DIARIO REGIONAL EL CHASKI

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SUPE PROVINCIA DE BARRANCA - REGIÓN LIMA -
-Huaral-Barranca-Oyón-Cajatambo-Cañete-Canta-Yauyos-Huarochirí Canta Huacho-Huaral-Barranca-Oyón-Cajatambo-Cañete-Canta-Yauyos-Huarochirí Oyón-
(ROF) 2022 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES
Huacho
Director: Sandro Reyes
23de
2022
Domingo
octubrede

SUPE

ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2022-MDS

Supe, 16 de setiembre del 2022.

ELALCALDEDELAMUNICIPALIDADDISTRITALDESUPE.

PORCUANTO:

ELCONCEJODELAMUNICIPALIDADDISTRITALDESUPE:

VISTO:EnSesiónOrdinariadeConcejoN°017-2022-CM/MDS,delafecha16desetiembredel2022,conelquórumreglamentariodelosseñoresregidores, se aprueba con Acuerdo de Concejo Municipal N° 055-2022-CM/MDS, el Informe Técnico N° 03-2022-OPR-MDS, de fecha 14 de setiembre del 2022, emitidoporlaOficinadePlaneamientoyRacionalización,elInformeN°481-2022-OGPPR-EVTS/MDS,defecha14desetiembredel2022,emitidoporlaOficinaGeneraldePlaneamiento,PresupuestoyRacionalización,elInformeLegalN°177-2022-RMMC-OGAJ/MDS,defecha15desetiembredel2022,emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica, quien emite opinión legal favorable, el Memorándum N° 02257-2022-GM/MDS, de fecha 16 de setiembre del 2022,emitidoporlaGerenciaMunicipal,solicitaseelevelosactuadosalPlenodeConcejo,respectoalaaprobacióndeModificacióndelReglamentodeOrganizaciónyFunciones–ROFylaestructuraorgánicadelaMunicipalidadDistritaldeSupe,y;

CONSIDERANDO:

Que,elartículo194°delaConstituciónPolíticadelPerú,modificadoporlaLeyN°27680,concordanteconloprescritoenelartículoIIdelTítuloPreliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno,administrativosydeadministración,consusujeciónalordenamientojurídico;

Que,elinciso3)delartículo9°yelartículo26°delaacotadanorma,establececomoatribucióndelConcejoMunicipaladoptarelrégimendeorganización interioryfuncionamientodelgobiernolocal,administraciónmunicipalquedebeadoptarunaestructuragerencialsustentándoseenprincipiosdeprogramación,dirección,ejecución,supervisión,controlconcurrenteyposterior;

Que,elartículo28°delareferidanormalegal,establecelaestructurabásicadelosgobiernoslocales,lamismaquecomprendeenelámbitoadministrativo,alaGerenciaMunicipal,elÓrganodeControlInstitucional,laProcuraduríaPublicaMunicipal,laOficinadeAsesoríaJurídicaylaOficinadePlaneamientoy Presupuesto;determinandoquelosdemásórganosdelínea,apoyoyasesoríaseestablecenconformelodeterminecadaGobiernoLocal; Que,medianteDecretoSupremoN°054-2018-PCM,seapruebalosLineamientosdeOrganizacióndelEstado,encuyoartículo6°consideraloscriterios para su diseño organizacional, considerando entre los más importantes: a) Estrategia y prioridades institucionales, y b) Bienes y servicios que presta, evaluandoelniveldecoberturaydemanda,paraelcasodelasMunicipalidadesdeberáaprobarsemedianteOrdenanzaMunicipal; Que,elProyectodeModificacióndelReglamentodeOrganizacionesyFunciones(ROF)ysuEstructuraOrgánica,recogelosolicitadoporelDecretoSupremo N°054-2018-PCM, de fecha 18 de mayo del 2018, y sus modificatorias mediante Decreto Supremo N°131-2018-PCM, de fecha 30 de diciembredel 2018,yDecretoSupremoN°064-2021-PCM,defecha05deabrildel2021,elmismoqueseñalaloscriteriosdeanálisisparaeldiseñoorganizacional,estableciendounenfoqueestratégico,contribuyendoabrindarserviciosdemaneraeficaz;asímismo,setendríaunamejorcoberturadelosserviciosqueprestanla Municipalidad. El ROF contribuye el tercer pilar “Gestión por Procesos, Simplificación Administrativa y Organización Institucional” de la Política Nacional de ModernizacióndelaGestiónPública–PMGP,aprobadaporD.S N°004-2013-PCM;

Que, mediante Ordenanza Municipal N°009-2020-MDS, de fecha 12 de noviembre del 2020, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF)ylaEstructuraOrgánicadelaMunicipalidadDistritaldeSupe; Que,medianteelINFORMETECNICON°03-2022-OPR-MDS,laOficinadePlaneamientoyRacionalización,remiteInformeTécnicodelProyectoOrganigramaEstructuralyReglamentodeOrganizaciónyFunciones(ROF)delaMunicipalidadDistritaldeSupe,seenmarcaenelDecretoSupremoN°054-2018PCM,ysusrespectivasmodificatorias,ytieneporobjetolacreacióndeunaestructuraorganizacionalmáshorizontalquepermitirálaobtencióndemayores nivelesdeeficienciaenlagestión; Que,medianteInformeLegalN°177-2022-RMMC-OGAJ/MDS,defecha15desetiembredel2022,laOficinaGeneraldeAsesoríaJurídica,emiteopinión legalFAVORABLEparasuaprobacióndelproyectodelROFconformeloexigeelartículo45°ensunumeral45.3“LasentidadesquenoformanpartedelPoder EjecutivoapruebansuROFíntegramenteporOrdenanzaMunicipal”;delDecretoSupremoN°054-2018-PCM,ysusmodificatoriasDecretoSupremoN°1312018-PCM,yDecretoSupremoN°064-2021-PCM,respetándoselaestructurabásicaestablecidaenelartículo28°delaLeyN°27972,LeyOrgánicadeMunicipalidades;

Que,deacuerdoalaLeyOrgánicadeMunicipalidades,lareestructuraciónpuedesertotalcuandoinvolucraatodalamunicipalidad,oparcialcuandose dirigeapartedeella,enestecaso,serealizalamodificaciónparcial,adecuándonosalasdemandasoparaimplementarpolíticasdentrodelmarcodelamismaLey.LasleyesengeneralseñalanelcampofuncionaldefinidoparalasMunicipalidades,asícomocondicioneslegalesqueestamosobligadosaobservary cumplir;

Que,laOrdenanzaMunicipal,enlamateriadesucompetencia,sonlasnormasdecaráctergeneraldemayorjerarquíaenlaestructuranormativaMunicipal,pormediodeloscualesseapruebalaorganizacióninterna,laregulación,administraciónysupervisióndelosserviciospúblicosylasmateriasenquela Municipalidadtienecompetencianormativa; Que,deacuerdoaloplanteadoyaloseñaladoenlosinformesprecedentesyalproyectopresentado;afindeoptimizarlosprocesosdelaorganizaciónycon lafinalidaddecumplirconmayoreficienciacadaunadelasunidadesorgánicassumisiónyfunciones,correspondelaaprobacióndelpresentedocumentode gestióncomomodificacióndelReglamentodeOrganizaciónyFunciones(ROF)ylaEstructuraOrgánicadelaMunicipalidadDistritaldeSupe; ESTANDOLOSFUNDAMENTOSEXPUESTOSY ENUSODE LASFACULTADES CONFERIDASPORELINCISO8)DELARTICULO9°Y ARTICULO40°DE LA LEYORGANICADEMUNICIPALIDADESN°27972,CONTANDOCONELVOTOUNANIMEDELOSSEÑORESREGIDORESASISTENTESALASESIONORDINARIAN°017-2022-CM/MDS,DEFECHA16DESETIEMBREDEL2022,YCONLADISPENSADELTRAMITEDELECTURAYAPROBACIONDEACTAS,SEHADADOLASIGUIENTE:

ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACION DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF)

Y LA ESTRUCTURA ORGANICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE.

Artículo1°.-APROBAR; La Modificación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF, y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Supe,losmismosqueseencuentrandetalladosqueformaparteintegrantedelapresenteOrdenanza.

Artículo 2°.- DISPONER; la adecuación progresiva de los documentos de gestión Municipal, conforme a las disposiciones previstas en la Presente OrdenanzaMunicipal.

Artículo3°.-ENCARGAR; a la Gerencia Municipal, adopte las acciones necesarias para la adecuación de las Unidades Orgánicas de la Municipalidad DistritaldeSupealanuevaEstructuraOrgánicaaprobadaconlapresenteOrdenanzaMunicipal.

Artículo4°.-DEROGAR;lasnormasodisposicionesMunicipalesqueseoponganocontradiganalosdispuestoenlapresenteOrdenanzaMunicipalen materiadeOrganización,FuncionesyCompetencias.

Artículo5°.-ENCARGAR;alaOficinaGeneraldeSecretariaGenerallapublicacióndelpresenteAcuerdoylaOrdenanzaMunicipaly,alaOficinadeSistemas e Informática y Gobierno Electrónico el texto íntegrode la Modificación del Reglamento de Organizacióny Funciones y del Organigrama Estructural, en el Portal Institucional de la entidad, (www.munisupe.gob.pe). Asimismo, a la Oficina de Imagen Institucional la publicación en el Periódico Mural de la entidad.

REGÍSTRESE,PUBLÍQUESE,COMUNÍQUESEYCÚMPLASE.

LUIS ALBERTO SOSA HIDALGO ALCALDE

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INTRODUCCIÓN

Dentro del marco de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública se planteanlineamientosparaquelasentidadespúblicasencaminensusesfuerzoshaciaelfortalecimientoylamodernizacióndesusmecanismosdegestión,conelobjetivodelograrun estado moderno al servicio de las personas, es decir orientado al ciudadano, eficiente, unitario, descentralizado, inclusivo y abierto. En tal sentido, dicha política plantea pasar de un modelodegestiónporfuncionesaunodegestiónporprocesos,basadoenlosprincipiosde especialidad y división del trabajo. Estos nuevos enfoques de Gestión demandan el mejoramientocontinuoyreorganizaciónestratégicadelaparatoMunicipal.

La Municipalidad Distrital de Supe ha actualizado el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF), el cual es el documento técnico normativo de gestión institucional que formaliza la Estructura Orgánica de la entidad, orientada al esfuerzo institucional y al logro desuMisión,VisiónyObjetivos.Contienelasfuncionesgeneralesdelaentidadylasfuncionesespecíficasdelosórganosyestablecesusrelacionesyresponsabilidades,dichaorganización descrita en el presente reglamento está diseñada para lograr la eficacia y eficiencia Municipalenlapresentacióndelosserviciospúblicoslocalesdesucompetencia.

LaMunicipalidadDistritaldeSupeconscientedesumisiónydecaraalosefectosdela crisissanitariaporelCOVID19,lacrisiseconómicaylacrisispolíticaqueenfrentaelpaísha decidido modificar su estructura orgánica conforme a los nuevos retos y las nuevas condicionespresupuestalesyfinancierasqueimponelarealidaddelpaís.

La Estructura Orgánica de una entidad debe guardar equilibrio entre las necesidades de jerarquización de la autoridad y de coordinación entre los diferentes Órganos. Para ello, los niveles organizacionales y jerárquicos de nuestra entidad deben de desarrollarse hasta eltercernivelorganizacional,deacuerdoaloslineamientostécnicosqueexpresaelDecreto SupremoN°054-2018-PCM,queapruebaloslineamientosdeOrganizacióndelEstadoysu (02) dos modificatorias, Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, y Decreto Supremo N° 0642021 - PCM que modifica los lineamientos de Organización del Estado. En base a la Ley N° 27658 – Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, asimismo la Resolución de SecretariadeGestiónPúblicaN°005-2020-PCM/SGPdondeseapruebalaDirectivaN°0022020-SGPqueestablecenorientacionessobreelReglamentodeOrganizaciónyFunciones–ROF,laconstituciónpolíticadelPerú,laLeyOrgánicadeMunicipalidades,laLeydeBasesde laDescentralización,laPolíticaNacionaldeModernizacióndelaGestiónPúblicaentreotras normasqueregulanla“razóndeser”yelfuncionamientodelasmunicipalidades.

Entalsentido,sehaformuladoelnuevoReglamentodeOrganizacionesyFunciones–ROF, de la Municipalidad Distrital de Supe, con el fin de priorizar y optimizar el uso del talentohumanoylalogística,simplificandolosprocesosdelaentidadquepermitancumplir conmayoreficienciasufuncionesenmarcadodentrodelanormatividadvigenteylosobjetivosproyectados,siendosusprincipalesorientadoresladelograrunaorganizaciónmodeloy modernaquegradualmentealcancesusfinesaloscambiosyrespondaconlaceleridadcorrespondientealasnecesidadesdelapoblacióndelDistritodeSupeenbasealaeficienciay eficaciadelaentidadedil.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) - 2022

ÍNDICE

PRESENTACION

7

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACIÓN DE LA ENTIDAD MUNICIPAL Y BASE LEGAL 8

TITULO II ESTRUCTURA ORGANICA 11

CAPITULO I

Órganos de Gobierno y Alta Dirección 13

Concejo Municipal 13 Alcaldía 15 Gerencia Municipal 17

CAPITULO II ÓRGANOS CONSULTIVOS, DE COORDINACIÓN Y PARTICIPATIVO 19

Comisiones de Regidores 19

Consejo de Coordinación Local 20 Junta de Delegados Vecinales 21

Plataforma Distrital de Defensa Civil 22

Comité Distrital de Seguridad Ciudadana 23

Comité de Administración del Programa Vaso de Leche 25

Comité Multisectorial de Salud 26

Consejo Local de Educación 27

Comisión Ambiental Municipal 27

Consejo Distrital de la Juventud 28

Mesas de concertación de lucha contra la pobreza, la violencia familiar. 28

Comité Municipal por los Derechos del Niño, Niña y del Adolescente 29 (Comudena) del distrito de Supe

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CAPITULO III ÓRGANOS DE CONTROL Y DEFENSA MUNICIPAL 30

Órgano de Control Institucional 30 Procuraduría Pública Municipal 33

CAPITULO IV ÓRGANO DE ASESORAMIENTO 34

Oficina General de Asesoría Jurídica. 34

Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización 35 Oficina de Planeamiento y Racionalización. 38

Oficina Programación Multianual de Inversiones (OPMI). 39

CAPITULO V ÓRGANOS DE APOYO 40

Oficina General de Secretaría General. 40 Oficina de Imagen Institucional. 42

Oficina de Trámite Documentario y Archivo. 43 Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico. 44

Oficina de Registro Civil. 46 Oficina General de Administración y Finanzas 46

Oficina de Logística y Control Patrimonial 49 Oficina de Recursos Humanos 52 Oficina de Tesorería 53 Oficina de Contabilidad 55

CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE LÍNEA 57

Gerencia de Administración Tributaria y Rentas 58 Subgerencia de Planeamiento y Control Tributario. 59

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Subgerencia de Fiscalización, Control y Sanciones Administrativas. 63

Subgerencia de Ejecución Coactiva. 66

Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural 66

Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos 68

Subgerencia de Obras Privadas y Catastro 71

Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres 74

Área Técnica Municipal de Saneamiento 75

Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental 76

Subgerencia de Servicios a la Ciudad 78

Subgerencia de Gestión Ambiental 80

Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Vial 82

Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica 83

Subgerencia de Programas Sociales PVL 85

Subgerencia de Población Vulnerable 86

Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud 91

Subgerencia de Promoción Empresarial y Turismo 93

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TÍTULO IV DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES 95 TÍTULO V REGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL 96 CAPÍTULO I RÉGIMEN ECONÓMICO 96 CAPITULO II RÉGIMEN LABORAL 97 TÍTULO VI DISPOSICIONES, TRANSITORIAS Y FINALES 97 DISPOSICIONES TRANSITORIAS 97 DISPOSICIONES FINALES 98 REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) - 2022 Página REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓNY FUNCIONES (ROF) - 2022

PRESENTACIÓN

ElReglamentodeOrganizaciónyFunciones(ROF)constituyeundocumento técnico normativo de gestión institucionalque contiene la organizaciónformal de una entidad pública; en tanto contiene su estructura orgánica, así como las funciones generales y específicas de cada uno de sus órganos y unidades orgánicas. Por lo tanto, no es un documento inmutable, sino que debe adaptarse al contexto particular en que se circunscribe la organización, haciendo posible realizar modificaciones cuando la organización debe atravesar un proceso de reorganización; o cuando se debe optimizar o simplificar los procesos de la entidadquepermitancumplirconmayoreficienciasumisiónyfunciones.

La Municipalidad Distrital de Supe, requiere de la actualización de este importante instrumento. Ello amerita la urgente dotación a la institución de una organización que pueda soportar el nuevo marco de planeamiento y su adecuación a los procesos precitados, teniendo como finalidad el servicio al ciudadano, bajo la lógica de construcción de capacidad institucional. Por ello, deberánrealizarsemodificacionesenatenciónaalgunoscriteriosquejustificanla modificación, absorción, fusión, eliminación y/o creación de órganos y unidades orgánicas.

En ese sentido, la estructura orgánica propuesta pretende dotar a la MunicipalidadDistritaldeSupe,deunacapacidadderespuestaalasnecesidades operativasasucargo,reforzandolasáreasdemayordemandaoquerequierenun mayorniveldeespecialización,simplificandoprocesosyasignandocompetencias evitandoladuplicidaddefuncionesyenelusodelosrecursos,asícomolaelusión deresponsabilidadesenlaprestacióndelosservicios.

Para tal efecto, se requiere que la Municipalidad Distrital de Supe, cuente procesos dinámicos y flexibles, en función de los entornos social ambiental, económico,políticoyculturalenquedesarrollasuaccionar,orientadosdemanera permanente a promover la gobernabilidad en el distrito impulsando una institucióndemocrática,participativaytransparente.

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ARTÍCULO1°.

TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

CONTENIDO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

-Contenido

El Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Supe, es el instrumentonormativodegestiónlocal,quetienecomoobjetivoestablecerlanaturaleza,finalidad,ámbito,estructuraorgánica,funciones,atribucionesyrelacionesfuncionalesdelaMunicipalidad, en concordancia con la Constitución Política, La Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972yotrosdispositivoslegalesvigentes.

ARTÍCULO2°.-Ámbitodeaplicación

El presente Reglamento es de aplicación a todas las Unidades Orgánicas, que conforman la nueva estructura orgánica y funcional de la Municipalidad Distrital de Supe, su cumplimiento es obligatorio para todo los servidores públicos y personal en general de la Municipalidad. El ConcejoMunicipalserigeporsupropioReglamentoInternodeConsejo.

DE LA ENTIDAD MUNICIPAL Y BASE LEGAL

ARTÍCULO

3°.-Naturalezajurídica

LaMunicipalidadDistritaldeSupe,esunórganodelgobiernolocalaniveldistrital,conpersoneríajurídicadederechopúblico,manteniendolaautonomíapolítica,económicayadministrativaenasuntosdesucompetencia.

ARTÍCULO4°.-Jurisdiccióndistrital

La Municipalidad Distrital de Supe ejerce jurisdicción sobre el territorio del distrito de Supe, correspondientealaprovinciadeBarranca,departamentodeLimayregióndeLimaProvincias.

Centrospoblados:

Alpacoto

CampiñadeSupe

CaletaVidal

LaMinka

LasMinas

Liman

SantaGraciela

SantaLucía

SantaRosa

Llamahuaca SantoDomingo Caral LosOlivos Tutumo

Capellada

Cantagallo PampaBonita

VenturosaAlta CiudaddelAgro Pando VenturosaBaja

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Chupacigarro

Pedregal

VillaLosÁngeles

ElMolino PiedraParada VirgendelasMercedes

ElPorvenir RíoSeco Huaralica SanNicolás JesúsdeNazareth SantaElena

Su extensión territorial es de 516,28 Km2, donde la ciudad de Supe se encuentra al margen derechodelríoSupe,a45metrossobreelniveldelmar,siendosuslímites:

PorelNorte:ConlosdistritosdeSupePuertoyBarranca,delaprovinciadeBarrancayeldistritodeCochas,delaprovinciadeOcrosyregióndeAncash.

PorelSur:ConlosdistritosdeVéguetayHuaura,delaprovinciadeHuaurayregióndeLima Provincias.

PorelEste :ConeldistritodeÁmbar,delaprovinciadeHuaurayregióndeLimaProvincias.

PorelOeste:ConelOcéanoPacífico.

ARTÍCULO5°.-Domiciliolegal

La Municipalidad Distrital de Supe, tiene como domicilio legal el jirón San Martín N° 446 de la localidaddeSupe,provinciadeBarranca,RegiónLima.

LacreaciónpolíticadeldistritodeSupe,serealizóel2deenerode1857,conlacualsecelebra cadaañoy,asimismo,mediantelaLeyN°23939,promulgadaconfecha5deoctubrede1984se elevaacategoríadevillaalpueblodeSupe.

Pordecretodel23deenerode1830seunió laprovinciadeSantaaChancay,denominándose Santa-Supe, siendo el pueblo de Supe elevado a la categoría de capital de la provincia mencionadahasta1836enquelaprovinciadeSantasedisgregadelaprovinciadeChancay.

ARTÍCULO6°.

-Funcionesgenerales

Conforme a sus competencias, la Municipalidad Distrital de Supe ejerce las funciones y atribuciones que señala la Constitución Política del Perú, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y otras disposiciones legales vigentes, como normar, administrar, organizar, ejecutaryfiscalizarsusactividadesenmateriade:

1.Organizacióndelespaciofísicoyusodelsuelo.

2.Serviciospúblicoslocales.

3.Protecciónyconservacióndelambiente.

4.Desarrolloyeconomíalocal.

5.Participaciónvecinal.

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6.Serviciossocialeslocales.

7.Prevención,rehabilitaciónyluchacontraelconsumodedrogas.

ARTÍCULO7°.

-Funcionesdegobierno

Las funciones de gobierno la ejercen el Concejo Distrital de Supe, que tiene la responsabilidad de definir los objetivos institucionales, establecer las políticas y metas para el corto, mediano y largo plazo, las mismas que están basadas en informes periódicos y fiscalizar el cumplimientodelagestiónMunicipal.

ARTÍCULO8°.-Funcionesejecutivas

Las funciones ejecutivas, ejercen la administración Municipal a través del Órgano de Gobierno y Alta Dirección, acción que comprende al Titular del Pliego y el Gerente Municipal, quienes tienenlaresponsabilidaddeejercersobrelosÓrganosdeAsesoramiento,deApoyoydeLínea. Asimismo, el Alcalde, el Gerente Municipal, y los demás funcionarios, son los responsables de ejecutar los objetivos y metas que establece el Concejo Municipal y la Gestión Municipal, debiendo dar cuenta permanente de los resultados a través de los mecanismos que establezca laadministraciónmunicipal.

ARTÍCULO9°.

-Nivelorganizacional

La estructura de la institución Municipal que aprueba el Concejo Municipal, solo corresponderáalPrimerySegundoNiveldeOrganización,deacuerdoconelsiguientedetalle:

PrimerNiveldeOrganización:

a. ConcejoMunicipalDistrital b. Alcaldía

c. GerenciaMunicipal

SegundoNiveldeOrganización:

OficinasGeneralesyGerencias,quecomprendenÓrganosdeAsesoramiento,ApoyoyLínea.

ARTÍCULO10°.-BaseLegal

ElpresenteReglamento,sesustentaenlassiguientesnormaslegales:

a.ConstituciónPolíticadelPerú.

b.LeyN°27680,LeydeReformadelaConstituciónPolíticadelPerú,TítuloIV,CapítuloXIV. c.LeyN°27972,LeyOrgánicadeMunicipalidadesysusmodificatorias.

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d.LeyN°27658,LeyMarcodeModernizacióndelaGestióndelEstado.

e.LeyN°27444,LeydelProcedimientoAdministrativoGeneralysusmodificatorias.

f. LeyN°29664,SistemaNacionaldeGestióndelRiesgodeDesastres.

g.LeyN°28245,LeyMarcodelSistemaNacionaldeGestiónAmbiental.

h.LeyN°27337,CódigodelosNiñosyAdolescentes.

i. LeyN°30225,LeydeContratacionesdelEstado.

j. LeyN°30490,LeydelapersonaAdultaMayor.

k.Decretodel23deenerode1830,queelevaavillaalpueblodeSupe.

l. LeydeCreacióndelDistritodeSupe,defecha2deenerode1857.

m.LeydeElevacióndeCategoríaaVilladeSupe,LeyN°23939defecha5deoctubrede1984.

n.Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, aprueba el Reglamento del Sistema Administrativo de ModernizacióndelaGestiónPública.

o.Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de OrganizacióndelEstadoysusmodificatorias.

p.Decreto Supremo N° 131-2018-PCM, Decreto Supremo que modifica los Lineamientos de OrganizacióndelEstado.

q.Decreto Supremo N° 064-2021-PCM, Decreto Supremo que modifica los lineamientos de OrganizacióndelEstadoaprobadosmedianteDecretoSupremoN°054-2018-PCM.

TÍTULO II

ESTRUCTURA ORGÁNICA

ARTÍCULO11°.–ConstituciónOrgánica

LaMunicipalidadDistritaldeSupe,estáconstituidaporlasiguienteestructuraorgánica:

I. ÓRGANOSDEGOBIERNOMUNICIPALYALTADIRECCIÓN

1.1. ConcejoMunicipal.

1.2. Alcaldía.

1.3. GerenciaMunicipal.

II.ÓRGANOSCONSULTIVOS,DECOORDINACIÓNYPARTICIPATIVO

2.1. ComisionesdeRegidores.

2.2. ConsejodeCoordinaciónLocal.

2.3. JuntadeDelegadosVecinales.

2.4. PlataformaDistritaldeDefensaCivil.

2.5. ComitéDistritaldeSeguridadCiudadana.

2.6. ComitédeAdministracióndelProgramaVasodeLeche.

2.7. ComitéMultisectorialdeSalud.

2.8. ConsejoLocaldeEducación.

2.9. ComisiónAmbientalMunicipal.

2.10.ConsejoDistritaldelaJuventud.

2.11.Mesasdeconcertacióndeluchacontralapobreza,laviolenciafamiliar.

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2.12.ComitéMunicipalporlosderechosdelniño,niñaydeladolescente(comuneda)delDistritodeSupe.

III.ÓRGANOSDECONTROLYDEFENSAMUNICIPAL

3.1. ÓrganodeControlInstitucional.

3.2. ProcuraduríaPúblicaMunicipal.

IV.ÓRGANOSDEASESORAMIENTO

4.1. OficinaGeneraldeAsesoríaJurídica.

4.2. OficinaGeneraldePlaneamiento,PresupuestoyRacionalización.

4.2.1.OficinadePlaneamientoyRacionalización.

4.2.2.OficinadeProgramaciónMultianualdeInversiones(OPMI).

V.ÓRGANODEAPOYO

5.1. OficinaGeneraldeSecretaríaGeneral

5.1.1.OficinadeImagenInstitucional.

5.1.2.OficinadeTramiteDocumentarioyArchivo.

5.1.3.OficinadeSistemaseInformáticayGobiernoElectrónico.

5.1.4.OficinadeRegistroCivil.

5.2. OficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas

5.2.1.OficinadeLogísticayControlPatrimonial.

5.2.2.OficinadeRecursosHumanos.

5.2.3.OficinadeTesorería.

5.2.4.OficinadeContabilidad.

VI.ÓRGANOSDELÍNEA

6.1. GerenciadeAdministraciónTributariayRentas

6.1.1.SubgerenciadePlaneamientoyControlTributario.

