé qué es lo que se intenta con esta medida, a pesar del informe que le acompaña. Pero si vemos los poderes y funciones de esta División, nos aterra pensar qué es lo que se persigue con esta medida. O sea, qué es lo que está detrás de la medida. Si analizamos uno por uno [sic.] las labores que va a realizar esta División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia esto prácticamente lo establece, bajo el Secretario de Justicia es –no quisiera usar ni siquiera la palabra, pero es algo que se usa mucho en los sistemas totalitarios de gobierno– es una División especializada para vigilar todas las acciones del ciudadano. [9]

El senador Menéndez Monroig compara la legislación con la creación de una estructura de un régimen totalitario. Además, le preocupó la extensión de poder al Secretario de Justicia, por lo que le votó en contra.

El próximo turno otorgado por el presidente Latoni Rivera fue al senador Rubén Berríos Martínez. El senador Berríos Martínez explicó que podía entender la legislación de dos maneras. El senador planteó que se podía entender que “alguien ha hecho esto con unos propósitos en mente o que alguien ha hecho esto sin saber cuáles pueden ser las consecuencias nefastas para cualquier sociedad…”. [10] Ante las dos posturas presentadas, el senador Berríos Martínez elaboró sus ideas en su ponencia. Sobre el asunto de la legislación con propósito de persecución denunció:

Este proyecto tiene la característica esencial, de cualquier estado policiaco. Me explico. Lo que caracteriza un estado policiaco, sea en la Conchinchina, en Europa, en América Latina o en América del Norte, donde sea, es, que la prerrogativa ejecutiva de poner en efecto por la fuerza ciertas disposiciones no está en mano de un cuerpo militar o para-militar, que según las costumbres de esa sociedad está sujeto a lo civil. Aquí se trastoca todo ese concepto de que lo militar, lo policiaco o lo paramilitar es un asunto subordinado a lo civil. Aquí lo civil, que es el Secretario de Justicia, se convierte en lo paramilitar. Cuando entra en conflicto eso y se une lo civil con lo para-militar es que se pone peligroso todas las libertades de una sociedad. [...] En el momento en que lo para-militar, lo policiaco, lo militar se equipara a lo civil, en ese momento no hay más libertad o se pone en peligro la libertad individual en una sociedad. [11]

La primera parte de la ponencia atendió el problema en principio sobre lo peligroso que podía ser el no distinguir lo civil de lo paramilitar. La creación de la DIE otorgó poderes, al secretario, de represión totalitaria y de trabajar junto a la Policía para perseguir a la minoría independentista. Más adelante, Berrios Martínez discutió los poderes y funciones de la DIE. Sobre esto señaló:

Ustedes saben el peligro en que se pone una sociedad cuando el Secretario de Justicia tiene función especificada en ley; motines, tumultos. ¿Qué es tumulto? ¿dirigido a afectar el funcionamiento del gobierno? ¿Una huelga donde hay cuatro palos de parte de la Policía y los obreros se defienden y dan sus cuatro palos también? ¿Eso es un tumulto que afecta el funcionamiento del gobierno? Pues, por supuesto que sí. Un secretario puede decir eso. [...] Pues, mire, una dictadura es un lugar donde hay un señor que es civil y militar al mismo tiempo, porque tiene poder militar y civil y dice, “eso que está pasando, ese tumulto o ese motín afecta la integridad completa y por lo tanto le especificamos toda esta ley encima.” Eso es lo que es una dictadura […]. [12]

El acercamiento crítico del senador Berríos Martínez levantó conciencia sobre la posibilidad de que lo que se estaba creando con fondos públicos y a la vista de todos los legisladores era una estructura de persecución. En otras palabras, el carpeteo se reforzó y se legalizó en ese momento. El senador Berríos Martínez terminó su intervención con palabras acertadas y, luego corroboradas, cuando afirmó que:

Esto es una cuestión sumamente peligrosa para Puerto Rico, para los derechos de todos los puertorriqueños y por lo tanto tengo que con los bríos más grandes que me dé mi espíritu oponerme y dar un no, si es que se vota. Yo le propondría a los compañeros que buscaran otra forma de bregar con esto para no tener que votar sobre ello y para que no se tenga que aprobar y no pasen los compañeros a la historia como aprobando una nueva Ley de la Mordaza en Puerto Rico. [13]

