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PLD Y ANTICORRUPCIÓN
EXCELENCIA PROFESIONAL
Basilea marco regulador internacional para los bancos. Comité Basilea M.A. y L.C.C. José Jesús Rodríguez Ambriz Vicepresidente del Sector Externo
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l objetivo del presente artículo es conocer los organismos reguladores, proporcionar la información y el conocimiento necesario del sector bancario. El Comité no posee ninguna autoridad de supervisión supranacional formal y sus conclusiones no tienen fuerza legal. Sin embargo, el Comité formula amplios estándares y pautas de supervisión y emite declaraciones de mejores prácticas, con la expectativa de que las autoridades de supervisión individuales, tomen medidas para ponerlas en ejecución con los arreglos que mejor se adapten a cada sistema nacional. De este modo, el Comité anima a una convergencia hacia estándares comunes sin una armonización detallada y busca un respaldo para sus iniciativas más importantes. Antecedentes: el comité de Basilea tuvo su origen a raíz de la crisis financiera originada por el cierre del Bankhaus Herstatt en Alemania en 1974. Dicho banco fue cerrado por al banco central alemán, el Bundesbank, por sus importantes pérdidas derivadas en moneda extranjera. Como consecuencia de tal cierre intempestivo, la liquidación y compensación de un número considerable de operaciones internacionales quedó sin realizarse, porque el Chase Manhattan, banco corresponsal del Herstatt en EEUU, se rehusó a cumplir con órdenes de pago y cheques girados contra la cuenta de dicho banco. Estas difíciles circunstancias por poco condujeron al colapso del sistema de pagos estadounidense y del sistema financiero internacional. En dicho contexto, y con el propósito de restaurar la confianza y estabilidad del sistema financiero internacional, los gobernadores y presidentes de los bancos centrales de los países que conformaban el G10 establecen el Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, encargado de desarrollar principios y reglas apropiadas sobre prácticas de regulación y supervisión de los mercados bancarios internacionales, que eviten la ocurrencia de crisis similares en el futuro. En el Comité de Basilea los países son representados por sus bancos centrales y también por la autoridad, que tiene la responsabilidad formal de la prudencial supervisión del negocio bancario, en los casos que el banco central no la tenga. Dichas autoridades a veces tienen la denominación de superintendencias bancarias, otras de comisiones bancarias, entre otras. Actualmente los miembros del Comité provienen de Alemania, Bélgica, Canadá, España, Estados Unidos, Francia, Italia, Japón, Luxemburgo, Países Bajos, Reino Unido, Suecia y Suiza. Para alcanzar ello, el Comité ha publicado una amplia serie de documentos desde 1975. En 1988, el Comité decidió introducir un sistema de medida
del capital de las instituciones financieras, el cual fue designado comúnmente como el Acuerdo de Basilea I, Capital de Basilea. Este sistema previó la puesta en práctica de un estándar de capital mínimo de 8% para el riesgo de crédito a partir de 1992. Este marco fue introducido progresivamente no sólo en los países miembros del G10, sino prácticamente en todos los países que tenían bancos internacionalmente activos. En 1999, el Comité publicó una propuesta para un marco de adecuación de capital revisado, el cual constaba de tres pilares: el de requerimientos de capital mínimo (refinando las reglas de cálculo de capital de Basilea I), el de la revisión supervisora de la adecuación de capital y de su proceso de asignación interna, y el del uso eficaz de la divulgación para consolidar la disciplina de mercado como complemento a los esfuerzos de supervisión bancaria. Basilea II, después de una interacción extensa con los bancos, los grupos del sector y las autoridades de supervisión que no son miembros del Comité, el marco revisado, conocido como Nuevo Acuerdo de Capital (Basilea II), fue publicado en 2004. Además, el Comité de Basilea en Supervisión Bancaria ha venido publicando y actualizando una serie de guías con recomendaciones para promover la adopción de prácticas sanas, tanto para la mejor forma de alcanzar una supervisión bancaria eficaz, como para una serie de temas particularmente críticos en las instituciones financieras, que obviamente son materia de supervisión. Entre los principales temas tratados se encuentra el buen gobierno corporativo, el manejo del riesgo de crédito, el manejo