Territorios indígenas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra Estudio urbanístico
En relación al cumplimiento de la norma y reglamento del CUO de las construcciones de la comunidad Degüi, a través de los planos urbanos en la fase del relevamiento urbano y arquitectónico, se pudo establecer las distintas situaciones de apoyo sobre los tres lados exteriores del predio. Sobre el ingreso principal, lado oeste, donde se ha construido un pórtico de acceso, se apoya el 70%; sobre el lado este, tiene un apoyo del 70%; sobre el lado sur, el 65%; y sobre el lado norte las construcciones se apoyan un 70%. Derecho propietario Si bien la comunidad Degüi cuenta desde 2011 con una concesión municipal por 30 años del terreno ocupado y goza de total legalidad en cuanto a la posesión del terreno, entre sus miembros existe una percepción de riesgo de desalojo, en caso de no consolidarse el derecho propietario. Sin embargo, el desalojo es poco probable. Esta percepción de inseguridad y el hecho de no ser titulares del derecho propietario, no les ha permitido gestionar financiamiento o beneficiarse de algún programa de vivienda social. En caso que la comunidad Degui optara por obtener la titularidad del terreno sobre el que está asentada, este estudio presenta, por una parte, la documentación técnica y conceptual necesaria para certificar los atributos argumentales elaborados de manera sistemática, que justifican la consolidación del DERECHO PROPIETARIO formal del actual asentamiento. Por otra parte, los distintos proyectos con adecuación cultural se sustentan en el respeto de los valores y en el reconocimiento de los elementos socioculturales que definen y caracterizan al pueblo ayoreo, a fin de que su inserción sea apropiada e integrada al espacio y tiempo en el ámbito cultural y ambiental que la define.
2.1.2.2 Recomendaciones Sobre la situación jurídica. Considerando que la comunidad Degüi ha desarrollado grandes esfuerzos para acceder a la titularidad del derecho propietario del predio y a los efectos de ejercer sus derechos a mejorar sus condiciones de vida, corresponde: • Elevar a consideración del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, GAMSC, a través de la instancia operativa y técnica pertinente, como es la Secretaría Municipal de Planificación, SEMPLA, los antecedentes que demuestran la pertinencia de la solicitud para el cambio de uso de suelo, de uso mixto y/o equipamiento urbano al de uso habitacional, además de evaluar los proyectos contemplados en el Plan Maestro. Esta modificación tiene como objetivo aplicar la Ley 247 de Regularización del Derecho Propietario de Bienes Inmuebles Urbanos Destinados a Viviendas e iniciar posteriormente las acciones de financiamiento y construcción del referido Plan Maestro (mencionado posteriormente). • Elevar al concejo municipal los antecedentes que demuestran la pertinencia de la solicitud para el cambio de uso de suelo, de uso mixto y/o equipamiento urbano al de uso habitacional, además de
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