¡Es ley! Cupo laboral Trans fue aprobado en Argentina. Y Perú, ¿para cuándo? escribe: Mirella Uribe1
«La militancia por los derechos humanos en Argentina logró la aprobación de la ley de Cupo Laboral Trans en el senado argentino. Con 55 votos a favor, 1 en contra y 6 abstenciones, se inicia una reparación histórica para las personas trans, transgénero y travestis en un contexto de precariedad laboral.» El último jueves 24 de junio, la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para Personas Travestis, Transexuales y Transgénero «Diana Sacayán-Lohana Berkins» (2021) fue aprobada por mayoría en el senado argentino. Esta ley se articula con un decreto promulgado en el 2020 - D. N. 721/2020- y se unifica con 15 proyectos presentados con anterioridad2. Si bien el Cupo Laboral Trans era decreto en ese país, como se acaba de mencionar, según Michelle Vargas, integrante del Frente Federal Cupo Travesti Trans3, que sea ley previene que los derechos ganados no desaparezcan si en el futuro arriba al poder una fuerza política antiderechos. El proyecto fue gestado del consenso entre organizaciones y activistas por los derechos trans de todo el país, convocadas por la presidenta de la Comisión Géneros y Diversidades, Mónica Macha. ¿Qué contempla la ley? Los puntos más resaltantes de la ley son los siguientes4: el Estado argentino debe asegurarse de que el 1% de su personal sean personas transexuales, travestis y transgénero mayores de 18 años que puedan trabajar según el marco normativo. Las personas alcanzadas por esta ley que no completaron su educación podrán trabajar con la condición de finalizar los niveles educativos necesarios; este es un requisito esencial para que la norma sea efectiva, ya que, según el equipo del Bachillerato Popular Trans Mocha Celis, la escuela es el tercer lugar más hostil para las personas trans, transgénero y travestis una vez que asumen su identidad de género. Otro punto importante de la ley es que los antecedentes penales que no afecten al puesto no serán obstáculos en los procesos de selección de las personas trans, considerando que son vulnerables a sufrir violencia policial. Las empresas que contraten personas trans, travestis y transgénero tendrán prioridad en las contrataciones con el Estado. Además, los gastos de contratación que carguen las empresas serán descontadas de los impuestos nacionales por un año desde la firma del contrato. Las personas trans, travestis y transgénero que tengan emprendimientos van a tener acceso a tasas preferencias de financiamiento por parte del Banco de Nación Argentina, más su respectiva capacitación. Las voces críticas de esta ley —y de cualquier norma que busque reparar la marginación de comunidades postergadas—, es la supuesta meritocracia. Aquellos que defienden la ilusión de que las personas cis y trans, así como ricos y pobres, y hombres y mujeres, se encuentran en un piso parejo desde el cual pueden trabajar, satisfacer sus necesidades materiales y hasta enriquecerse solo con esfuerzo individual, se equivocan al invisibilizar la exclusión y marginación en las que se encuentran
Mirella Uribe es egresada de Literatura por la Universidad Nacional Federico Villarreal. Mediadora de lectura gestora cultural y militante feminista. Dirige el club «Rincón Literario» y programas de lectura para jóvenes y adultos. Ha participado en proyectos para la internacionalización del libro peruano y ha organizado eventos literarios con perspectiva de género. Se ha capacitado en Gestión cultural y Gestión de Proyectos Comunitarios. 1
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https://www.washingtonpost.com/es/post-opinion/2021/06/16/argentina-ley-de-cupo-laboral-trans-travestis-empleo/
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http://cosecharoja.org/una-ley-para-llenar-el-estado-de-travestis-y-trans/
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https://www.senado.gob.ar/parlamentario/parlamentaria/ordenDelDiaResultadoLink/2021/175
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