AQUACULTURA #135

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COYUNTURA

- JUNIO 2020

Conecta al acuicultor y lo capacita en temas de interés

CNA

online

L

a Cámara Nacional de Acuacultura siempre reinventándose para beneficio del sector camaronero, lanzó: CNA Online, una herramienta que permite llevar a cabo las actividades de formación continua, para que el intercambio de información científica continúe en el marco de la nueva normalidad que vive el mundo debido a la emergencia sanitaria por COVID-19. Al momento se han realizado 2 webinars gratuitos de 90 minutos, con la intervención de ponentes de reconocida experiencia que han abordado temas de interés e importancia para todos los eslabones de la cadena del camarón. Cna Online aperturó sus conferencias el 20 de mayo pasado y durante su primer encuentro virtual hubo más de 400 personas conectadas.

Primera conferencia

“Oportunidades y obligaciones para el sector camaronero con la nueva Ley de Acuicultura y Pesca”. Dictada por los expertos en derecho acuícola y pesquero, José Gabriel Apolo y Javier Cardoso.

En la conferencia virtual se analizó la Ley Orgánica para el Desarrollo de la Ley de Acuicultura y Pesca que entró en vigencia el 21 de abril, luego de su publicación en el Registro Oficial; esta normativa representa un instrumento legal trascendental para el sector camaronero porque por primera vez consta en una Ley; antes sólo se regía por la Ley de Pesca y Desarrollo Pesquero, que tenía una data de 50 años y regulaba principalmente al sector pesquero sin mencionar expresamente a la acuicultura sino “cultivo y procesamiento de recursos bioacuáticos”. Apolo explicó que durante todos estos años las regulaciones se ejecutaron vía Reglamento de la Ley, que era fácilmente modificado por las autoridades de turno y ahí destacó la importancia de contar con una Ley.

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Uno de los primeros puntos de análisis fue la creación de un Sistema Nacional de Acuacultura y Pesca, conformado por instituciones públicas que entre sus competencias estará la coordinación, cooperación, supervisión y seguimiento para administrar los sectores acuícolas y pesqueros: a criterio de Cardoso, será fundamental contemplar vía Reglamento la inclusión de una visión técnica que permita al sistema adoptar las decisiones idóneas para el sector. La Ley busca impulsar el desarrollo formal de la actividad en todas sus fases, inclusive las conexas. El título habilitante es el documento que legaliza el ejercicio de la acuicultura en el país; en lo que respecta al funcionamiento, la nueva norma contempla un proceso de zonificación y regularización. Por otra parte, se creará el Registro Público Acuícola que estará a cargo del ente rector, Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca. Oportunidades La normativa extiende a plazo indefinido las autorizaciones para tierras altas, lo que antes era de 20 años y ahora el autorizado deberá informar al ente rector en caso de arriendo o traspaso y cumplir con el estudio técnico económico. En lo que respecta a las concesiones de zonas de playa y bahía, el plazo se extendió a 20 años, antes era 10 años y podrán ser renovadas por períodos iguales; se prohíbe el otorgamiento de concesiones para ejercer la actividad acuícola sobre nuevas zonas, con excepción de aquellas sujetas a su regularización. Además, el concesionario podrá obtener financiamiento por medio de un contrato de concesión; pero el acuerdo de asociación debe ser reconocido por el Ministerio. Constan las superficies máximas de zonas de playa y bahía a otorgarse en concesión a los acuicultores, lo cual le otorga un alto grado de seguridad jurídica al sector.


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