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as “Normas concernientes a las actividades dirigidas al patrimonio cultural subacuático” reúnen una serie de principios prácticos y directrices éticas para el trabajo arqueológico. Las Normas regulan la preparación de un proyecto arqueológico, la competencia y cualificación de los profesionales que participan en él, su financiación y su documentación.
© UNESCO. Sede de la UNESCO en París, Francia
Contexto jurídico
Contexto jurídico
Estas 36 Normas establecen pautas de gestión responsable del patrimonio sumergido en aguas marítimas, fluviales o lacustres, proponen un plan operativo de aplicación directa y constituyen un documento de referencia básico en el ámbito de la arqueología subacuática. Las Normas forman parte de un instrumento jurídico más general, la Convención sobre la Protección del Patrimonio Cultural Subacuático de la UNESCO (2001), que confiere a las Normas su estatus jurídico. Todo Estado que ratifique la Convención1 se compromete asimismo a observar estas Normas. Los Estados que no sean parte de la Convención también pueden manifestar su adhesión a las Normas y adoptarlas en calidad de recomendaciones.
Historia de las Normas Desde 1956 se venía aplicando a los yacimientos subacuáticos situados en aguas territoriales la “Recomendación que define los Principios Internacionales que deberían aplicarse a las Excavaciones Arqueológicas” de la UNESCO. Sin embargo, hacía falta proteger cuanto antes el patrimonio localizado en aguas internacionales mediante un instrumento jurídico más general. El Consejo de Europa llevaba estudiando el problema desde 1976, pero hubo que esperar hasta 1994 para que la Asociación de Derecho Internacional (ILA) aprobara en Buenos Aires el primer borrador de la Convención 1 El estatus de ratificación puede consultarse en www.unesco. org/new/es/culture/themes/underwater-cultural-heritage.
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