Otro turno fue tomado por el senador Ramón Mellado Parsons. Este expuso su rechazo al proyecto por razones algo controversiales como las que expuso Berríos Martínez. Lo primero que planteó el senador Mellado fue que los poderes que se le otorgarían a la DIE podían “ser ejercidos por el Secretario de Justicia, por el Contralor de Puerto Rico y por la Policía de Puerto Rico”. [14] Otra razón que expuso el senador fue que por ser Secretario de Justicia parte del gabinete del gobernador y por responder directamente a Fortaleza podía “interpretarse muy mal por el pueblo de Puerto Rico”. [15] Así quedó en récord otro cuestionamiento que fue pasado por alto cuando se aprobó la legislación.

Parte de los documentos encontrados por el autor en su investigación.

Luego de la aprobación del P. del S. 752 en el Senado, pasó a la Cámara de Representantes para su discusión y votación. La discusión según recogida en los diarios de sesión, con fecha del 24 de junio de 1974, debe ser discutida para describir el ambiente que hubo en aquel momento, cómo se acercaron a los hechos del proyecto y cuáles fueron las razones para pasar juicio sobre la medida. [16] La primera intervención acertada sobre los asuntos de la legislación la hizo el representante Carlos Gallisá. En la intervención comenzó a cuestionar si la agencia que se pretendía crear, o sea la DIE, era debido a la incapacidad de la Policía de Puerto Rico y del Cuerpo de Investigaciones Especiales (CIC) de atender la criminalidad. En este sentido el representante Gallisá fue revelando sus cuestionamientos y su resistencia al proyecto. Se le confrontó a los defensores de la medida el porqué estaba exento el gobernador de ser investigado. Los cuestionamientos hechos por Gallisá sugirieron la posible protección que se le iba a dar a los gobernantes para no ser investigados y lo relacionó con el escándalo de Nixon en Watergate.

El representante Gallisá continuó indagando sobre la constitucionalidad de castigar con pena de reclusión por revelar información confidencial. A continuación presentamos parte del debate extraído de una de las conversaciones que acontecieron el 24 de junio de 1974 sobre el Artículo 9 de Confidencialidad de Información del P. del S. 752. Los representantes Gallisá y Jarabo Álvarez expusieron:

[Gallisá] Le pregunto para recoger la pregunta completa. Si se estudió ese punto constitucional, en primer lugar, de que una persona que haya pertenecido a ese Cuerpo, después no puede hablar, no puede decir nada, no puede escribir.

Segundo, si conoce usted el último caso en Estados Unidos de un ex-agente de la CIA, Víctor Marchety que acaba de publicar un libro sobre todo el andamiaje de la CIA, y todo el funcionamiento de la CIA en los Estados Unidos y que no pudo ser parado en los tribunales para que no publicara ese libro, si es que aquí vamos a ir más lejos.

[Jarabo] Yo no conozco esa jurisprudencia, y la racional detrás de esto es la misma que informa el artículo del Código Penal de violación de secreto profesional, allí se está penalizando por la revelación de una información adquirida dentro de una relación privilegiada, de abogado cliente por ejemplo, o de ministro religioso con sus feligreses…

[Gallisá, …] ¿Me quiere decir que el que diga eso después que abandone la agencia, puede ser convicto de dos a cinco años? [17]

Ante estos interrogantes el representante Gallisá fue interrumpido por la presidencia de ese cuerpo legislativo. El representante insistió que tenía “derecho legítimo de legislador, de hacer unas preguntas sobre enmiendas en un proyecto de gran envergadura”. El [18]

Otra discusión importante que recoge la ponencia fue la intervención del representante Luis Ángel Torres Torres en un turno que tomó en contra de la medida. [19] El representante Torres Torres señaló que a nivel popular era conocida la DIE, antes de ser aprobada, como el FBI criollo. Argumentó que varios representantes se referían al organismo DIE con ese nombre. Creyó el representante que esa agencia era de espionaje y que la comparación era válida. Sobre este particular dejó en récord lo siguiente:

