Junio 2021

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JUNIO 2021

JURÍDICO FISCAL

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Justicia Fiscal, Medios de Defensa Contenciosos • Segunda Parte Tulio Antonio Salanueva Brito ABOGADO. C.P. E.F. MTRO A.J. TELÉFONO 5591991467 contacto@asebureau.com.mx

U

na frase que ha sido ilustrativa de la pasión por el derecho de quien escribe estas líneas la acuñó el Siervo de la Nación Don José María Morelos y Pavón, que en aquellos tiempos manifestó: “Que todo el que se queje con justicia tenga un tribunal que lo escuche, lo ampare y lo defienda contra el fuerte y el arbitrario.” Y aunque las condiciones políticas, sociales y económicas de aquél tiempo pudieran parecer distintas, por lo menos quienes ejercemos a partir de la materia contable y jurídica transitamos los tortuosos caminos del Derecho Tributario y la forma en la que el justiciable debe acceder a los medios de defensa, tomando en cuenta que en términos de la Constitución Política en materia fiscal no hay garantía de audiencia previa, es decir que el estado actúa siempre con carácter imperativo e inclusive puede hacer efectivo un crédito fiscal aún y cuando este no se encuentre firme.

En efecto, como apuntamos en la entrega anterior en el recurso de revocación la autoridad tiene la oportunidad de revisar en la esfera administrativa la legalidad de su acto y en su caso confirmarlo o dejarlo insubsistente, por lo que en todo caso se convierte en juez y parte, con los inconvenientes que ello trae aparejado para el gobernado, pues en la inmensa mayoría de los casos la resolución es adversa y debe acceder a otro medio de defensa que indefectiblemente es el juicio contencioso administrativo. En este tipo de proceso, se litiga contra los órganos administrativos y de fiscalización con los que el estado cuenta (SAT, IMSS, INFONAVIT, IMPI, ETC.) por lo que los “fiscalistas” ya sea que tengamos un perfil de contador público, administrador o abogado o cualquier combinación de ellos, en forma frecuente nos vemos en la necesidad de impugnar aquellos actos que sean lesivos para la entidad económica buscando que se haga justicia, por lo que al interponer una demanda quien conoce del proceso es un tribunal administrativo que constitucionalmente goza de autonomía técnica y presupuestaria, así como libertad de jurisdicción, el cual como todos los órganos de impartición de justicia evoluciona constantemente y ha tenido diversas denominaciones a lo largo del tiempo correspondiendo en la actualidad el


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