Código del trabajo 2022 Actualización: Febrero

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CÓDIGO DEL TRABAJO / LIBRO I

Art. 164 - 179

Se otorga a las partes de la relación laboral, esto es el empleador con el o los trabajadores, la facultad de pactar una indemnización a todo evento que sustituya la indemnización por años de servicios regulada en el artículo 163, la que se pagara al momento de terminar el contrato de trabajo, cualquiera sea la causa que de origen a la terminación. Para que sea procedente esta indemnización a todo evento se deben cumplir los siguientes requisitos: 1. El pacto debe Constar por escrito 2. Comienza a regir a partir del inicio del 7º año de la relación laboral, por lo primeros 6 años de relación laboral resulta improcedente hacer este tipo de pactos 3. Dado que el año de servicios es un periodo de 12 meses, el inicio del 7° año debe entenderse como el día siguiente al que el trabajador complete su primera anualidad, es así que si el trabajador ingreso a la empresa el día 15.08.2010, el 6° año de servicio se cumplirá el 15.08.2016, por lo que a partir del día 16.08.2016 comienza el 7° año y desde esa fecha correspondería que el empleador comience a cotizar el porcentaje que las partes hayan acordado, esto con prescindencia de que se haga el pacto con anterioridad o posterioridad al inicio del 7° año. 4. El aporte no puede ser inferior al 4,11% de las remuneraciones mensuales del trabajador y es de cargo del empleador. 5. Se establece que el monto máximo de remuneración sobre la cual se calculara el 4.11% es de 90 UF, lo que resulta acorde con lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, en cuanto al tope de la remuneración que es base de cálculo de las indemnizaciones por años de servicios y sustitutiva del aviso previo. 6. El empleador debe depositar mensualmente en la Administradora de Fondo de Pensiones a que se encuentre afiliado el porcentaje que se hubiere pactado. 7. Se puede pactar hasta el undécimo año de la relación laboral, es decir solo será procedente por 5 años, de acuerdo a lo establecido por la Dirección del Trabajo este tope de años afecta también a los trabajadores contratados antes del 14.08.1981. 8. El artículo 165 del Código del Trabajo respecto de los aportes que realiza el empleador dispone que: 

Los fondos de la cuenta especial sólo podrán ser girados una vez que el trabajador acredite que ha dejado de prestar servicios en la empresa

Los fondos acumulados son inembargables, salvo en los casos previstos en el inciso segundo del artículo 57 del código del trabajo, esto es cuando existan pensiones alimenticias debidas por ley y decretadas judicialmente, y en caso de defraudación, hurto o robo cometidos por el trabajador en contra del empleador en ejercicio de su cargo, o de remuneraciones adeudadas por el trabajador a las personas que hayan estado a su servicio en calidad de trabajador, esto es por una solo vez y se aplica una vez terminado el contrato.

En caso de muerte del trabajador, los fondos de la cuenta especial se pagarán a las personas y en la forma indicada en los incisos segundo y tercero del artículo 60

Los aportes que debe hacer el empleador tiene el carácter de cotizaciones previsionales para los efectos de su cobro.

Los aportes, siempre que no excedan de un 8,33% de la remuneración mensual del trabajador y la rentabilidad que se obtenga de ellos, no constituirán renta para ningún efecto tributario, así mismo el retiro de estos aportes no estará afecto a impuesto. Si bien el aporte que se establece es un mínimo de 4.11% de la remuneración, las partes pueden pactar el porcentaje que estimen conveniente, pudiendo a modo de ejemplo el 10% ; 15% ó 20% de las remuneraciones mensuales, sin embargo no estarán afectos a impuesto estos aporte en la medida que no se exceda de 8.33% de la remuneración imponible, si se pacta un porcentaje mayor se constituiría en un haber constitutivo de renta para el trabajador, debiendo tributar por ellos

Las AFP pueden cobrar una comisión porcentual sobre los depósitos que se efectúen en estas cuentas.

Cuando el trabajador se encuentre con licencia médica el empleador debe efectuar los aportes sobre el monto de los subsidios que perciba el trabajador, es decir la licencia médica sea de índole laboral o común no suspende la obligación de depositar del empleador.