6.1.2.SubgerenciadeFiscalización,ControlySancionesadministrativas. 6.1.3.SubgerenciadeEjecutoriaCoactiva.

6.2. GerenciadeDesarrolloUrbanoyRural

6.2.1.SubgerenciadeObrasPúbicasyProyectos. 6.2.2.SubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro.

6.2.3.SubgerenciadeGestióndeRiesgodeDesastres. 6.2.4.ÁreaTecinaMunicipaldeSaneamiento.

6.3. GerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental

6.3.1.SubgerenciadeServiciosalaCiudad.

6.3.2.SubgerenciadeGestiónAmbiental. 6.3.3.SubgerenciadeSeguridadCiudadanayVial.

6.4.GerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

6.3.4.SubgerenciadeProgramasSocialesPVL. 6.3.5.SubgerenciadePoblaciónVulnerable. 6.3.6.SubgerenciadeEducación,Cultura,DeporteyJuventud.

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6.3.7.SubgerenciadePromociónEmpresarialyTurismo.

CAPITULO I

ÓRGANOS DE GOBIERNO MUNICIPAL Y ALTA DIRECCIÓN

ARTÍCULO12º.-ÓrganosdeGobiernoMunicipalyAltaDirección

Los Órganos de Gobierno Municipal y Alta Dirección, son los encargados de establecer y disponer la ejecución de políticas y objetivos del desarrollo socioeconómico de la Comuna de SupeengeneralyenparticulardelagestiónMunicipalenelámbitodistrital.

ARTÍCULO13º.-ComposicióndelosÓrganosdeGobiernoMunicipalyAltaDirección

LosÓrganosdeGobiernoMunicipalyAltaDirección,estánintegradospor:

1. ConcejoMunicipal

2. Alcaldía

3. GerenciaMunicipal

ARTÍCULO14º.-

Objeto

CONCEJO MUNICIPAL

delConcejoMunicipal

El Concejo Municipal, es el máximo órgano del Gobierno Municipal, integrado por el Alcalde y los Regidores. Solo ejerce funciones normativas y fiscalizadoras. El Concejo Municipal tiene comoórganodeapoyoycoordinaciónalaSecretaríaGeneraldelConcejo.

ARTÍCULO15º.-AtribucionesdelConcejoMunicipal

SonatribucionesdelConcejoMunicipal,lassiguientes:

1.AprobarlosPlanesdeDesarrolloMunicipalConcertadosyelPresupuestoParticipativo.

2.Aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional y el Programa de Inversiones,teniendo en cuenta los Planesde Desarrollo MunicipalConcertado y los Presupuestos Participativos.

3.AprobarelrégimendeorganizacióninterioryfuncionamientodelGobiernoLocal.

4.AprobarelPlandeDesarrolloUrbano,elPlandeDesarrolloRural,elEsquemadeZonificación de áreas urbanas, el Plan de Desarrollo Urbano de Habilitaciones Urbanas, y los demás planes específicos,sobrelabasedelPlandeAcondicionamientoTerritorial.

5.AprobarelPlandeDesarrollodeCapacidades.

6.Aprobar el sistema de gestión ambiental local y sus instrumentos, en concordancia con el sistemadegestiónambientalnacionalyregional.

7.Aprobar,modificaroderogarlasordenanzasydejarsinefectolosacuerdos.

8.Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas y arbitrios, licencias y dere-

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chos,conformealey.

9.DeclararlavacanciaosuspensióndeloscargosdeAlcaldeyRegidor.

10.Autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la Municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario.

11.AprobarporOrdenanzaelReglamentoInternodelConcejoMunicipal.

12.Aprobar los Proyectos de Ley que en materia de su competencia sean propuestos al CongresodelaRepública.

13.Aprobarnormasquegaranticenunaefectivaparticipaciónvecinal.

14.ConstituirlasComisionesOrdinariasyEspeciales,conformeasureglamento.

15.Aprobar el presupuesto anual y sus modificaciones dentro de los plazos señalados por ley, bajoresponsabilidad.

16.AprobarelBalanceylaMemoriadeGestión.

17.Aprobar la entrega de construcciones de infraestructura y servicios públicos municipales al sector privado a través de concesiones o cualquier otra forma de participación de la inversión privada permitida por ley, conforme a los Artículos 32º y 35º de la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº27972.

18.AprobarlacreacióndeCentrosPobladosylasAgenciasMunicipales.

19.Aceptardonaciones,legados,subsidiosocualquierotraliberalidad.

20.Solicitar la realización de exámenes especiales, auditorios económicos y otros actos de control.

21.Autorizar y atender los pedidos de información de los regidores para efectos de fiscalización.

22.Autorizar al Procurador Público Municipal, para que, en defensa de los intereses y derechos de la municipalidad y bajo responsabilidad, inicie o impulse procesos judiciales contra los funcionarios,servidoresotercerosrespectodeloscualeselórganodecontrolinternohayaencontrado responsabilidad civil o penal; así como en los demás procesos judiciales interpuestos contraelgobiernolocalosusrepresentantes.

23.Aprobar endeudamientos internos y externos, exclusivamente para la ejecución de obras y serviciospúblicos,pormayoríacalificadayconformealey.

24.Aprobarladonaciónolacesiónenusodebienesmueblesoinmueblesdelamunicipalidada favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro y la venta de sus bienes en subasta pública.

25.Aprobar la celebración de convenios de cooperación nacional e internacional y convenios interinstitucionales.

26.Aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores, no pudiendo concederse licenciassimultáneamenteaunnúmeromayordel40%delosRegidores.

27.AprobarlaremuneracióndelAlcaldeylasdietasdelosRegidores.

28.Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, así como el régimen de administracióndelosserviciospúblicoslocales.

29.DisponerelcesedelGerenteMunicipal,cuandoexistaactodolosoofaltagrave.

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30.Plantearlosconflictosdecompetencia.

31.Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y las bases de las pruebas para la seleccióndepersonalyparalosconcursosdeprovisióndepuestosdetrabajo.

32.FiscalizarlagestióndelosfuncionariosdelaMunicipalidad.

33.Aprobar los espacios de concertación y participación vecinal, a propuesta del Alcalde, así comoreglamentarsufuncionamiento.

34.Aprobar el Plan de Gestión del Riesgo de Desastre del Distrito, así como reglamentar su funcionamiento.

35.Lasdemásatribucionesquelecorrespondanconformealey.

ALCALDÍA

ARTÍCULO16º.-ObjetodelaAlcaldía

La Alcaldía, como unidad orgánica, es el máximo órgano ejecutivo de la Municipalidad, siendoelAlcaldeelrepresentantelegalytitulardelpliego.

El Alcalde ejerce funciones ejecutivas mediante Decretos y Resoluciones, con sujeción a las leyes y Ordenanzas Municipales vigentes. Sus atribuciones están contenidas en el Artículo 20° delaLey27972,LeyOrgánicadeMunicipalidades.

ARTÍCULO17º.-AtribucionesdelaAlcaldía

SonatribucionesdelaAlcaldía:

1.DefenderycautelarlosderechoseinteresesdelaMunicipalidadylosvecinos.

2.Convocar,presidirydarporconcluidaslassesionesdelConcejoMunicipal.

3.EjecutarlosAcuerdosdelConcejoMunicipal,bajoresponsabilidad.

4.ProponeralConcejoMunicipalproyectosdeOrdenanzasyAcuerdos.

5.PromulgarlasOrdenanzasydisponersupublicación.

6.DictarDecretosyResolucionesdeAlcaldía,consujeciónaLeyesyOrdenanzas.

7.DirigirlaformulaciónysometeraaprobacióndelconcejoelPlanIntegraldeDesarrolloSostenibleLocalyelProgramadeInversionesConcertadoconlasociedadcivil.

8.Dirigirlaejecucióndelosplanesdedesarrollomunicipal.

9.Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades establecidos en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto MunicipalParticipativo,debidamenteequilibradoyfinanciado.

10.Aprobar el presupuesto municipal en el caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentrodelplazoprevistoenlapresenteley.

11.Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal siguiente y bajo responsabilidad, el Balance General y la Memoria del Ejercicio Económicofenecido.

12.Proponer al Concejo Municipal, la creación, modificación, supresión o exoneración de con-

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tribuciones, tasas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del concejo municipal, solicitaralPoderLegislativolacreacióndelosimpuestosqueconsiderenecesarios.

13.Someter al Concejo Municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos, teniendo en cuenta el marco de los sistemas de gestión ambiental a nivel nacionalyregional.

14.ProponeralConcejoMunicipallosproyectosdeReglamentoInternodelConcejoMunicipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administraciónmunicipal.

15.Informar al Concejo Municipal mensualmente respecto al control de la recaudación de los ingresosmunicipalesy/oautorizarlosegresosdeconformidadconlaleyyelpresupuestoaprobado.

16.CelebrarmatrimonioscivilesdelosvecinosdeacuerdoconlasnormasdelCódigoCivil.

17.Designar y cesar al Gerente Municipal y a propuesta de este, a los demás servidores de confianza.

18.Autorizar las licencias solicitadas por los funcionarios y demás servidores de la municipalidad.

19.Cumplir y hacer cumplir las disposiciones municipales con el auxilio del Serenazgo y la PolicíaNacionaldelPerú.

20.Delegar sus atribuciones políticas en un Regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal.

21.Proponer al concejo municipal la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actosdecontrol.

22.Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de AuditoríaInterna.

23.Celebrarlosactos,contratosyconveniosnecesariosparaelejerciciodesusfunciones.

24.Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaría, y recomendar la concesión de obras de infraestructurayserviciospúblicosmunicipales.

25.Otorgarlostítulosdepropiedademitidosenelámbitodesujurisdicciónycompetencia.

26.Supervisarlarecaudación municipal,elbuenfuncionamientoylosresultados económicosy financieros de las empresas municipales y de las obras y servicios públicos municipales ofrecidosdirectamenteobajodelegaciónalsectorprivado.

27.Nombrar,contratar,cesarysancionaralosservidoresmunicipalesdecarrera.

28.ProponeralConcejoMunicipallasoperacionesdecréditointernoyexterno,conformealey.

29.Presidir la Plataforma Distrital de Defensa Civil y del Comité Distrital de Seguridad Ciudadanadesujurisdicción.

30.Suscribir convenios con otras municipalidades para la ejecución de obras y prestación de servicioscomunes.

31.Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitadosanteelConcejoMunicipal.

32.Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al

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TextoÚnicodeProcedimientosAdministrativos(TUPA)delaMunicipalidad.

33.ProponeralConcejoMunicipalespaciosdeconcertaciónyparticipaciónvecinal.

34.Determinar posibles medidas inmediatas para hacer frente al peligro y reducción de vulnerabilidadenprevencióndelriesgodedesastrenaturalenelDistrito.

35.Establecer lineamientos y acciones en materia del Sistema de Gestión del Riesgo de Desastre.

36.Proponer las políticas de gestión para el desarrollo de los programas educativos, culturales y deportivos, dentro del ámbito local, articulando con las entidades de gobierno regional y nacional.

37.Lasdemásquelecorrespondedeacuerdoaley.

GERENCIA MUNICIPAL

ARTÍCULO18º.-ObjetodelaGerenciaMunicipal

La Gerencia Municipal, forma parte del Órgano de Gobierno Municipal y Alta Dirección, en el más alto nivel técnico-administrativo de la Municipalidad, encargado de dirigir y conducir la gestión administrativa, financiera y económica de la entidad, así como el funcionamiento y la prestacióndelosserviciosMunicipalesengeneral,conplenasujeciónalasnormasvigentes.

El cargo de Gerente Municipal es designado por el Alcalde, en la condición de Funcionario de Confianza, a tiempo completo y con dedicación exclusiva, depende orgánicamente del Alcalde y ejerce mando sobre los órganos de asesoramiento, de apoyo y de línea, cuyas unidades orgánicas no tengan relación directa de dependencia con la Alcaldía, con los cuales en todo caso mantienerelacionesdecoordinación.

El Gerente Municipal, es responsable de hacer cumplir las funciones y atribuciones que le delegue el Alcalde, tiene mando directo sobre los órganos de línea, asesoramiento y apoyo, a excepción de la Oficina de Control Interno y la Procuraduría Pública Municipal que se rigen por susleyesespeciales.

Por delegación o encargo del Alcalde, complementa las funciones ejecutivas y administrativasdelaAlcaldía.

ARTÍCULO19º.-FuncionesdelaGerenciaMunicipal

SonfuncionesdelaGerenciaMunicipal,enlossiguientesaspectos:

1.Planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar la gestión administrativa, económica y financiera de la institución tanto para el buen funcionamiento institucional como para la óptima prestacióndelosserviciosmunicipales.

2.Coordinar, supervisar y evaluar las acciones y actividades de las Unidades Orgánicas y órganosbajosudependencia.

3.AsesoraralaAlcaldíaentemasrelacionadosalaadministraciónygestiónmunicipal.

4.FormularyproponeralAlcaldedisposicionesnormativasyadministrativas.

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5.Revisar, proponer y elevar al Alcalde normas propuestas por las diferentes unidades orgánicasdelainstitución.

6.Supervisar la formulación del Presupuesto Institucional (PIA) y sus modificatorias y presentarlasalAlcaldeenmateriadePlanificaciónyPresupuesto,paralosfinesquelaleyestablece.

7.Supervisar la formulación de los Estados Financieros y presupuestarios, y, la memoria del ejercicio económico fenecido, presentándolo oportunamente al Alcalde en materia de AdministraciónFinancieradelaMunicipalidad.

8.Supervisar la formulación de los Instrumentos de Gestión Institucional, tales como: el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional, el Manual de Perfiles de Puestos en reemplazo al Manual de Organización y Funcional (MOF) y otros Documentos de Gestión, y, asimismo, en proponer al Alcalde para su aprobación legal.

9.Supervisarlaformulación,ejecuciónycumplimientodelPlanOperativoInstitucional(POI).

10.Supervisaryevaluareldesempeñodelasfuncionesdelasunidadesorgánicasdependientes delaGerenciaMunicipal.

11.Supervisarlasaccionesdecontrol,permanenciayrotacióndepersonalenlaMunicipalidad.

12.Planificar, organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con los procesos de cooperacióntécnicainternacionalynacional.

13.Elaborar y proponer políticas institucionales de cooperación técnica internacional orientadas al uso de proyectos en el marco del Programa de la Cooperación, entendiéndose dentro de éste el asesoramiento, capacitación, servicio de voluntarios, expertos, donaciones y fondos de contravalor,afavordelaMunicipalidad.

14.Supervisar la evaluación, el controlar y monitoreo del uso y destino de los recursos por donacionesyotrosdenaturalezasimilarotorgadasafavordelaMunicipalidad.

15.Proponer a la Alcaldía la suscripción, prórroga y modificación de convenios de cooperación, relacionadosconlaMunicipalidad.

16.Supervisar la gestión de Cooperación Técnica y Financiera, nacional e internacional para la implementacióndeproyectosdeinterésmunicipal.

17.Supervisar y controlar la ejecución y cumplimiento de los convenios establecidos entre la municipalidadyentidadesnacionaleseinternacionales.

18.Cumpliryhacercumplir,pordelegacióndelAlcalde,losacuerdosdelConcejoMunicipal.

19.Cumplir y hacer cumplir, directamente o por delegación del Alcalde las recomendaciones queformulelaControlaríaGeneraldelaRepública.

20.LiderarEquiposdeTrabajomultidisciplinarioseintegrarypresidircomisionesdetrabajo.

21.Implementarydirigirlaconformacióndeequiposadhoc,paraeldiseño,elaboración,ejecución e implementación de Proyectos Especiales de la Municipalidad o que les sean transferidas parasuejecución.

22.Canalizar reclamos y consultas de acción inmediata provenientes de los vecinos, disponiendolaintervencióndelasunidadesorgánicascompetentes,hastalograrlaatenciónsolicitada.

23.CumpliryhacercumplirlasfuncionesqueseandelegadasporelAlcalde.

24.Proponer lineamientos y directivas en Gestión de Prevención del Riesgo de Desastre en el

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Distrito.

25.Las demás funciones que le sean asignadas o delegadas por el Alcalde, acorde con la Ley OrgánicadeMunicipalidadesNº27972.

CAPÍTULO II ÓRGANOS CONSULTIVOS, DE COORDINACIÓN Y PARTICIPATIVO

ARTÍCULO20º.-ÓrganosConsultivos,deCoordinaciónyParticipativo

Los Órganos Consultivos, de Coordinación y Participativo, son los encargados de ejecutar accionesdesupervisión,controlyapoyoalagestióndelConcejoDistritaldeSupe. Asimismo, promueven la efectiva participación de las diferentes organizaciones e Instituciones públicas y privadas, de los vecinos,de los Alcaldes delegados de la jurisdicción,con la finalidad de encaminar planes estratégicos concertados, programas de desarrollo integral, y consolidarlademocracialocal.

ARTÍCULO 21º.- Composición Orgánica de los Órganos Consultivos, de Coordinación y Participativo

Los Órganos Consultivos, de Coordinación y Participativo, están constituidos de la siguiente manera:

1.ComisionesdeRegidores.

2.ConsejodeCoordinaciónLocal.

3.JuntadeDelegadosVecinales.

4.PlataformaDistritaldeDefensaCivil.

5.ComitéDistritaldeSeguridadCiudadana.

6.ComitédeAdministracióndelProgramaVasodeLeche.

7.ComitéMultisectorialdeSalud.

8.ConsejoLocaldeEducación.

9.ComisiónAmbientalMunicipal.

10.ConsejoDistritaldelaJuventud.

11.Mesasdeconcertacióndeluchacontralapobreza,laviolenciafamiliar.

12. Comité Municipal por los derechos del niño, niña y del adolescente (comudena) del Distrito deSupe.

COMISIONES DE REGIDORES

ARTÍCULO22º.-ObjetodelaComisiones

deRegidores

Las Comisiones de Regidores,son grupos de trabajo delConcejo Distritalde Supe,que tienen por finalidad realizar los estudios o análisis sobre determinados asuntos para formular propuestasydictámenesquepondránaconocimientodelplenodelConcejoMunicipalparasudebate.

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LasComisionesdeRegidores,deberánplantearsutrabajoconsiderandoqueelobjetivoprincipal de la Municipalidad, es la Promoción del Desarrollo Económico y Social, y, de acuerdo a lo establecido en el Artículo I de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y, que, por sus funcionesnormativasyfiscalizadoras,quelaleyobligaalConcejoMunicipal.

Las Comisiones de Trabajo, que se constituyan con los Regidores que se designen por Acuerdo de Concejo y para cumplir con los objetivos institucionales previsto en el Plan de Desarrollo Concertado Municipal y podrán solicitar el apoyo Técnico y/o Legal, de los funcionarios y servidoresdelaMunicipalidad.

LasComisionespuedenserPermanentesyEspeciales,segúnloestablecidoporlaLeyOrgánicadeMunicipalidadesNº27972,ensuArtículo10ºinciso5.Y,sobreloqueseñalaelReglamentoInternodelConcejoMunicipal.

LasComisionesPermanentes,estaránpresididasporelRegidorqueelConcejoMunicipaldesigne y se regirán por su propio reglamento, a propuesta del Alcalde, al inicio de cada año y de acuerdo a su Reglamento Interno del Concejo Municipal, la misma, que deberá estar orientada en atender prioritariamente las áreas básicas de los Servicios a la Comunidad, al igual que a la GestiónMunicipal.

Las Comisiones Especiales, se constituyen para asuntos específicos y que no corresponden a ninguna de las Comisiones Permanentes, y, que, por su importancia o gravedad, así lo requieran.

ARTÍCULO23º.-FuncionesdelaComisionesdeRegidores

SonfuncionesdelasComisionesdeRegidores:

1.ProponerproyectosdeOrdenanzasyAcuerdos.

2.Formularpedidosymocionesdeordendeldía.

3.DesempeñarpordelegaciónlasatribucionespolíticasdelAlcalde.

4.Desempeñarfuncionesdefiscalizacióndelagestiónmunicipal.

5.Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las comisiones permanentes y especiales que determine el reglamento interno, y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe elConcejoMunicipal.

6.Efectuar estudios, proyectos y propuestas, así como reglamentar los servicios que presta la municipalidad.

7.Emitir dictámenes sobre los asuntos sometidos a consideración y presentarlos a sesión de concejoparasuaprobaciónvíaacuerdodeconcejouordenanza.

8.Mantener comunicación con las organizaciones sociales y los vecinos a fin de informar al ConcejoMunicipalyproponerlasolucióndeproblemas.

CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL

ARTÍCULO24º.-ObjetodelConsejodeCoordinaciónLocal

El Consejo de Coordinación Local, es el órgano de coordinación y concertación, su composi-

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ción y funcionamiento se rige por lo establecido en los Artículos 98º, 99º, 100º y 101º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y su Reglamento vigente, donde el Consejo de CoordinaciónLocal,noejercefuncionesniactosdegobierno.

El Consejo de Coordinación Local Distrital, se regirán por su propio Reglamento de OrganizaciónyFunciones,aprobadaporelConcejoDistrital.

ARTÍCULO25º.-FuncionesdelConsejodeCoordinaciónLocal

SonfuncionesdelConsejodeCoordinaciónLocal:

1.Coordinar y concertar el Plan de Desarrollo Distrital Concertado y el Presupuesto ParticipativoDistrital.

2.Proponerlaelaboracióndeproyectosdeinversiónydeserviciospúblicoslocales.

3.Proponerconveniosdecooperacióndistritalparalaprestacióndeserviciospúblicos.

4.Promover la formación de Fondos de Inversión como estímulo a la inversión privada en apoyodeldesarrolloeconómicolocalsostenible.

5.OtrasqueleencargueosoliciteelConcejoMunicipal.

JUNTA DE DELEGADOS VECINALES

Artículo26°.-ObjetodelaJuntadeDelegadosVecinales

La Junta de Delegados Vecinales, es el órgano de coordinación de la Alcaldía, integrado por los representantes de las agrupaciones vecinales y comunales que integran el distrito, y, que es-tán organizadas principalmente en Juntas Vecinales, así como, de los representantes de los Centros Poblados que forman el Distrito, con la finalidad de coadyuvar al proceso de desarrollo sostenibledelDistrito.

Su creación, conformación y reglamento de funcionamiento, se aprueban por las respectivas OrdenanzasdelConcejoMunicipal.

La Junta de Delegados Vecinales, es presidida por el Alcalde o Regidor designado, y estará integrada por representantes de los actores locales principales, los mismos que son elegidos democráticamenteporsusrespectivasbasesyconformadapor:

a.RegidoresdelConcejoMunicipal.

b.Representantes del Sector Público, particularmente en materia de: Educación, Salud y Agricultura.

c.OrganizacionesdelaSociedadCivil,territorialesyfuncionales.

d.Sectoresempresarialesyeclesiásticos.

e.RepresentantesdelasONG.

Artículo27°.-CompetenciasdelaJuntadeDelegadosVecinales

LaJuntadeDelegadosVecinales,tienelassiguientescompetencias:

1.Apoyar permanentemente las acciones del Desarrollo Local, los servicios públicos locales y

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degestiónmunicipal,presentandoproyectosyrecomendacionesparaunbuengobiernolocal.

2.Integraralosciudadanosenelgobiernolocalyenlagestiónmunicipal.

3.Cumplir las funciones que se establecen en la Ley Orgánica de Municipalidades, así como aquellasespecíficascontenidasensureglamentodefuncionamiento.

4.Ejercer las competencias asignadas por la Ley Orgánica de Municipalidades, en materia de participaciónvecinal.

5.Funciona a través de temas específicos que responden a la problemática y necesidades de la poblaciónyalosobjetivosdedesarrollodelDistrito.

PLATAFORMA DISTRITAL DE DEFENSA CIVIL

ARTÍCULO28º.-ObjetodelaPlataformaDistritaldeDefensaCivil

La Plataforma Distrital de Defensa Civil, es un espacio permanente de participación, coordinaciónyconvergenciadeesfuerzosydeintegración,queconstituyenelementosdeapoyopara lapreparación,respuestayrehabilitaciónantelosriesgosdedesastres. Estáconstituidaporlas comisiones de Primera Respuesta, Asistencia Humanitaria y de Rehabilitación, integran representantes de las instituciones públicas, privadas, organizaciones sociales y otras del ámbito jurisdiccionaldelDistrito.

El Alcalde constituye, preside y convoca la PDDC, conformada por las entidades privadas, organizaciones sociales y humanitarias, entidades públicas con representación en el ámbito distrital, promoviendo su participación en estricta observancia a los derechos y obligaciones que le confiere la Ley. La PDDC, desarrolla su accionar de acuerdo al nivel de emergencia establecidaenlasnormativasdelSINADECI.

LaSecretaríaTécnicadelaPDDCseráasumidaporelSubgerentedeGestióndeRiesgos.

ARTÍCULO29º.-FuncionesdelaPlataformaDistritaldeDefensaCivil

SonfuncionesdelaPlataformaDistritaldeDefensaCivil,enlossiguientesaspectos:

1.Aprobar el Reglamento Interno de Funcionamiento con el voto aprobatorio de la mitad más unodesusintegrantes.

2.Elaborar y aprobar en el primer trimestre de cada año, el Plan de Trabajo Anual que contenga las actividades de Gestión Reactiva a desarrollar, las cuales deben guardar concordancia con el Programa Anual de Actividades del Grupo de Trabajo en Gestión del Riesgo de DesastresGTGRDdelGobiernoRegionaloLocal,segúncorresponda.

3.Proponer al Gobierno Regional y Local normas, protocolos y procedimientos relativos a los procesosdepreparación,respuestayrehabilitación.

4.Proporcionar al Gobierno Regional o Local, según corresponda, información sobre los recursos disponibles de los integrantes de la Plataforma de Defensa Civil, con el objeto de contribuir consuscapacidadesoperativas,deorganizaciónylogística,alaGestiónReactiva.

5.Las Plataformas de Defensa Civil se reunirán como mínimo trimestralmente, para tratar

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temas relacionados con los procesos de preparación respuesta y rehabilitación, desarrollando principalmente:

a.Participación en la atención a afectados y damnificados, en caso de emergencia o desastre, a requerimientodelGrupoGTGRD

b.Apoyoenlaimplementacióndelmecanismodevoluntariadoenemergenciayrehabilitación, deacuerdoaloslineamientosestablecidosporelINDECI.

c.Contribución en la formulación o adecuación de planes referidos a los procesos de Preparación,RespuestayRehabilitación.

d.Contribución para el desarrollo y fortalecimiento de capacidades humanas, organizacionales,técnicasydeinvestigaciónanivelregionalylocal.

e.ParticipacióneneldesarrolloyfortalecimientodelosSistemasdeAlertaTemprana.

f. Apoyo con integrantes debidamente formados, en la aplicación del EDAN a solicitud del GTGRD.

g.Participación en el desarrollo de acciones relacionadas a la rehabilitación de los servicios básicos,normalizaciónprogresivadelosmediosdevida,deacuerdoacomodispongaelGTGRD.

COMITÉ DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

ARTÍCULO30°.-ObjetodelComitéDistritaldeSeguridadCiudadana

El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana, es un órgano consultivo y participativo, que depende orgánicamente de la Alcaldía, tiene como finalidad establecer un sistema de seguridadciudadanaconparticipacióndelaSociedadCivilylaPolicíaNacionaldelPerú.

Tiene por misión en proponer y apoyar a la Municipalidad en los asuntos de seguridad ciudadana,libreejerciciodelosderechosylibertades,respetodelasgarantíasindividualesysociales a nivel nacional, comprendiendo a las personas naturales y jurídicas que conforman en el ámbitoDistrital.

