62 | FINANZAS Y NEGOCIOS
LA ESPERANZA DE JUSTICIA PRONTA Y EXPEDITA, EN LA NUEVA JUSTICIA LABORAL A punto de entrar a la tercera etapa de la implementación de la reforma en materia de justicia laboral, el panorama se ve alentador, conforme a los cambios sustanciales que se están implementando, particularmente con la entrada en funciones de los Centros de Conciliación y los Tribunales Laborales, estatales y Federales.
E
l uevo modelo de justicia laboral llevaba años cocinándose desde diversas áreas, entre los que destaca la academia, y tuvo su punto de partida en los “Diálogos por la Justicia Cotidiana (2015)”, que consisitió en foros de consulta
organizados por el Cento de Investigación y Docencia Económicas (CIDE) y el Instituto de Investigaciones Jurísdicas de la UNAM, con la participación de diversas instituciones de educación públicas y privadas, a través de las se diagnosticaron los problemas en matgeria de admiinistración de justicia, entre ellas la laboral y que ponía en el centro a las Juntas de Conciliación y Arbitraje en sus dos esferas de competencia. La reforma se publicó el pasado 1 de mayo de 2019, por el aquel entonces presidente Enrique Peña Nieto, sin embargo, se estableció una vacatio legisde dos años, posteriormente la implementación en tres etapas, cuyo plazo se amplió por cuestiones de pandemia y de presupuesto de los estados que entraron en la primera. En este año entrará en aplicación la última etapa, entre los que se encuentra Ciudad de México. Es sabido que esta reforma también obedeció al nuevo tratado de libre comercio con los vecinos del norte, ya que los problemas laborales representaban una preocupación constante para la inversión extranjera, por lo que surgió vinculada a las exigencias derivadas del cumplimiento del Anexo 23- A del capítulo laboral del TMEC.
Por ello el nuevo modelo abarca tanto conflictos individuales como colectivos, no solo se cambió la forma en que se resolverán los juicios entre trabajadores y patrones, sino que también se cambió la forma en que se ventilarán respecto a sindicatos y patrones, o en su caso, entre sindicatos. En este último punto, la justicia sindical, también obedeció a un gran compromiso que nuestro país tenía pendiente, específicamente en relación a los Convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, en materia de derechos humanos y libertad sindical. Dependiendo de la localidad de que se trate, la implementación de la reforma ha tomado diversos cursos. Para el caso del Estado de México, que participó en la primera etapa de implementación, la actividad lleva un ritmo acelerado y los tiempos en que se da trámite a las solicitudes de conciliación tienden a ser prontas. Al menos mucho más que las fechas que manejaban las Juntas Locales, que distaban entre 2 o 4 meses contra las fechas de los Centros, que son de semanas.
DOMINIOPOLITICO.MX | EDICIÓN 7