[…] el origen de esa agencia represiva norteamericana que se llama FBI, era el hacer investigaciones sobre la corrupción gubernamental. Era el investigar toda una serie de relaciones de la mafia en los Estados Unidos y todos aquellos individuos o instituciones que se dedicaban a acciones ilícitas. Pero de un tiempo acá, esa agencia degeneró a pesar de que eso estaba especificado en sus funciones, en una agencia represiva dirigida fundamentalmente a investigarlo todo en los Estados Unidos, a investigar a los Senadores, a investigar a los representantes, a tramitar contratos con ellos y más aún, hacer toda una serie de acciones que rayan más allá de lo ilícito […] se ha descubierto cómo el FBI ha mandado a matar ciudadanos norteamericanos. Se ha descubierto cómo el FBI ha creado unos enjanbres (sic), unos complots para bregar con toda la situación y conspirar en contra de los ciudadanos. [20]

El representante destacó que el proyecto del DIE fue llevado cinco veces y no hubo consenso entre el PPD para aprobarse. Esto levanta duda sobre cuán enterados estaban los legisladores del PPD sobre las intenciones de perseguir a los independentistas, obreros, y trabajadores en general. Torres Torres en su ponencia en contra del proyecto, hizo referencia específicamente al Artículo 4, inciso A, línea 3 sobre motines y sabotajes. Acusó al representante Severo Colberg Ramírez por apoyar al FBI criollo y por afirmar que quiso [Colberg] que se le protegiera de los separatistas. El representante estuvo claro desde entonces que había intencionalidad de persecución política contra la minoría independentista. También se expresó en contra de la facultad que se le quiso otorgar al DIE de espionaje a empleados públicos. [21] Parte de la ponencia del Representante Torres Torres precede lo que se examina en esta investigación. Torres Torres expresó:

Yo creo que a las únicas personas que se le ha acusado aquí en este país, de sabotaje y que en la discusión del Código Penal aquí en esta Cámara de Representantes, se decía que era el culpable de interponer bombas, que era el culpable de los sabotajes, que era el culpable de infiltrarse en las uniones obreras y el sindicato. Miren, han sido los independentistas, siempre acusación a pesado sobre todos los independentistas en este país […] a mi entender hay dos elementos que definen este proyecto. Represión contra los empleados públicos, espionaje; represión contra las fuerzas independentistas, miren, y lo que faltaba era que lo dijeran por su nombre. Porque hay unas acciones ahí que siempre nos las están achacado a los independentistas en este país. [22]

A modo de recomendación y sugerencia el representante les advirtió que estaban “legalizando en este país el espionaje y la represión […]”. [23] Estuvo muy claro para el representante que el discurso público de la mafia y el crimen organizado era una forma de legitimación pública a la cual se opuso y dejó claro las múltiples consecuencias del proyecto. En sus últimas palabras de rechazo a la medida, afirmó contundentemente que “tal y como está formulado [el proyecto] significa y representa para nosotros el fortalecimiento de unas agencias represivas, pero de unos niveles nunca antes vistos en Puerto Rico, tenemos que por encima de cualquier tipo de consideración que oponernos a la aprobación del mismo”. [24]

Como respuesta a la ponencia de Luis Ángel Torres Torres, defendió la medida el Representante Eloy Aponte Colón. En defensa de la medida que creó la DIE en el Departamento de Justicia expresó:

Nosotros creemos que en la actualidad el pueblo de Puerto Rico y el mundo entero está convirtiéndose en un sitio más complejo, más complicado donde vivir. Y la vida, ya no es la vida rural y antigua, es una vida urbana donde hay más problemas y el crimen se ha sofisticado y ha crecido enormemente. Ante esa situación, con esta forma en que opera el crimen, y especialmente como ha operado y quizás cómo va a continuar operando, tenemos que dar las herramientas, tenemos que dar nuevos métodos y nuevos enfoques a la justicia para que esta pueda investigar y continuar funcionando. [25]

Luego de asumir todo el discurso público de Rafael Hernández Colón sobre la intención de la medida continuó afirmando que:

Este proyecto no es para perseguir a nadie, esta División de Investigaciones Criminales su objetivo no es perseguir, es básicamente proteger al pueblo de Puerto Rico […] la idea básica de este proyecto es proteger al gobierno legalmente constituido […]. [26]

