COMPILACIÓN TEMÁTICA DE SENTENCIAS DE LA CORTE DE CONSTITUCIONALIDAD SOBRE INDEPENDENCIA JUDICIAL
1.4 LIBERTAD DE EXPRESIÓN Y OTROS DERECHOS Al igual que todas las personas, las y los funcionarios de justicia gozan de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, incluyendo el derecho a la libertad de expresión, reconocido en el artículo 19.2 del referido Pacto, y el artículo 13 de la Convención Americana. Por ejemplo, en relación al derecho de asociación, reconocido en el artículo 22.1 del referido Pacto y el artículo 16 de la Convención Americana, los Principios Básicos relativos a la independencia de la judicatura indican que las y los jueces pueden constituir asociaciones u otras organizaciones para “[…] representar sus intereses, promover su formación profesional y defender la independencia judicial […].”29 El Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Leandro Despouy (2003-2009), puso de “[...] manifiesto la importancia que reviste la participación de los jueces en los debates relativos a sus funciones y condición jurídica [...].”30
Principios básicos relativos a la independencia de la judicatura, principio 9. Disponible en: https://www.ohchr.org/sp/professionalinterest/pages/ independencejudiciary.aspx. En el mismo sentido, referirse a la CIDH. Garantías para la independencia de las y los operadores de justicia. Hacia el fortalecimiento del Acceso a la Justicia y el Estado de Derecho en las Américas. OEA/Ser.L/V/II. 5 de diciembre de 2013, párrs. 182 y 183. Disponible en: https://www.oas.org/es/cidh/ defensores/docs/pdf/operadores-de-justicia-2013.pdf. 30 Relator Especial sobre la independencia de los magistrados y abogados, Informe al Consejo de Derechos Humanos A/HRC/11/41, 24 de marzo de 2009, párr.45. Disponible en: https://undocs.org/es/A/HRC/11/41. 29
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