¿Son los partidos políticos sujetos obligados bajo la normativa de prevención de lavado de activos?

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En Argentina, el delito de lavado de activos se tipifico en 1989. Sin embargo, es recién en 1998 que el Poder Ejecutivo Nacional remite al Congreso un proyecto de ley para crear un marco jurídico exhaustivo en la prevención del lavado de activos10. Para la redacción del proyecto se tomaron como base las recomendaciones del GAFI en su versión de 1996. Es así, que como principales sujetos obligados del sistema se encontraban las entidades financieras. El proyecto es sancionado como ley en abril de 2000 con el número 25.246, que, con algunas modificaciones, es la ley que regula la materia hasta la actualidad. Expandiendo el enfoque de las recomendaciones del GAFI de ese momento, la ley 25.246 incluyó entre los sujetos obligados a varias entidades o personas de carácter no financiero. Por ejemplo, se incluyó a los escribanos públicos, a los despachantes de aduanas, a los agentes inmobiliarios, y, en general, a “todas las personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros”. Sin embargo, la ley es silente en cuanto a si los partidos políticos se encuentran incluidos en esta última o en alguna de las otras categorías de sujetos obligados. Ni el decreto reglamentario de la ley (Decreto 290/07) o la resolución de la Unidad de Información Financiera sobre personas que reciben donaciones o aportes de terceros (Resolución UFI 30/2011) aclaran este punto. Cabe preguntarse, entonces, si fue la intención del legislador incluir a los partidos políticos como sujetos obligados en la ley 25.246, o si por el contrario los mismos se encuentran exceptuados al contar con una ley de financiación que incorpora algunas de las obligaciones de control propias de los sujetos obligados.

Los partidos políticos como personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros Las personas jurídicas que reciben donaciones o aportes de terceros no se encontraban incluidas en la lista de sujetos obligados del proyecto original que el Poder Ejecutivo remitió al Congreso 10

Un proyecto anterior del año 1996 consiguió dictamen de comisión en la Cámara de Diputados, pero se descontinuó su trámite parlamentario.

Copyright © 2020. Damián Pérez de Mendiola. Todos los derechos reservados.


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