En otro turno, Gallisá retomó el asunto de que la DIE podía irse por encima de la ley, como lo hizo el FBI estadounidense al perseguir diferentes grupos políticos, que se sabía de muchos casos fabricados contra independentistas puertorriqueños. Hizo una exposición histórica de la persecución en EE.UU y PR donde el representante advirtió que “aquí se le está sirviendo en bandeja de plata para que esas mentalidades operen”. [27] Las palabras de cierre del representante Gallisá advertían al pleno sobre lo que pudo haberse evitado:

[…] las minorías políticas y los independentistas y socialistas van a estar frente a esto. No tenemos la menor duda de que seremos uno de los objetivos principales de esto, pero si es en persecución a estos sectores políticos de Puerto Rico, estos sectores políticos de hoy van a estar acompañados de otros sectores políticos mañana. Comenzamos aquí y damos un paso más en toda esta Reforma Judicial hacia el estado policiaco, y ese estado policiaco es lo que permea en estos momentos en la mente de este gobierno. Y hacia allá es que está marchando este gobierno. Los resultados no habrán de tardarse mucho, y lo vamos a ver nosotros mismos. [28]

El próximo turno a favor de la medida, y asimismo en contra de los representantes en minoría, fue para Colberg Ramírez. En su ponencia, el representante no fue tímido en atacar las posiciones en oposición al proyecto. Acusó a Gallisá y Torres Torres de tener un argumento “anémico” y de tener “gríngolas que no permite ver sino en una sola dirección regida por el criterio de que todo es represivo, menos el marxismo”. [29] Es muy interesante identificar cómo se revela la presencia del pensamiento de la Guerra Fría contra el socialismo-marxista. Ese fue el caso de la discusión de la medida en 1974. El representante Colberg Ramírez expresó que:

[...] la institución que estaban creando en virtud de esta medida tiene unos buenos propósitos, tiene unas finalidades lícitas, deseables, que están siendo reclamadas día a día cada minuto por la sociedad puertorriqueña […] porque se habla de criminalidad, se habla del crimen organizado y, pero cuando se trata de enfrentarse a esa criminalidad y a ese crimen organizado, entonces resulta que es persecución. [30]

La defensa del proyecto por parte del representante Colberg pretendía también infantilizar a los que estaban en contra de la medida. También pretendió desestimar las experiencias vividas en EE.UU. y en el escenario internacional, donde ha sido una constante tendencia de los estados e individuos de privilegio aprovecharse del poder. Sin embargo, el representante aceptó estar de acuerdo con perseguir políticamente a grupos “clandestinos” y expresó estar de acuerdo con esto. Según expresó Colberg Ramírez:

Y decía el compañero Torres Torres, que yo en una ocasión anterior señalé que esto iba a combatir la infiltración separatista en el movimiento obrero organizado, y digo que sí, que ésa es una de las finalidades, porque eso es un mal nocivo, la infiltración clandestina con propósito de desasosiego civil en la comunidad puertorriqueña. [31]

Ante las discusiones acaloradas el representante reconoció que había intencionalidad de perseguir a independentistas. Esta cita demuestra la postura del Partido Popular Democrático sobre la creación de organismos de persecución política y que hizo todo lo posible por aprobar la medida. Trajeron a discusión la existencia del crimen organizado y su posible infiltración gubernamental, pues siempre se mantuvo la posición de que los propósitos de la medida eran combatir el crimen organizado y se defendió en estos méritos. Sin embargo, su cierre revela la clásica demagogia política que siempre se ha utilizado para vender una buena imagen, pero que en esencia son mentiras. En su argumento sostuvo que:

[...] el prestigio del servicio público depende del prestigio de los hombres que ocupan cargos electivos, es decir, del prestigio de los políticos. Y cómo puede perderse ese prestigio y lesionar el prestigio del servicio público que estamos comprometidos nosotros a garantizar y a salvar, inclusive elevando al rango constitucional el principio de mérito. [32]

Fue muy lamentable que haya utilizado la palabra prestigio y mérito para referirse a la integridad de los políticos en ese momento y a los que defendieron la medida. El representante Izquierdo Stella apoyó las palabras de Colberg Ramírez y también afirmó que estaba “en la completa seguridad, que entre la tradición del pueblo puertorriqueño, no se pueden crear fantasmas en el aire de persecución política…”. [33] Continuaron con el estado de negación y con la insistencia de que promovía un gobierno limpio.