Su creación corresponde al Concejo Municipal, mediante Ordenanza Municipal, quien señalará las condiciones y formas de su funcionamiento, participación y composición de acuerdo al Artículo16°delaLeydelSistemaNacionaldeSeguridadCiudadanaN°27933.

El Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) es una instancia de diálogo, coordinaciónyelaboracióndepolíticas,planes,programas,directivasyactividadesvinculadasalaseguridad ciudadana, en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sectorpúblicoyelsectorprivadoqueformanpartedelSINASECaniveldistrital.Cuentaconuna SecretaríaTécnica.

ElComitéDistritaldeSeguridadCiudadana(CODISEC)estáintegradopor:

a)El/La Alcalde/sa Distrital de la jurisdicción, quien presidirá el Comité. El cargo de Presidente delCODISECesindelegable,bajoresponsabilidad.

b)El/LaSubprefectoDistrital.

c)El/La Comisario/a de la Policía Nacional del Perú a cuya jurisdicción pertenece el distrito. En

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caso de existir más de una comisaría con jurisdicciones distintas, dentro de una misma demarcacióndistrital,cadacomisarioformaparteintegrantedelcomitédistrital.

d)Un representante del Poder Judicial, designado por el Presidente de la Corte Superior de Justiciadelajurisdicción.

e)Un representante del Ministerio Público, designado por el Presidente de la Junta de Fiscales Superioresdelajurisdicción.

f) Dos Alcaldes/as de Municipalidades de Centros Poblados menores. En caso de existir más de dos Centros Poblados en la jurisdicción del Distrito, los miembros del CODISEC elegirán a los alcaldesqueintegraránelComité.

g)El/La Coordinador/a Distrital de las Juntas Vecinales de Seguridad Ciudadana promovidas porlaPolicíaNacionaldelPerú.

De acuerdo a la realidad particular de cada circunscripción territorial, y con el voto aprobatoriodelamayoríadesusmiembros,elCODISECpodráincorporararepresentantesdeotrasentidades públicas y privadas, así como representantes de organizaciones sociales que considere pertinente.

Todos los miembros del CODISEC están obligados a asistir y participar personalmente en sus sesiones, bajo responsabilidad. El quórum para el desarrollo de las sesiones se contará únicamente con integrantes, siendo este el de la mitad más uno del número establecido en el presentereglamento.

Para el cumplimiento de sus fines, los CODISEC podrán conformar grupos de trabajo con participacióndeprofesionalesespecializados.

ARTÍCULO

31°.-FuncionesdelComitéDistritaldeSeguridadCiudadana

LasfuncionesdelComitéDistritaldeSeguridadCiudadana,losiguiente:

a.Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana alineado al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana, elaborado bajo los enfoques de gestión por resultados, intercultural y distrital, y articulado con los instrumentosdelSINAPLAN.

b.Proponer ante la Municipalidad Distrital la aprobación de planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana de relevancia provincial, tomando en consideración las particularidades culturalesylingüísticasdelapoblación.

c.Estudiar y analizar la problemática de seguridad ciudadana de su jurisdicción, en coordinaciónconlosintegrantesdelComitéProvincialdeseguridadciudadana.

d.Promover la articulación interinstitucional a nivel distrital para el cumplimiento de los compromisosestablecidosenlosplanesyprogramas.

e.Informar trimestralmente a la Secretaría Técnica del COPROSEC, a través del/de la Presidente/a del Comité, respecto del cumplimiento e implementación de las políticas nacionales, regionales, provinciales y distritales de seguridad ciudadana, así como del plan nacional de segu-

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ridadciudadana.

f.Realizar de manera ordinaria, por lo menos una (1) consulta pública trimestral para informar sobrelasacciones,avances,logrosydificultadesenmateriadeseguridadciudadanaaniveldistrital, debiendo para tal efecto convocar a las organizaciones vecinales, sociales, religiosas, culturales, educativas y deportivas, coordinadores zonales de seguridad ciudadana, integrantes demesasdeconcertación,enloslugaresdondeexista,entidadesdelsectorcomercialyempresarial,institucionesprivadasyotrasqueestimepertinente.

g.Elaborar el informe trimestral de cumplimiento de los planes, programas y proyectos de SeguridadCiudadanadeldistrito.

h.Promover y articular estrategias de prevención de la violencia y el delito, dando prioridad a los territorios más vulnerables de la jurisdicción, tomando en consideración las particularidadesculturalesylingüísticasdelapoblación.

i.Dirigir los procesos de implementación, monitoreo, evaluación y ajuste del Plan de Acción DistritaldeSeguridadCiudadana,sobrelabasedeloslineamientosestablecidosporlaSecretaríaTécnicadelCORESEC.

j.Sistematizar la información estadística de seguridad ciudadana, para su respectiva remisión a laSecretaríaTécnicadelCOPROSEC.

k.Promover la creación de mecanismos de transparencia, rendición de cuentas y vigilancia ciudadanadelCODISEC.

l.ConsolidarlaestructurayelfuncionamientodelaSecretaríaTécnicadelCODISEC.

m.Colaborar con la Policía Nacional del Perú en los asuntos que le solicite en materia de seguridadciudadana.

COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA VASO DE LECHE

ARTÍCULO 32º.- El Comité de Administración del Programa de Vaso de Leche, es un órgano consultivo constituido por Acuerdo Municipal, está integrado por el Alcalde quien lo preside, un funcionario responsable del Programa del Vaso de Leche, un representante del Ministerio de Salud, un representante de la asociación de productores agropecuarios de la zona, cuya representatividad es acreditada por el Ministerio de Agricultura y; tres representantes de las organizaciones del vaso de leche, elegidos democráticamente por sus bases de acuerdo a sus estatutosdeorganización.

ARTÍCULO33º.-OrganizacióndelComitédeAdministracióndelProgramaVasodeLeche

Su organización y fuero interno se regirá por su propio Reglamento, el mismo que se ajustará alasdisposicionesdelaLeyNº24059,LeyNº26637referidasalProgramadelVasodeLecheyla LeyNº27972sobrelamateria;debiéndoseconsiderarselosiguiente:

1.LaconformacióndelComitéesaprobadamedianteResolucióndeAlcaldía.

2.Está integrado por el Alcalde o el funcionario municipal que deleguen, un representante del Ministerio de Salud y tres representantes de las organizaciones del Programa del Vaso de

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Leche.

3.Adicionalmente puede estar conformado por un representante de la Asociación de Productores Agropecuarios, cuya representación será debidamente acreditada por el Ministerio de Agricultura.

4.Las representantes son elegidasdemocráticamentepor sus bases, de acuerdo a los estatutos desuorganización.

5.La Municipalidad da cobertura a los beneficiarios del Programa del Vaso de Leche a niños de 0 a 6 años, madres gestantes y en período de lactancia, priorizando entre ellos la atención a quienes presenten un estado de desnutrición o se encuentren afectados por tuberculosis. Así mismo, en la medida en que se cumpla con la atención a la población antes mencionada, se mantendrálaatenciónalosniñosde7a13años,ancianosyafectadosportuberculosis.

ARTÍCULO34º.-FuncionesdelComitédeAdministracióndelProgramaVasodeLeche

SonfuncionesdelComitédeAdministracióndelVasodeLeche,lassiguientes:

1.Ejercer vigilancia sobre las actividades administrativas, económicas y financieras de la ejecucióndelProgramadelVasodeLeche.

2.Aprobar la selección de insumos alimenticios propuestos por los comités integrantes de la organizacióndelProgramadelVasodeLeche.

3.Verificar el cumplimiento de los valores nutricionales mínimos de las raciones entregadas a losbeneficiarios.

4.Verificar el número de beneficiarios, cantidad de raciones, cuadro de valores nutricionales, cuadrodeentregaydistribucióndelproducto.

COMITÉ MULTISECTORIAL DE SALUD

ARTÍCULO35°.-ObjetodelComitéMultisectorialdeSalud.

El Comité Multisectorial de Salud, es un espacio de coordinación concertación y articulación entre el Gobierno Local, las instituciones prestadoras de salud y la población del Distrito; este integrado por: El Alcalde Distrital, quien lo preside e integran: la Comisión de Desarrollo Cultural, Salud y Educación; un representante del Hospital de Supe, un representante de la Gobernación del Distrito; un representante de la PNP y un representante de las organizaciones de la sociedadcivil.

ARTÍCULO36°.-FuncionesdelComitéMultisectorialdeSalud.

1.ApoyareldiseñoydesarrollodeMunicipiosSaludables.

2.Identificar los principales determinantes sociales, para la realización de un diagnóstico participativoeintervenciónenlosproblemasdesaluddeldistrito.

3.Articular a nivel distrital, las instancias competentes de Gobierno Nacional, Regional y MunicipalidadProvincialdeBarranca,paraeldesarrollodesaluddelapoblación.

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4.Realizar acciones de incidencia política, ante entidades públicas competentes, para promovermejorescondicionesdevidaenlaspoblacionesvulnerables,enfatizandoenlasaludneonatal,desnutricióninfantil.

5.Monitorear, evaluar y verificar el cumplimiento de los compromisos asumidos, en los espaciosdegestióndelterritorio.

6.EvaluaciónymonitoreodePlanesMultisectorialesyelPlandeDesarrolloConcertado.

CONSEJO LOCAL DE EDUCACION

ARTÍCULO37°.-

ObjetodelComitéLocaldeEducación

El Consejo Local de Educación CLE, es un órgano consultivo y de coordinación, en asuntos de promoción educativa dentro de las competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, lo preside el Alcalde e integran representantes de las Instituciones Educativas de la jurisdicciónDistritaldeSupe.

ARTÍCULO38°.-SonfuncionesdelConsejoLocaldeEducación:

1.Promover el desarrollo humano sostenible en el nivel local, propiciando el desarrollo de comunidadeseducadoras.

2.Diseñar, ejecutar y evaluar el proyecto educativo de su jurisdicción, en coordinación con la Dirección Regional de Educación y las Unidades de Gestión Educativas, según corresponda, contribuyendo en la política educativa regional y nacional con un enfoque y acción intersectorial.

3.Promover la diversificación curricular, incorporando contenidos significativos de su realidad sociocultural,económica,productivayecológica.

4.Promover la consolidación de una cultura de ciudadanía democrática y fortalecer la identidadculturaldelapoblacióncampesina,nativayafroperuana.

5.Coordinar y promover el desafío, ejecución y evaluación de proyectos educativos en el ámbitodistritaldeSupe;asícomomonitorearlagestiónpedagógica.

6.Apoyar la creación de redes educativas como expresión de participación y cooperación entre loscentrosylosprogramaseducativosdelajurisdicción.

COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL

ARTÍCULO

39°.-ObjetodelaComisiónAmbientalMunicipal

La Comisión Ambiental Municipal es la instancia de gestión ambiental encargada de coordinar y concertar la Política Ambiental de su jurisdicción. Tiene la finalidad de promover el diálogoyelacuerdoentrelossectorespúblicoyprivadoylasociedadcivil.

Artículo40°.-FuncionesdelaComisiónAmbiental

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LaComisiónAmbientaltienelassiguientesfunciones:

1.Ser la instancia de coordinación y concertación de la política ambiental local del Distrito de SupeparalaimplementacióndelSistemaLocaldeGestiónAmbiental.

2.Contribuir al diseño participativo de los Instrumentos de Gestión Ambiental Local: Diagnóstico Ambiental Local (DAL), Política Ambiental Local (PAL), Plan de Acción Ambiental Local (PAAL),AgendaAmbientalLocal(AAL),Sis-temaLocaldeGestiónAmbiental(SLGA).

3.Gestionar la implementaron participativa de los Instrumentos de Gestión Ambiental, aprobadosporlaMunicipalidadDistritaldeSupe.

4.Lograr compromisos concretos de las instituciones integrantes en base a una visión compartida.

5.Elaborar propuestas para el funcionamiento, aplicación y evaluación de los instrumentos de gestiónambientalylaejecucióndepolíticasambientales.

6.Facilitareltratamientoapropiado,paralaresolucióndeconflictosambientales.

CONSEJO DISTRITAL DE LA JUVENTUD

ARTÍCULO41°.-ObjetodelaComisiónAmbientalMunicipal

El Consejo Distrital de la Juventud, es un espacio de participación democrática, de coordinaciónyconsultadelapolíticalocaldejuventudeneldistritodeSupe.

Artículo42º-FuncionesdelConsejoDistritaldelaJuventud

ElConsejoDistritaldelaJuventudtienelassiguientesfunciones:

1.Facilitarespaciosdecoordinación,consultadepolíticaslocalesemprendidasycomunicación quepromuevalaparticipacióndelosjóvenesenasuntosdedesarrollolocal.

2.Promover un espacio legítimo de convergencia, participación y diálogo que integrará a los jóvenes que residan en el distrito de Supe, y que tengan entre los 18 y 29 años de edad y que busquen generar propuestas, análisis, ideas y soluciones que orienten al Gobierno Local en el desarrollodeldistrito.

3.Fomentar el establecimiento de espacios de articulación entre los diversos actores y agentes para la temática juvenil en el marco del desarrollo distrital e instituciones aliadas como la Organización de los Estados Americanos (OEA – Perú), Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), Secretaría Nacional de la Juventud (SENAJU) y la OrganizaciónTransparencia.

4.Promover la participación del joven a través de formas, modalidades y mecanismos para la construcción de lineamientos de juventud para el distrito, y permitan el fortalecimiento de las organizacionesdelosjóvenesdeacuerdoalanormativavigente.

MESA DE CONCERTACION DE LUCHA CONTRA LA POBREZA, LA VIOLENCIA FAMILIAR

ARTÍCULO43°.-ObjetodelaMesadeConcertacióndeLuchacontralaPobreza,laViolencia

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Familiar

La Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, la Violencia Familiar del Distrito de Supe, es el espacio de análisis, reflexión, impulsor y de coordinación para la articulación en la atenciónyprevención,aniveldistritalycomuna.

Artículo 44º- Son funciones de la Mesa de Concertación de Lucha contra la Pobreza, la ViolenciaFamiliar:

1.Promover el compromiso de las Instituciones del Estado y la Sociedad Civil para que incorporen en sus respectivas agendas el desarrollo de planes de atención y prevención a fin de coadyuvar al éxito de la aplicación de las estrategias que prevengan y atiendan a las víctimas de violenciafamiliarysexualenelDistritodeSupe,atravésdeunaacciónarticuladayconcertada.

2.Promover que las instituciones que conforman la Mesa de Concertación de Lucha Contra la Pobreza, la Violencia Familiar del Distrito de Supe, asignen recursos para el desarrollo de las acciones de atención y prevención, las cuales, se plasmarán en un plan local concertado, de acuerdoalcompromisoadquirido,demaneraanual.

COMITÉ MUNICIPAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENA) DEL DISTRITO DE SUPE

Artículo 45º.- La comudena es el espacio de coordinación y gestión interinstitucional en niñez y adolescencia a nivel local, cuyo mecanismo permanente de participación ciudadana y de coordinación interinstitucional posibilitan la unión de esfuerzos en beneficio de los niños, niñas y adolescente de la localidad, su objetivo es la promover e impulsar el trabajo articulado entre el gobierno local y la comunidad, para protección integral de las niñas, niños y adolescentedeldistritodesupe.

Artículo46º.-SonfuncionesdelaCOMUDENA:

1.Elaborareldiagnósticosobrelaniñezyadolescenciadeldistritodesupe.

2.Elaborar e implementar el plan de trabajo sobre niñez y adolescencia del distrito en armonía conelplandedesarrolloconcertadolocal.

3.Liderar y contribuir a la formación del sistema local de protección integral de las niñas, niños yadolescentes.

4.Organizar, promover y ejecutar programas a favor de las niñas, niños y adolescentes, articulandoesfuerzosypotenciandorecursos.

5.Establecer canales de comunicación entre las instituciones que trabajan en la defensa de los derechos de las niñas, niños y adolescente del distrito, a fin de realizar acciones conjuntas a favordelasniñas,niñosyadolescentes.

6.Gestionar y coordinar recursos locales para la implementación de diversas estrategias de atenciónintegral.

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7.Coordinar acciones para brindar la atención integral de las niñas, niños y adolescentes,con la participación activa de todas las instituciones públicas y privadas de la localidad (salud, educación,organizacionessociales,parroquiascomisarias,líderescomunitarios,etc.).

8.InformaralMIMPsobrelosavancesoinconvenientesdelespacio.

9.Cualquierotrafunciónvinculadaasuobjetivo.

CAPITULO III ÓRGANOS DE CONTROL Y DEFENSA MUNICIPAL

ARTÍCULO47°.

-ÓrganosdeControlyDefensaMunicipal

El Órgano de Control, es aquel que efectúa la verificación de los resultados de la gestión de los órganos internos de la Municipalidad en los aspectos administrativos, financieros y contables, con el objeto de comprobar que las acciones que realizan se ajusten a los planes aprobadosydeacuerdoaley.

Asimismo,elÓrganodeDefensaMunicipal,encargadodelarepresentaciónyladefensajudicialdelosinteresesyderechosdelaMunicipalidadDistritaldeSupe.

ORGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL

ARTÍCULO48°.-ComposiciónOrgánicadelosÓrganosdeControlyDefensaMunicipal.

LosÓrganosdeControlyDefensaMunicipal,sonlossiguientes:

1.ÓrganodeControlInstitucional.

2.ProcuraduríaPúblicaMunicipal.

Artículo49°.-ObjetodelÓrganodeControlInstitucional

El Órgano de Control Institucional, conforma y es integrante del Sistema Nacional de Control, encargado de realizar el control a las unidades orgánicas de la Municipalidad Distrital de Supe, así como de sus órganos desconcentrados y descentralizados que no cuenten con su propio órgano de control, conforme a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, el Reglamento de los Órganos de Control Institucional aprobado por Resolución de Contraloría y demás normas reglamentarias, directivas y lineamientos que dispongalaContraloríaGeneraldelaRepública.

Les corresponde las atribuciones señaladas en el Artículo 15º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control Nº 27785 y de la Contraloría General de la República, y, ejerce sus funciones,conindependenciafuncionalytécnicarespectodelaadministracióndelaentidad.

El funcionario a cargo del Órgano de Control Institucional, es responsable de emitir los informes anuales al Concejo Distrital de Supe, acerca del ejercicio de sus funciones y del estado de controldelusodelosrecursosMunicipales.

ARTÍCULO50°.-FuncionesdelÓrganodeControlInstitucional

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SonfuncionesdelÓrganodeControlInstitucional,lossiguientes:

1.Formular en coordinación con las unidades orgánicas competentes de la Contraloría, el Plan AnualdeControl,deacuerdoalasdisposicionesquesobrelamateriaemitalaContraloría.

2.Formular y remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánica a cuyo ámbito de control pertenece, la propuesta de la carpeta de servicio correspondiente al servicio de control posterior a ser realizado, de acuerdo a los lineamientos y normativa aplicable.

3.Comunicar el inicio de los servicios de control gubernamental al Titular de la entidad, cuando corresponda.

4.Ejercer el control gubernamental conforme a las disposiciones establecidas en la Ley, las NormasGeneralesdeControlGubernamentalydemásnormativaemitidaporlaContraloría.

5.Formulas y aprobar o remitir para aprobación del órgano desconcentrado o de la unidad orgánicadelaContraloríadelcualdepende,segúncorresponda,losinformesresultantesdelos servicios de control gubernamental; así como, luego de su aprobación, realizar la notificación correspondiente,deacuerdoalos.lineamientosynormativaaplicable.

6.ElaborarlaCarpetadeControlyremitirlaalórganodesconcentradooalaUnidadorgánicade la Contraloría a cuyo ámbito de control pertenece el OCI, para su comunicación al Ministerio Público,conformealasdisposicionesemitidasporlaContraloría.

7.Recibir y atender, o de corresponder, derivar las denuncias que presentan las personas naturalesojurídicas,deacuerdoalanormativaaplicable.

8.Realizar los servicios de control gubernamental, respecto a las denuncias evaluadas que les seanderivadas,deacuerdoaloslineamientosynormativaaplicable.

9.Efectuar el seguimiento a la implementación de las recomendaciones, así como de las acciones preventivas o correctivas que adopte la entidad, a partir de los informes resultantes de los servicios de control, conforme a la normativa específica que para tal efecto emite la Contraloría.

10. Realizar el registro oportuno en los sistemas informáticos establecidos por la Contraloría, de la información sobre los avances de los servicios de control gubernamental a su cargo, así comodelosinformesresultantesdedichosservicios.

11.Analizarlassolicitudesdeserviciosdecontrolgubernamental,queincluyepedidosdeinformación presentados por el Congreso de la República, de acuerdo a los lineamientos y normativaaplicable.

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12.Apoyar a las comisiones auditoras, comisiones de control, equipos o personal que designe la Contraloría para la realización de los servicios de control gubernamental en la entidad en la cualseencuentraelOCI,deacuerdoaladisponibilidaddesucapacidadoperativa.

13.Realizar las acciones que disponga la Contraloría respecto a la implementación del Sistema deControlinternoenlaentidad,deacuerdoalanormativaaplicable.

14.Coadyuvar con la ejecución de las actividades de audiencias públicas y participación ciudadanadesarrolladasensuámbitodecompetencia.

15.Cumplir con los encargos asignados en normas con rango de Ley o norma de ámbito nacional con rango o fuerza de ley, así como los asignados en los reglamentos, directivas, manuales, procedimientosydemásnormativaemitidaporlaContraloría.

16.Cumplir diligente y oportunamente con los encargos y requerimientos que le formule la Contraloría.

17.Mantener ordenados, custodiados y a disposición de la Contraloría durante diez años los informes resultantes de los servicios de control gubernamental, documentación de control o papeles de trabajo, denuncias recibidas y en general toda documentación relativa a las funciones del OCI, luego de los cuales quedan sujetos a las normas de archivo vigente para el sectorpúblico.

18.Remitir a la Contraloría el acervo documentario del OCI respecto a los servicios de control gubernamental,encasosedesactiveoextingalaentidadenlacualelOCIdesarrollafunciones.

19.Mantener en reserva y confidencialidad la información y resultados obtenidos en el ejerciciodesusfunciones.

20.OtrasqueestablezcalaContraloría.

21.Emitir el Informe Anual al Concejo Municipal en cumplimiento a lo señalado en la Ley Orgánica de Municipalidades, según corresponda y conforme a las disposiciones emitidas por laContraloría.

Artículo 51°. - Estará a cargo de un funcionario que depende funcional y administrativamente de la Contraloría General de la República, es designado previo concurso público de méritos y cesado por la misma, representa al Contralor General ante la Municipalidad en el ejercicio de las funciones inherentes al ámbito de su competencia y mantiene relación de dependencia funcional y administrativa con la Contraloría General de la República y de coordinación permanenteconeltitulardelaentidad.

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Municipalidad
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PROCURADURÍA PÚBLICA MUNICIPAL

ARTÍCULO52º.-ObjetodelaProcuraduríaPúblicaMunicipal

La Procuraduría Publica Municipal, está encargada de representar y defender los intereses y derechos de la Municipalidad. Está a cargo de un Funcionario Público designado por el Alcalde, depende administrativamente del ente que representa, pero normativamente del Ministerio deJusticia.

ARTÍCULO53º.-FuncionesdelaProcuraduríaPúblicaMunicipal

1.Ejercer la defensa de los intereses y derechos de la Municipalidad, conforme a las disposiciones del ente rector, ante los organismos jurisdiccionales en los procesos y procedimientos en los que actúa como demandante, demandado, denunciante, solicitante, reclamante, reclamadoopartecivilantecualquierTribunaloJuzgadodelosdiferentesDistritosJudiciales.

2.Coordinar y solicitar, a toda entidad pública, información y/o documentos necesarios para evaluar el inicio de acciones o ejercer una adecuada defensa de la Municipalidad Distrital de Supe.

3.EvaluareliniciodeaccioneslegalescuandoestasresultenmásonerosasqueelbeneficioeconómicoquesepretendeparalaMunicipalidadDistritaldeSupe.

4.Efectuar toda acción que conlleve a la conclusión de un procedimiento administrativo, cuandoelloimpliquealgunasituaciónfavorableparaelEstado.

5.Intervenir y suscribir convenios de pago de la reparación civil en investigaciones o procesos penales donde participan de acuerdo al procedimiento señalado en el Reglamento del Sistema deDefensaJurídicadelEstado.

6.Informar al Alcalde sobre el estado de los procesos judiciales en trámite, archivados o concluidos que se encuentran a su cargo, las veces que requiera el Despacho de Alcaldía; así como emitir informes proponiendo la solución más beneficiosa para la Municipalidad, respecto de losprocesosenloscualesinterviene,bajoresponsabilidadyconconocimientodelenterector.

7.Delegar representación a favor de abogados de otras entidades públicas o a los/as abogados/as vinculados a su despacho, de acuerdo a los parámetros y procedimientos señalados en elReglamentodelSistemadeDefensaJurídicadelEstado.

8.Conciliar, transigir y consentir resoluciones, así como desistirse de demandas, a partir de la autorización del titular de la entidad, previo informe del Procurador Público, y conforme a los requisitos y procedimientos dispuestos por el reglamento del Sistema de Defensa Jurídica del Estado.

9.Coordinar con el ente rector sobre las acciones de asesoramiento, apoyo técnico profesional ycapacitaciónquebrindaenbeneficiodeladefensajurídicadelEstado.

10.Rendir informe anual, a más tardar al 31 de marzo, ante el Concejo Municipal de las actividades desarrolladas durante el Año Judicial precedente, suministrando los datos acerca de los juicios en trámite, formulando sugerencias para el mejor desarrollo de la defensa judicial de la

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Municipalidad.

11.Remitir al Consejo de Defensa Judicial del Estado la Memoria Anual de gestión, hasta antes del31demarzodelañosiguiente.

12.Iniciare impulsar bajo responsabilidad los procesos judicialescontra los funcionarios, servidores o terceros respecto de los cuales el Órgano de Control Institucional haya encontrado responsabilidad civil o penal; así como los de-más procesos judiciales interpuestos en contra de la Municipalidadysusrepresentantes.

13.ComunicarenformainmediataydocumentadaalAlcaldeyalosÓrganoscorrespondientes, sobre las sentencias consentidas y ejecutoriadas en contra de la municipalidad, para la previsiónpresupuestalolaadopcióndelasaccionesymedidasquecorrespondan.

14.Establecer políticas y procedimientos de control que aseguren el funcionamiento eficiente delaProcuraduríadelaMunicipalidad.

15.Elaborar, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional; así como elaborar la estadística delasaccionesyresultadosdesuejecución.

CAPITULO IV

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

ARTÍCULO54°.-ÓrganodeAsesoramiento

El Órgano de Asesoramiento, lo conforman aquellas unidades orgánicas que se encargan de formular propuestas, presentar sugerencias, alcanzar información especializada y asesorar a la Alcaldía,Comisión de Regidores, Gerencia Municipal,y, a los Órganos funcionales de la Gestión Municipal,y,demásunidadesorgánicas,y,entrelosmismos,enlatomadedecisiones,segúnel ámbitodesucompetencia.

ARTÍCULO55°.-ComposiciónOrgánicadelÓrganodeAsesoramiento

ElÓrganodeAsesoramiento,estácompuestaporlassiguientesestructuras: 1.OficinaGeneraldeAsesoríaJurídica. 2.OficinaGeneraldePlaneamiento,PresupuestoyRacionalización.

OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA

ARTÍCULO56°.-

ObjetodelaOficinaGeneraldeAsesoríaJurídica

La Oficina General de Asesoría Jurídica, es el órgano de asesoramiento, quien dependerá de la Gerencia Municipal, encargado de proporcionar asesoramiento jurídico a los diferentes órganos de la Municipalidad, orientando la correcta interpretación y aplicación de la normatividadlegalenlosasuntosnormativos,procedimientosyactosadministrativosdelagestión. Asimismo, corresponde apoyar en la defensa judicial al Procurador Municipal, quien

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ejerciendolarepresentaciónydefensadelosinteresesyderechosdelaMunicipalidad. ElcargodeJefedeOficinaGeneraldeAsesoríaJurídica,correspondeaunServidorPúblicode Confianza,siendoestedesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO57º.-FuncionesdelaOficinaGeneraldeAsesoríaJurídica

SonfuncionesdelaOficinaGeneraldeAsesoríaJurídica,lossiguientesaspectos:

1.AsesoraralaAltaDireccióndelaMunicipalidadenasuntosjurídicosdesucompetencia.

2.Elaborar, proponer y revisar proyectos normativos y de ser el caso emitir informes legales quelesolicitelaAltaDirecciónsobrelosmismo.

3.Emitir informes legales respecto de los recursos administrativos que sean competencia de AlcaldíaodelaGerenciaMunicipal.

4.Absolver y emitir informes que requiera el Concejo Municipal, Alcalde, Gerencia Municipal y las demás Unidades Orgánicas, sobre asuntos en donde el fundamento de la pretensión sea razonablementediscutibleoloshechosseancontrovertidosjurídicamente.

5.Actuar como órgano rector del sistema jurídico de la Municipalidad, coordinando con los demás órganos la uniformidad de criterios en la interpretación de la normativa aplicable a la administraciónmunicipal.

6.Visar los dispositivos legales que expida la Alta Dirección como Ordenanzas y Decretos de Alcaldía. Asimismo, visar otros dispositivos de carácter administrativo como Resoluciones de Alcaldía y Resoluciones de Gerencia Municipal en los que previamente se haya emitido opinión legal, producto de una controversia jurídica que haya dirimido, o que una Ley expresamente lo disponga.

7.IntervenirantelasEntidadesdelEstado,enasuntosqueleseansometidos,siempreycuando seencuentrenensedeoinstanciaadministrativa.

8.Proponer proyectos de normas municipalespara el mejoramiento de la legislaciónmunicipal dentrodelmarcodelanormatividadvigente.

9.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la dependencia a su cargo; así comaelaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

10.Emitir el Informe Legal sobre las solicitudes de Separación Convencional y Divorcio Ulterior, conducirlasaudienciasysuscribirlasactascorrespondientes,envirtudalasdisposicionescontenidasenlaLeyNº29227ysuReglamentoaprobadomedianteD.S.N°009-2008-JUS.

11.Propiciarlainvestigaciónjurídicayprogramasdecapacitaciónprofesionaldelpersonaldela OficinaGeneraldeAsesoríaJurídica.

12.OtrasqueleasignelaGerenciaMunicipalenmateriadesucompetencia.

OFICINA GENERAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTO Y RACIONALIZACION

ARTÍCULO 58º.- Objeto de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización

LaOficinaGeneraldePlaneamiento,PresupuestoyRacionalización,eselÓrganodeAsesora-

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Distrital
Municipalidad
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miento, que depende de la Gerencia Municipal, encargado de administrar acciones y actividades referidasalproceso deplaneamiento yracionalización,determinacióndepresupuestos, gestión estratégica, estudios económicos financieros incluyendo factibilidad de los proyectos de inversión y elaboración de estudios estadísticos, desarrollando, implementando y manteniendo los sistemas de información integrados de la Municipalidad, que servirán de soporte técnicoparalatomadedecisionesenlasdiversasUnidadesOrgánicas.

El cargo de Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, es un ServidorPúblicodeConfianza,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTICULO 59º.- Funciones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización.

Son funciones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, lo siguiente:

1.Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, InversiónPúblicayModernización.

2.Proponeryelaborardirectivasynormasdeaplicaciónenelámbitoinstitucionalrelacionadas con los Sistemas Administrativos de Presupuesto Público, Planeamiento Estratégico, Programación Multianual de Inversiones y, otros, de la gestión municipal en el marco de modernizacióndeGestiónPúblicaynormatividadvigente.

3.Dirigir el proceso de modernización de la gestión institucional de acuerdo a las normas y lineamientostécnicossobrelamateria.

4.Emitir opinión técnica para la formulación, aprobación e implementación y actualización de los Instrumentos Normativos de Gestión Institucional, tales como el Reglamento de Organización y Funciones ROF, Cuadro para Asignación de Personal, Manual de Perfiles de Puestos MPP, ManualdeProcedimientosMAPRO,entreotros.

5.Promover, asesorar y participar en la formulación de la gestión de procesos, simplificación administrativaydemásmateriascomprendidasenelsistemaadministrativodemodernización delagestiónpública.

6.GestionarlaaprobacióndelaProgramacióndeCompromisosAnualizada(PCA)delaentidad.

7.Realizar el seguimiento de la ejecución presupuestal del pliego institucional, elaborando proyeccionesdegastosydeavancedemetasfinancieras.

8.Emitiropinióntécnicaenelámbitodesucompetencia.

9.Realizarlaconciliaciónsemestralyanualdelmarcolegaldelpresupuestodelaentidad.

10.Dirigir la consolidación del proyecto del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPAyelTextoÚnicodeServiciosnoExclusivosTUSNE,parasuaprobación.

11.Dirigir, coordinar y supervisar los procesos de formulación, ejecución y evaluación del Plan deDesarrollolocalConcertadoPDLC,PlanEstratégicoInstitucionalPEIyelPlanOperativoInstitucionalPOIdelaMunicipalidadDistritaldeSupe.

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12.Dirigir la formulación del proyecto del Programa Multianual de Inversión PMI de acuerdo conloslineamientosestablecidosporlanormatividadvigente.

13.ProponerelproyectodelProgramaMultianualdelInversióndelaMunicipalidadDistritalde Supe para su aprobación; así coma proponer a la Alcaldía los criterios de priorización de la carteradeinversiones.

14.Dirigirelseguimiento de las metas e indicadores de resultados previstos en elPMI; así como monitorearelavancedelaejecucióndeinversiones.

15.Emitirinformessobreelseguimiento delos proyectos deinversión pública enlafasedeProgramaciónMultianualdeInversión.

16.Articular los planes de corto, mediano y largo plazo con los objetivos de desarrollo nacional previstosenelPlanEstratégicodeDesarrolloNacional.

17.Organizar, coordinar y dirigir la realización del proceso de formulación del Presupuesto ParticipativodelejercicioanualdeconformidadconlaLeyMarcodelPresupuestoParticipativo ylanormatividadvigente.

18.Emitir informes de Rendición de Cuentas de la ejecución del Presupuesto Participativo, haciendo conocer la información presupuestaria al Comité de Vigilancia del Presupuesto ParticipativodelDistritoyalosmiembrosdelConcejodeCoordinaciónLocalCCL.

19.Proponer a la Alta Dirección la conformación del Comité de Dirección de Simplificación Administrativa, como instancia política responsable de la pues-ta en marcha del proceso de simplificaciónymejoracontinua.

20.Programar y coordinar el proceso de implementación progresiva del sistema de gestión pararesultadosenlaMunicipalidad.

21.Proponer la conformación de la Comisión de Presupuesto para la formulación y programacióndelproyectodePresupuestoInstitucionaldeAperturadelejercicioanualsiguiente.

22.Dirigiry coordinar la formulación del proyecto de Presupuesto Institucional de Apertura PIA con una perspectiva de programación multianual, del ejercicio anual siguiente de la Municipalidad Distrital de Supe, en coordinación con las unidades orgánicas de Administración Municipal y la Comisión de Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto por la Ley General del SistemaNacionaldePresupuestoynormascomplementarias.

23.Dirigir la evaluación semestral y anual de la ejecución del Presupuesto Institucional de la Municipalidad Distrital de Supe y emitir informes sobre las medidas correctivas y sobre las modificacionesrequeridasporlasunidadesorgánicasejecutoras.

24.DirigirycontrolarlaarticulacióndelPresupuestoMunicipalconelPlanOperativoInstitucionalparaelcumplimientodelosobjetivosymetasdelejerciciopresupuestal.

25.Monitorear el cumplimiento de metas de ejecución de los Ingresos proponiendo las medidascorrectivascorrespondientes.

26.Compendiar y consolidar la evaluación Física y Financiera del Plan Operativo Institucional; asícomoelaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

27.Cumplir las normas del Sistema Nacional de control; así como implementar las recomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

28.Expedirresolucionesenlasmateriasdesucompetencia.

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29.Las demás funciones que le asigne el Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellasquelecorrespondapornormaexpresa.

ARTÍCULO 60°.- Composición Orgánica de la Oficina General de Planeamiento, PresupuestoyRacionalización

La Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, cuenta con las siguientesunidadesorgánicas:

1.OficinadePlaneamientoyRacionalización.

2.OficinadeProgramaciónMultianualdeInversiones(OPMI).

OFICINA DE PLANEAMIENTO Y RACIONALIZACIÓN

Artículo 61°. - La Oficina de Planeamiento y Racionalización, es responsable de asesorar, coordinar, programar, organizar, dirigir y ejecutar en materia de planificación estratégica y responsable del desarrollo, fortalecimiento y modernización institucional de la Municipalidad DistritaldeSupe.

El cargo de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Racionalización es de un Servidor de Público de Confianza, quien depende Jerárquicamente de la Oficina General de Planeamiento, PresupuestoyRacionalización,siendodesignadoporelAlcaldeysusfuncionessonlassiguientes:

1.Conducir el proceso de elaboración de los Planes Institucionales de corto, mediano y largo plazo;efectuarelseguimiento,evaluaciónyconsolidarsusresultados.

2.Organizar y supervisar la formulación del Plan Distrital de Desarrollo Concertado, coordinandoparasuefecto,conelConsejodeCoordinaciónLocalProvincial.

3.Realizar estudios integrados de diagnóstico y evaluación relacionados con el desarrollo distrital, en coordinación con otros organismos públicos y privados a fin de identificar y priorizar lasnecesidadesdeinversión.

4.DirigiryprogramarlaelaboracióndelaMemoriaAnual.

5.AsesoraralaAltaDireccióneneldiseñodepolíticasinstitucionales.

6.Asesorar a las unidades orgánicas de la Municipalidad en aspectos del Sistema de Planificación.

7.Recopilar, procesar y consolidar el anteproyecto de Diagnóstico Situacional del distrito y actualizarloperiódicamente.

8.Asesorar y conducir la formulación del Plan Operativo Institucional. Evaluando e informando periódicamenteelcumplimientodelosobjetivosymetas.

9.Participar en la Elaboración Anual del Presupuesto Municipal armonizándolo con el Plan EstratégicoInstitucionalMultianualyelPlandeDesarrolloConcertado.

10.Proponer y gestionar la suscripción, prórroga y modificación de convenios de cooperación, relativosalaMunicipalidadyemitiropinióntécnicasobrepropuestasdeconvenios.

11.Evaluar los proyectos de convenios de cooperación y verificar su conformidad y sujeción a laspolíticasinstitucionalesynormatividadvigente.

12.Diseñarlosmecanismosorientadosacaptarfuentesdefinanciamientoexterno.

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13.En cuanto a funciones de Racionalización: diseñar y presentar modelos organizacionales orientadosamejorarlaestructuradeorganizacióninstitucional.

14.Diseñar políticas y directivas institucionales que sean necesarias y relativas a asuntos de organizaciónyprocesos.

15.Elaborar y actualizar los documentos de gestión en coordinación con las unidades orgánicas delamunicipalidad.

16.Llevar acciones de evaluación y seguimiento en el desarrollo de los procesos técnicos de sistemasadministrativos,propiciandolamejoracontinuaenlosprocedimientos.

17.Promover, impulsar, coordinar y monitorear las acciones de simplificación de procesos y procedimientos.

18.Brindarasistenciatécnicaenmateriadeorganizaciónalasunidadesorgánicas.

19.Proponer políticas de racionalización, coherentes con la modernización de la gestión del Estadoylarealidadactual.

20.Efectuar otras funciones afines que le asigne la Oficina General de Planeamiento, PresupuestoyRacionalización.

OFICINA DE PROGRAMACIÓN MUTIANUAL DE INVERSIONES (OPMI)

ARTÍCULO62º.-ObjetodelaOficinadeProgramaciónMultianualdeInversiones(OPMI)

La Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Municipalidad Distrital de Supe, es responsable de la fase de Programación Multianual del ciclo de inversión del Sistema NacionaldeProgramaciónMultianualyGestióndeInversiones.

El cargo de Jefe de la OPMI, es de un Servidor Público de Confianza, quien desempeñará funciones administrativas y dependerá jerárquicamente de la Oficina General de Planeamiento, PresupuestoyRacionalización,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO63°.-FuncionesdelaOficinadeProgramaciónMultianualdeInversiones(OPMI)

SonfuncionesdelaOficinadeProgramaciónMultianualdeInversiones(OPMI):

1.Conducir la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión del SistemaNacionaldeProgramaciónMultianualyGestióndeInversiones.

2.Elaborar y presentar el PMI del Sector al Órgano Resolutivo, así como aprobar y registrar las modificaciones al PMI, de acuerdo a la normativa del Sistema Nacional de Programación MultianualyGestióndeInversiones.

3.Proponer al Órgano Resolutivo los criterios de priorización de la cartera de inversiones y brechas identificadas a considerarse en el PMI de la Municipalidad Distrital de Supe, conforme a lo establecido por la normativa del Siste-ma Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones.

4.Verificar que las inversiones a formularse y ejecutarse, así como las que requieren financiamiento, de su ámbito de competencia, se encuentren alineadas con los instrumentos emitidos y/oaprobadosporlaprogramaciónmultianualdeinversionesdelSector.

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5.Realizar las evaluaciones ex post de las inversiones de acuerdo con lo establecido en la normativadelSistemaNacionaldeProgramaciónMultianualyGestióndeInversiones.

6.Emitir opinión a solicitud de la UF de su nivel de gobierno, así como solicitar opinión de la DirecciónGeneraldelTesoroPúblicodelMEFrespectoalosproyectosoprogramasdeinversióna serfinanciadosconfondospúblicosprovenientesdeoperacionesdeendeudamiento.

7.Realizar el seguimiento previsto para la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión, así como de las metas de producto y el monitoreo de la ejecución de las inversiones, acuerdo a lo establecido por la normativa del Sistema Nacional de Programación MultianualyGestióndeInversiones.

8.Registrar a las UF y UEI de la Municipalidad Distrital de Supe y a sus Responsables, así como registrar, actualizar y/o cancelar su registro en el Banco de Inversiones, conforme a las disposicionesdelSistemaNacionaldeProgramaciónMultianualyGestióndeInversiones.

9.Las demás funciones que le asigne su superior inmediato en el marco de sus competencias o aquellasquelescorrespondapornormaexpresa.

CAPITULO V ÓRGANOS DE APOYO

ARTÍCULO64º.-

ÓrganosdeApoyo

Los Órganos de Apoyo, son aquellas unidades orgánicas que ejercen las actividades de administración interna que permiten el desempeño eficaz de la entidad y sus distintos órganos en el cumplimiento de las funciones sustantivas, gestión financiera, gestión de medios materiales y servicios auxiliares, incluyen las funciones de imagen institucional, archivo Municipal, administración de los recursos humanos, tesorería, trámite documentario, abastecimiento, control patrimonial,serviciosgenerales,registrocivildelaMunicipalidad.

ARTÍCULO65º.-ComposiciónOrgánicadelÓrganodeApoyo

ElÓrganodeApoyo,estáncompuestaporlasunidadesorgánicas:

1.OficinaGeneraldeSecretaríaGeneral.

2.OficinaGeneraldeAdministraciónyfinanzas.

OFICINA GENERAL DE SECRETARÍA GENERAL

ARTÍCULO66º.-

ObjetodelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral

La Oficina General de Secretaría General, es la unidad técnica del órgano de apoyo, quien depende directamente del Alcalde, encargado de programar, dirigir, ejecutar y coordinar las acciones administrativas relacionadas al Concejo Municipal, Alcaldía, y, a las diversas ComisionesdeRegidores.

Corresponde, en interpretar las disposiciones y normas legales en asuntos administrativos que sean sometidos a su consideración por el Alcalde. Asimismo, es responsable del trámite

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administrativo, la certificación y control de la correspondencia institucional, brindar orientación y atención al público en general, así como, en administrar y actualizar el Sistema de Trámite Documentario, Archivo Central, Imagen Institucional de la Municipalidad, la información de la Ley de Transparencia y el Gobierno Electrónico, así como de velar por los Servicios de RegistroCivil.

El cargo de Jefe de Oficina General, corresponde a Servidor Público de Confianza designado porelAlcalde,debiendoactuarencalidaddeSecretarioTécnicodelConcejoMunicipal.

ARTÍCULO67º.-FuncionesdelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral

SonfuncionesdelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral,enlossiguientesaspectos: 1.Dirigir, procesar y controlar el desarrollo de las actividades del Sistema de Trámite Documentario,procedimientosadministrativosyArchivodelaMunicipalidad.

2.Organizar la recepción,clasificación y registro de expedientes administrativos que se presentanalaMunicipalidad,atravésdelOficinadeTramiteDocumentario;asícomosudistribucióna las diferentes unidades orgánicas de administración municipal, de acuerdo a su contenido y prioridad.

3.Organizar y establecer los procedimientos de recepción y admisión de expedientes de la OficinaGeneraldeSecretariaGeneral;asícomolasnotificacionesdelosactosadministrativosque seemitenydelacustodiadelacervodocumentariodelaOficinaGeneraldeSecretariaGeneral.

4.Formular, proyectar y/o adecuar Ordenanzas Municipales, Acuerdos y Resoluciones de Concejo, Decretos y Resoluciones de Alcaldía, convenios y otros documentos que sean de competenciadelaAlcaldía.

5.Convocar a las Sesiones del Concejo Municipal por encargo del Alcalde, coordinando la agendayordendeldíaquecorresponda.

6.Concurrir a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Concejo, asistiendo a los miembros del Concejo Municipal, en cuanto se refiere a los lineamientos del Reglamento Interno de Concejovigente;asícomodarfedelosactosqueseproduzcanenlamisma.

7.Registrar las Actas de sesiones ordinarias, extraordinarias y solemnes, llevando un registro informatizadoquepermitalaadecuadatranscripción.

8.Notificar los Acuerdos de Concejo, Ordenanzas, Decretos y Resoluciones de Alcaldía, según corresponda a las diferentes unidades orgánicas de administración municipal para su conocimientoycumplimiento.

9.Dar fe de los actos del Concejo Municipal; así como expedir constancias de las actas de sesiones; así como de cualquier otra documentación existente en el archivo de la Municipalidad en concordanciaconlaLeydeTransparenciayAccesoalaInformaciónPública.

10.Organizar y dirigir la gestión de archivo de expedientes de procedimientos administrativos concluidos del Archivo Central de la Municipalidad, así como de su eliminación de documentos delarchivo,deacuerdoalasnormalemitidasporelArchivoGeneraldelaNación.

11.Certificar copia de documentos que en original obran en los Archivos Periféricos de Administración municipal, a solicitud del administrado, previo cumplimiento de los requisitos

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establecidosenelTUPAvigenteylanormatividadpertinente.

12.Requerir a las diferentes unidades orgánicas de administración municipal, la información y/o documentos que haya sido solicitado por los administrados, invocando la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, siempre que el Alcalde no haya designado a otro funcionarioparacumplircones-tafunción.

13.Informar y orientar al público usuario sobre los canales que sigueun trámite administrativo, así como sobre el estado de los expedientes que se encuentran en su Despacho, cuando sean requeridosporlosinteresados.

14.ImpulsarlaimplementacióndelSistemadeTrámiteDocumentarioenlaadministraciónmunicipal,quefacilitelarápidaubicacióndeexpedientesentrámite.

15.Conocer y resolver asuntos administrativos que por su naturaleza sean de responsabilidad delaOficinaGeneralyotrosquelehayansidoencomendados.

16.SupervisarelprocesodecodificaciónÚnicaparaelmanejodelarchivocentral,coordinando la organización de los archivos periféricos con los responsables de las unidades orgánicas, haciendoquelatransferenciadeladocumentaciónalarchivocentralseafácil.

17.Coordinar y ejecutar la publicación oportuna de las disposiciones Municipales que formalizan los actos del Concejo Municipal y de la Alcaldía que requieran ser publicados para su vigencialegal.

18.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de responsabilidad de la Oficina General,asícomoelaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

19.Cumplir y hacer cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así coma implementar lasrecomendacionesemitidasparelórganodeControlInstitucional,segúncorresponde.

20.Tramitar y atender las reclamaciones formuladas por los administrados a través del Libro de Reclamaciones, siempre que el Alcalde no haya designado a otra área o funcionario cumplir conestafunción.

21.Es el Responsable de la implementación y cumplimiento de lo dispuesto por la Ley de Transparencia.

22.Otrasqueleasignelaaltadirecciónyqueseandesucompetencia.

ARTICULO68º.-

ComposiciónOrgánicadelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral

LaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral,cuentaconlassiguientesunidadesorgánicas:

1.OficinadeImagenInstitucional.

2.OficinadeTrámiteDocumentarioyArchivo.

3.OficinadeSistemaseInformáticayGobiernoElectrónico.

4.OficinadeRegistroCivil.

ARTÍCULO69º.-

OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

ObjetodelaOficinadeImagenInstitucional

La Oficina de Imagen Institucional, es el órgano de apoyo encargado de conducir las activida-

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des de protocolo, prensa y relaciones públicas, así como de las publicaciones eventuales y permanentesdelaMunicipalidad.

El Cargo de Jefe de Oficina de Imagen Institucional, es de un Servidor de Publico quien desempeñafuncionesadministrativasydependejerárquicamentedelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO70º.-FuncionesdelaOficinadeImagenInstitucional

SonfuncionesdelaOficinadeImagenInstitucional:

1.Organizar, programar, dirigir, coordinar y ejecutar las acciones de comunicación y difusión de lasactividadesdelagestiónydelosactosdecarácterprotocolar.

2.Formular, recopilar y evaluar la información que debe ser difundida por los medios de comunicación social, entre ellos la publicación de los Acuerdos, Ordenanzas, Decretos y Resoluciones.

3.Organizar y atender las sesiones solemnes del Concejo, y las ceremonias de actos oficiales que se realicen, así como, coordinar aquellas en las que asista el Alcalde y/o sus representantes.

4.ElaborarymanteneractualizadoelcalendariodelaMunicipalidad,parasudifusión.

5.OrganizarelDirectorioyrelacionesinstitucionalesdelaMunicipalidad.

6.Organizar la agenda de entrevistas de prensa del Alcalde, Regidores y Funcionarios de la Municipalidad.

7.Editar un órgano oficial de información externo, así como, la de asesorar en un medio de informacióninternoinstitucional.

8.Elaborar estudios, proyectos, guías, notas informativas y otras similares en materia de comunicaciones.

9.Coordinar las actividades de protocolo del Alcalde o sus representantes con la Oficina GeneraldeSecretaríaGeneral.

10.DiseñarprogramasorientadosamejorarlaimageninstitucionaldelaMunicipalidad.

11.Mantener informado al Alcalde de las noticias de prensa más importantes que concierne a laMunicipalidad.

12.Asesorar y absolver consultas del Órgano de Gobierno Municipal y Alta Dirección, en asuntosdesuespecialidad.

13.Recibiryatendercomisionesodelegacionesquevisitenlamunicipalidad.

14.Organizaysupervisacampañasoficialesdedifusióndelagestiónmunicipal.

15.Las demás funciones que le sean asignadas por la Gerencia Municipal y Oficina General de SecretaríaGeneral.

OFICINA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO

ARTÍCULO71º.-ObjetodelaOficinadeTrámiteDocumentarioyArchivo

La Oficina de Trámite Documentario y Archivo, es la encargada de la recepción, registro, dis-

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tribución y archivo central, de la documentación que ingresa y se genera en la Municipalidad. Asimismo,correspondebrindarlainformaciónenlatramitacióndelassolicitudes.

La Oficina de Trámite Documentario y Archivo se encuentra a cargo de un Servidor Público depende funcional y jerárquicamente de la Oficina General de Secretaría General, siendo designadoporelAlcalde.

ARTICULO

72º.-

FuncionesdelaOficinadeTrámiteDocumentarioyArchivo

LaOficinadeTrámiteDocumentarioyArchivo,tienelassiguientesfunciones:

1.Planificar, organizar, dirigir y controlar, las diversas actividades de trámite documentario y archivoadesarrollarseenelárea.

2.Organizar, ejecutar, supervisar e implementar los procesos técnicos administrativos de recepción, codificación, registro, clasificación, control y distribución del sistema documentario quecirculaenlaMunicipalidad.

3.Recepción de documentos de los administrados presentado ante la Municipalidad Distrital deSupe.

4.Registrar el trámite de toda documentación recepcionada y disponer su distribución al área correspondiente, debidamente calificados y foliados, de acuerdo con el manual de procedimientosestablecidosenelTUPA

5.Registrar, clasificar, codificar, mantener y conservar los documentos que forman el Archivo GeneraldelaMunicipalidad.

6.Recibir y archivar los expedientes tramitados y resueltos, y, de aquellos que se hubiese agotadolavíaadministrativa.

7.Informaralosinteresadossobreelestadodelatramitacióndesusexpedientes.

8.Proporcionarserviciosdeinformaciónsobreladocumentaciónarchivada,aquiénlosolicite.

9.Adoptarlosprocedimientosdecontroldearchivo,establecidosnormativamenteylegalmente.

10.Proponer la relación de documentos y archivos que deben ser dados de baja por período de vencimientolegal.

11.Reportar las mejoras a los procedimientos administrativos y dar cumplimiento a la informaciónquerequieralaSecretariadeGestióndelaPresidenciadelConsejodeMinistros.

12.Planificar, ejecutar y evaluar el Sistema de Administración Documentaria, en concordancia conlaLeydeSimplificaciónAdministrativaydemásnormasconexas.

13.LasdemásfuncionesasignadasporlaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral.

OFICINA DE SISTEMAS E INFORMÁTICA Y GOBIERNO ELECTRÓNICO

ARTÍCULO73º.-ObjetodelaOficinadeSistemaseInformáticayGobiernoElectrónico.

La Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico, es una unidad técnica de apoyo a la gestión Municipal, y, está encargado de las acciones de operatividad, seguridad de archivos, desarrollo de sistemas y soporte informático de las diferentes unidades orgánicas de la Municipalidad.

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Asimismo, desarrolla el Sistema de Comunicaciones oficiales, e implementa el Gobierno ElectrónicodelaEntidadMunicipal.

ElcargodeJefedeOficinadeSistemaseInformáticayGobiernoElectrónicoesdeunServidor Público quien desempeñará funciones administrativas y depende jerárquicamente de la OficinaGeneraldeSecretaríaGeneral,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO74º.-FuncionesdelaOficinadeSistemaseInformáticayGobiernoElectrónico

Corresponde a la Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico, las siguientes funciones:

1.Elaborar y desarrollar el Plan Anual de Sistematización e informática de la Municipalidad, de acuerdoalasnecesidadesdetectadas.

2.Capacitar y dar soporte al personal usuario de la Municipalidad, en cuanto a la utilización de losaplicativosdesarrolladosenelsistemainformáticodelaMunicipalidad.

3.Elaborar e implementar estudios técnicos, evaluando y determinando el mantenimiento, actualizaciónoampliacióndelacapacidadinstalada(hardware,softwareyconectividad)delas distintasunidadesdelaMunicipalidad.

