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NEGOCIOS Y FINANZAS
EXCELENCIA PROFESIONAL
Presentan reglas generales de apoyo a proyectos de inversión en música, danza, teatro, libros y artes visuales, EFIARTES 2021 C.P.C. Walter Raúl López Ramírez Socio de Auditoría e Impuestos Consultoría y Asesoría Integral WMJA, S.C. Integrante de la Comisión de Síndicos (SAT) y Prodecon wmja.walter@gmail.com
C
on fecha 15 de febrero de 2021 la Secretaría de Hacienda y Crédito Público publicó un comunicado de prensa en donde expone lo siguiente: • Se publicaron las Reglas Generales para la Aplicación del EFIARTES. • El registro de proyectos por parte de las empresas responsables se realizará en el sistema en línea a partir de las 0:00 horas del 15 de febrero y hasta las 18:00 horas del 16 de abril de 2021. • Entre otras modificaciones, las nuevas reglas generales estipulan que el registro se podrá llevar a cabo sin la necesidad de contar con un contribuyente aportante confirmado, y que los proyectos serán evaluados por el INBAL, privilegiando la calidad artística junto a la diversidad de enfoques.
¿Qué es el EFIARTES?
El Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional, en la Edición y Publicación de Obras Literarias Nacionales, de Artes Visuales, Danza, Música en los Campos específicos de Dirección de Orquesta, Ejecución Instrumental y Vocal de la Música de Concierto y Jazz, (EFIARTES), es un beneficio que se otorga a la creación y producción de las diferentes artes, como son las artes visuales, la danza, la música y el teatro y en la Edición y Publicación de Obras Literarias Nacionales, consistente en aplicar un crédito fiscal por el monto aportado por un contribuyente del Impuesto sobre la Renta (ISR) a un proyecto de inversión. El EFIARTES permite a los particulares (personas físicas y morales) aportar recursos a un proyecto de inversión y disminuir el monto del pago de su Impuesto Sobre la Renta causado en el ejercicio. El monto de la aportación al proyecto de inversión que corresponda (por el cual se autorizará un acreditamiento en el pago del ISR) no puede ser mayor de 2 millones de pesos por contribuyente aportante y proyecto de inversión, ni del 10% del ISR del contribuyente aportante en el ejercicio inmediato anterior.
Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional, en la Edición y Publicación de Obras Literarias Nacionales, de Artes Visuales, Danza, Música en los Campos específicos de Dirección de Orquesta, Ejecución Instrumental y Vocal de la Música de Concierto y Jazz, publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de febrero 2021 y en los Lineamientos de Operación emitidos por el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura, para cada disciplina.
Resolución Miscelánea Fiscal para 2021
RM2021 ISR 3.21.1.1. Tratamientos y estímulos fiscales que no son aplicables conjuntamente con los estímulos fiscales a la producción teatral nacional, edición y publicación de obras literarias nacionales, artes visuales, danza, música, investigación y desarrollo de tecnología, deporte de alto rendimiento y proyectos de inversión en la producción y distribución cinematográfica nacional Para los efectos de los artículos 189, último párrafo, 190, último párrafo, 202, último párrafo y 203, último párrafo de la Ley del ISR, los tratamientos fiscales que no podrán aplicarse conjuntamente con los estímulos fiscales a que se refieren los artículos antes señalados son los siguientes: I. El previsto en el Capítulo VI del Título II de la Ley del ISR, respecto de las sociedades que hubieran optado por este régimen. II. El previsto en el artículo 182 de la Ley del ISR, respecto de los contribuyentes que lleven a cabo operaciones de maquila. III. El previsto en el artículo 187 de la Ley del ISR, respecto de los fideicomisos dedicados a la adquisición o construcción de inmuebles. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Secretaría de Cultura del Gobierno de México, a través del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), dieron a conocer las Reglas Generales para la Aplicación del Estímulo Fiscal a Proyectos de Inversión en la Producción Teatral Nacional, en la Edición y Publicación de Obras Literarias Nacionales, de Artes Visuales, Danza, Música en los Campos específicos de Dirección de Orquesta, Ejecución Instrumental y Vocal de la Música de Concierto y Jazz (EFIARTES) publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 15 de febrero de 2021.
Normatividad Fiscal
El EFIARTES tiene su fundamento legal en el artículo 190 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR)1 , en las Reglas
1 LISR Art. 190. Otorgamiento de estímulo fiscal a la producción teatral nacional