VENTANALES • UNIVERSIDAD CASA GRANDE • AÑO X No 17
Olmedo y Rocafuerte : Estado Federal La Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) presentó la conferencia digital dictada por el Dr. Jorge Pino Vernaza, con base en su libro Olmedo y Rocafuerte: Estado federal, el 18 de noviembre de 2020. Agradecemos al doctor Pino por la gentileza de escribir un resumen de su exposición, el cual encontrarán a continuación.
La obra tiene el propósito que todas las personas conozcan, especialmente los estudiantes, profesores universitarios y políticos en general, el sistema de gobierno federal como el que propongo para el Ecuador, que va a unirnos, como unió a las 13 colonias diferentes cuando se independizó EE. UU. en 1776, con su Constitución Federal de 1787, que fue la primera en el mundo en adoptar ese sistema de ‘descentralización política’, dando a cada unidad territorial todas las competencias, reteniendo el Estado Central únicamente lo relacionado a Seguridad con las FF. AA.1, Relaciones Internacionales con Diplomacia. Una sola moneda. Considero que el Ecuador debe dividirse políticamente en tres regiones: Guayaquil, Quito y Cuenca, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 242, 243, 244, 245, 246 y siguientes de la Constitución vigente. Las tres regiones deben ser, tomando en cuenta los antecedentes históricos, a partir del 9 de octubre y del 8 al 11
DOSSIER
DE GUAYAQUIL
165
de noviembre de 1820, cuando fueron libres e independientes, acabando con el colonialismo español y adquiriendo legitima soberanía de la Provincia Libre de Guayaquil. Esta comprendía, por el norte, desde Cojimíes ‒siendo parte de lo que hoy conocemos como provincia de Esmeraldas‒, y por el sur hasta Tumbes; la totalidad de las actuales provincias de la costa: Manabí, Los Ríos, Guayas, Santa Elena, El Oro, parte de la provincia del Azuay. En total, tomando los datos que trae Teodoro Wolf en su geografía, la superficie de Guayaquil, en el tiempo de los libertadores, excedía los 53 727 kilómetros cuadrados; es decir, era más grande que Suiza, que solo tiene 41 324 kilómetros. ¿De qué manifestación nace una ley? De la voluntad soberana del pueblo. ¿Qué es la soberanía? Art. 1, inciso 2, de la Constitución (2008): “La soberanía radica en el pueblo, cuya ‘voluntad’ es el fundamento de la autoridad (…)” (p. 16). Soberanía es el poder originario y supremo de la comunidad política. El poder se puede dividir territorialmente, como lo establece el art. 242 de la Constitución, en regiones, provincias, cantones y parroquias. El objetivo de la división del poder es cumplir con el principio de efectividad del Estado y sus instituciones. Antes de entrar en materia propiamente dicha, creo conveniente conversarles sobre los diversos métodos occidentales para dividir el poder político entre los niveles gubernamentales. Es posible agruparlos en tres categorías generales: sistemas confederativos, unitario centralista y federal. Para entender qué es federalismo, conviene analizar primero lo que no es, es decir, en que forma difiere de los otros dos modelos de autoridad política dividida. Confederación En una confederación, el pueblo confiere poder político sobre determinados asuntos a los gobiernos de las partes componentes del sistema político. A su vez, dichos gobiernos, como grupo, delegan la autoridad sobre algunos de los asuntos en el gobierno central. En una confederación, la variedad de poderes conferidos a los gobiernos de las partes componentes es, generalmente, amplia y abarca todas aquellas actividades que, en el sentir del pueblo, deben quedar bajo el control público y no en el particular. 1
Fuerzas Armadas del Ecuador