Edición #255 – Julio 2020

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Obituario

Sergio Salvador Aguirre Anguiano (1943-2020) Margarita Luna Ramos

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on Sergio Salvador era un jalisciense con una cultura general y una cultura jurídica avasallante. Brillante en la metáfora, agudo en la ironía, fino en el sarcasmo, sutil en la apreciación literaria. A ella acudía para ilustrar sus ideas a la más reciente polémica de este género, a los clásicos o al último acontecimiento periodístico. Siempre combativo, de una combatividad alegre y tremenda. Recurría a la abundancia calificativa; se llenaba de adjetivos y adverbios. Tenía esa agudeza para trasladar a lo jurídico, desde una discusión filosófica, hasta la broma más sagaz. Recordándolo con gran admiración, afecto y respeto, a continuación ofrezco algunos extractos de sus intervenciones en el pleno de la Suprema Corte de Justicia que ponen de relieve al jurista culto y al orador con alto dominio de su audiencia, a la que con gran facilidad transportaba al mundo metafórico de sus ideas. Era un maestro de los ejemplos para iniciar su intervención. Por señalar uno: en un asunto en el que se reclamaba un artículo transitorio a un decreto referido a la edad y la duración de magistrados en el cargo, señaló: “Yo pienso que con ejemplos más o menos sofisticados donde juega la geriatría y la aritmética podemos encontrar reglas de excepción muy marcadas, pero la realidad de las cosas es que la norma de tránsito se hizo para seres humanos concretos, específicos”.

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El Mundo del Abogado

La facultad que antes tenía la Suprema Corte para investigar violaciones graves de garantías fue una atribución incomprendida que generaba demasiadas expectativas en la sociedad. Expectativas que normalmente iban más allá de las posibilidades reales de esa facultad. Al resolver alguna de ellas, así dio comienzo la participación de don Sergio: “Para llegar al meollo del tema que obliga mi intervención necesito hacer un breve corolario de las situaciones que rodean este asunto. Pienso que una vez más la Suprema Corte de Justicia de la Nación está en un problema por razón de la inteligencia del enigmático párrafo segundo del artículo 97 de nuestra Constitución, y voy a tratar de explicar por qué. La doctrina normalmente se concreta a transcribir y a afirmar que se trata de una facultad no jurisdiccionada. Y aquí empiezan las complicaciones. El Poder Judicial de la Federación, en general, y la Suprema Corte, en particular, tiene como vocación pronunciada dictar resoluciones de carácter jurisdiccional… pero al mismo tiempo… es un poder eminentemente garantista, tutelar de los derechos humanos desde añejo, por lo cual se pretende que en esta facultad supere sus atribuciones”. Ya en el pronunciamiento de fondo de ese mismo asunto expresó: “Esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, en etapas afortunadamente ya superadas, estableció un precedente válido para la

materia penal, donde se decía: ‘A través de la tortura, el torturado puede confesar la verdad o mentir’; si su primera declaración presentada a través de la tortura es mendaz, debe probarlo. Esto era propio de un sistema totalitario; esta tesis afortunadamente ya se superó: la tortura no es más que un procedimiento ilegal… Ya los romanos decían: ‘Lo ilegal nada prueba’. Nuestra Constitución también lo significa, y, lo que es más, es ilegal tratar de probar algo con una prueba no idónea para eso. Y, perdónenme, señores ministros, que me base en un ejemplo: el testigo dice: ‘Yo lo vi robusto y sano; el que se le enfrentó sacó una pistola, disparó, enseguida lo vi sangrar y vi un cuerpo humano muerto’; la autoridad judicial sin autopsia no puede dar por hecho el homicidio. Esto qué quiere decir: que cuando hay pruebas idóneas, a ellas hay que atenerse, y esto no puede relevar a la autoridad ni a juez alguno para recurrir a pruebas no idóneas para probar lo que se pretende por más obvio que pueda parecer. Mi respuesta a la pregunta es no… no está acreditada la grave violación de garantías individuales”. Una de las características más destacadas del espíritu de don Sergio era su formación ética, moral y religiosa. Justo es reconocer, en perfecta concordancia de pensamiento y actuación. Un hombre auténtico, fiel a sus convicciones, franco, directo. Un asunto que realmente lo hizo


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