MAGAZINE LLEIDA Nº64 Abril 2020

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Un sueldo para toda la vida a vida pasa volando y para cuando uno se quiere dar cuenta, aparece en el horizonte la edad de la jubilación. Y ahora la cuestión que surge es

¿Cómo puedo mantener mi nivel de vida con una pensión? ¿Puedo aumentar de algún modo mis ingresos, de manera que pueda seguir viviendo como hasta ahora e incluso permitirme mejorar mi estilo de vida? Cuando se aborda el futuro de las pensiones en nuestro país, es recurrente que oigamos hablar del bajo porcentaje que los españoles destinamos al ahorro privado para nuestra jubilación mediante la contratación de seguros de previsión social en comparación con otros países europeos. Sin embargo, no sé suele poner en valor que debido a nuestro arraigo a la propiedad (según el INE el 90% de los mayores de 65 años son propietarios de su vivienda), los españoles sí que hemos realizado un ahorro durante nuestra etapa activa, de tal forma que el 85% del ahorro total de las personas mayores está concentrado en su patrimonio inmobiliario. Hacer que ese ahorro inmobiliario se convierta en una fuente de generación de ingresos es la finalidad de los productos de rentabilización o licuación del patrimonio inmobiliario de las personas mayores que gestionan algunas empresas especializadas del sector. Estas son las alternativas que ofrecen •   Cuatro opciones para vivir mejor Hipoteca Inversa: Un crédito hipotecario a través del cual la persona mayor recibe unos ingresos mensuales o una disposición inicial más una renta, sin tener que pagar nada al Banco, ya que la deuda solo tendrá que ser devuelta por los herederos al fallecimiento del titular. 52

• Renta Vitalicia Inmobiliaria: Consiste en la venta de la nuda propiedad de la vivienda, reservándose la persona mayor el usufructo de la propiedad, es decir, el derecho a usar la vivienda hasta su fallecimiento. La persona mayor percibirá una renta mensual de por vida o una cantidad inicial más una renta. Además, liberará el pago del IBI y las derramas extraordinarias. • Venta de Nuda Propiedad: Jurídicamente es la misma situación que en una renta vitalicia, pero en este caso la persona mayor recibe un único pago por la venta. • Venta con Alquiler Garantizado: En este caso se trata de una venta del pleno dominio por parte de la persona mayor, que se convierte de forma simultánea en inquilino de la misma por el tiempo que desee. Tomar la decisión por una u otra opción dependerá de diversas variables como la edad, el valor y ubicación de la casa o el entorno familiar, lo importante es llevarlas siempre a cabo a través de profesionales que aseguren a la persona mayor un correcto asesoramiento y su contratación con plenas garantías legales


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