CÓDIGO DEL TRABAJO

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bis

17min
pages 489-496

Definición ................................................................................................................................... 2º Inc. 4º Aplicación del procedimiento de tutela laboral

6min
pages 485-486

ARTÍCULOS TRANSITORIOS - Art. 1 - 23

47min
pages 467-484

Nº 5 Acumulación del feriado............................................................................................................ 70 Inc. 2º

6min
pages 487-488

TÍTULO FINAL DE LA FISCALIZACIÓN, DE LAS SANCIONES Y DE LA PRESCRIPCIÓN - Art. 505

22min
pages 458-466

TÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE RECLAMACIÓN DE MULTAS Y DEMÁS RESOLUCIONES ADMINISTRATIVAS - Art. 503

4min
pages 456-457

Párrafo 7º Del Procedimiento Monitorio - Art. 496

1min
page 452

Párrafo 6º Del Procedimiento de Tutela Laboral - Art. 485

15min
pages 446-451

Párrafo 5º De Los Recursos - Art. 474

13min
pages 441-445

Abandono del procedimiento, inaplicabilidad

16min
pages 429-435

Títulos Ejecutivos Laborales - Art. 463

13min
pages 436-440

Párrafo 2° Reglas Comunes - Art. 432

11min
pages 419-424

Párrafo 3° Del Procedimiento de Aplicación General - Art. 446

9min
pages 425-428

TÍTULO X DE LA PRESENTACIÓN EFECTUADA POR FEDERACIONES CONFEDERACIONES - Art. 408

7min
pages 406-408

Registro Nacional de Árbitros Laborales

2min
page 394

Reglas generales

2min
page 395

TÍTULO IX DE LAS PRÁCTICAS DESLEALES Y OTRAS INFRACCIONES EN LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y SU SANCIÓN - Art. 403

12min
pages 400-405

Secretaría del cuerpo arbitral

2min
page 393

Remuneración de los árbitros

2min
page 392

TÍTULO VI DE LOS PACTOS SOBRE CONDICIONES ESPECIALES DE TRABAJO - Art. 374

12min
pages 385-388

Capítulo II De La Mediación Laboral De Conflictos Colectivos - Art. 381

2min
page 390

De Temporada Y De Obra O Faena Transitoria - Art. 365

14min
pages 379-384

Capítulo VII Limitaciones al Ejercicio del Derecho a Huelga - Art. 359 TÍTULO V REGLAS ESPECIALES PARA LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA

17min
pages 371-377

Capítulo IV Impugnaciones y Reclamaciones - Art. 339

5min
pages 354-355

Capítulo VI Derecho a Huelga - Art. 345

31min
pages 359-370

Extensión beneficios obligación de cotizar 75% de la cuota sindical

3min
page 346

Capítulo III De la Respuesta del Empleador - Art. 335

9min
pages 350-353

Periodo de negociación

3min
page 341

Impugnaciones y reclamaciones ..................................................................................... 339

2min
page 340

Comisión negociadora sindical

1min
page 330

Contenido del proyecto

2min
page 328

Presentación proyecto ....................................................................................................... 332 y

1min
page 333

Registro de la respuesta en la Inspección del Trabajo

5min
pages 338-339

Falta de respuesta al proyecto por parte del empleador

3min
page 329

Efectos falta de respuesta del empleador

2min
page 337

Inicio de la negociación colectiva reglada

2min
page 327

Aplicación clausula a trabajadores que no negociaron

6min
pages 322-324

Ultraactividad de un instrumento colectivo

2min
page 325

TÍTULO I NORMAS GENERALES - Art. 303

1min
page 321

TÍTULO II DEROGADO - Art. 302

2min
page 320

Disolución................................................................................................................................... 296 al