El representante José Jarabo Álvarez fue crítico sobre la medida aunque voto a favor. Sus expresiones aportaron al récord cómo interpretó la pieza legislativa. El representante insistió que la medida iba dirigida a combatir el crimen organizado, pero que tenía altos riesgos. Este aceptó que era legítimo compararse con el FBI o la CIA por los poderes otorgados. Por esa razón, el representante abogó por regular la medida para que no fuera un organismo con poderes ilimitados. Expresó que los artículos y poderes para atender los motines y el sabotaje no constituían un “espionaje contra empleado público, francamente la palabra espionaje, tiene una carga emocional tan intensa, que tiene (sic) a prejuiciar uno de inmediato ante una facultad que realmente tienen hoy en día, los organismos de seguridad que existen en Puerto Rico”. [34] También le respondió a Torres Torres sobre sus expresiones de lo sospechoso que era que la legislación contemplara que no se podía utilizar la medida con fines políticos. Para el representante Torres era evidente que si fue incluida era que se tenía conciencia de que existía la posibilidad de que ocurriera un mal uso. Sobre esto respondió Jarabo Álvarez:

Y decía el compañero Torres, que el último párrafo de la Exposición de Motivos, se podía vislumbrar cuál era la intención de crear este instrumento Y citaba él, la oración que dice: “Declaramos por la presente que es la política pública del pueblo de Puerto Rico fortalecer la integridad de sus organismos gubernamentales.” Señor Presidente, me parece que el Artículo 10, deja ver mucho más claramente cuál es la verdadera intención de este Proyecto, porque cierra el camino al mal uso de los poderes que aquí se conceden. 35

Este señalamiento alertó al cuerpo legislativo a reconocer que se podían utilizar los poderes otorgados para fines políticos. Sin embargo, a meses de la creación de la DIE estaban trabajando con casos explícitamente ideológicos. En un tono un poco simplista y demagógico cerró su turno Jarabo:

[…] la causa no es represiva, si este instrumento se convirtiese en la práctica, en un organismo de represión, yo le aseguro al compañero que el primero que iba a gritar aquí en contra de este instrumento y el primero que iba a presentar un proyecto para derogar la existencia de este instrumento, no iba a ser ni Carlos Gallisá ni mi amigo Torres, iba a ser este Legislador […] si así resultara yo estoy plenamente seguro, que la Legislatura que le dio vida, le dará muerte también. [36]

El representante popular Roberto F. Rexach Benítez confrontó a su Partido y quedó en el lado correcto de la historia en cuanto a esta medida. Afirmó que la aprobación de la medida era un acto equivocado. Reconoció en su presentación el problema del crimen organizado, la corrupción gubernamental y la existencia de saboteadores, pero consideró que la medida otorgaba exceso de poderes a la rama ejecutiva. Fue más allá refiriéndose a la medida como una especie de CIA boricua. En palabras de Rexach Benítez:

[…] le estamos dando al ejecutivo una autoridad plena para que por mera sospecha o por una confidencia en secreto o anónima infiltre a un partido político de quien se diga que está metido en la planificación de un sabotaje al gobierno. [37]

En su momento otros representantes del PPD reaccionaron con indignación debido a que no apoyar la medida fue entendido como una traición al partido. A estas expresiones reaccionó defendiendo su derecho a disentir con su partido. En récord está que Rexach Benítez le votó en contra. El 24 de junio de 1974 el P. del S. 752 fue sometido a votación, con el resultado de 30 votos afirmativos, 5 en contra y un voto abstenido. Finalmente, el proyecto se convirtió en la Ley Núm. 200 el 23 de julio de 1974. A cuarenta años de estos debates y a pesar que las advertencias de que se crearía un organismo de represión fueron desatendidas, investigaciones recientes de las carpetas del DIE-NIE revelan la existencia de miles de expedientes de persecución política, dándoles la razón a los opositores antes mencionados.

El jueves 25 de mayo de 1978, bajo la gobernación de Carlos Romero Barceló, se reunió el Senado a las doce y cinco minutos de la mañana para reanudar sus trabajos bajo la presidencia de Edwin Ramos Yordán, designado al efecto por el presidente Luis A. Ferré. 38 Mientras descansaba el pueblo de Puerto Rico, una medida de gran importancia y de muchas repercusiones era discutida en San Juan. A diferencia del proyecto de la ley 200, en esta ocasión solo hubo una intervención de parte del senador Hipólito Marcano. Durante su larga intervención denunció varios problemas de la legislación. Sostuvo que quería mejorar el proyecto y terminó votando a favor.

