TABLA 6: SELECCIÓN DE CANDIDATOS EN LOS PARTIDOS LIBERAL Y CONSERVADOR CANADIENSES ¿Quién define las reglas? ¿Quién administra el proceso a nivel nacional? ¿Quién administra el proceso a nivel sub-nacional?
¿Cómo se involucra el liderazgo nacional?
¿Cuál es el umbral para la participación de las EDAs?
¿Cuáles son los criterios de elegibilidad?
Partido Conservador • El Consejo Nacional.
• El Comité Nacional de Selección de Candidatos (NCSC) del Consejo Nacional, en asociación con Comités de Nominación de Candidatos a nivel de distrito electoral. • El Comité de Nominación de Candidatos (CNC) nombrado por el ejecutivo de la EDA. • Los miembros del CNC deben firmar y comprometerse a no buscar la nominación y a mantenerse imparciales durante el proceso de selección para su EDA. • Sólo el NCSC puede no permitir una inscripción. • El NCSC puede no permitir la candidatura de un individuo en cualquier momento antes o después de la nominación por parte de la EDA. • El presidente nacional de campaña puede alterar las reglas a su entera discreción para cualquier EDA en caso de emergencia electoral. • Por lo menos dos tercios del más alto número de militantes desde la creación del partido en 2003. • Un saldo en el banco de por lo menos el 50 por ciento del total gastado por el candidato durante la última elección general. • La presentación de planes de campaña, presupuesto y recolección de fondos. • Evidencia de que se llevó a cabo una búsqueda razonable. • Afiliación de mínimo seis meses. • No debe haber sido un candidato fallido en las dos elecciones federales previas. • Los dos criterios previos pueden ser suspendidos por el director de operaciones políticas en acuerdo con el presidente del Consejo Nacional. • La petición de nominación firmada por al menos 25 militantes • Los legisladores en funciones que cumplan con todos los requisitos califican automáticamente para competir por la
Selección de Candidatos para Cargos Legislativos
Partido Liberal • El Comité Nacional de Preparación de Elecciones (NERC), con opción de variaciones realizadas por las Asociaciones Provinciales y Territoriales (PTAs). • El Comité Nacional de Campaña, en asociación con la PTA y Asociación de Distrito Electoral (EDA) correspondientes. • Oficiales de la PTA en asociación con la EDA.
• El líder nacional debe aprobar todas las precandidaturas. • El presidente nacional de campaña debe aprobar la convocatoria a la reunión de selección de la EDA. • El líder nacional puede designar un candidato sin pasar por el proceso de selección. • El presidente nacional de campaña puede alterar las reglas en caso de emergencia electoral. • Evidencia de que se llevó a cabo una búsqueda razonable. • Variaciones de la PTA, como por ejemplo militancia mínima requerida.
• Afiliación al partido • La petición de nominación firmada por al menos 25 militantes • Pagar cualquier deuda que se tenga con el partido. • Cualquier otro requisito establecido por el NERC.
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