Revista Occidente Nº 525 Marzo 2022

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PROCESO CONSTITUYENTE

II.- Principios Relativos a la Convivencia en Común: respeto a los derechos humanos; bien común o interés general como finalidad de la acción del Estado; pluralismo y tolerancia; reconocimiento a la multiculturalidad, reconocimiento a sus pueblos originarios; protección del medio ambiente; igualdad de oportunidades y paridad de género. III.- Principios Relativos a la Organización Política: soberanía; estado social y democrático de derecho; democracia; participación; Estado de Derecho y justicia; Estado de Derecho y legalidad y; finalmente, la consagración de Chile como Estado laico. En lo referente al “Estado laico”, se enfatiza que la Gran Logia de Chile tiene una afirmación basal, referida a que el Estado, como organización al servicio del interés general de la comunidad y a todos los individuos de la Nación, en su más amplia diversidad y que instituida en garante de la libertad e igualdad de los ciudadanos, entre otros valores fundamentales de la convivencia nacional, debe ser neutral y prescindente de toda orientación religiosa, filosófica o ideológica. Se hace presente y subraya que, a pesar de la labor desplegada por el movimiento liberal de la segunda mitad del siglo XIX y de la acción de los partidos de centro izquierda en el siglo pasado, que intentaron sin mayor éxito laicizar las instituciones jurídicas nacionales y los usos heredados del pasado, lo cierto es que la influencia de sectores conservadores primó de diversos modos e impidió que la separación entre Iglesia y Estado, teóricamente alcanzada con la Constitución de 1925, se hiciera efectiva en la realidad. En otras palabras, no se concretó una verdadera prescindencia y neutralidad por parte del Estado respecto de todo credo religioso o ideológico.

para la creación, aplicación e interpretación del resto de las normas del ordenamiento jurídico. La labor de los llamados a construir un nuevo texto constitucional para Chile no solo radica en la declaración y garantía de derechos fundamentales o en la organización y distribución del poder político sino que, por sobre todo, en el esfuerzo por dar cuenta, vía consagración constitucional, mediante recepción de las ideas predominantes y la esencia de las aspiraciones y esperanzas hoy presentes, de los más altos valores y principios compartidos en nuestra comunidad política. La Gran Logia de Chile, por historia y permanente compromiso con la República, ha entendido que no puede restarse al proceso de reflexión sobre el futuro institucional chileno que hoy se desarrolla en la Convención Constitucional. Y ello, porque al erigirse como una institución filosófica de profunda vocación democrática y humanista, que propugna la vigencia en la sociedad de algunos valores que son determinantes para una convivencia armoniosa e inclusiva, defiende y proclama como medio para construir una comunidad basada en la justicia social, los principios de igualdad, libertad, fraternidad, tolerancia, diversidad y solidaridad entre todos los seres humanos. Los principios que la Gran Logia de Chile aspira a que sean considerados y en definitiva, consagrados en el proyecto de Constitución que la Convención elabora, se expresan, a través, de tres apartados: I.- Principios Relativos a la Persona: Intangibilidad de la dignidad humana; protección a la vida; libertad; consideración de la familia y su protección, cualquiera que sea su modalidad o forma; igualdad, no discriminación, y solidaridad.

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R E V I STA OCC I DE N T E


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