4.BrindarasesoramientotécnicoanivelinformáticoatodoslosórganosdelaMunicipalidad.

5.Analizarlosprocesostécnicosyadministrativosquepuedenserautomatizados.

6.Supervisarelusoymantenimientodelosequiposdecómputo,redes,etc.

7.Establecer mecanismos de seguridad en los programas y datos del sistema, para proteger la informaciónprocesadaporlaMunicipalidad,garantizandosuintegridad.

8.Elaborar un plan de riesgo y contingencias, para actuar en caso de una emergencia que interrumpalaoperatividaddelsistemadecómputo.

9.Crear,promoveryactualizarpermanentementeelportalelectrónicodelaMunicipalidad.

10.Administrar el inventario de equipos informático y licencias de software en coordinación conlaOficinadeLogísticayControlPatrimonial.

11.ElaboracióndeProyectosdeSistemasInformáticosparasudesarrollodelasdistintasunidadesyprogramasmunicipales.

12.Formular y proponer a la Gerencia Municipal, el Plan de Desarrollo Informático Municipal, asícomoelPlandeComunicaciones.

13.Programar, organizar, dirigir y controlar los sistemas de comunicación en la red informática Municipal,desarrollandolossistemasdeInternet,uotrosquedetermineelavancetecnológico yfacilitelaGestiónMunicipalylaprestacióndeserviciosylacomunicaciónconlosciudadanos.

14.Formular, aprobar y ejecutar el Plan Anual de Tecnologías de la Información y la Comunicación(TIC).

15.Formular y ejecutar el Plan Estratégico de Tecnología de la Información, alineado a políticas localesyalasPolíticasyestrategiasanivelSectorial-Nacional.

16.Diseñar,formulareimplementarPolíticas,estrategias,paralaimplementacióndeGobierno electrónicoyGobiernoabiertoatravésdelusodelasTIC,enelcontextodeloslineamientosdel PlandeImplementacióndelaPolíticaNacionaldeModernizacióndelaGestiónPública.

17.Formular Directiva de recopilación de datos e indicadores de gestión y resultados por cada

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unidadorgánica.

18.Las demás funciones que le sean asignadas por la Gerencia Municipal y Oficina General de SecretaríaGeneral.

OFICINA DE REGISTRO CIVIL

ARTÍCULO

75º.-ObjetodelaOficinadeRegistroCivil

La Oficina de Registro Civil, es el órgano encargado de organizar, dirigir, controlar y custodiar las inscripciones de hechos y actos vitales de acuerdo a la Ley Orgánica del Registro Nacional e IdentificaciónCivil(RENIEC)ysureglamento.

El cargo de Jefe de Oficina de Registro Civil es de un Servidor Público quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Oficina General de Secretaría General,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO76º.-FuncionesdelaOficinadeRegistroCivil

SonfuncionesdelaOficinadeRegistroCivil,losiguiente:

1.Organizar, dirigir, controlar y custodiar las inscripciones de hechos y actos vitales de acuerdo alaLeyOrgánicadelRegistroNacionaleIdentificaciónCivilysureglamento.

2.Realizar actos matrimoniales, en el interior o exterior del local municipal, con arreglo a Ley, inscribiéndolosyexpidiendolaspartidascorrespondientes.

3.Seexpidelasactasdenacimiento,matrimonio,defunción.

4.Coordinarconotrasentidadesquerealicenactividadesanálogasy/ocomplementarias.

5.Expedircertificacionesdesoltería,viudez,filiaciónyotrosasolicituddelosinteresados.

6.Seefectúalainscripciónjudicialy/onotarialdeactasdenacimiento,matrimonio,etc.

7.Otorgar gratuitamente las actas de nacimiento a jóvenes en edad de las inscripciones para el serviciomilitarobligatorio.

8.Brindar atención y orientación al público de los diversos procedimientos regístrales para las inscripcionesyservicios.

9.Registraryactualizarlasestadísticasdeloshechosyactosvitales.

10.Informar oportunamente a los organismos públicos competentes la información sustentadaylasestadísticasvitalesenformamensual,deconformidadalanormatividadvigente.

11.Manteneryconservarlaseguridadycustodiadelarchivoregistral.

12.ElaboracióndeResolucionesAdministrativasenmateriadeRegistroCivil.

13.AtencióndetodosycadaunodelosrequerimientosdelaRENIEC.

14.Las demás funciones que le sean asignadas por la Oficina General de Secretaría General y pornormassustantivas.

OFICINA GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS

ARTÍCULO77º.-ObjetodelaOficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas

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La Oficina General de Administración y Finanzas, es el órgano de apoyo, encargado de gestionar los recursos económicos, financieros, materiales, patrimoniales, de servicio de la instituciónmunicipalysumantenimientodelossistemasgeneralesylogísticos.

El cargo de Jefe de Oficina General de administración y finanzas es de un Servidor Público de Confianza, siendo designado por el Alcalde, quien depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal.

ARTÍCULO78º.-FuncionesdelaOficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas

SonfuncionesdelaOficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas,losiguiente:

1.Planear, organizar, dirigir, ejecutar y controlar, en el ámbito institucional, los procesos técnicos de los Sistemas Administrativos vinculados a la gestión de recursos humanos, abastecimiento,contabilidadytesorería.

2.Proponer y aprobar directivas y normas de aplicación en el ámbito institucional relacionadas con los Sistemas Administrativos de gestión de recursos humanos, abastecimiento, contabilidadytesorería.

3.SupervisarlaejecucióndelPlandeDesarrollodelasPersonasdelaentidad.

4.Suscribir contratos y/o convenios relacionados a la adquisición de bienes, contratación de servicios,ejecucióndeobrasyotrosdesucompetencia.

5.Supervisar la administración de los bienes muebles e inmuebles de la entidad, así como del controlylaactualizacióndelmargesídelosmismos.

6.Proponer, gestionar, emitir y ejecutar los actos de adquisición, administración, disposición, registroysupervisióndelosbienesdelaentidad.

7.Supervisarelcontrolpatrimonialycustodiadelosactivosydelosbienesenalmacén.

8.Administrar los recursos financieros en concordancia con el Plan Estratégico Institucional, el Plan Operativo Institucional y el Presupuesto Institucional, así como informar oportuna y periódicamente a la Alta Dirección y a las entidades competentes sobe la situación financiera de laentidad.

9.Conducir la programación, ejecución, control e información sobre la administración económicayfinancieradelamunicipalidad,proponiendolasmedidascorrectivascorrespondientes.

10.Dirigir y supervisar la formulación de los estados financieros y presupuestarios de la entidad.

11.Participar en coordinación con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, en las fases de programación y formulación del presupuesto institucional de la entidad,asícomoconducirsufasedeejecución.

12.Efectuar el control previo y concurrente de las operaciones administrativas y financieras de laentidad,encumplimientodelasnormasadministrativasdecontrol.

13.Administrar y mantener actualizado en el ámbito de su competencia el Registro de Declaraciones Juradas de la Contraloría General de la República, de conformidad con la normatividad vigente.

14.Supervisar la programación, ejecución y control del abastecimiento racional de los bienes y

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servicios,mantenimientomecánicopreventivodemaquinariasyequipos.

15.Revisar y visar el Plan Anual de Contrataciones de obras, bienes, y servicios de la Municipalidad que se requerirán durante el aria fiscal, cuyos montos estimados deberán estar comprendidosenelpresupuestoinstitucional.

16.Supervisar el desarrollo de las actividades de control de los bienes patrimoniales (activos) de la municipalidad, velando por la actualización permanente (depreciación y reevaluación) y saneamientofísicolegal.

17.Administrar y mantener el nivel de la disponibilidad de fondos que permita efectuar las provisionescorrespondientes,enfunciónalacaptacióndeingresos.

18.Supervisarycontrolarelmantenimiento encustodiadelarchivo dedocumentos fuenteque sustentanelingreso,bajaytransferenciadelosbienespatrimoniales.

19.Supervisar y controlar el mantenimiento preventivo de los vehículos de propiedad municipalenservicio,asícomocorrectousedelosmismos.

20.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de esta Oficina General; así comoelaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

21.DirigirlaelaboracióndelosEstadosPresupuestariosyFinancierosdelaMunicipalidad,para ser presentado al Concejo Municipal para su aprobación; así como remitir a la Dirección NacionaldeContabilidadPública-DNCP

22.Supervisar y controlar la conciliación de inventarios de activos fijos y cuentas de orden de bienes patrimoniales, que realizan las Oficinas de Contabilidad y la Oficina de Logística y ControlPatrimonial.

23.Dirigir, controlar y supervisar la elaboración de la estructura de costos que sustente los procedimientos administrativos comprendidos en el TUPA y TUSNE, emitiendo los informes técnicosrespectivos.

24.Proponer, coordinar y ejecutar programas de capacitación para el personal de la MunicipalidaddelDistritodeSupe.

25.SupervisarycontrolarelcumplimientodelasnormasdelaLeydeContratacionesdelestado y su Reglamento, en todos los procedimientos de contratación de bienes, servicios en general, consultoríasuobrasqueseejecutenacargodelaOficinadeLogísticay/oComitédeSelección.

26.Cumplir y hacer cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como la implementacióndelasrecomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

27.Emitir actos administrativos o de administración que correspondan en el marco de las competenciasasignadasenlanormatividadvigente.

28.Expedirresolucionesenlasmateriasdesucompetencia.

29.Las demás funciones que le asigne el Gerente Municipal en el marco de sus competencias o aquellasquelecorrespondapornormaexpresa.

ARTICULO79º.-ComposiciónOrgánicadelaOficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas

La Oficina General de Administración y Finanzas, cuenta con las siguientes unidades orgánicas:

1.OficinadeLogísticayControlPatrimonial.

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2.OficinadeRecursosHumanos.

3.OficinadeTesorería.

4.OficinadeContabilidad.

OFICINA DE LOGÍSTICA Y CONTROL PATRIMONIAL

ARTÍCULO80º.-

ObjetodelaOficinadeLogísticayControlPatrimonial

La Oficina de Logística y Control Patrimonial, es un órgano de apoyo, encargado de planificar, organizar,normar,ejecutaryproporcionarlosrecursosmaterialesydeservicios,querequieren todaslasunidadesorgánicasdelaMunicipalidad.

Asimismo, es responsable de administrar, registrar, controlar y cautelar el patrimonio mobiliario e inmobiliario de la Municipalidad, la misma que se rige de acuerdo a las disposiciones quenormelaSuperintendenciaNacionaldeBienesNacionales(SBN).

El cargo de Jefe de la Oficina de Logística y Control Patrimonial es de un Servidor Público, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Oficina GeneraldeAdministraciónyfinanzas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO81º.-FuncionesdelaOficinadeLogísticayControlPatrimonial

SonfuncionesdelaOficinadeLogísticayControlPatrimonial,losiguiente:

1.Gestionar la ejecución de los procesos vinculados a la Cadena de Abastecimiento Público, en elmarcodelodispuestoenlanormativadelSistemaNacionaldeAbastecimiento.

2.Proponer y aplicar normas, lineamientos, directivas y buenas prácticas de gestión interna sobrelaoperatividaddelSistemaNacionaldeAbastecimientoenlaentidad.

3.Coordinar, consolidar y elaborar la programación multianual de los bienes, servicios y obras requeridos por las unidades de organización de la entidad, a través de la elaboración del CuadroMultianualdeNecesidades.

4.Coordinar, programar, ejecutar e informar transparentemente los procesos de obtención de bienes,serviciosyobrasrequeridosporlaentidad.

5.Gestionar los bienes de la entidad, a través del registro, almacenamiento, distribución, disposiciónysupervisióndelosmismos.

6.Coordinar y ejecutar acciones de mantenimiento, conservación y seguridad sobre los bienes muebleseinmueblesdelaentidad.

7.Formular el proyecto del Plan Anual de Contrataciones de obras, bienes y servicios que requiere la Municipalidad en base al Cuadro de Necesidades, que presentan los órganos y unidades orgánicas de administración municipal y en coordinación con la Oficina General de Planeamiento;PresupuestoyRacionalización.

8.Registrar en el sistema electrónico de contrataciones del estado (SEACE) todos los actos relacionados en cada proceso de selección que convoque la institución conforme a su competencia,asícomoelPlanAnualdeContratacionesaprobadoporeltitulardelaMunicipalidad.

9.Elaborar las órdenes de compra y de servicio para la adquisición de bienes y servicios,

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registrando en el SIAF la fase del compromiso, teniendo en cuenta el presupuesto asignado y la disponibilidaddelcalendariodecompromisos.

10.Controlar el cumplimiento de los contratos celebrados, en cuanto se refiere a los plazos, características de los bienes y servicios, periodos de ejecución, monto del contrato y que se cumplanlaspenalidadessilashubiera.

11.Preparar, conducir y realizar el procedimiento de selección hasta su culminación; así como de la subasta electrónica, la adjudicación simplificada para bienes, servicios en y consultorías en general, consultorías de obras y ejecución de obras, en concordancia con lo establecido en elReglamentodeContratacionesdelEstado,ComitédeBajasyventadebienespatrimoniales.

12.Tramitar los expedientes de procedimientos administrativos de ejecución de obras públicas,bienesyserviciosenestrictaobservanciadelasdisposicioneslegalesvigentes.

13.Cumplir y hacer cumplir las normas de la Ley de Contrataciones del estado y su Reglamento, en todos los procedimientos de contratación de bienes, servicios en general, consultorías de obrasyejecucióndeobras,queseejecutenacargodelaOficinaoComitédeSelección.

14.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Oficina; así coma elaborar laestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

15.Cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como la implementación de las recomendacionesemitidasparelÓrganodeControlInstitucional.

16.Programar, dirigir, ejecutar y supervisar los procesos técnicos de la toma de inventarios de los bienes patrimoniales de la Municipalidad, tales como inmuebles, maquinaria y equipos, mobiliarioyenseres,vehículosyotrosbienes.

17.Programar y controlar permanentemente el registro de bienes de activo fijo y bienes no depreciables de la Municipalidad, así como realizar en coordinar con la Oficina de Contabilidad, la valorización,lareevaluación,bajasyexcedentesdelosinventarios(margesídebienes).

18.Disponer el registro, verificación y control en la base de datos de terrenos de propiedad de la Municipalidad, así como programar, ejecutar y controlar el mantenimiento y recuperación delmobiliario.

19.Organizar y elaborar el registro e información sobre el margen de bienes y controlar su existenciayconservaciónenconcordanciaconlanormatividadvigente.

20.Planificar, dirigir y supervisar el proceso de toma de inventario de los bienes de propiedad municipal.

21.Elaborar Planes de Trabajo para el registro de Inventario de activos fijos, supervisar su ejecuciónylaconciliaciónconlaOficinadeContabilidad.

22.Establecer la responsabilidad de uso, custodia o súpervigilancia; según corresponda a cada uno de los usuarios de los bienes patrimoniales asignados, desde el mismo acto de entrega y/o recepcióndelosmismos.

23.Elaborar el plan anual de mantenimiento del parque automotor y asimismo supervisar el mantenimiento correctivo de las unidades vehiculares de la institución y equipos, así como la programación y el abastecimiento de combustible, a excepción de las unidades vehiculares y equiposqueoperanenlasdiferentesUnidadesOrgánicas.

24.Remitir a la Superintendencia de Bienes Nacionales la documentación respectiva para la

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anotaciónenelSINABIPdelosbienesincautadosydecomisados.

25.Presidir el Comité Especial Permanente de Adquisiciones de menor cuantía, así como participar y proponer los miembros de los comités especiales para las licitaciones, concursos públicosyadjudicacionesdirectas.

26.Programarelalmacenamientoygarantizarelabastecimientoracionalyoportunodelosbienes,materialeseinsumosquerequieranlosórganosodependenciasdelamunicipalidadydespacharalosbienesdeacuerdoalospedidosrespectivosyenfunciónalstockdealmacén.

27.Recibir el ingreso físico de los repuestos usados entregados por las áreas correspondientes, comopruebaacambioefectuadoprevioregistroycontrol.

28.Establecer métodos, procesos técnicos y prácticas, elaboración de formatos, para el control del patrimonio municipal; así como difundir las Normas de Administración de Bienes de Activo Fijoyvelarporsuestrictocumplimiento.

29.Mantener la información sobre la ubicación, estado de conservación o destino de todos los bienes patrimoniales de la Municipalidad, mediante los procesos técnicos de registro, control, verificacióndelosbienesdelaMunicipalidad.

30.Coordinar con la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, así como otras para el proceso de inventario,saneamientofísicolegaldebienesinmueblesdepropiedadmunicipal.

31.Promover la venta en subasta pública de los vehículos, maquinaria y equipos en desuso o quehayancumplidosuvidaútil enconcordanciaconlanormatividadvigente.

32.Lasdemásfuncionesqueleasignesusuperiorinmediatoenelmarcodesuscompetenciaso aquellasquelescorrespondapornormaexpresa.

33.Elaborar el Cuadro de Requerimientos de Repuestos para el adecuado y oportuno mantenimientoyreparacióndelaflotademaquinariapesadayvehículosmotorizados.

34.Elaborar y proponer a las unidades correspondientes, el Plan de Inversiones para la adquisicióndeMaquinariapesadayvehículosmotorizados.

35.Implementar registros y controles de supervisión de la maquinaria pesada y los vehículos motorizados,asícomodelusodecombustible,lubricantesyrepuestosporcadaunidad.

36.Mantener un inventario de los suministros (repuestos, lubricantes y otros) y herramientas a sucargo.

37.Administrar y supervisar las instalaciones y talleres destinados al mantenimiento y reparacióndevehículosmotorizadosymaquinariapesadadepropiedaddelaMunicipalidad.

38.Formular, ejecutar y controlar el Plan de Mantenimiento Preventivo y Correctivo de vehículosmotorizadosymaquinariapesadadelaMunicipalidad.

39.Coordinar con la Oficina de Logística y Control Patrimonial la provisión y el abastecimiento de combustibles y Lubricantes de los vehículos motorizados y maquinaria pesada, así como realizarelcontrolrespectivo.

40.Gestionar con la Oficina de Logística y Control Patrimonial la documentación relacionada a la flota vehicular de serenazgo y maquinaria pesada, con las inspecciones técnicas y pólizas de seguroobligatorio,tarjetasdepropiedad,placas,etc.

41.Programar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con los servicios de maestranza.

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42.Llevarunregistropormenorizadoporvehículodelingresoysalidadelosrepuestosnuevosy usados.

43.Programar, dirigir, ejecutar y controlar las actividades relacionadas con los servicios de maestranza.

44.Realizar permanentemente servicios de mecánica, electricidad, pintura, metalmecánica y otrosdeacuerdoalasnecesidadesdelasdiferentesáreasdelaMunicipalidad.

45.Llevarunregistropormenorizadoporvehículodelingresoysalidadelosrepuestosnuevosy usados.

OFICINA DE RECURSOS HUMANOS

ARTÍCULO

82º.-ObjetodelaOficinadeRecursosHumanos

La Oficina de Recursos Humanos, es un órgano de apoyo, encargado de organizar, conducir, ejecutar y evaluar las actividades de Administración de Personal, Relaciones Laborales, Bienestar Social, Capacitación y Desarrollo de los Recursos Humanos, y, asimismo, cumple con aplicar lasnormasenmateriadelaLeydelServicioCivil.

El cargo de Jefe de Oficina de Recursos Humanos es de un servidor público, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Oficina General de AdministraciónyFinanzas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO

83º.-FuncionesdelaOficinadeRecursosHumanos

SonfuncionesdelaOficinadeRecursosHumanos,losiguiente:

1.Proponer y aplicar, políticas, estrategias, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestiónderecursoshumanos,asícomoeldiseñoyseguimientodelPlandeRecursosHumanos,alineadoalosobjetivosdelaentidadyenelmarcodelodispuestoenlanormativadelsistemaadministrativodeges-tiónderecursoshumanos.

2.Organizar la gestión de los recursos humanos en la entidad, mediante la planificación de las necesidadesdepersonal,encongruenciaconlosobjetivosdelaentidad.

3.Proponereldiseñoyadministracióndelospuestosdetrabajodelaentidad,atravésdelaformulación y administración de los perfiles de puesto y el Cuadro para asignación de personal ProvisionaloelCuadrodePuestosdelaEntidad(CPE),segúncorresponda.

4.Implementar y monitorear la gestión del rendimiento en la entidad, evidenciando las necesidades de los servidores civiles, mejoras en el desempeño de los puestos y el aporte de aquellos alosobjetivosymetasdelaentidad.

5.Administrarlaspensionesycompensacionesdelosservidoresdelaentidad.

6.Gestionarelprocesodeadministracióndepersonas,queinvolucralaadministracióndelegajos, control de asistencias, desplazamientos, procedimientos disciplinarios y desvinculación delpersonaldelaentidad.

7.Gestionar el proceso de incorporación del personal de la entidad, que involucra la selección, vinculación,inducciónyelperíododeprueba.

8.Dirigir, ejecutar y supervisar los procesos para el otorgamiento de compensaciones econó-

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micas y no económicas, tales como las planillas mensuales de remuneraciones, liquidaciones de beneficios sociales, aportes y retenciones; así como los reconocimientos, verificacióndesobrevivenciayentreotros.

9.Gestionar la progresión en la carrera y el desarrollo de las capacidades destinadas a garantizar los aprendizajes individuales y colectivos, para contribuir a la mejora de calidad de serviciosquesebrindaalaciudadanía.

10.Implementar políticas de progresión en la carrera de los servidores, a través de los concursospúblicosdeméritos,siempreycuandosurégimenlaborallocontemple.

11.Dirigir y promover la práctica de buenas relaciones humanas y sociales, a través del proceso de relaciones laborales individuales o colectivas, orientados a la prevención y resolución de conflictoslaborales.

12.Desarrollar acciones en materia de bienestar social, relaciones laborales, cultura y clima organizacional,comunicacióninterna;asícomoenSeguridadySaludeneltrabajo.

13.Promover la cultura organizacional, mediante la práctica de principios y valores, así como la identificacióninstitucional.

14.Administrar y manteneractualizado en elámbito de su competenciaelRegistro Nacionalde SancionescontraServidoresCiviles(RNSSC)ylosdemásregistrosqueseandesucompetencia.

15.Lasdemásfuncionesqueleasignesusuperiorinmediatoenelmarcodesuscompetenciaso aquellasquelescorrespondapornormaexpresa.

OFICINA DE TESORERÍA

ARTÍCULO84º.-

ObjetodelaOficinadeTesorería

La Oficina de Tesorería, es un órgano de apoyo, cuya área de fondos encargada de la administración de los recursos financieros de la Municipalidad, y, es responsable del manejo operativo en la ejecución de los recursos, concordancia con el Sistema de Tesorería y disposiciones legales,tributariasynormativasvigentes.

ElcargodeJefedeOficinadeTesoreríaesdeunServidorPúblico,quiendesempeñarafunciones administrativas y depende jerárquicamente de la Oficina General de Administración y finanzas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO85º.-FuncionesdelaOficinadeTesorería

SonfuncionesdelaOficinadeTesorería,lossiguientesaspectos:

1.Programar, coordinar y ejecutar las actividades del Sistema de Tesorería de la Municipalidad DistritaldeSupe,enestrictaobservanciadelasdisposicioneslegalesvigentes.

2.Administrar los fondos a su cargo, en función a la política aprobada por la Oficina General de AdministraciónyFinanzasdentrodelmarcodelanormatividadvigente.

3.Formular y proponer normas y procedimientos y directivos para el mejor desarrollo del SistemadeTesorería,parasuaprobacióneimplementación.

4.Coordinar con la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización y; la

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Oficina de Contabilidad, la atención de los requerimientos de fondos a nivel de las unidades orgánicasdelaMunicipalidad.

5.Gestionar la apertura de cuentas bancarias autorizadas a nivel de gastos corrientes y gastos de inversión, en concordancia con la política establecida por la Oficina General de AdministraciónyFinanzas.

6.EjecutarlasoperacionesdelaOficinadetesorería,centralizando larecepciónycontroldelos ingresos municipales; así como llevar el control de los pagos correspondientes a los compromisospresupuestariosdevengados.

7.Informar a la Oficina General de Administración y Finanzas, sobre los recursos o fondos disponibles, para ser afectados en el Sistema Financiero, a fin de optimizar y controlar el rendimientodelosrecursos.

8.Ejecutar las operaciones de registro de ingresos en el SIAF de Gobiernos Locales, a través del Módulo de Tesorería Registro de Ingreso Determinado (Fases Determinadas y Recaudado); así comovelarporelcumplimientodelaoportunidaddelosdepósitosdelosfondosrecaudados.

9.Controlar las transferencias del tesoro público de acuerdo a las leyes anuales de presupuesto, por diversos conceptos específicos (Foncomun, Vaso de Leche, entre, otros) y la correspondienteaplicaciónsegúnsusfines.

10.Programar y ejecutar el cronograma de pago de remuneraciones y pensiones al personal; así como el pago, a proveedores y adeudos a acreedores en general, mediante el Registro en el SIAFdeGobiernosLocales,ejecutadoenlafasedegirado.

11.ControlarlaentregadeldineroalosresponsablesautorizadosdelosFondosdeCajaChica.

12.Controlar y supervisar el manejo de las cuentas bancarias de la institución, observando la normatividadvigente.

13.Coordinar con la Oficina de Contabilidad para efectuar conciliaciones mensuales y periódicas del consolidado de la información financiera de ingresos y gastos; asa como conciliaciones bancariasdelascuentasexistentesdelaInstitución.

14.Elaborar el flujo de caja histórica, flujo de efectivo proyectado, en función de los posibles ingresosygastos.

15.Verificar la autenticidad y custodiar cartas de fianza, que hayan sido acreditadas ante la Municipalidad, pólizas de caución, cheques de gerencia y otros valores de propiedad de la Municipalidad que garanticen el fiel cumplimiento de los contratos, adelantos a proveedores y otrosderechosafavordelaMunicipalidad.

16.CoordinarconlaOficinadeContabilidadlaatencióndepasivosprovisionadosynopagados, considerando la antigüedad de los mismos, informando a la Oficina General de Administración yFinanzas.

17.Cumplir las normas del Sistema Nacional de control; así como la implementación de las recomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

18.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Oficina, así como elaborar laestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

19.Coordinar con las instituciones financieras la implementación de procesos innovadores para el para el pago recaudación de tributos, rentabilidad de fondos y otros dentro del marco

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normativovigente.

20.Otras que le asigne la Oficina General de Administración y Finanzas y que sean propias del SistemadeTesorería.

OFICINA DE CONTABILIDAD

ARTÍCULO

86º.-ObjetodelaOficinadeContabilidad

La Oficina de Contabilidad, forma parte del órgano de apoyo, tiene por objeto lograr un adecuado registro contable de las operaciones financieras de la Municipalidad, de acuerdo a la normatividad legal vigente, así como, la formulación, interpretación de los Estados Financieros ysuremisiónalosorganismoscompetentesdentrodelosplazosestablecidos.

Dar cumplimiento a las pautas y procedimientos dispuestos por la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, de carácter general y permanente,orientadosaejecucióndelSIAFenelmarcodelSistemaNacionaldePresupuesto.

El cargo de Jefe de la Oficina de Contabilidad es de un Servidor Público, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Oficina General de Administración yFinanzas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO87º.-FuncionesdelaOficinadeContabilidad

SonfuncionesdelaOficinadeContabilidad,lossiguientesaspectos:

1.Organizar, dirigir y ejecutar el registro contable de las operaciones referidas a la ejecución financiera y presupuestal de los ingresos y gastos de la municipalidad y su integración en base de datos, común y uniforme para fines de análisis, control y toma de decisiones administrativas.

