Paridad en gobernaturas: Hacia una democracia plural Martha Mercado*
E
n el juego de la democracia, la inclusión de todas y todos los personajes interesados en incidir en la vida pública del país, esta irremediablemente vinculado por normas e interpretaciones jurídicas que trazan el camino de las competencias electorales de manera leal y equitativa. En tiempos recientes, hemos sido testigos de una serie de reformas y reestructuras jurídicas con el fin de garantizar la participación de las mujeres en los espacios de decisión relevantes. Bajo este esquema, es que la competencia en el Proceso Electoral 2020-2021 estará regido por nuevas interpretaciones y mejores herramientas jurídicas de aplicación. Para realizar este análisis es importante contemplar que el principio de paridad de género en materia electoral ya es una realidad, y como tal, resulta de una importancia irrenunciable protegerlo, pero también respetarlo. A finales del año pasado, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió una serie de controversias en materia electoral derivadas de un acuerdo del Consejo General del INE, relacionado con la emisión de criterios generales para garantizar el principio de paridad de
género en la postulación de candidaturas a las gubernaturas en los procesos electorales 2020-2021 a nivel local. El INE emitió sendos lineamientos, con la finalidad de establecer términos precisos y disponiendo acciones concretas a los partidos políticos nacionales y locales para determinar la selección de candidaturas, y en el caso de los partidos políticos nacionales el mandato de postular, al menos, a 7 mujeres como candidatas para el cargo de Gobernadora. Ante esta serie de decisiones, hubo varias inconformidades. Diversos ciudadanos consideraron que el INE carecía de competencias para tomar dicha determinación y que ello resultaba en una probable invasión a la Constitución Federal. Frente a este escenario, la Sala Superior tuvo la tarea de verificar y posicionar a la paridad de género como una prioridad en las siguientes elecciones, solicitada a propósito de una exigencia popular. Para resolver este tema tuvo a bien realizar una interpretación conjunta de diversos artículos constitucionales para, de este modo, garantizar el derecho de la ciudadanía a ser votada en condiciones de paridad y atender, de esta