FLEGT / Resumen ejecutivo 2021

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Generalidades de la experiencia El mecanismo de trazabilidad que ha desarrollado el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (SERFOR), autoridad forestal en Perú, “se basa en el registro de información, por parte de usuarios y autoridades forestales, en las distintas etapas de la cadena productiva (planificación, aprovechamiento, transporte, transformación y comercialización), que permita asociar o relacionar un flujo de información con un flujo físico de productos. La legislación forestal ha desarrollado los instrumentos que se aplican a cada una de las etapas de la cadena productiva, las cuales son aplicadas a partir de los lineamientos que ha desarrollado el SERFOR en su calidad de autoridad técnica-normativa de alcance nacional y ente rector del Sistema Nacional de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre (SINAFOR)”7. El modelo de trazabilidad en Perú se definió mediante la Resolución 230 de 2019 y fue actualizado y aprobado con la Resolución 135 de 2020. En esta, SERFOR estipula que se debe verificar toda la cadena, desde el aprovechamiento hasta la llegada al puerto o al lugar donde se venda al mercado nacional o internacional, y comprobar si efectivamente siguió las rutas y los procesos previstos en la norma. Para realizar la trazabilidad existen una serie de documentos y procesos que registran la información de dónde estuvo el producto y quién lo transformó. Además, se revisan volúmenes, rendimientos e incluso los lineamientos para autorización y supervisión de centros de transformación primaria (CTP), aspectos que se están empezando a regular de manera más clara. Esta información se recopila empleando diferentes

instrumentos, como los libros de operaciones (de los títulos habilitantes y de los CTP), las guías de transporte forestal (GTF) y otros lineamientos asociados que la autoridad ha creado. Se considera que los elementos fuerza y condiciones principales del sistema de trazabilidad son: • El proyecto de decreto supremo que se está trabajando con el Ministerio de la Producción (PRODUCE) para esclarecer las definiciones sobre primera y segunda transformación y los mecanismos requeridos para el funcionamiento de la trazabilidad. Esto es, determinar quién debe regular y qué documentos se le solicitan al usuario. Si PRODUCE no ha ejecutado la regulación, significa que no se posee el registro de las actividades de segunda transformación, se desconoce quiénes son, dónde están y qué hacen. • También es fundamental tener claro los aspectos relativos a los rendimientos de las trozas a madera aserrada en general y de trozas a tablillas no perfiladas para piso, así como contar con guías metodológicas para que los centros de transformación sustenten sus rendimientos. • La articulación y las competencias claramente definidas. Esto requiere que se le dé impulso al SINAFOR, y reactivar el enlace multisectorial entre las principales autoridades encargadas de la supervisión, control y fiscalización forestal y de fauna silvestre, a nivel nacional y subnacional. El SINAFOR es la instancia donde el Estado debe trazar un norte, de la mano de SERFOR, para transparentar hacia dónde se quiere ir en el sector. Por ello, todas las entidades estatales

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