3 . Normas declarativas Upyca Como se ha visto hasta este punto, los conceptos UPYCA se concretan como : - Causales de expropiación. - Requisito para autorizar actividades y, - Normas de promoción, fomento y/o de establecimiento de prioridades. Sobre éstas últimas, se ha podido verif icar en varios proyectos de ley y dictámenes 42 de las Comisiones del Congreso, que a las normas que declaran de interés nacional, necesidad pública, utilidad pública ; se las cataloga como normas declarativas. Según se ref iere son normas que tienen la particularidad excepcional de carecer de un supuesto explícito. Y que, por lo tanto, no se adecuan a la fórmula general de cada norma legal ordinaria, por la cual a cada cierto supuesto debe seguir un efecto o consecuencia 43. La emisión de leyes declarativas es una práctica que responde a la f inalidad de señalar de necesidad o interés público determinadas áreas geográf icas, sitios arqueológicos, situaciones de ex trema urgencia ; así como, la ejecución de una obra, la implementación de planes de desarrollo o la preservación y conservación de alguna determinada especie de f lora o fauna, entre otras situaciones, actos o priorización de determinadas acciones 44. Frente a ello, existen posturas contrapuestas sobre su utilidad y efectos. Una posición argumenta que es un mero ritualismo sin ningún efecto : (…) declarar de interés nacional algún tema o propuesta no asegura su ejecución, sino es una acción de t ipo protocolar, discursi vo y sin ningún efecto práct ico en la resolución de problemas de la gente, en la mayoría de los casos 45. La otra postura reconoce su total ef icacia. Si bien requieren de actos administrativos posteriores para cumplir con los objetivos de interés público que justif icaron su aprobación, estas normas sí generan algunos efectos inmediatos, pues constituyen mandatos al Poder Ejecutivo, para que este priorice la ejecución de una determinada obra o infraestructura, ante la imposibilidad del legislador de proponer alguna iniciativa de gasto en la ejecución del presupuesto 46. Como muestra para corroborar los efectos que generan, se tiene el predictamen del Proyecto de Ley 817/2016-CR donde se indica que una declaratoria de interés nacional y necesidad pública, obedece a la necesidad de brindar un status especial o de f i jar reglas de excepción (efectos jurídicos distintos a los ordinarios), que permitan sustentar actuaciones, principalmente del Estado, de carácter ex traordinario. Ergo por lo tanto la exhortación que realiza el Congreso de la República a través de este tipo de normas, busca poner en la mesa de debate y propiciar una ventana de oportunidad para la obra que se requiere 47. En consecuencia, estas normas declarativas sí tienen efectos, generando prioridad y atención diferenciada. 20