“Escribo tu Nombre Derecho a la Educación”
III MEDIR TU NOMBRE, DERECHO A LA EDUCACIÓN
La Carta de las Naciones Unidas, es el instrumento mediante el cual se impone a cada uno de los Estados parte, la obligación y promoción por el respeto universal y efectivo de los derechos y libertades fundamentales (Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo [PNDU], 2004). Por su parte, el artículo N°13 del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, en cuanto a educación sostiene lo siguiente: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a laESQUEMA educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz ([RBLAC]/[OHCHR], 2004 p.19).
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Esta observación deja de manifiesto la importancia de la educación como principal agente de cambio. Sin embargo, se puede observar una progresión en los niveles de exigencia que se deben cumplir: lo primero que se debe asegurar es el acceso a la educación, el cual debe cumplir con el requisito mínimo de no discriminación. No obstante, esa indicación no asegura la calidad de la educación. Para desarrollar una matriz compleja de monitoreo y vigilancia del ejercicio de la educación como derecho, se propone el siguiente esquema (Fig.). PASOS PARA LA CORRECTA SELECCIÓN DE INDICADORES EN DDHH
Este Libro I, presenta las bases mediante las cuales la educación en tanto derecho humano, debe ser promovida y garantizada por los Estados parte. Por tanto, al tener este reconocimiento se comprometen a generar estrategias que aseguren el pleno ejercicio de este derecho. La educación no puede ser considerada como un servicio. Se trata de un derecho de las personas, frente al cual, el Estado se encuentra obligado no solo a respetar, sino también a asegurar, proteger y promover (Hevia, 2010). En el año 1999, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas, realiza una serie de observaciones al Artículo N°13, citado anteriormente. Esto permite profundizar en los lineamientos respecto del Derecho a la Educación. La principal observación indica lo siguiente: La educación es un derecho humano intrínseco y un medio indispensable de realizar otros derechos humanos. Como derecho del ámbito de la autonomía de la persona, la educación es el principal medio que permite a adultos y menores marginados económica y socialmente salir de la pobreza y participar plenamente en sus comunidades. La educación desempeña un papel decisivo en la emancipación de la mujer, la protección de los niños contra la explotación laboral, el trabajo peligroso y la explotación sexual, la promoción de los derechos humanos y la democracia, la protección del medio ambiente y el control del crecimiento demográfico. Está cada vez más aceptada la idea de que la educación es una de las mejores inversiones financieras que los Estados pueden hacer, pero su importancia no es únicamente práctica pues dispone de una mente instruida, inteligente y activa, con libertad y amplitud de pensamiento, es uno de los placeres y recompensas de la existencia humana (ONU. CESCR, 1999).
. POR EJEMPLO
Fig.11: Elementos para la construcción de indicadores de educación como derecho y feminización de la pobreza. Fuente: elaboración propia.
Asegurar la calidad de la educación supone la creación de estándares de calidad (Nogueira, 2008). Es decir, mecanismos que posibiliten la vigilancia y monitoreo respecto de las estrategias empleadas para asegurar el pleno ejercicio de este derecho. La calidad se transforma en el pilar del derecho a la educación. Resulta improcedente no considerar la calidad como elemento fundamental de la educación. Por tanto, existe un vínculo estrecho entre calidad y derecho a la educación (Cisternas, 2010).De cuál sea el contenido de este vínculo, constituye uno de los ejes de esta investigación. En este escenario, resultan imprescindibles los IDDHH. Su uso permite tener una definición objetiva, desde un enfoque común, para el diseño de estándares medibles mediante instrumentos utilizados para evaluar cómo se están desarrollando las estrategias que permitan consolidar el pleno ejercicio de la educación como derecho humano.