Los señalamientos del senador Hipólito Marcano fueron importantes y debemos tomarlas en consideración. Primero, levantó dudas sobre las facultades del Negociado de Investigaciones Especiales, su relación con la INTERPOL y las razones por las que la Policía de Puerto Rico no era el enlace con esta organización internacional. Otro planteamiento fue dirigido al concepto “amenaza” que aparecía en la legislación. Ciertamente señaló que una persona podía ser víctima de persecución por el mero hecho de amenazar con palabras a un alto funcionario. Este señalamiento fue muy importante por lo amplio del concepto de amenaza y cómo podría ser este interpretado por los aparatos represivos. Discutieron la razón por la cual la legislación incluía la defensa de anteriores funcionarios públicos. La respuesta del senador Rodríguez García ante este punto fue muy interesante. El senador trajo a discusión el caso de Aldo Moro. Este hecho ocurrió en marzo de 1978, cuando el ministro italiano, Aldo Moro, fue secuestrado y asesinado por un grupo marxista-leninista conocido como la Brigada Roja. Debemos señalar que en Puerto Rico, días antes de esta discusión, el cónsul de Chile en PR fue secuestrado. 39 La legislación también incluyó poderes para que este nuevo organismo del Departamento de Justicia de Puerto Rico interviniese en los casos de secuestro. Finalmente, y de mayor importancia para esta investigación, fue la preocupación del senador Marcano de incluir en la medida investigar a empleados públicos. Sobre este particular señaló:

[...] pero creo que esto es una cosa ambigua, que al incluir ahí a todos los empleados públicos y dar facultad para investigarlos, para ver si están realizando sus deberes, conforme según dice aquí, conforme a los procedimientos, reglas o reglamentos aplicables yo no sé adónde puede ir eso [...]. Puede en cualquier momento cualquier persona ir a tocar la casa de un empleado público [...] no hay necesidad de ir tan lejos compañero [...]. 40

Finalmente, el proyecto de ley fue sometido y aprobado en la Tercera Sesión Extraordinaria por la Octava Asamblea Legislativa el 9 de junio de 1978. 41 La misma expandió los poderes del DIE convirtiéndola en el Negociado de Investigaciones Especiales (NIE), triplicó sus fondos y mantuvo la práctica estatal de persecución política en Puerto Rico.

Notas

1. Archivo General de Puerto Rico (AGPR) Fondo Departamento de Justicia. Sub-fondo División de Investigaciones Especiales (DIE)/Negociado de Investigaciones Especiales (NIE). Ver Erick Figueroa Hernández, El Negociado de Investigaciones Especiales (NIE) y la confección de carpetas políticas contra el movimiento independentista y socialista en Puerto Rico, 1974-1987, Tesis doctoral, Centro Estudios Avanzados de Puerto Rico y el Caribe, 2017.

2. Ramón Bosque-Pérez y José Javier Colón-Morera (editores), Las carpetas: Persecución política y derechos civiles en Puerto Rico: Ensayos y documentos (San Juan, PR: Centro para la Investigación y Promoción de los Derechos Civiles, 1997), 187. Ver Ponencia. Fraticelli Torres, Migdalia. Comisión de Gobierno de la Cámara de Representantes de Puerto Rico sobre el P. de la C. 878. Vista Pública, 26 de marzo de 2002. Salón de Audiencias II.

3. Al momento de la investigación los nombre en este listado están ubicados en la gaveta 4 del archivo marcado OAT 17214 junto a la colección documental de las Carpetas de la Policía en el Archivo General de Puerto Rico.

4. Puerto Rico. Gobernador (1985- 1992: Hernández Colón). Mensaje especial del gobernador de Puerto Rico Honorable Rafael Hernández Colón a la Séptima Asamblea Legislativa en su Segunda Sesión Ordinaria sobre la Reforma del Sistema de Justicia en Puerto Rico y la legislación propuesta al efecto. San Juan, P.R.: Administración de Servicios Generales, 1974, 9-10.

