Territorios indígenas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra Estudio urbanístico
Más adelante, en 2011, se relanzó el proyecto de vivienda social Vallecito II, a través de un convenio suscrito entre el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda y la CIDOB-CPESC durante la 8va. Marcha Indígena, con el objetivo de dotar de viviendas a familias indígenas de tierras bajas. Posteriormente, con la promulgación de la Ley 850 (2016), cuyo objetivo fue precautelar el cumplimiento de la función social del beneficio otorgado por el Programa de Vivienda Social y Solidaria, las familias ocupantes iniciaron un proceso para que estas viviendas les sean “reasignadas”, como sus actuales poseedores y ser ratificados como los adjudicatarios de las mismas ante Derechos Reales. Al 2020, la situación de las 188 familias adjudicatarias es la siguiente: 160 son poseedoras con matrícula (folio real) y 28 aún no tienen matrícula. De las 160 que tienen matrícula, 5 ya tienen aprobado su derecho propietario y 155 se encuentran con su solicitud en diferente estado en Derechos Reales (DDRR).
3.3.2.2. Recomendaciones Sobre la situación jurídica Vallecito II debe seguir promoviendo el empoderamiento de su sistema organizativo interno a fin lograr, con efectividad y participación plena de sus miembros, un proceso gradual de mejoramiento integral, sobre todo que aborde en primera instancia el problema de saneamiento y titulación del derecho propietario de las casas donde viven actualmente. Es de suma importancia terminar de resolver aspectos legales y concluir los trámites para la Reasignación de Viviendas Sociales, en el marco de la Ley 850 del 14 de noviembre de 2016. Sobre la planificación urbana y la visión estratégica: el Plan Maestro En el caso de la comunidad Vallecito II, por tratarse de una zona urbana en proceso de consolidación, se propone lo siguiente: •La recuperación de los espacios abiertos y superar el dilema del espacio interior-exterior por el de espacio público con actividades productivas. Ya que el espacio habitacional productivo y comunitario es un lugar no sólo físico sino social y de organización, todos los espacios de la comunidad deben cumplir una determinada función sociocultural, sostenible e integral. • Se recomienda la implementación de una espina peatonal sobre tres calles de las cuatro manzanas que conforman el barrio. • Se recomienda optar por la puesta en valor de la alameda exterior en las tres calles señaladas, con la finalidad de integrar las tensiones surgidas por la conexión del equipamiento existente del parque urbano y la avenida sudeste con canal pluvial.
151