HERBERT MOROTE
1810. En cuanto al Libertador, es verdad que en muchos de sus hermosos discursos políticos condenó la esclavitud, pero en lo que le atañía tomó su tiempo para dar libertad a sus propios esclavos. No fue sino hasta 1821 cuando decidió darles libertad sin ponerles condición alguna. 7. JUSTICIA. La Justicia en tiempo de la Colonia fue un instrumento de represión, sin embargo, como ente autónomo del gobierno funcionó mejor que durante la República. Aunque el virrey presidía la Audiencia su función era meramente decorativa pues no tenía ni voz ni voto. La independencia de la Audiencia era total, mantuvo su autonomía, ejerció control sobre la administración colonial, sobre el virrey y los funcionarios, y por supuesto sobre todos los súbditos del rey. A su vez el virrey observaba con atención el funcionamiento de la Audiencia a fin de denunciar en España cualquier decisión que a su juicio fuese errónea o sospechosa de prevaricación. Esta mutua vigilancia era bastante parecida al sistema de “check and balance” entre poderes que tiene Estados Unidos hoy. Claro que en el coloniaje no era tan expeditivo, a los recelos y desconfianza entre la Audiencia y el gobierno del virrey, había que agregar la función de la Iglesia y los tribunales eclesiásticos con la Inquisición a la cabeza. Muchos de nuestros gobiernos avasallaron la autonomía del poder judicial y usaron a éste como arma represiva contra sus opositores. También se usó al Poder Judicial para legalizar actos a todas luces ilegales, inmorales y reprobables. Estos atropellos también los inició Bolívar. Varios historiadores indican con satisfacción la creación de la Corte Suprema por el Libertador. Por ejemplo, Vargas Ugarte dice que fue “una de las medidas que fueron de indudable utilidad para el país”. Añade que la administración de la Justicia “es uno de los principales fundamentos de la paz y del bienestar social”. Al comentar las reglas que se impusieron a los jueces, como que debían tener buenas costumbres, ser incorruptibles e incapaces de ceder ante el halago o el soborno, y en caso de no serlo serían declarados infames y pagarían el cuádruplo de los recibido, Vargas Ugarte dice: “De este modo se introdujo en el ramo el saludable principio de la responsabilidad”. Otro respetado historiador, De la Puente y Candamo, exagera aún más al decir: “No puede olvidarse que la pureza de la justicia, su significación ética, y de manera muy concreta la independencia del Poder Judicial, son nociones e inquietudes que se hallaban habitualmente en la Emancipación que quiere realizar Bolívar, y en el Estado que quiere construir con solidez para la perdurabilidad de su obra histórica.” Antes de examinar lo que realmente pasó, habría que decir que la Justicia no 90
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