5. Ivonne Acosta Lespier, La Mordaza. 5ta ed. (Río Piedras: Editorial Edil, 2008)

6. Ver análisis sobre crímenes de Carlos Marighella, Mini-manual de la guerrilla urbana, 1 en https://www.marxists.org/espanol/marigh/index.htm

7. Comisión de Derechos Civiles, Informe: Discrimen y persecución por razones políticas: La práctica gubernamental de mantener listas, ficheros y expedientes de ciudadanos por razón de su ideología política. (San Juan, P.R.: Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Comisión de Derechos Civiles, 1989) 78.

8. El Partido Popular Democrático (PPD) retomó el poder de la Rama Ejecutiva y Legislativa en las elecciones del 1972. El PPD quedó en control de la Séptima Asamblea Legislativa con un total de 20 senadores, 8 asientos fueron tomados por el Partido Nuevo Progresista (PNP) y 1 senador del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP). En la Cámara de Representantes el PPD obtuvo 37 asientos, el PNP 15 y el PIP 2. El Senado presentó el proyecto “para establecer la División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia de Puerto Rico, para establecer su organización, para asignar fondos y para otros fines”, aprobado finalmente el 23 de julio de 1974 convirtiéndose en la Ley 200 de 1974 que creó la DIE.

9. Diario de Sesión. Senado. Séptima Asamblea Legislativa. P. del S. 752, R-8-3 y R-8-3a. 19 junio 1974.

10. Ibíd., R-8-4.

11. Ibíd., R-8-5.

12. Ibíd., R-9-2-A.

13. Ibíd., R-9-5 -R-9-6 (la segunda página citada no le es visible el número del reel).

14. Ibíd., R-10-1.

15. Ibíd., R-10-2.

16. Diarios de Sesión. Cámara de Representantes. Séptima Asamblea Legislativa. Segunda Sesión Ordinaria. P. del S. 752. 24 de junio de 1974.

17. Ibíd., 33-35. R-41.

18. Ibíd., 35. R-41.

19. Ibíd., 40. R-41.

20. Ibíd., 41-43. R-41.

21. Ibíd., 45. R-42.

22. Ibíd., 45-46. R-42.

23. Ibíd., 46. R-42.

24. Ibíd., 50. R-42.

25. Ibíd., 51.

26. Ibíd., 51-52. R-41-R-42.

27. Ibíd., 59. R-43.

28. Ibíd., 60. R-43.

29. Ibíd., 61.

30. Ibíd., 63.

31. Ibíd., 63.

32. Ibíd., 69.

33. Ibíd., 69.

34. Ibíd., 4 R-46. Es importante señalar que el diario de sesión de la Séptima Cámara de Representantes sobre el P. del S. 752 entregados por Oficina de Administración de Documentos Administrativos y Legislativos corren desde la página 1 a la 86 y luego continúa la conversación en una segunda ronda de números que comenzaron desde el 1 al 81. Por lo tanto, a la segunda ronda de los diarios se le añadirá (ii)

35. Diarios de Sesión. Cámara de Representantes. Séptima Asamblea Legislativa. Segunda Sesión Ordinaria. P. del S. 752, 7-8 (ii).

36. Ibíd., 13 (ii).

37. Ibíd., 26 (ii).

38 El Partido Nuevo Progresista (PNP) tomó el control de la Rama Ejecutiva y de la Octava Asamblea Legislativa en las elecciones de 1977. El Senado quedó constituido por 14 asientos para el PNP, 13 para el PPD y 0 para el PIP. La Cámara de Representantes quedó con 33 asientos para el PNP, 18 para el PPD y 0 para el PIP. Ver Senado de Puerto Rico. Diarios de Sesión. Proyecto Sustitutivo P. del S. 442 titulado “Para crear el Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia; definir sus deberes, poderes, funciones y facultades; derogar la Ley núm. 52 de 29 de mayo de 1970 y la Ley núm. 200 de 23 de Julio de 1974; y para asignar fondos”. Procedimiento y Debates de la Asamblea Legislativa. Vol. XXXII Núm. 62.