2.Gestionar los procesos vinculados a la gestión contable de hechos económicos, financieros y patrimonialesconformealasdisposicionesnormativasdelSistemaNacionaldeContabilidad.

3.Proponer y aplicar normas, lineamientos, procedimientos contables y directivas internas, así como realizar seguimiento y evaluación de su cumplimiento, conforme a la normativa del SistemaNacionaldeContabilidad.

4.Ejecutar la fase de devengado de los compromisos de las ordenes de servicio, órdenes de compra, planillas de remuneraciones a través del Sistema Integrado de Administración Financiera-SIAF.

5.El registro de gasto devengado por remuneraciones, pensiones y retenciones para efectos delpagoalpersonalactivoypensionistaserealizaeldevengadoporelimporteneto(sueldo).

6.El gasto devengado por retenciones diversas (pagos a SUNAT, AFP, retenciones judiciales, préstamos,seguros,descuentossindicales)sedeberegistrarenformaseparadadelcorrespondienteimporteneto.

7.Ejercer el control previo y concurrente de todas las operaciones financieras y contables realizadasenlaMunicipalidad.

8.Cumplir las normas del sistema nacional de control; así como implementar las recomendacionesemitidasparelórganodecontrolinstitucional.

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9.Efectuarlosanálisisdecuentasenformapermanenteyanalizarlascuentasdegastos.

10.Coordinar con la Oficina General de Administración y Finanzas, Oficina General de Asesoría Jurídica, Procuraduría Pública Municipal, y la Oficina de Logística y Control Patrimonial, en lo referente a la titulación de bienes inmuebles, terrenos, así como el saneamiento físico legal de losbienespatrimonialesparasuregistroenloslibroscontables.

11.Supervisar, ejecutar y controlar el cumplimiento oportuno de las declaraciones de las obligaciones tributarias de la Municipalidad como agente de retención por cuenta propia, a los organismoscompetentesatravésdemediosmagnéticos.

12.Formularyproponerelmanualdeprocedimientoscontablesdelaentidad.

13.Efectuar las acciones conducentes al reconocimiento, medición, registro y procesamiento de los hechos económicos de la entidad, elaborando los estados financieros y presupuestarios, einformacióncomplementariaconsujeciónalsistemacontable.

14.Elaborarloslibroscontablesypresupuestarios.

15.Conducir la ejecución presupuestal y patrimonial, en estricta observancia de la disponibilidad presupuestal por cada fuente de Financiamiento aprobado en el Presupuesto Municipal delejercicio.

16.Elaborar el balance general, estado de gestión, estado patrimonial de la entidad con periodicidad mensual y todos los estados financieros con periodicidad anual con sus respectivas notasexplicativasypresentaralaOficinaGeneraldeAdministraciónyFinanzas,deacuerdoala normatividadvigente,asícomosustentarantelosórganosinternosyexternos.

17.Efectuar las coordinaciones del caso con la Oficina de Recursos Humanos y la Oficina de Logística y Control Patrimonial, así como las coordinaciones con toda la dependencia Municipal que expenda bienes y/o servicios, para el control y pago de los tributos y/ o retenciones que se efectúan por diversos conceptos, impuestos (SUNAT) aportes (AFP o ESSALUD) y retenciones judicialesy/olegales.

18.Gestionar el registro contable del pliego, así como su actualización, en el Sistema Integrado deAdministraciónFinancieradelosRecursosPúblicos(SIAF-RP).

19.Integraryconsolidarlainformacióncontabledelpliegoparasupresentaciónperiódica. 20.Supervisar el cumplimiento de la rendición de cuentas por parte del Titular de la entidad, para la presentación de información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos,patrimoniales,asícomoelcumplimientodemetaseindicadoresdegestiónfinancieradelejerciciofiscalan-telaDirecciónGeneraldeContabilidadPública.

21.Mantener actualizado los libros principales y registros auxiliares contables, así como efectuarlaaperturadeasientoscontablesespeciales,deacuerdoalasnormaslegalesvigentes.

22.Conciliar mensualmente con la Oficina de Tesorería la ejecución presupuestal por fuentes de financiamiento y los correspondientes saldos de balance, cautelando su integridad y posiciónparalapresentacióndeEstadosFinancieros.

23.Efectuar las conciliaciones con otras entidades públicas para las transferencias entregadas y/orecibidas.

24.Conciliar y registrar contablemente los procesos en el aplicativo módulo de sentencia judicialeslasdemandasjudicialesyarbitralesencontradelaInstitución.

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25.Registrar contablemente las transferencias de recursos provenientes del Tesoro Público por losdiferentesconceptosyfuentesdefinanciamiento,deacuerdoalanormatividadvigente.

26.Controlar, coordinar y conciliar la toma de inventarios físicos de activos fijos y de existencias y de infraestructura pública al cierre de cada ejercicio en coordinación con la Oficina de LogísticayControlPatrimonialy/ounidadesorgánicaspertinentes.

27.Realizar la conciliación de inventarios de vehículos y equipos de propiedad Municipal, así comolasaltas,bajasydepreciacionesdeestosbienes.

28.Prepararyremitirlainformación financiera mensualytrimestralde los gastos eingresos del programadelvasodeleche,enelformatodelPVL,ejerciendoelcontrolprevioyconciliarconla informacióndelosformatosderacionesAyBdelprogramadelvasodeleche,alaOficinaGeneral de Administración y Finanzas para su suscripción y presentación oportuna ante la ContraloríaGeneraldelaRepúblicadeacuerdoalanormatividadvigente.

29.Coordinaryregistrarlasliquidacionestécnicasdeobrasenlacuentacontablesrespectivas.

30.Organizar y proporcionar la información contable para la determinación de los costos de los serviciosmunicipales.

31.Elaborar la estructura de costos por cada área u oficina (centro de costos); así como determinar los costos de los procedimientos administrativos com-prendidos en el TUPA elaborar y actualizar el tarifario de servicios no exclu-sivos (TUSNE) y de servicios públicos, según sea elcaso.

32.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Unidad; así como elaborar laestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

33.Realizararqueosinopinados,FondoFijodecajachica.

34.Integraryconsolidarlainformacióncontabledelpliegoparasupresentaciónperiódica.

35.Supervisar el cumplimiento de la rendición de cuentas por parte del Titular de la entidad, para la presentación de información y análisis de los resultados presupuestarios, financieros, económicos,patrimoniales,asícomoelcumplimientodemetaseindicadoresdegestiónfinancieradelejerciciofiscalantelaDirecciónGeneraldeContabilidadPública.

36.Mantener actualizado los libros principales y registros auxiliares contables, así como efectuarlaaperturadeasientoscontablesespeciales,deacuerdoalasnormaslegalesvigentes.

37.Coordinar con la Oficina de Logística y Control Patrimonial, el proceso contable de inventariosvalorizadosdeexistenciaenelalmacén.

38.Realizar la conciliación de inventarios de vehículos y equipos de propiedad Municipal, así comolasaltas,bajasydepreciacionesdeestosbienes.

39.Cumplir las normas del Sistema Nacional de control; así como implementar las recomendacionesemitidasparelÓrganodeControlInstitucional.

40.Lasdemásfuncionesqueleasignesusuperiorinmediatoenelmarcodesuscompetenciaso aquellasquelescorrespondapornormaexpresa.

CAPÍTULO VI

ÓRGANOS DE LÍNEA

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ARTÍCULO88º.-ObjetodelosÓrganosdeLínea

Los Órganos de Línea, son aquellos órganos que formulan ejecutan y evalúan políticas públicas y en general realizan las actividades técnicas normativas y de ejecución necesarias para cumplir con los objetivos de la entidad en el marco de las funciones que las Normas Sustantivas atribuyenaéste.

ARTÍCULO89º.-ComposiciónOrgánicadelÓrganodeLínea

Son componentes del Órgano de Línea del Gobierno Municipal, las siguientes unidades orgánicas:

1.GerenciadeAdministraciónTributariayRentas.

2.GerenciadeDesarrolloUrbanoyRural.

3.GerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental.

4.GerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y RENTAS

ARTÍCULO90º.-

ObjetodelaGerenciadeAdministraciónTributariayRentas

La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, es un Órgano de línea, encargada de dirigir, ejecutar, controlar y supervisar la recaudación y captación de tributos Municipales; así como la obtención de rentas municipales; mediante mecanismos de fiscalización, recaudación ycontrol;queasegurenlaejecucióndelpresupuestodeingresosencadaejerciciofiscal.

El cargo de Gerencia de Administración Tributaria y Rentas es de un Servidor Público de Confianza, siendo designado por el Alcalde, quien depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal.

ARTICULO91º.-FuncionesdelaGerenciadeAdministraciónTributariayRen-tas

SonfuncionesdelaGerenciadeAdministraciónTributariayRentas,lassiguientes:

1.DirigirycoordinarlaimplementacióndelSistemaTributarioMunicipalsostenible,quegarantice y asegure el control de la recaudación y captación de tributos, así como a la obtención de rentasmunicipales.

2.Formular y proponer las políticas, planes y normas complementarias en materia tributaria municipal,conducentesaoptimizarrecursosMunicipales.

3.Dirigir y coordinar la difusión y publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad, los formularios de declaración jurada, la legislación, plazos de vencimiento de obligaciones formales y sustanciales del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales y de beneficios tributarios concedidos;asícomoexhibirlosmismosenloslugaresvisiblesdelaMunicipalidad.

4.Dirigir y controlar el cumplimiento de los plazos de presentación y pago de obligaciones tributarias formales y sustanciales del Impuesto Predial, conforme con la Ley de Tributación

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MunicipalyelCódigoTributariovigente.

5.Coordinar y participar en la elaboración de los proyectos de Arbitrios Municipales y del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA, de los procedimientos de su competencia y responsabilidaddelaGerenciadeAdministraciónTributariayRentas.

6.Dirigir y coordinar la programación, ejecución, control y supervisión de las actividades de fiscalización de los tributos municipales, orientados a controlar el cumplimiento de las obligacionestributariasydisposicionesMunicipales.

7.Emitir Resoluciones Gerenciales en primera instancia administrativa que resuelven los procedimientos administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA)delaGerenciaasucargo.

8.Coordinar con la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva la ejecución de los actos y medidas de coerciónnecesariosparahacerefectivalacobranzadeladeudatributariaynotributaria.

9.Participar en el proyecto del Presupuesto de Ingresos de la Municipalidad en cada ejercicio presupuestal,encoordinaciónconlaOficinaGeneraldePlaneamiento,PresupuestoyRacionalización.

10.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Gerencia a su cargo; destacando los logros obtenidos; así como las dificultades afrontados en el desarrollo de las actividadesprogramados.

11.Proponer proyectos de Ordenanzas Municipales que apruebe ampliación del plazo de vencimientos de obligaciones formales y sustanciales del Impuesto Predial establecidas en la Ley de Tributación Municipal; así como de beneficios tributarios de Condonación de Multas e interesesmoratorios,previaevaluacióndelcostobeneficioyculturatributaria.

12.Conocer y tramitar los expedientes de recursos impugnativos de apelación al Tribunal Fiscal,enestrictaobservanciadelCódigoTributariovigente.

13.Cumplir y hacer cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como la implementacióndelasrecomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

14.Elaborar informes técnicos en forma periódica del avance de ejecución del Presupuesto de Ingresos, proponiendo a la Alta Dirección las recomendaciones y alternativas de solución si fueraelcaso,paraelcumplimientodemetasprogramadas.

15.OtrasqueleasignelaGerenciaMunicipalyqueseandesucompetencia.

ARTICULO

92º.-

Composición Orgánica de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas

La Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas:

1.SubgerenciadePlaneamientoyControlTributario.

2.SubgerenciadeFiscalización,ControlySancionesAdministrativas.

3.SubgerenciadeEjecutoriaCoactiva.

SUBGERENCIA DE PLANEAMIENTO Y CONTROL TRIBUTARIO

ARTÍCULO93º.-ObjetodelaSubgerencia

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La Subgerencia de Planeamiento y Control Tributario, es la encargada de planificar, organizar y administrar las acciones estratégicas tributarias y de orientar al contribuyente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en materia de los impuestos establecida en la Ley de TributaciónMunicipalydemásnormascontractuales.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de subgerente, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Administración Tributaria yRentas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTICULO

94º.-

FuncionesdelaSubgerenciadePlaneamientoyControlTributario

SonfuncionesdelaSubgerenciadePlaneamientoyControlTributario,losiguiente:

1.Programar, ejecutar y controlar la recepción, registro y procesamiento de obligaciones tributarias formales y sustanciales; así como de todas las rentas municipales, en estricta observancia de la Ley de Tributación Municipal, Código Tributario vigente y otras disposiciones legales afines.

2.Informar y orientar al público contribuyente, sobre sus obligaciones formales y sustanciales del impuesto Predial, Impuesto de Alcabala, Impuestos a los Espectáculos Públicos no Deportivos, Arbitrios Municipales, fechas de vencimientos, beneficios tributarios concedidos por la Municipalidad.

3.Organizar el archivo físico y digital de las declaraciones juradas del Impuesto Predial; así comodetodadocumentaciónrecibida,responsabilizándosedesucustodiayconservación.

4.Elaborar y mantener actualizado el Padrón Único de Contribuyentes, así como las cuentas corrientesdecontribuyentesportributosyporrentas.

5.Coordinar, elaborar y proveer a la Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno electrónico, loselementosbásicosparaladeterminacióndelabaseimponibledelImpuestoPredialyloscorrespondientesimpuestosapagarporloscontribuyentesencadaejerciciopresupuestal.

6.Promover la ejecución de programas de sensibilización y educación tributaria entre la poblacióncontribuyenteengeneral,orientadoamotivarysensibilizarlaconcienciatributaria.

7.Coordinar la publicación en el Portal Electrónico de la Municipalidad los formularios de Declaración Jurada, legislación tributaria, plazos y cronogramas de pago del Impuesto predial y de Arbitrios Municipales; así como para su exhibición de los mismos en los lugares visibles de la Municipalidad.

8.Programar el proceso de digitalización de las Declaraciones Juradas del Impuesto Predial recibidos físicamente y a actualizar la base de datos y valores en base a la variación de valores arancelariosencadaejerciciopresupuestal,segúnseaelcaso.

9.CumpliryhacercumplirlosplazosdepresentacióndelImpuestoPredial,conformeconlaLey de Tributación Municipal y el Código Tributario vigente; así como llevar reportes e indicadores degestióndelaslaboresrealizadas.

10.Planificar y realizar la emisión masiva anual de las declaraciones juradas y la liquidación del impuesto predial y arbitrios Municipales a través de cuponeras y otros medios, así como determinar el monto de la emisión mecanizada de actualización de valores, determinación del

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de Supe tributoydistribucióndomiciliaria.

11.Ejecutar el control de calidad de la información que se digita e ingresa al Sistema de Administración Tributaria, producto de las declaraciones tributarias recibidas, realizando las depuracionesnecesariasparalaconsistenciadelainformacióndeloscontribuyentesdeldistrito.

12.Emitir informes para expedición de certificaciones, copias de Declaraciones Juradas del Impuesto Predial y constancias de documentos que registran en el archivo periférico de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, en estricta observancia de la Reserva Tributaria establecida en el Código Tributario vigente, siempre que sea jurisdicción del ámbito distrital de Supe.

13.Ejecutar las Resoluciones que emita la Gerencia de Administración tributaria y Rentas, sobre procedimientos administrativos, recursos contenciosos y no contenciosos, así como de lassentenciasdelPoderJudicialyelTribunalFiscal.

14.Dirigir y coordinar la organización y control del archivo periférico de la Gerencia de AdministraciónTributariayRentas.

15.Impartir y divulgar permanentemente las normas de carácter tributario al personal a su cargo;coordinandoeinstruyendoparasucorrectaaplicacióndelasmismas.

16.Orientar y asesorar al público usuario y contribuyente en la jurisdicción del ámbito distrital enasuntostributarios,paraelmejorcumplimientodesusobligacionesformalesysustanciales.

17.Elaborar y mantener actualizado los reajustes e interés moratorio de aplicación en la administracióndelImpuestoPredial;asícomodeotrostributosMunicipales.

18.Formular,ejecutaryevaluarelPlanOperativodelaSubGerenciaasucargo.

19.Emitir Informes y/o Dictámenes, que dan curso a los procedimientos de servicios administrativos de la Subgerencia, en observancia del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPAyTUSNEvigentes;asícomodeotrosasuntostributarios.

20.Cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como la implementación de las recomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

21.Mantener actualizado los Indicadores de gestión de la dependencia a su cargo, que permita analizarytomardecisionescerteras.

22.Programar, ejecutar, controlar y supervisar las actividades de recaudación y cobranza ordinaria de tributos y de rentas municipales; así como emitir, firmar y notificar las Órdenes de Pago, Resoluciones de Determinación, resoluciones de fraccionamiento y Resoluciones de Multas Tributarias conforme al Código Tributario y la legislación sobre la materia, emitidas por elincumplimientodepagodelasobligacionestributariasenlajurisdicciónDistrital.

23.Coordinar, recibir y registrar las Resoluciones Municipales, Resoluciones de Determinación, Órdenes de Pago y Resoluciones de Sanciones Tributarias y Administrativas debidamente notificadasqueremitenlosdiferentesÓrganosdeadministraciónMunicipalparasuejecución.

24.Transferir a la Subgerencia de Ejecutoria Coactiva a través de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas los valores tributarios y no tributarios de cobranza ordinaria consideradas comonocobrablesporestavía,adjuntandolaconstanciadeexigibilidaddeladeuda.

25.Programar, ejecutar y controlar la emisión de órdenes de pago, resoluciones de determinaciónyresolucionesdemultaporobligacionestributariasyderentasMunicipales.

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26.Establecer y controlar el estado de cuentas de contribuyentes por tributos y sanciones, así como de controlar el cumplimiento de los aplazamientos y/o fraccionamientos concedidos, manteniendoinformadaalaGerenciadeAdministraciónTributariayRentas.

27.Administrar y custodiar las Resoluciones de Determinación, Ordenes de Pago, Resoluciones de Multa, Resoluciones que aprueban fraccionamientos y declaran la pérdida del mismo, junto consusrespectivoscargosdenotificación.

28.Establecer el rendimiento de cobranza mensual y anual de la deuda tributaria y no tributaria, determinando los saldos pendientes de cobranza; así como efectuar la conciliación mensualdecuentasconlaOficinadeTesorería.

29.Efectuar el análisis y conciliación de recibos de Pagos efectuados por los contribuyentes y el público usuario en general, estableciendo la cuadratura entre lo emitido y lo cobrado en coordinaciónconlaOficinadeTesorería;afindegarantizarlaconformidaddelosmismos.

30.Organizar el proceso de quiebre de valores, así como la determinación de la deuda con causaldecobranzaonerosaydudosaconformeasucompetencia.

31.InformaryproporcionarinformaciónalaGerenciadeAdministraciónTributariayRentassobre las solicitudes o reclamaciones que invoquen prescripción de deuda tributaria en etapa ordinaria.

32.Efectuar el descargo de Resoluciones en materia tributaria cuando correspondan efectuarlos.

33.Planifica, organiza y ejecuta las acciones y operaciones de fiscalización a los contribuyentes afindedetectaromisosy/osubvaluadoresaladeclaraciónjuraday/oliquidacióndelImpuesto Predial,ImpuestodeAlcabala,ImpuestoalosEspectáculosPúblicosNoDeportivos,ytodootro tributoquesecontempleenelTextoÚnicoOrdenandodelaLeydeTributaciónMunicipal.

34.Verificar la información contenida en la declaración jurada presentada por los contribuyentes para el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias y su documentación, así como paraactualizary/oampliarlabasetributaria.

35.Emitir y notificar los requerimientos de inicio de fiscalización a los omisos a la presentación dedeclaraciónjurada,afinderealizarellevantamientofísicodelainformacióndelospredios.

36.Efectuar los cruces de información necesarios para detectar omisos y/o subvaluadores a la declaración jurada del impuesto predial, respecto de las características físicas de los predios y sususos.

37.Generar los valores tributarios por omisión y/o subvaluación a la Declaración Jurada y/o liquidacióndelostributosproductodelasfiscalizacionesyverificacionesefectuadas.

38.EmitirInformesoreportesdelaslaboresrealizadasconindicadoresdeejecución.

39.Emitir Informes y/o Dictámenes, que dan curso a los procedimientos de servicios administrativos de la Sub Gerencia, en observancia del Texto único de Procedimientos Administrativos TUPAyTUSNEvigentes;asícomodeotrosasuntostributarios.

40.Formular,ejecutaryevaluarelPlanOperativoInstitucionaldelaSubGerenciaasucargo.

41.Cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como la implementación de las recomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

42.ManteneractualizadolosIndicadoresdeGestióndeladependenciaasucargo,quepermita

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Distrital de Supe analizar y tomar decisiones certeras que permitan mejorar los niveles de efectividad en la recaudación.

43.Otras que le asigne la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y que sean de su competencia.

SUBGERENCIA DE FISCALIZACIÓN, CONTROL Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS

Artículo95°.ObjetodelaSubgerencia.

LaSubgerenciadeFiscalización,ControlySancionesAdministrativasregulaelprocedimiento administrativo sancionador, es el órgano en línea encargado de cautelar y supervisar el cumplimiento de las normas y disposiciones municipales vinculadas, que contienen obligaciones y prohibiciones de cumplimiento estricto de las personas naturales, naturales con negocio, jurídicas en la jurisdicción de la Municipalidad Distrital de Supe, asimismo, es la responsable de generar estrategias en materia de cumplimiento normativo, que contribuya con la labor de fiscalizaciónlacualladesarrolladentrodelmarcodelosdispositivos legalesaplicablessegúnlo establecido por la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444 y su reglamento.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de subgerente, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Administración Tributaria yRentas,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTICULO 96º.- Funciones de la Subgerencia de Fiscalización, Control y Sanciones Administrativas:

1.Realizar campañas educativas de disposiciones Municipales que establezcan obligaciones y prohibiciones dirigidas a la vez se genere conciencia en los administrados lo que permita el cumplimientovoluntariodelanormatividadvigente.

2.Clausurar los comercios que no cumplan con las condiciones inmersas en la licencia municipal de funcionamiento, por no exhibir la licencia de funcionamiento, así también el no cumplir conlasdisposicionesdeseguridadparasufuncionamiento.

3.Paralizar las obras que no cuenten con la debida autorización según la normatividad vigente aplicable.

4.Proponer los lineamiento, políticas y estrategias para el cumplimiento de las actividades y accionesdesucompetencia.

5.Formular, proponer y evaluar la ejecución del Plan Operativo de la Subgerencia de Fiscalización,ControlySancionesAdministrativas.

6.Investigar las causas que motivan a cometer las infracciones más frecuentes y/o graves a fin de programar, dirigir, coordinar y controlar la aplicación de políticas preventivas, así como la ejecución de acciones orientadas a cambiar la conducta infractora, que garantice un cumplimientovoluntariodelasdisposicionesMunicipales.

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7.Planeary establecerun adecuado sistema de control y fiscalización oportuno y sistemático, a findegarantizarelcumplimientodelosprocesosadministrativosautorizadosporlasGerencias delaMunicipalidadDistritaldeSupe.

8.LaSubgerenciadeFiscalización,ControlySancionesAdministrativasenelmarcodelprocedimiento sancionador, cumple la función de Órgano Sancionador, siendo competente para determinar aplicación del régimen de sanciones, sus correspondientes multas, medidas complementarias y medidas cautelares que correspondan al Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) vigente de la Municipalidad Distrital de Supe. Asimismo, gestiona la debida separación entre las fases del procedimiento sancionador a su cargo y, supervisa el correcto desarrollo de las mismas,asícomodelpersonaloperativo,enelmarcodelanormativavigentesobrelamateria.

9.Emitir las resoluciones que imponen sanciones, dictar medidas cautelares y complementarias, y todas las demás que resulten necesarias en el marco del procedimiento administrativo sancionadoryconarregloalanormatividadenlamateria.

10.Emitir la constancia de no impugnación de la resolución de sanción o de haberse agotado la víaadministrativa.

11.Resolver en primera instancia los recursos de reconsideración de los actos administrativos generados por los procedimientos a su cargo, de igual manera, los del procedimiento administrativosancionador

12.Elevar los expedientes de los procedimientos administrativos sancionadores a la Gerencia Municipalcuandoseinterponganrecursosdeapelación.

13.Emitirlasresolucionesdedeclaracióndeabandonodelosbienesretenidosy/oretirados.

14.Coordinar con la Subgerencia de Ejecutoría Coactiva, la ejecución de las sanciones pecuniarias (multas) y sanciones no pecuniarias, las medidas complementarias, así como de las medidascautelares,anteelincumplimiento,resistenciay/odesacatodelosobligados.

15.Supervisar las labores de controlar y fiscalización de aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas, entre otros establecimientoscomercialesylugarespúblicoslocales.

16.Supervisar las labores de control respecto de la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementoscontaminantesdelaatmósferayelambiente.

17.Coordinar en los casos que se requiera con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Ministerio de Salud, INDECOPI, Ministerio del Ambiente y otras entidades públicas para la participación de operativos de su competencia, en relación al cumplimiento de las disposiciones municipalesvigentes.

18.Ejecutar las medidas complementarias establecidas en las Resoluciones de Sanciones, en cumplimiento al Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) vigente, con el apoyo del personal de SeguridadCiudadanaydelafuerzapú-bica.

19.Recomendar a los órganos en línea, de acuerdo a su ámbito de competencia, la modificacióny/oactualizacióndelasdisposicionesmunicipalesqueseannecesarias.

20.Coordinar, proponer e implementar mejoras en los procesos y procedimientos de su competencia, así como es responsable de cautelar el cumplimiento de las disposiciones municipalesadministrativas.

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21.Encargadadeconducir,supervisaryevaluarlosprocedimientosdefiscalizaciónsobremateria no tributaria y lograr que los administrados cumplan de forma voluntaria las normas y disposicionesMunicipales.

22.Efectuar la inspección, fiscalización y control a los vecinos de la ciudad respecto al cumplimientodelasordenanzasmunicipalesyleyesvigentes.

23.La Subgerencia de Fiscalización, Control y Sanciones Administrativas determinará equipos de trabajo. que asuman las funciones, competencias y responsabilidades como Órgano Instructor durante la fase instructora en el procedimiento sancionador regulado por la Ley N° 27444 y su reglamento, a través de su personal especializado y operativo, la cual tiene las siguientesfunciones:

1.Notificar el incumplimiento de las normas Municipales de acuerdo a la normatividad vigente en la materia, así como imponer las medidas administrativas respectivas y notificar las sanciones correspondientes ante las conductas realizadas por los administrados que se tipifiquen enelCuadrodeInfraccionesySanciones(CIS)vigente.

2.Investigar las causas que motivan a cometer las infracciones más frecuentes y/o graves a fin de programar, dirigir, coordinar y controlar la aplicación de políticas preventivas, así como la ejecución de acciones orientadas a cambiar la conducta infractora, que garantice un cumplimientovoluntariodelasdisposicionesMunicipales.

3.Realizar operativos, operativos en conjunto, detectar e imponer las infracciones y medidas provisionales y complementarias previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones (CIS) vigenteatravésdelpersonaloperativo.

4.Solicitar en cuando corresponda el apoyo logístico y técnico de algún órgano de línea de la Municipalidad o, el apoyo de la Policía Nacional del Perú u otro organismo del Gobierno Nacional de conformidad con lo previsto en los artículos 46° al 49° de la Ley Orgánica de Municipalidades.

