Revista Gran Buenos Aires Profesional Nº 87

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IMPUESTOS

TRIBUTACIÓN Y PANDEMIA:

una difícil convivencia.

Por el Dr. Alfredo T F Destuniano

Un repaso por las medidas que el estado nacional debió tomar para hacer frente a la situación. ¿Será suficiente? En la colaboración anterior me he referido a la Ley N° 27541, llamada “Ley de emergencia solidaria”, que entró en vigencia el 23/12/2019, disponiendo la emergencia solidaria hasta el 31/12/2020. Estábamos en crisis financiera. Posteriormente se conoció el brote de un Coronavirus, cuya primera infección humana se habría registrado a finales de diciembre de 2019 en la Ciudad de Wuhan, en la provincia de Hubei, China. Diversas fuentes sostienen que China habría demorado la noticia de la fuga del virus del laboratorio donde era objeto de investigación. Con fecha 11/03/2020 la OMS, a través de su Director General Tedros Adhanom Ghebreyesus, declaró que el coronavirus COVID-19 era una pandemia 1. A dicha fecha ya había más de 118.000 infectados en el planeta. Hoy, veintitrés días después, se ha elevado la cifra a más de 740.000 y más de 52.000 personas infectadas han fallecido. En nuestro país se han registrado más de 800 casos de infectados y más de 30 personas fallecidas. Respecto de las medidas fiscales para enfrentar la situación, me pregunto si es posible esta convivencia 1 2

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de tributación y pandemia. El 19/3/2020 se sancionó el Dec. N° 297/2020, el cual estableció, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él, el aislamiento social, preventivo y obligatorio, por un plazo determinado, debiendo permanecer en sus domicilios o lugares donde se encontraren, con algunas excepciones. El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos publicó el 28/03/2020 el Digesto de Emergencia Sanitaria Coronavirus COVID-19, un compendio de todas las normas nacionales publicadas en el Boletín Oficial en el marco de la pandemia2. El Digesto, fue elaborado por la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Si bien puede estar demás decirlo, advierto que existe una absoluta incertidumbre sobre el efecto de estas dos crisis sobre las finanzas del Estado y las economías de los privados. En lo que respecta a la económica, es todo un indicador que en algunas provincias se esté hablando de las cuasimonedas3.

Fuente: https://www.redaccionmedica.com/secciones/sanidad-hoy/coronavirus-pandemia-brote-de-covid-19-nivel-mundial-segun-oms-1895. https://www.argentina.gob.ar/noticias/digesto-de-emergencia-sanitaria-por-coronavirus3


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