Gobernando los Andes
Convertir a los naturales: el II Concilio de Lima En 1564, por una Real Cédula con fecha 12 de julio, Felipe II ordenó que se aplicaran los decretos tridentinos a la Iglesia indiana22. La recepción de la doctrina de Trento en las dos grandes áreas de la dominación española tuvo lugar de forma dispar: el Concilio provincial mexicano pudo reunirse con mayor rapidez que el Concilio de la provincia peruana, pero el retraso de la reunión del Concilio peruano se reveló útil para llevar a cabo con mayor detenimiento la fase preparatoria, como ha subrayado Willi Henkel23. El arzobispo de Lima, el dominico Jerónimo de Loayza, había convocado en 1566 un concilio en Lima al fin de estudiar la mejor forma de facilitar la adopción de los decretos tridentinos conforme a las directrices de la Corona24. Este concilio provincial, que duró desde el 2 de marzo de 1567 hasta finales de enero de 1568, fue considerado como una continuación ideal del primero, que se clausuró en 1551 y había planteado con fuerza la relevante cuestión de la práctica evangelizadora y de las condiciones de los indígenas en el virreinato25. Tomaron parte del Concilio cuatro de los seis obispos residentes en el virreinato (tres de las nuevas sedes —Cuzco, Nicaragua y Santiago de Chile— seguían vacantes); además de Loayza (Lima), participaron los dominicos fray Domingo de Santo Tomás (Charcas) y fray Pedro de la Peña (Quito), y el franciscano fray Antonio de San Miguel (La Imperial). En representación de la diócesis del Cuzco participó el licenciado Francisco Toscano, archidiácono. Los representantes de las cuatro órdenes que había en el virreinato también tomaron parte con sus provinciales: fray Pedro de Toro por los dominicos; fray Juan del Campo por los franciscanos; fray Miguel de Orenes por los mercedarios y fray Juan de San Pedro por los agustinos. Participaron, además, como asesores, varios religiosos: fray Diego de Medellín, fray Juan de Roa, fray Francisco de la Cruz, fray Juan Vega 22
Cf. Juan Villegas, Aplicación del Concilio de Trento en Hispanoamérica, 1564-1600: provincia eclesiástica del Perú, Montevideo, 1975. 23 Willi Henkel, «L’evangelizzazione nel II e III concilio provinciale di Lima», en Luciano Vaccaro (ed.), L’Europa e l’evangelizzazione del Nuovo Mondo, Milán, 1995, pp. 329-343. Cf. Villegas, Aplicación del Concilio de Trento, cit. 24 Los decretos del II Concilio Limense se pueden consultar en Francisco Mateos, «Segundo Concilio Provincial Limense (1567)», Missionalia Hispanica, 20 (1950), pp. 209-296; y en Rubén Vargas Ugarte (ed.), Concilios Limenses (1551-1772), I, Lima, 1951, p. 101 y ss., con un análisis puntual. 25 Una visión del conjunto en José Dammert Bellido, «El II Concilio Provincial Limense de 1567», Revista Teológica Limense, 10/3 (1976), pp. 243-250 y Josep-Ignasi Saranyana et al., Teología en América Latina. Desde los orígenes a la Guerra de Sucesión (1493-1715), I, Fráncfort-Madrid, 1999, pp. 141-143.
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