21
autónomos descentralizados, la sociedad civil y el sector privado; a través de instituciones rectoras, políticas públicas, procesos, mecanismos e instrumentos en donde se articulen los intereses, se ejerzan derechos y se cumplan obligaciones de parte y parte (PNUD, 2010). Dentro de la Constitución Política del Ecuador ya se impulsa diversos mecanismos de gobernanza multinivel, en donde se transfiere progresivamente funciones, atribuciones, competencias, responsabilidades y recursos a las entidades seccionales autónomas o a otras de carácter regional; y es así, que a través del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización del Ecuador (COOTAD), el gobierno central confiere a los gobiernos intermedios y locales, ciertas competencias políticas y administrativas en el tema de prestación de servicios básicos públicos e infraestructura. De igual manera se establece un modelo de autonomía y descentralización obligatorio y progresivo, en donde los gobiernos autónomos y descentralizados, serán los responsables de administrar, buscar fuentes de financiamiento, definir políticas y mecanismos para garantizar el acceso universal los servicios básicos públicos (Presidencia de la República de Ecuador, 2010).
2.1.5. Planificación y Ordenamiento Territorial. Se define a la planificación como la puesta en práctica de una política pública, que tiene la finalidad de alcanzar objetivos sociales, políticos e ideológicos; bajo esta conceptualización se plantean metodologías para la toma de decisiones, instrumentos para lograr los objetivos, con una retroalimentación constante con visión de futuro y una programación racional (Soriano, 1993). Así mismo la planificación puede ser abordada bajo distintos enfoques que pueden ser de carácter administrativo, normativo y estratégico, que constituyen las directrices principales respecto de las decisiones estratégicas de desarrollo en el territorio (Zamora y Carrión, 2011). Dentro de estos instrumentos estratégicos y de planificación se enmarca el Ordenamiento Territorial, que se define también como una política pública, pero para dirigir