39. El Nuevo Día, “El cónsul chileno y su hijo son rehenes”. El Nuevo Día, 4 de julio del 1978. Portada.

40. Senado de Puerto Rico. Diarios de Sesión. Proyecto Sustitutivo P. del S. 442,1007.

41. En la noche del 25 de mayo de 1978, fue sometido a votación el Sustitutivo del P. del S. 442, según enmendado. Fue considerado para su aprobación final y sometido a votación. La legislación se aprobó con 18 votos afirmativos y 5 negativos. El sustitutivo P. del S. 442 del 1978 fue recibido en la Cámara de Representantes el 29 de mayo de 1978 y firmado el 8 de junio de 1978. Esta fue discutida y aprobada con enmiendas en la Tercera Sesión Extraordinaria por la Octava Asamblea Legislativa el 9 de junio de 1978. El 13 de junio de 1978 quedó aprobada la ley 38 conocida como la ley del Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia; definir sus poderes, funciones y facultades; derogar la Ley Núm. 52 de 29 de mayo de 1970 y la Ley 200 de 23 de julio de 1974; y asignar fondos para la implementación de esta ley.

Bibliografía

Fuentes Primarias

1. Archivo General de Puerto Rico Fondo: Departamento de Justicia Sub-fondo: División de Investigaciones Especiales (DIE) / Negociado de Investigaciones Especiales (NIE)

Serie: Contrainteligencia (CI) 75, 76, 77, 78, 79

Serie: Seguridad Interna (IS) 75, 76, 78, 79, 80 Serie: Foreign Intelligence (FI) 75, 76 Serie: Informante (I) Serie: Información Extranjeros (IE) 76, 77

2. Archivo de Comisiones, Oficina de Administración de Documentos de la Legislatura de Puerto Rico.

Diario de Sesión. Séptima Asamblea Legislativa. Segunda Sesión Ordinaria. P. del S. 752 titulado “Para establecer la División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia de Puerto Rico, para establecer su organización, para asignar fondos y para otros fines”, 24 de junio de 1974. Archivo de Comisiones, Oficina de Administración de Documentos de la Legislatura de Puerto Rico.

Diario de Sesión. Séptima Asamblea Legislativa. P. del S. 752 titulado “Para establecer la División de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia de Puerto Rico, para establecer su organización, para asignar fondos y para otros fines”, 19 de junio de 1974. Archivo de Comisiones. Oficina de Administración de Documentos de la Legislatura de Puerto Rico.

Diarios de Sesión. Proyecto Sustitutivo P. del S. 442 titulado “Para crear el Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia; definir sus deberes, poderes, funciones y facultades; derogar la Ley núm. 52 de 29 de mayo de 1970 y la Ley núm. 200 de 23 de julio de 1974; y para asignar fondos”, Procedimiento y Debates de la Asamblea Legislativa. Vol. XXXII Núm. 62. Archivo de Comisiones. Oficina de Administración de Documentos de la Legislatura de Puerto Rico.

Fuentes Secundarias Acosta Lespier, Ivonne. La Mordaza.

Acosta Lespier, Ivonne. La Mordaza. Río Piedras: Editorial Edil, 2008.

Bosque Pérez, Ramón y José Javier Colón Morera. Las Carpetas: Persecución política y derechos civiles en Puerto Rico. Río Piedras: Centro para la Investigación y Promoción de los Derechos Civiles (CI- PDC), 1997.

Comisión de Derechos Civiles. Informe: discrimen y persecución por razones políticas: la práctica gubernamental de mantener listas, ficheros y expedientes de ciudadanos por razón de su ideología política. San Juan, Puerto Rico: Estado Libre Asociado de Puerto Rico, Comisión de Derechos Civiles, 1989.

El Nuevo Día, “El cónsul chileno y su hijo son rehenes”. El Nuevo Día, 4 de julio del 1978. Portada.

Marighella, Carlos. Minimanual of the Urban Guerrilla. 1969. https://www. marxists.org/archive/marighella-carlos/1969/06/minimanual-urban-guerrilla/

Puerto Rico. Gobernador (1985-19- 92: Hernández Colón). Mensaje especial del gobernador de Puerto Rico Honorable Rafael Hernández Colón a la Séptima Asamblea Legislativa en su Segunda Sesión Ordinaria sobre la Reforma del Sistema de Justicia en Puerto Rico y la legislación propuesta al efecto. San Juan, Puerto Rico: Administración de Servicios Generales, 1974.

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