18min
pages 298-306

Único con un mismo empleador

5min
pages 307-308

Capítulo XI Derogado - Art. 299

1min
page 319

Modificación vía contrato individual limitaciones

12min
pages 311-316

Capítulo X De La Disolución de Las Organizaciones Sindicales - Art. 295

3min
pages 317-318

Capítulo IX De Las Prácticas Antisindicales y de su Sanción - Art. 289

2min
page 310

Fuero de directores

58min
pages 274-297

Composición patrimonio sindical

23min
pages 256-265

Número de directores

2min
page 272

Requisitos para ser director

3min
page 273

Fines ............................................................................................................................................ 220 y

9min
pages 267-269

Ponderación votación directores de organizaciones afiliadas

5min
pages 270-271

Afiliación .................................................................................................................................... 268 Inc. 6º Constitución............................................................................................................................... 268 Inc. 6º Definición

1min
page 266

Asambleas sindicales

2min
page 255

Quorum según número trabajadores de la empresa

41min
pages 227-242

Comunicación a la empresa

5min
pages 225-226

Deposito acta constitución en la Inspección del Trabajo

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page 222

Ministro de fe

9min
pages 218-220

Formalidades, quorum, fuero trabajador que participan

3min
page 221

Observaciones Inspección del Trabajo

5min
pages 223-224

Acción popular, infracción normas sobre protección de los trabajadores Acción popular para denunciar las infracciones relativas al trabajo de niños,

30min
pages 192-205

Accidentes del trabajo y enfermedades profesionales .........................................................209 al

19min
pages 211-217

Extensión padre Formas de ejercer el derecho, lugar de ejercicio................................................................. 206 letras a),

12min
pages 206-210

Accidente de trabajo, demanda................................................................................................ 420 letra f) Accidente de trabajo, en actividad de capacitación

31min
pages 181-191

Párrafo 3° De La Periodicidad en el Pago de las Remuneraciones - Art. 152 bis H

2min
page 159

Conservación del empleo por servicio militar

1min
page 158

y Trabajadores que Desempeñan Actividades Conexas - Art. 152 bis A

2min
page 156

Capítulo IV Del Contrato de Trabajadores de Artes y Espectáculos - Art. 145-A

5min
pages 149-151

Capítulo V Del Contrato de Trabajadores de Casa Particular - Art. 146

7min
pages 152-155

Párrafo 2° Del Contrato de los Trabajadores Portuarios Eventuales - Art. 133

9min
pages 144-148

Viático

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pages 129-130

De Temporada - Art. 93

3min
pages 131-132

Capítulo I Del Contrato de Aprendizaje - Art. 78

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Capítulo VI De la Protección a las Remuneraciones - Art. 54

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pages 105-109

Capítulo VII Del Feriado Anual y de los Permisos - Art. 66

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pages 116-124

TÍTULO II DE LOS CONTRATOS ESPECIALES - Art. 77

2min
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Trabajos día domingo y festivos

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pages 110-115

Capítulo V De las Remuneraciones - Art. 41

17min
pages 98-104

Ámbito de aplicación................................................................................................................ 87 Inc. 1º Excepción al descanso dominical

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Remuneración, pago en regalías Trabajadores excluidos............................................................................................................ 87 Inc. 2º,

4min
pages 91-92

Jornada de trabajo Horas extraordinarias.............................................................................................................. 88 Inc. 2º

4min
pages 88-89

Párrafo 4° Descanso Semanal - Art. 35

2min
page 87

Párrafo 3° Descanso Dentro de la Jornada - Art. 34

4min
pages 85-86

TÍTULO PRELIMINAR - Art. 1 - 6

16min
pages 51-56

Párrafo 1° Jornada Ordinaria de Trabajo - Art. 22

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Capítulo II Capítulo II De La Capacidad Para Contratar Y Otras Normas Relativas A La Protección Del Trabajo De Niños, Niñas Y Adolescentes - Art. 13

9min
pages 70-72

Pago feriado proporcional ………………………………………………………… .............. 67

14min
pages 73-78

Párrafo 2° Horas Extraordinarias - Art. 30

6min
pages 82-84

Atrasos en el pago de remuneraciones

11min
pages 63-66

Capítulo IV De la Jornada de Trabajo - Art. 21

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Capítulo III De la Nacionalidad de los Trabajadores - Art. 19

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