CONVOCATORIA SUBVENCIONES AUTOCONSUMO CON ENERGÍAS RENOVABLES EN LA REGIÓN DE MURCIA
RAFAEL MARTÍNEZ SÁNCHEZ
INGENIERO INDUSTRIAL COL. Nº 922 - COIIRM
El pasado día 22/10/21 se publicó en el BORM nº 245 el extracto de la convocatoria de subvenciones para autoconsumo y almacenamiento con fuentes de energía renovables y la implantación de sistemas térmicos en el ámbito residencial (nº publicación 6366) Con la publicación de este extracto se abre el plazo para la solicitud de subvenciones, las cuales están reguladas por el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, operativo a nivel nacional En este Real Decreto se establecen 6 programas de actuación enfocados a diferentes sectores, entre los que son aplicables a comunidades de vecinos y sus residentes se encuentran el nº 4, nº 5 y nº 6 correspondientes a la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector residencial, a la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo y a la realización de instalaciones térmicas de energías renovables en el sector residencial respectivamente
LA LLAVE / ACTUALIDAD / PAG. 14 /
Para estos programas pueden ser beneficiarios de estas ayudas tanto las personas físicas como jurídicas como las comunidades de propietarios. Las solicitudes de ayuda se atenderán por orden de entrada y serán concedidas hasta el agotamiento de los fondos que en total son 17 M€. Una vez notificada la concesión de la ayuda el beneficiario dispone de 18 meses para su ejecución y justificación. Para el cálculo de la ayuda se consideran costes elegibles: los equipos, obras e instalaciones, sistemas de gestión, costes de redacción de proyectos o memorias técnicas, dirección facultativa, coordinador de seguridad y salud y
Imagen de una simulación del edificio con los paneles solares situado en C/ Infanta Cristina 30007 Murcia
los costes de redacción de documentación para la solicitud y justificación de las ayudas. Las ayudas que se otorgarán vienen definidas por una serie de formulas que varían en función del programa de actuación, para el caso de las actuaciones 4 y 5 depende de la tecnología instalada (fotovoltaica o eólica), de la existencia de almacenamiento o no y de la potencia de la instalación, además de dicha ayuda base se otorgan ayudas adicionales en caso de que las instalaciones se vayan a situar sobre cubiertas en las que se vaya a retirar el amianto o se vayan a instalar marquesinas para su instalación. En el caso de la actuación 6 para la instalación de energía renovables térmicas la cuantía de la ayuda depende del tipo de instalación (aerotermia, solar térmica, biomasa o geotérmica) y de la potencia instalada, a esta ayuda base se lo podrá sumar una ayuda adicional en caso de creación de nuevas instalaciones de distribución interior de climatización o que se desmantele la instalación existente. Por último algunos programas tienen un máximo de ayuda a recibir que varía
en función de la tecnología a instalar. Dado que el cálculo de la ayuda a recibir es complejo y es necesario realizar el estudio para cada uno de los casos particulares, a continuación se muestran algunos ejemplos ilustrativos. Ejemplo 1: Instalación solar fotovoltaica en Comunidad de Vecinos Datos de la comunidad Comunidad de vecinos en Murcia capital Garaje comunitario 1 planta con oficinas 5 escaleras con 38 viviendas en total Superficie total del edificio 13.000 m2 incluyendo garaje Se plantea la realización de una instalación solar fotovoltaica en la cubierta del edificio en modo autoconsumo con compensación que abastezca el 100% de las necesidades de demanda eléctrica de los servicios comunes del edificio (ascensores, iluminación, extracción del garaje, grupos de bombeo) y la energía que produzca en exceso pueda ser compensada en las facturas de los vecinos de dicha comunidad.