Revista Chacra Marzo 2021

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RÉGIMEN TRIBUTARIO

Otro golpe a la producción EL LLAMADO IMPUESTO A LA RIQUEZA CONLLEVA INEQUIDADES, DOBLE IMPOSICIÓN Y PROBABLEMENTE LA NECESIDAD DE DESPRENDERSE DE CAPITAL DE TRABAJO PARA PODER PAGARLO.

Sumamente cuestionado, este impuesto implica en muchos casos volver a gravar bienes sobre los que ya se ha tributado.

S

e llama formalmente Aporte Extraordinario Solidario, pero es más conocido como impuesto a la riqueza. El proyecto de Ley se aprobó sin ningún tipo de modificaciones, tanto en Senadores como en Diputados. Y eso que contiene muchos errores de redacción, en cuanto a lo técnico, respecto de lo que debe ser una norma impositiva, que en este caso tiene un claro fin recaudatorio.

se va a recaudar el impuesto. “Por lo general, cuando se piensa en Bienes Personales y en una foto patrimonial, se imagina al 31 de diciembre, o en el caso de una sociedad, en la fecha de cierre de balance. Precisamente se lo separó de esa fecha para que no se pisara con el impuesto a los bienes personales, otra foto patrimonial sobre la cual también se van a tener que pagar impuestos”.

Juan Martín Bartolomé, especialista en temas tributarios de AZ Group, subraya que el 18 de diciembre es clave, ya que es el día en que se debe tomar la foto patrimonial sobre la cual

Hasta acá, la ley del tributo a la riqueza está pendiente de reglamentación por parte de la AFIP; no se sabe cómo se va a declarar o cuándo y cuáles van a ser los plazos para pagarlo.

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