5.Realizarlaslaboresdecontrolyfiscalizaciónrespectodelaemisióndehumos,gases,ruidosy demáselementoscontaminantesdelaatmósferayelambiente.

6.Efectuar el control sobre el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas, entre otros establecimientos comerciales y lugarespúblicoslocales,atravésdelpersonaloperativo.

7.Emitir el Informe Final de Instrucción, calificar las infracciones, realizar reorientaciones de infracciones,yotrosdocumentosdefiscalización.

8.Investigar y solicitar información a entidades públicas y privadas, y difundir las normas Municipales.

9.Coordinar en los casos que se requiera con la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público, Ministerio de Salud, Indecopi, Ministerio del Ambiente y otras entidades públicas para la participación de operativos de su competencia, en relación al cumplimiento de las disposiciones municipalesvigentes.

10.Otras que le asigne la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y que sean de su competencia.

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SUBGERENCIA DE EJECUTORIA COACTIVA

Artículo 97°.– Encargada de ejercer actos de ejecución coactiva de las obligaciones tributarias y no tributarias de los contribuyentes. Realiza los actos de ejecución coactiva a nombre de la entidad, en forma autónoma; está a cargo de un ejecutor coactivo, cuyo acceso al cargo es mediante concurso público de méritos, y es funcionario, tal como lo establece el TUO de la Ley de Procedimientos de Ejecución Coactiva – Ley Nº26979; depende jerárquicamente de la GerenciadeAdministraciónTributariayRentas.

Artículo98°.-CorrespondealaSubgerenciadeEjecutoriaCoactiva:

1.Formular controlar y ejecutar el plan operativo y presupuesto municipal correspondiente a suoficina,aefectosdeefectivizarlacobranzacoactivayrecuperacióndedeudas.

2.Organizar, registrar, controlar y ejecutar las cobranzas coactivas por intermedio del auxiliar coactivo.

3.Ejercer las acciones de coerción, para el cobro de las deudas tributarias y no tributarias conforme a las disposiciones contenidas en el código tributario, la ley N°26979, de procedimiento de ejecución coactiva modificada por la ley N° 28892; así como conforme a su reglamento debiendo disponer la suspensión del procedimiento coactivo conforme a los artículos |6°y31°delarespectivaley

4.Emitiryexpedirlasresolucionesdeejecutoriacoactivadeacuerdoaley

5.Disponer los embargos, tasación, remate de bienes y otras medidas cautelares que autorice laley

6.Suspenderelprocedimientodeejecucióncoactiva,previacancelacióndeladeudaoporconvenio de fraccionamiento o por causas establecidas en la ley del procedimiento de ejecución coactiva.

7.Designarperitos,ordenarlatasaciónyrematedelosbienesembargadosconarregloley

8.Coordinar con los órganos de la municipalidad distrital de supe, así como la policía nacional y otrasinstitucionesparaelmejorprocedimientodelasfuncionesasucargo.

9.El ejecutor, por disposición de la entidad, podrá ejecutar las medidas y disposiciones necesarias para el caso de paralizaciones de obra, demolición o reparaciones urgentes, suspensión de actividades, clausura de locales públicos, u otros actos de coerción o ejecución forzosa, vinculados al cumplimiento de obligaciones de hacer o de no hacer, y siempre que la fiscalización de tales actividades sea de competencia de la entidad y se encuentre en peligro la salud, higiene o seguridad pública así1 como en los casos que se vulnere las normas sobre urbanismo y zonificación.

10.Liquidarlascostasygastosadministrativosconarregloalaley.

11.Supervisarycontrolarlalabordelauxiliarcoactivo.

12.Cumplir con las demás funciones establecidas en la ley de procedimiento de ejecución coactiva.

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO Y RURAL

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ARTÍCULO99º.-

ObjetodelaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural

La Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, es un órgano de línea, encargada del desarrollo integral y armónico del Distrito, así como en sus aspectos de planeamiento de la infraestructura urbana y rural, administrar el catastro distrital, aprobar las habilitaciones y renovación urbana,supervisarlasobrasdeinversiónpúblicayobrasciviles.

Está a cargo de un Servidor Público de confianza, siendo designado por el Alcalde, y depende jerárquicamentedelaGerenciaMunicipal.

ARTICULO100º.-FuncionesdelaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural

SonfuncionesdelaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural,losiguiente:

1.Fomentar y dirigir la política municipal en materia de acondicionamiento territorial, asentamientos humanos, medio ambiente y vivienda en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Reglamento Nacional de Construccionesyotrasnormassobrelamateria.

2.Atender los planes de desarrollo urbanos, formulándose, supervisándolo y manteniéndolo actualizado.

3.Dictamen en los procesos públicos y privados de acondicionamiento territorial, habilitacionesurbanas,asentamientoshumanos,medioambienteyvivienda.

4.Dirigir la ejecución de los programas y proyectos de acondicionamiento de asentamientos humanos,medioambienteyvivienda.

5.Mantener un archivo catalogado e intangible de los planos generales de la ciudad, servicios públicos, de lotización y equipamiento social, canalizaciones, monumentos arqueológicos, históricos,artísticosyengeneraldetodoslosasuntosdeinterésynecesidadparalaciudad.

6.Formular,organizaryejecutarelCatastroMunicipalysuactualizaciónpermanente.

7.Proponer,supervisaryactualizarelProyectodeNomenclaturadelascalles,avenidasyplazas deldistrito.

8.Reglamentar y suscribir certificados de licencias de obras, finalización de obras, etc., y controlar las construcciones, remodelaciones y demoliciones de los inmuebles de las áreas urbanas, de conformidad con las normas del Reglamento Nacional de Construcción y el Plan de DesarrolloDistrital.

9.Supervisar y controlar la construcción de las normas de seguridad e higiene de las salas de espectáculos, estadios, coliseos y otros recintos abiertos al público, incluyendo los establecimientoshotelerosyotrosdecaráctercomercial,social,culturalyreligioso.

10.Supervisar y coordinar el cumplimiento de las normas técnicas y administrativas que se derivenelSistemadeGestióndeRiesgodeDesastres.

11.Controlar el cumplimiento de las leyes, decretos, reglamentos y ordenanzas, mediante la calificación, regularización y control del Desarrollo Urbano del Distrito, así como, la atención y orientación al vecino para la correcta aplicación de los dispositivos legales que regulan el uso, construcciónyconservacióndelasedificacionesprivadasypúblicas.

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12.Proponer la Política de Desarrollo Urbanístico de la Municipalidad, elaborando el Plan IntegraldeDesarrolloUrbano.

13.Atender las diferentes solicitudes administrativas contenidas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos(TUPA),enelámbitodesucompetencia.

14.Revisar, coordinar y visar directivas, informes, notificaciones, resoluciones y otros documentosrelacionadosconelámbitodesucompetencia.

15.Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos y Directivas, sobre el ámbito de su competencia.

16.Suscribir las resoluciones pertinentes en el ámbito de su competencia, de acuerdo a las facultadesotorgadas.

17.Planificar y controlar todas las acciones inherentes al desarrollo y mantenimiento de las obras privadas y municipales que se realizan en el Distrito, formulando el Plan Anual respectivo.

18.Otras que le delegue la Alcaldía y la Gerencia Municipal, que le sean dadas por las normas sustantivas.

ARTICULO101º.-ComposicióndelaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural

LaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural,cuentaconlassiguientesUnidadesOrgánicas:

1.SubgerenciadeObrasPúblicasyProyectos.

2.SubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro.

3.SubgerenciadeGestióndeRiesgodeDesastres.

4.ÁreaTécnicaMunicipaldeSaneamiento.

SUBGERENCIA DE OBRAS PÚBLICAS Y PROYECTOS

ARTÍCULO102º.-ObjetodelaSubgerenciaObrasPúblicasyProyectos

La Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos, es la encargada de realizar los procedimientos intelectuales mediante el cual se propone la realización de proyectos, justificando de antemano la coherencia del objeto de los proyectos de inversión pública de acuerdo a los lineamientos establecidosenlosPlanesdeDesarrolloConcertado,dentrodelmarcodelSistemaNacionalde ProgramaciónMultianualyGestióndeInversiones–INVIERTEPE.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO103º.-FuncionesdelaSubgerenciadeObrasPúblicasyProyectos

SonfuncionesdelaSubgerenciadeObrasPúblicasyProyectos,lossiguientesaspectos: 1.Atender las diferentes solicitudes sobre información en la ejecución del Plan Municipal de InversionesenméritoalPresupuestoParticipativoConcertadoanivelDistrital.

2.Cumplir y hacer cumplir la normatividad vigente sobre Inversiones de Obras Públicas en el

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ámbitomunicipal.

3.Elaborar, analizar y priorizar los programas y proyectos de inversión pública, sobre acondicionamientourbano,encoordinaciónconentidadespúblicasyprivadas.

4.Programar, coordinar y controlar los procesos de estudios y diseños de proyectos de obras públicas en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – INVIERTE PE, al nivel de expediente técnico, de acuerdo a las disposiciones legales y normatividad vigente; llevar el seguimiento, control y evaluación de estudios y proyectos contratados con consultores externos, así como aprobar y dar conformidad a los expedientes técnicos elaborados en la Unidad Formuladora (UF) y de aquellos contratados con consultores externos.

5.Recopilar documentación e información legal y reglamentaria relacionada con los precios unitarios,analizaryactualizardichadocumentaciónycoordinarconentidadespúblicasyprivadas la obtención de información respecto a obras existentes, en ejecución y/o por ejecutar, necesariaparalaelaboracióndeproyectosdeinversiónpública.

6.Evaluarlosestudiosdeinversiónpresentadosporparticularessobreproyectosurbanos,emitiendo informes técnicos sobre la factibilidad de su aplicación y analizar la factibilidad presupuestal,previainspecciónoculardelazonaatrabajar

7.Verificar y controlar las Obras Públicas, la compatibilidad entre el expediente técnico y las obras ejecutadas, como requisito para la recepción de la obra de parte de los contratistas, participartantoenlarecepcióncomoenlaliquidacióndelaobra.

8.Registrarymanteneractualizadoelbancodeexpedientestécnicos.

9.Administrar la documentación técnica de los proyectos a su cargo y supervisarlos estudios y expedientestécnicosdeproyectosdesaneamientobásicoparaloscentrospoblados.

10.Desarrollar los estudios de pre inversión técnica y económica, que requieran los proyectos quedeterminenlaGestiónMunicipal.

11.Elaborar Expediente Técnico de trabajos menores para implementación y mantenimiento demobiliarioUrbanoyvíasdecirculación.

12.Considerar en la elaboración de los estudios y proyectos, los parámetros y normas técnicas paralaformulaciónysuevaluaciónenlaprestacióndelosserviciosportercerización.

13.No fraccionar los servicios de tercerización, debiendo tener en cuenta las definiciones de losPIP,contenidasenlasnormasdelINVIERTEPE.

14.Levantar las observaciones o recomendaciones planteadas por la Oficina General de Planeamiento,PresupuestoyRacionalización,asícomoalaDGPM,cuandocorresponda.

15.Realizar las demás acciones que corresponda por mandato de la ley, de acuerdo a sus funciones.

16.Administrar los bienes y recursos asignados, así como, realizar la prestación de los servicios queofertadeacuerdoasucapacidadinstaladaeneldistrito.

17.Proponer la celebración de convenios y/o contratos con los usuarios de los servicios que brindalosequipos,maquinariapesadayvehículosqueadministra.

18.Coordinar con las diferentes organizaciones vecinales, así como, las instituciones públicas y privadas dentro de su ámbito, las acciones de cooperación de los servicios de ornato y de

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infraestructuradecaminos.

19.Supervisar y controlar el estado de conservación y mantenimiento de las maquinarias y vehículosdepropiedadmunicipal.

20.Verificarlascondicionesdetrabajosyseguridaddelpersonaloperarioasucargo.

21.Atender los diferentes trámites administrativos que requieran los usuarios, relacionados conelalquilerdemaquinariasyvehículos.

22.Otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, y demásnormassustantivas.

23.Elaborar y proponer el plan de inversiones y obras a nivel distrital, de acuerdo a las políticas planesynormasaprobadasporlagestión.

24.Elaborar o supervisar la elaboración de los estudios de preinversión y realizar el seguimientodelaejecucióndeproyectosdeinversión.

25.Elaborar o supervisar la elaboración de estudios básicos para la elaboración de expedientes técnicosdeobras(estudiodesuelos,topografíayotros).

26.Elaborar o supervisar la elaboración de los expedientes técnicos de obras, con sus respectivas memorias descriptivas, especificaciones técnicas, presupuestos de obra, análisis de precios unitarios, planos, y demás requisitos exigidos por las disposiciones legales y normatividad vigente.

27.Absolver consultas y/o modificaciones que se puedan presentarse en la ejecución de las obras,asícomotambiénlaelaboracióndelexpedientetécnicodeestasmodificaciones.

28.Coordinar con las entidades públicas y privadas que tengan relación con los estudios de los proyectosyejecucióndelasobras.

29.Evaluar los proyectos de convenios de cooperación y verificar su conformidad y sujeción a laspolíticasinstitucionalesynormatividadvigente.

30.Elaborar o evaluar estudios técnicos de tránsito vehicular y peatonal, así como de las características físicas y operacionales de las vías, determinando la capacidad y el nivel de servicio de cadavía.

31.Elaboraroevaluarestudiosdeimpactovialporproyectosdeedificacióny/oconstrucción.

32.Evaluar la señalización horizontal y vertical en el distrito; así como realizar los estudios técnicosquedeterminenlanecesidaddesemáforos.

33.Organizar y administrar la documentación técnica y la plano teca de los proyectos a su cargo.

34.Elaborar estudios para el saneamiento de áreas tugurizadas y la reconstrucción y/o renovaciónurbanadeáreasdeclaradasinhabitables.

35.Resolver en primera instancia las quejas u oposiciones que se formulen respecto a los procedimientosdesucompetencia.

36.Manteneryconservarelarchivotécnicodelainfraestructuraurbanapúblicadeldistrito.

37.Implementar las recomendaciones de los informes de auditoría emitidos por los órganos conformantes del Sistema Nacional de Control, debiendo de informar a su superior inmediato sobrelasmedidasadoptadas.

38.Formular,actualizaryproponerlanormatividadinternadesucompetencia.

39.Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven de las disposiciones legales o

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que le sean asignadas por la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural de conformidad con lo dispuestoenlanormatividadvigente.

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS Y CATASTRO

ARTÍCULO104º.-

ObjetodelaSubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro

LaSubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro,eslaresponsabledeldesarrollointegralyarmónico de la Ciudad y los Centros Poblados del Distrito, así como, administrar el catastro distrital, aprobar las habilitaciones y velar el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, en concordanciaconlosplanesurbanosaprobados.

Compete desarrollar acciones orientadas a velar por el crecimiento y desarrollo urbano del distrito,respetandolosparámetrosynormasestablecidas,asícomo,velarlasnormasenmateriadeautorizacionesdeconstruccionesyobrasciviles,anunciosypropaganda,ydemoliciónde inmuebles.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTÍCULO105º.-FuncionesdelaSubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro

SonfuncionesdelaSubgerenciadeObrasPrivadasyCatastro:

1.Normar, ejecutar y procesar las actividades antes mencionadas, en concordancia con las entidades administrativas de servicios de saneamiento, electrificación, agricultura y otras entidadesvinculadasconlosCentrosPobladosdelDistrito.

2.Emitir informes sobre zonificación de usos de suelo y vías en áreas de expansión urbana y sobrelosprocesosdehabilitaciónurbana.

3.Emitir informes técnicos sobre conformidad de zonificación de usos para establecimientos comerciales,industrialesydeservicios.

4.Calificar la ubicación y forma de todo tipo de instalación y/o mobiliario urbano que influya en elperfildelavíapública.

5.Emitir informes técnicos sobre alineamiento para predios afectados por remodelación de obrasvialesydeornatopúblico.

6.Informartécnicamentesobreprocedimientodeadjudicacióndeterrenosdepropiedadfiscal ypracticarlatasaciónquecorresponda.

7.Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades relacionadas a bienes inmueblesdepropiedadmunicipal.

8.Administrar los bienes inmuebles de propiedad municipal y efectuar las acciones legales de saneamiento.

9.Organizar el Patrimonio de Terrenos Municipales, de acuerdo a las normas sobre adjudicacionesdeterrenosfiscalesparafinesurbanos.

10.Coordinar, ejecutar y supervisar los procedimientos sobre adjudicaciones de terrenos de

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propiedadfiscalparafinesurbanos.

11.Inscripciones regístrales de los terrenos de propiedad municipal y de terrenos fiscales para finesurbanosentrámitesdeadjudicaciónafavordelaMunicipalidad.

12.Elaborarlosplanosdelosterrenosdepropiedadmunicipalylosqueleseanadjudicados.

13.Preparar y sustentar los documentos y los procesos de subasta pública de los terrenos de propiedadmunicipal.

14.Tramitar los expedientes de adjudicación de terrenos de conformidad con la legislación vigente.

15.Organizaryllevarelarchivodetítuloseinscripcionesregístralesdelpatrimoniomunicipal.

16.Elaborarinformestécnicosrelativosatrámitesdeexpropiaciónyadjudicación.

17.Tramitar y formalizar las transferencias de terrenos que se adjudiquen a favor de la Municipalidadydeéstaasufavordeterceros,enloscasosdesubastas,ventasy/ocesionesdeuso.

18.Instrumentar técnica y administrativamente la aprobación de documentos técnicos de los centros poblados, así como, promover y apoyar la implementación de catastro municipal en ellas.

19.Procesar la información catastral: registrar, validar e integrar la información resultante de la actualizacióncatastral.

20.Mantener actualizada la información catastral en forma permanente a través de las siguientesactividades:

a.Mantenimientodelcomponenteurbano(Gráfico).

b.Acopioyacondicionamientodelainformacióncatastral.

c.Verificacionescatastrales(Fiscalizaciónpredial).

21.Implementación periódica de campañas de fiscalización utilizando información catastral vigente,paracoadyuvaralajustarecaudacióndetributosmunicipalesydemásingresos.

22.OtorgarcertificadosdeempadronamientoenlosCentrosPobladosdelDistrito.

23.Formular,organizaryejecutarelCatastroMunicipalysuactualizaciónpermanente.

24.Proponer, supervisar y actualizar el Proyecto de Nomenclatura de las calles, avenidas, plazas,etc.,eneldistrito.

25.Fomentar y dirigir la política municipal en materia de acondicionamiento territorial, urbanizaciones y vivienda en concordancia con la Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Acondicionamiento Territorial, Reglamento Nacional de Construcciones y otras normas sobrelamateria.

26.Atender los planes urbanos de acondicionamiento territorial, formulándose, supervisándoloymanteniéndoloactualizado.

27.Dictamen en los procesos públicos y privados de acondicionamiento territorial, habilitacionesurbanas,centrospoblados,medioambienteyvivienda.

28.Dirigir la ejecución de los programas y proyectos de acondicionamiento de las urbanizaciones,centrospoblados,medioambienteyvivienda.

29.Registrarlosplanesurbanosysusmodificacionesqueseconstruyaneneldistrito.

30.Mantener un archivo catalogado e intangible de los planos generales de la ciudad, servicios públicos, de lotización y equipamiento social, canalizaciones, monumentos arqueológicos, históricos,artísticosyengeneraldetodoslosasuntosdeinterésynecesidadparalaciudad.

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31.Planear, coordinar y programar proyectos pilotos de urbanizaciones populares y lotizacionesdehabilitaciónprogresivaparafamiliasdebajosingresos.

32.Brindar apoyo técnico-administrativo a grupos poblacionales que promueven urbanizacionespopularesycentrospoblados.

33.Ejecutar y coordinar las actividades de empadronamiento con fines de identificación, calificacióndefamiliasyestadoparaejecucióndelotes,aprobadaenlosCentrosPoblados.

34.Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, controlar y evaluar los procesos de construcción de edificaciones y el ornato público, conforme a las normas del Reglamento Nacional de Construcciones,enconcordanciaconlosplanesurbanosaprobados.

35.Emitir informes técnicos sobre autorizaciones de obra y funcionamiento de playas de estacionamiento,grifosysobreautorizacionesdeanunciosypropaganda.

36.Registrar y mantener actualizado el padrón de inmuebles ruinosos y de inmuebles calificadoscomomonumentoshistóricos-artísticos.

37.Revisar conformidad de expedientes de licencias de construcción respecto a reglamento y normassobrelamateria.

38.El control urbano permanente mediante la implementación periódica de campañas para fiscalizar el cumplimiento de las normas relativas a construcción, funcionamiento comercial y anuncios.

39.Atención y resolución de quejas y denuncias presentadas por los recurrentes, por concepto deviolacionesdelasnormasantedichasy/odañospormalfuncionamientodelosinmuebles.

40.Efectuar el control de las obras a las que se le haya otorgado la licencia de construcción respectiva y que concluirán con el otorgamiento del certificado de finalización de obra y zonificación.

41.Efectuar la inspección ocular correspondiente a las construcciones presentadas mediante declaración de fábrica en vía de regularización, avances de obra, finalizaciones de obra, modificaciones de declaraciones juradas al impuesto predial, fiscalización predial, prescripciones adquisitivas,etc.

42.CoordinarconlaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural,elpermanenteflujodeinformación paralaalimentaciónymantenimientodelasbasescatastrales.

43.Atender las diferentes solicitudes administrativas, contenidas en el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos(TUPA).

44.Políticadeformalizacióndeviviendasenzonasurbanasyperiurbanas.

45.Brindarasistenciatécnicaylegalalosadministradosyorganizacionesvecinales,querequieranlaformalizacióndesuspredios.

46.Contribuir a mejorar las condiciones de vida en las posesiones informales, asentamientos humanos centros urbanos informales y urbanizaciones populares; articulando con la Municipalidad Provincial de Barranca y COFOPRI, la implementación de Programas, Planes y proyectosdeformalizacióneneldistritodeSupe,promoviendolaobtencióndeserviciosbásicos.

47.Promover la eficiencia en el proceso de formalización (saneamiento físico-legal) de las posesiones informales, centros urbanos informales y urbanizaciones populares, articulando conlasentidadescompetentes.

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48.LasdemásfuncionesqueleseanasignadasporlaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural.

SUBGERENCIA DE GESTION DE RIESGO DE DESASTRES

ARTÍCULO106º.-ObjetodelaSubgerenciadeGestióndeRiesgodeDesastres

La Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres, es el órgano encargado de planear, dirigir, conducir y ejecutar las actividades de Gestión de Riesgo de Desastres en el distrito, así como desarrollar acciones en materia de las inspecciones básicas a infraestructura y construcciones, espectáculospúblicosylocalescomercialesdelaactividadprivadaypública.

Asimismo, participar en calidad de Secretario Técnico en la Plataforma de Defensa Civil del distrito.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien desempeñará funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural,siendodesignadoporelAlcalde.

ARTICULO107º.-FuncionesdelaSubgerenciadeGestióndeRiesgode Desastres

SonfuncionesdelaSubgerenciadeGestióndeRiesgodeDesastres,losiguiente:

1.Coordinar y ejecutar los Procesos de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones ITSE, Evaluación de las Condiciones de Seguridad en los Espectáculos Públicos y no Deportivos ECSE y la Visita de Inspección de Edificaciones VISE en el ámbito del Distrito de Supe y dentro del marcodelSistemaNacionaldeGestióndelRiesgodeDesastresSINAGERD

2.Coordinar y ejecutar los planes operativos de emergencia, planes de contingencia, ProtocolosdeemergenciayotrospropiosdelaUnidad.

3.Coordinar y brindar el apoyo técnico en el desarrollo de las acciones del Grupo de Trabajo de la Municipalidad para la Gestión de Riesgo de Desastres, así como a la Plataforma de Defensa CivildelDistrito.

4.OrganizarBrigadasOperativasdeDefensaCivil,encoordinaciónconelINDECI.

5.Programar y ejecutar el Plan de Capacitación en Defensa Civil para las autoridades del Distrito, la colectividad; así como promover las acciones educativas en prevención y atención de desastres.

6.Coordinar y ejecutar los programas de simulacros y simulaciones en el ámbito del Distrito, en coordinaciónconelINDECI.

7.ElaborarelMapadeRiesgodelDistritoencoordinaciónconlaSubgerenciadeObrasPrivadas yCatastro.

8.Realizarinspeccionesocularesaedificacionesparadeclararlainhabitabilidaddeinmueblesy disponersudesocupaciónenelcasodeestarhabitados.

9.Mantener actualizado el inventario de los recursos de la Municipalidad, aplicables a la gestión de riesgo de desastres y organizar los almacenes que permitan la recepción y custodia de ayudamaterial.

10.ActuardeSecretaríaTécnicadelaPlataformaDistritaldeDefensaCivildelaMunicipalidad.

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11.Ejecutar inspecciones técnicas de seguridad en edificaciones ITSE en el Distrito, de acuerdo con las normas establecidas en el Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificacionesvigente.

12.Coordinar y ejecutar las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) en locales con Licencia de Funcionamiento, para verificar o comprobar las condiciones de seguridad enedificacionesconriesgobajoymedio,declaradosporlosusuariosalmomentodetramitarla LicenciadeFuncionamiento.

13.Emitir Informes Técnicas correspondientes para el otorgamiento de Certificados y/o Resoluciones de Inspección Técnica de Seguridad en Edificaciones y resolver los Recursos de Reconsideración.

14.Emitir Informes y/o Dictámenes, que dan curso a los procedimientos de servicios administrativos de la Unidad, en observancia del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA yTUSNEvigentes.

15.Emitir Informe Final de Instrucción de los procedimientos de Sanciones Administrativas de competenciadelaSubgerencia.

16.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Subgerencia a su cargo, así comoelaborarlaestadísticadeaccionesyresultados.

17.Apoyar las acciones relacionadas con cultura de la prevención, en materia gestión de riesgosdedesastres.

18.Cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como implementar las recomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

19.OtrasqueleasignelaGerenciadeDesarrolloUrbanoyRural.

ÁREA TÉCNICA MUNICIPAL DE SANEAMIENTO

ARTÍCULO

108º.-ObjetodelÁreaTécnicaMunicipaldeSaneamiento

Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidadconlanormativasectorial.

Está a cargo de un Servidor Público, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, siendo designado por el Alcalde.

ARTICULO109º.-FuncionesdelÁreaTécnicaMunicipaldeSaneamiento

SonfuncionesdelÁreaTécnicaMunicipaldeSaneamiento:

1.Planificar y promover el desarrollo de los servicios de saneamiento en el distrito, de conformidadconlanormativasectorial.

2.Programar, coordinar, ejecutar y supervisar las acciones relacionadas con los servicios de saneamientodelaprovinciay/odistritosegúncorresponda.

3.Velar por la sostenibilidad de los servicios de saneamiento existentes en la provincia y/o distritodeserelcaso.

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4.Promover la formación de organizaciones comunales para la administración de los servicios de saneamiento, autorizarlas y registrarlas, y generar información sectorial de acuerdo con la LeyMarco.

5.Disponer medidas correctivas que sean necesarias en el marco de la prestación de los servicios de saneamiento, respecto del incumplimiento de las obligaciones de las organizaciones comunales.

6.Resolverlosreclamosdelosusuariosensegundainstancia,decorresponder.

7.Brindar asistencia técnica a los prestadores de los servicios de saneamiento, de su ámbito de responsabilidad. Para la realización de dicha asistencia, la ATM puede contar con el apoyo del GobiernoRegionaldeLima.

8.Monitorear los indicadores para la prestación de los servicios de saneamiento del ámbito rural.

9.Lasdemásqueestablezcaelenterectorenlanormativasectorial.

GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS Y GESTIÓN AMBIENTAL

ARTÍCULO

110º.-ObjetodelaGerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental

La Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, es un Órgano de Línea, encargado de planificar,organizar,dirigirycontrolarlasactividadesrelacionadascongarantizarlaplenaatención de los Servicios Públicos del distrito, la Gestión Ambiental, incidiendo en el ciclo de los ResiduosSólidosylaSeguridadCiudadana.

Está a cargo de un Servidor Público de confianza, siendo designado por el Alcalde, y depende jerárquicamentedelaGerenciaMunicipal.

ARTICULO111º.-FuncionesdelaGerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental

SonfuncionesdelaGerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental:

1.Formular y presentar los Planes y Programas de Trabajo, relacionados a los servicios de GestiónAmbiental,SeguridadCiudadana,asícomolosserviciospúblicosdeldistrito.

2.Planificar, coordinar, supervisar y ejecutar en coordinación con la Unidad de Gestión de Residuos Sólidos, la recolección, acumulación, transporte y disposición final de los residuos sólidos doméstico,industrialesydesalud.

3.Dirigir la programación, ejecución y supervisión de las actividades de gestión ambiental, gestiónderesiduossólidosymantenimientodeáreasverdes,enelámbitoDistritaldeSupe.

4.Gestionar y dirigir la elaboración de proyectos ambientales, orientados a mejorar la calidad del aire, ruidos molestos, manejo y gestión de residuos sólidos en el marco de la Agenda AmbientalLocalDistrital.

5.Proponer la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional con organismos públicosnacionalesyregionalesorientadosamejorarlosserviciosdelimpiezapública,aseourbano,educaciónsanitariayambiental.

6.Supervisar las actividades: técnico-operativo de limpieza pública, tratamiento de los resi-

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duossólidos,mantenimientodelasáreasverdesyelornatodelaciudad.

7.Coordinar con la Unidad Orgánica pertinente de la Municipalidad Provincial de Barranca, para la elaboración, ejecución y actualización del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos(PIGARS)delaProvincia.

8.Proponer programas de saneamiento ambiental; así como establecer mecanismos para la conservaciónyadministracióndelaflorayfaunalocal.

9.Coordinarlasaccionescorrespondientesalosservicioscomunalesymunicipales.

10.Promover y asegurar que la ciudadanía cumpla con las normas municipales en servicios públicos.

11.Normar y controlar las actividades relacionadas al servicio de limpieza pública y mantenimientodeparques,jardinesyáreasverdes.

12.AsesoraralGerenteMunicipal,AlcaldeyalosmiembrosdelConcejoMunicipal,enlosasuntosdesucompetencia.

13.Participar y/o presidir comisiones de trabajo para formular o dictaminar asuntos de competenciamunicipal.

14.Prestar apoyo administrativo a las Comisiones internas de Regidores, en asuntos de su competencia.

15.Revisar, coordinar y visar Directivas, Informes, Resoluciones y otros documentos relacionadosconelámbitodesucompetencia.

16.Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos, Directivas, sobre el ámbito de su competencia.

17.Suscribir Resoluciones pertinentes, en el ámbito de su competencia, de acuerdo a las facultadesotorgadas.

18.Planificar, dirigir, controlar y coordinar acciones en lo concerniente a planes, políticas y proyectossobreServiciosPúblicosLocales.

19.Planificar, dirigir, controlar y coordinar acciones en lo concerniente a planes, políticas y proyectossobrelosServiciosPúblicos,deacuerdoalanormatividadvigente.

20.Controlaryfiscalizarelcomercioambulatorioyproponeralternativasdesolución.

21.Planificar, dirigir, controlar y coordinar los planes y proyectos en materia ambiental, en el marcodelanormatividadvigente.

22.Otras que le delegue la Alcaldía y Gerencia Municipal, o que le sean dadas por las normas sustantivas.

ARTICULO 112º.- Composición Orgánica de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental

La Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, cuenta con las siguientes Unidades Orgánicas:

1.SubgerenciadeServiciosalaCiudad.

2.SubgerenciadeGestiónAmbiental.

3.SubgerenciadeSeguridadCiudadanayVial.

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SUBGERENCIA DE SERVICIOS A LA CIUDAD

ARTICULO113º.-ObjetodelaSubgerenciadeServiciosalaCiudad

La Subgerencia de Servicios a la Ciudad, es el órgano responsable de otorgar autorizaciones defuncionamientoaestablecimientosdelaactividadpúblicayprivada,comercioambulatorio, así como, en administrar y supervisar los mercados, camal y cementerios a cargo de la municipalidad.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien depende administrativa y funcionalmente de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, siendo designadoporelAlcalde.

ARTICULO114º.-FuncionesdelaSubgerenciadeServiciosalaCiudad

SonfuncionesdelaSubgerenciadeServiciosalaCiudad,lassiguientes:

1.Programar, dirigir, ejecutar y expedir autorizaciones de licencias de funcionamiento a personas naturales, personas jurídicas, empresas industriales o de servicios en general, de conformidadconlanormatividadvigente.

2.Mantener un registro de las empresas que operan en su jurisdicción y cuentan con licencia municipal de funcionamiento, definitiva o provisional, consignando expresamente el cumplimientooincumplimientodelasnormastécnicasdeseguridad.

3.Expedir las resoluciones pertinentes en el ámbito de su competencia; así como otorgar las autorizaciones a los espectáculos públicos no deportivos, de acuerdo a las facultades otorgadas.

4.Organizar, planificar y dirigir las actividades de administración y control de los mercados, velandoporelestrictocumplimientodelasdisposicioneslegalesyreglamentariasvigentes.

5.Organizar y controlar la comercialización de productos de consumo humano en los mercados.

6.Supervisar y controlar que la venta y preparación de alimentos en los mercados, se realicen dentrodelasnormassanitarias.

7.Coordinar y supervisar el estricto cumplimiento del Reglamento de Mercados Municipales; asícomoelcontroldelosderechosypagosqueestánobligadoslosconductoresdelospuestos.

8.Planificar, ejecutar, conservar y administrar los cementerios de propiedad municipal, para el buenusodelosserviciosdeentierro.

9.Dirigir y controlar el mantenimiento y operación de las instalaciones y cuarteles del cementerio.

10.Evaluar y supervisar el crecimiento de la demanda de nichos, realizar el inventario de los bienes mobiliarios e inmobiliarios y registrar permanentemente el uso de carteles y nichos del cementerioparaestablecerlasnecesidadesdeampliaciónoremodelación.

11.Desarrollar, conducir y vigilar que el Cementerio Municipal, deberá reservar un área para la prestación de los servicios funerarios de inhumación en fosa común o cremación de cadáveres

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deindigentesoderestoshumanosnoreclamados.

12.Regular las normas respecto al acopio, distribución, almacenamiento y comercialización mayorista y minorista de alimentos y bebidas, en concordancia con las normas nacionales sobrelamateria.

13.Proponer y regular la comercialización mayorista y minorista de producto alimenticios, promoviendo la intervención y habilitación de la infraestructura necesaria de mercados y centros deacopioeneldistrito.

14.Emitir y supervisar propuestas para el cumplimiento del servicio integral de la entidad para fijar los derechos de las sepulturas y servicios funerarios que se presten en el cementerio municipal.

15.Supervisar el depósito oportuno en la caja de la Municipalidad, de los ingresos captados en losmercados,deacuerdoalasnormasdecontroldelsectorpúblico.

16.Supervisar el cumplimiento del horario de aprovisionamiento de mercadería, apertura y cierredelosmercados.

17.Controlaryvigilarquetodoslosartículosyproductosqueseexpendenovendanenlosmercados,exhibansuscorrespondientespreciosindividuales.

18.Supervisarygarantizarlalimpiezaysalubridadenlosmercados.

19.Programar, dirigir y controlar en coordinación con las áreas competentes, operativos que permitan erradicar, clausurar y sancionar a los establecimientos de los mercados que incumplanlasnormasMunicipales.

20.Informar periódicamente mediante reportes sobre los expedientes administrativos relativosalcomercioformalyambulatorio.

21.Emitir opinión técnica respecto de la procedencia de la instalación de establecimientos formalesy/oambulatorios.

22.Emitir las resoluciones pecuniarias y no pecuniarias en los plazos establecidos en el ReglamentodeSancionesyMultasAdministrativas,bajoresponsabilidadfuncional.

23.Coordinar y supervisar el estricto cumplimiento del Reglamento de Mercados Municipales, asícomo,lasdisposicionesconcernientesaeventos,feriasyparaditas.

24.Coordinar, supervisar y apoyar permanentemente en el reordenamiento del comercio informal.

25.Planificar y ejecutar periódicamente el adiestramiento y la capacitación al personal de policíamunicipal,asícomocontrolareldesempeñodesuslaboresantelacomunidad.

26.Programar y ejecutar acciones de fiscalización para identificar y sancionar a los infractores, por el incumplimiento a las disposiciones municipales administrativas contenidas en el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y en el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones(CUIS)vigente.

27.Revisar acciones de control y fiscalización a través de los inspectores municipales, según corresponda.

28.Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funcionesqueleseanasignadasporlaGerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental.

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SUBGERENCIA DE GESTION AMBIENTAL

ARTÍCULO115º.-LaSubgerenciadeGestiónAmbiental

La Subgerencia de Gestión Ambiental, es un Órgano de línea encargada de dirigir, programar, ejecutar, controlar y supervisar las actividades de prestación del servicio integral de residuos sólidos (barrido, recojo, traslado y disposición final), mantenimiento de áreas verdes y de medio ambiente, así como la promoción de la actividad ambiental en el ámbito del Distrito de Supe, Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien depende administrativa y funcionalmente de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, siendodesignadoporelAlcalde.

1.Elaborar, proponer su aprobación, organizar, difundir, dirigir, controlar y supervisar la ejecución y evaluación del cumplimiento de los procedimientos de control, supervisión y fiscalizacióndelosservicios,parquesyjardines,áreasverdesymantenimientodelornato.

2.Promover la educación y cultura ambiental, estableciendo necesidades y recursos para el manejodelaspolíticasestablecidas.

3.Planificar, organizar, dirigir, y supervisar los procedimientos o actividades para regular y controlarelaseo,higieneysalubridadenlosestablecimientoscomerciales,industriales,viviendas, escuelas,piscinasyotroslugarespúblicoslocales.

4.Planificar, organizar, dirigir, hacer aprobar los planes de instalación y mantenimiento de servicioshigiénicosybañosdeusopúblico.

5.Planificar, organizar, dirigir, y supervisar los procedimientos o actividades para regular, controlar y fiscalizar la emisión de humos, gases, ruidos y demás elementos contaminantes ambientales.

6.Planificar, organizar, dirigir, y supervisar los procedimientos o actividades para realizar campañasdecontroldeepidemiasycontroldesanidadanimal.

7.Proponer programas de saneamiento ambiental en coordinación con la Municipalidad ProvincialdeBarrancaylosorganismosregionalesonacionales,pertinentesylasejecuten.

8.Diseñar y elaborar los documentos de trabajo que contengan: análisis y evaluación, herramientasymétodosdegestión,registroseindicadoresparapropuestasoformulacióndelaspolíticas, normas, planes, convenios y estrategias de intervención de la Gestión Municipal para fortalecerlaGestiónAmbientalyelmantenimientodelasáreasverdesenelDistrito.

9.Promover la participación de la población para que denuncien a quienes contaminen el medioambienteyeneldesarrollodeaccionesparalaproteccióndelaecología.

10.Coordinar,promover,ejecutarymonitorearlosplaneslocalesysusinstrumentosdegestión en materia ambiental, en concordancia con las políticas, normas y planes Nacionales y Regionales.

11.Velar por el funcionamiento y manutención de los parques municipales de la comuna y área verdes.

12.Mantener, conservar y regar los jardines y parques públicos de acuerdo a las necesidades y

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Municipalidad Distrital de Supe prioridadesdelacomuna.

13.Administrar, preservar y conservar el uso de viveros para la repoblación forestal de la ciudad.

14.Proponeryejecutarprogramasdedesarrolloymantenimientodeáreasverdes.

15.Promover,difundiryrealizarcampañasdeforestaciónyreforestación.

16.Implementarelsistemaderiegotecnificadodeparquesyjardines.

17.Promover la participación ciudadana en acciones de mantenimiento y fiscalización de las áreasverdes,parquesyjardines.

18.Proponeryfomentarescuelasytalleresdesensibilizaciónyconcientizaciónambiental.

19.Ejecutar acciones de recuperación y ampliación de espacios destinados a las áreas verdes, deusopúblicoypuntosdeacopioparaelrecojodemaleza.

20.Organizar y dirigir la limpieza y mantenimiento de canales de regadío y de los sistemas de riegotecnificadodelasáreasverdesdemanejomunicipal.

21.Instalar y mantener los viveros forestales, ornamentales, plantones y otras especies en los programasdeexpansiónymantenimientodelasáreasverdes.

22.Programaryejecutarelrecojodemalezadeparquesydelospuntosdeacumulación.

23.ProponerlacreacióndeviverosdepropiedadMunicipalidadydirigirsuadministración.

24.Programar, dirigir, ejecutar, coordinar, supervisar y controlar las actividades relacionadas conlaGestiónIntegraldeResiduosSólidosdedistrito.

25.Programaraccionesdecontrol,verificaciónysupervisióndelasactividadesdeaseourbano, recolecciónderesiduossólidos,transporteydisposiciónfinaldelosmismos.

26.Efectuar estudios orientados a la reutilización y reciclaje de los residuos sólidos y mantener adecuadamentelasinstalacionesdelRellenoSanitario.

27.Diseñar y proponer las políticas en materia ambiental y las normas relacionadas con los serviciosdelimpiezapública.

28.Proponer normas para regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los lugares públicoslocales.

29.Organizar, dirigir y controlar el servicio de limpieza pública Local, a través de la supervisión delserviciodebarridodecalles,avenidasydemássectores.

30.DetectarlosResiduossólidosPeligrosos.

31.Ejecutar campañas de inspección sanitaria, fumigación, desinfección y desratización a nivel delosbienesdeserviciospúblicos.

32.Realizarcampañasdeeducaciónydifusiónsobrelalimpiezadelaciudad.

33.Administrar y controlar el personal a su cargo y propiciar su perfeccionamiento y entrenamientoparaelmejordesempeñodesuslaboresenlaprestacióndelosServiciosPúblicos.

34.Planificar, ejecutar y evaluar el servicio de limpieza pública en sus etapas de recolección, transporteydisposiciónfinaldelabasura.

35.Atendersolicitudesyquejasdelosvecinossobreelservicioquesepresta.

36.Elaborar la estructura de costos de los servicios de residuos sólidos en coordinación con la GerenciadeAdministraciónTributariayRentas.

37.Las demás atribuciones y responsabilidades que se deriven del cumplimiento de sus funcionesqueleseanasignadasporlaGerenciadeServiciosPúblicosyGestiónAmbiental.

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SUBGERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANA Y VIAL

ARTÍCULO116º.-ObjetodelaSubgerenciadeSeguridadCiudadanayVial

La Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Vial, es el órgano de línea encargado de planificar, coordinar, dirigir y supervisar todas las acciones destinadas a proporcionar al ciudadano las condiciones más apropiadas para su seguridad personal y la de su familia, a través de servicios que permitan la prevención contra situaciones de violencia o delincuencia dentro de Distrito de Supe, apoyo y control del orden, así como el control del cumplimiento de las normas y disposicionesmunicipales.

Asimismo, participar en calidad de Secretario Técnico del Comité Distrital de Seguridad CiudadanadelDistrito.

Está a cargo de un Servidor Público, con la categoría de Subgerente, quien desempeñara funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, en coordinación con las unidades componentes del Órgano de Línea, siendo designadoporelAlcalde.

ARTICULO117º.-FuncionesdelaSubgerenciadeSeguridadCiudadanayVial

SonfuncionesdelaSubgerenciadeSeguridadCiudadanayvial:

1.Formularyproponerelplandeaccióndistritaldeseguridadciudadana.

2.Programa, coordina, supervisar y ejecutar las acciones de seguridad ciudadana y vial en el distrito.

3.Planificar, programar, supervisar y ejecutar las acciones relacionadas con la señalización y semaforizacióndevíasdecirculacióneneldistrito.

4.Planificaencoordinaciónconlapolicíanacionalelplandepatrullajeintegrado.

5.Promover la participación de la ciudadanía en las juntas vecinales de seguridad ciudadana, encoordinaciónconlapolicíanacional.

6.Vigilar, y hacer cumplir las normas municipales referidas al servicio de transporte público especialdevehículosdevehículosmenores.

7.Brindar apoyo de vigilancia y seguridad previa coordinación en eventos de educación, cultura, deporte, turismo, recreación que sean desarrollado por la entidad edil y/o en coordinación conotrasinstitucionespúblicasyprivadas.

8.Planificar y ejecutar patrullajes preventivos y disuasivos tanto en unidades motorizadas, a piecomoenpuestosfijosdentrodelacircunscripcióndistritalenapoyoalapolicíanacional.

9.Vigilar, proteger y garantizar la tranquilidad, el orden, ornato y seguridad pública de la ciudadaníaenapoyoalapolicíanacional.

10.Prestar apoyo previa coordinación a la unidad orgánica de la entidad edil, cuando la situaciónloamerite,paralaejecucióndeaccionesdesucompetencia.

11.Coordinar y programar con la fiscalía de prevención del delito, policía nacional y otras institucionesparalaejecucióndeoperativosdentrodelajurisdicción.

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12.Planificaryorganizarperiódicamentecapacitaciónyadiestramientoalpersonaldeserenazgoparaelbuencumplimientodesusfunciones.

13.Supervisar el buen uso, cumplimiento del mantenimiento y conservación de los vehículos, equiposyenseresencargadosoasignados.

14.Coordinar con la policía nacional y junta vecinales para la ejecución del patrullaje mixto dentrodelalocalidad.

15.Sistematizar la información estadística de incidencias delictivas de la jurisdicción, mencionando en cuántos de ellos brindo el apoyo el personal de serenazgo, el mismo que permitirá elaborarestrategiasparalareduccióndedelitosyfaltas.

16.Brindar apoyo a las víctimas de hechos antisociales, delitos, faltas, accidentes de tránsito, violencia familiar, personas desaparecidas y otros hechos, conduciendo a ellos ante las autoridadescompetentes,segúnseaelcaso.

17.Otorgary/orenovarlicenciasdeconducirparavehículosmenoresnomotorizados(triciclos, bicicletasyotros).

18.Fiscalizar el cumplimento de las normas Municipales para el transporte en vehículos menores.

19.Llevarlaadministracióndeldepósitooficialdevehículos.

20.Registrarysistematizarelregistrodepersonasjurídicas,propietarios,vehículosyconductor autorizadosparaprestarelserviciodetransporteenvehículosmenores.

21.Proponer y formular las ordenanzas Municipales para que sirvan como instrumento reguladorenmateriadetransporteenvehículosmenoresdentrodeldistrito.

22.Otras funciones que le asigne la Gerencia de Servicios Público y Gestión Ambiental, GerenciaMunicipalyelAlcalde.

GERENCIA DE DESARROLLO SOCIAL Y PROMOCION ECONOMICA

ARTÍCULO118º.-ObjetodelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica

La Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica, encargado de planificar, organizar, dirigir y normar las actividades relacionadas con los Programa Sociales, Educación, Cultura, Turismo,DeporteyPromociónEmpresarial,enelámbitolocalqueprestalaMunicipalidad. Asimismo, es responsable en materia de la Participación de la Población Vulnerable, como la Demuda,Omaped,CiamyUleentreotrasactividadessocialeshacialacomunidad. Está a cargo de un Servidor Público de Confianza con autoridad, quien desempeñara las funciones administrativas y depende jerárquicamente de la Gerencia Municipal, siendo designadoporelAlcalde.

ARTÍCULO

119º.-

FuncionesdelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica

Son funciones de la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica, los siguientes aspectos:

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1.Promover la participación vecinal en la Gestión Municipal, facilitando, articulando y fortaleciendo los espacios de participación de los jóvenes y los ciudadanos en general en el desarrollo delasaccionesenbeneficiodelacomunidad,dentrodelmarcodelanormatividadvigente.

2.Proponer la subscripción de convenios de cooperación interinstitucional, que viabilicen la ejecución de planes y programas de articulación social que favorezcan a las organizaciones de lasociedadcivilorganizada.

3.Planificar, dirigir, ejecutar, controlar y coordinar acciones en lo concerniente a planes, políticasyproyectossobreDesarrolloSocialyEconómico.

4.Coordinar y canalizar las acciones de apoyo comunal hacia la Municipalidad Provincial de Barranca.

5.Proponer políticas de desarrollo empresarial, expresados en la formulación, ejecución, supervisión y control de los planes desarrollo local, con incidencia en las actividades productivas de transformación, agrícola y pecuarios, comercio y servicios en general, vinculados a la Micro,PequeñayMedianaEmpresaMIPYME.

6.Velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el desarrollo de las actividades económicasenelámbitoDistritaldeSupe.

7.Coordinar y promover la inversión privada en actividades agroindustriales y comerciales que dinamicen la actividad económica; así como permita el desarrollo de los emprendimientos empresariales.

8.Dirigir, organizar y procesar la información obtenida y registrada de la actividad económica del Distrito, como soporte para la formulación y ejecución de proyectos estratégicos específicos.

9.CoordinarydirigirlaelaboracióndelPlanEstratégicodeDesarrolloEconómicosostenibledel Distrito, con participación de los actores empresariales; promoviendo su ejecución mediante proyectosy/oactividadesprogramadosenlosPlanesOperativosAnualesdelaMunicipalidad.

10.Promover instancias de coordinación con el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Provincial de Barranca, para realizar acciones conjuntas que dinamicen la actividad empresarialdelaArtesaníaProductoradelaRegión.

11.Dirigir y promover la organización y realización de ferias de producción de la Micro, PequeñayMedianaEmpresaMIPYMEenalianzaconlospropiosempresarios,orientadosadinamizar laactividadempresarial,laasociatividadempresarialycadenasproductivas.

12.Coordinar con el Ministerio de la Producción y la Gerencia Regional de Desarrollo EconómicodelGobiernoRegionaldeLima,parafortalecerlascapacidadesdegestiónempresarial,realizando talleres de capacitación y de asistencia técnica especializada, para micros, pequeñas y medianasempresas.

13.Ejecutar y coordinar el Plan Operativo de Servicios Sociales y Empresarial, de acuerdo a los finesyobjetivosparticipativosconcertados.

14.Promover, coordinar y monitorear con las dependencias educativas, los programas de alfabetizaciónenelmarcodelaspolíticasyprogramasnacionales.

15.Coordinar y promover la ejecución de programas de cultura, deportes y recreación; organizandoysosteniendoloscentrosculturalesyotroscentros.

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16.Dirigir, supervisar y controlar la ejecución de programas de promoción de recreación y deportesparalaniñezyjuventud.

17.Proponer políticas y estrategias para promover y apoyar la participación vecinal en el desarrollolocal,haciaunlogrodegestiónefectivaenbeneficiodelacomunidad.

18.Proponer proyectos de Ordenanzas, Decretos, Directivas, sobre el ámbito de su competencia.

19.CoordinarygestionaranteelDirecciónRegionaldeSalud,laatenciónprimariadesalud.

20.Realizar campañas médicas preventivas de primeros auxilios, educación sanitaria y terapia y rehabilitación a los adultos mayores y personas con discapacidad en el ámbito Distrital de Supe.

21.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de la Gerencia a su cargo, así comoelaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

22.Cumplir y hacer cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como implementar lasrecomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

23.OtrasqueleasignelaGerenciaMunicipalyqueseandesucompetencia.

ARTICULO 120º.- Composición Orgánica de la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica

Paraelcumplimientodesusfuncionescuentaconlassiguientesunidadesorgánicas: ➢SubgerenciadeProgramasSocialesPVL. ➢SubgerenciadePoblaciónVulnerable.

oDEMUNA.

oOMAPED.

oCIAM.

oULE. ➢SubgerenciadeEducación,Cultura,DeporteyJuventud. ➢SubgerenciadePromociónEmpresarialyTurismo.

SUBGERENCIA DE PROGRAMAS SOCIALES

PVL

ARTÍCULO121º.-ObjetodelaSubgerenciadeProgramasSocialesPVL.

Es la unidad orgánica de Línea dependiente de la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica, encargado de dirigir y administrar las acciones y actividades relacionadas a la atenciónycomplementaciónsocialdelapoblacióndelDistrito.

Estáacargodeunservidorpúblico,conlacategoríadeSubgerente,dependeadministrativay funcionalmentedelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

ARTÍCULO122º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

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ÁmbitofuncionaldelProgramaVasodeleche(PVL):

1.ActualizarelpadróndebeneficiariosdelPVLdelaMunicipalidad.

2.Proyectar las raciones de alimentos para la atención mensual, basándose en el padrón debidamenteactualizado.

3.Supervisar y Fiscalizar a nivel de los comités locales de base la correcta distribución de los alimentosalosbeneficiarios,asícomoelusoadecuadodelpadróndedistribución.

4.Registrarlainformaciónhistóricaacercadelosprogramasalimentariosensusdistintasvariablescomo:beneficiarios,racionesdistribuidas,etc.

5.Coordinar,ejecutar,supervisarlasactividadesdesaludpúblicaconelentesectorial.

6.Supervisar y controlar el programa en su jurisdicción a efectos de dar información a la Municipalidad, a la Controlaría General de la República y al Ministerio de Economía de acuerdo a la normatividadvigente.

7.FormularelPlanOperativodelProgramadelVasodeLeche,quepermitaelmejoramientodel programa, mediante planes de supervisión a los Comités y planes de evaluación nutricional y otrosnecesarios.

8.ElaborardiagnósticossituacionalesdelosComitésdelVasodeLeche.

9.ElaborarysugerirproyectosdecapacitaciónalosComitésdelVasodeLeche.

SUBGERENCIA DE POBLACION VULNERABLE

ARTÍCULO123º.-ObjetodelaSubgerenciadePoblaciónVulnerable.

LaSubgerenciadePoblaciónVulnerable,esunaunidadorgánicadelíneadetercernivelorganizacional, encargado de planificar, organizar, dirigir, controlar y evaluar las actividades que fomenten y promuevan el bienestar social y humano de la población vulnerable del DISTRITO, asícomoelbuenfuncionamientodelasactividadesconcernientesalosprogramassociales.

Estáacargodeunservidorpúblico,conlacategoríadesubgerente,dependeadministrativay funcionalmentedelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

ARTÍCULO124º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

1.Gestionar ante las entidades nacionales (VIVIENDA, MIDIS, etc.) para que las poblaciones del distrito de supe de mayores necesidades se beneficien de los diferentes programas sociales de alcancenacional.

2.Promoveryconcertarlacooperaciónpúblicayprivadaenlosdistintosprogramassociales.

3.Realizar las evaluaciones con respecto al impacto social de los programas sociales administradosporlaMunicipalidad,yemitirlosinformestécnicoscorrespondientes.

4.Administrar la Unidad Local de Empadronamiento (ULE) del Sistema de Focalización de Hogares(SISFOH),conformealoslineamientosydirectivasvigentes.

5.Normar, dirigir, ejecutar supervisar las actividades relacionadas a la atención, defensa, protección y promoción de los derechos y deberes de los niños y adolescentes, personas con

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discapacidad, sectores vulnerables, atención y promoción de la atención primaria de la salud física y mental, prevención del maltrato infantil, violencia familiar y sexual, uso indebido del consumodealcoholyotrasdrogas.

6.Generar mecanismos de promoción de la prevención de la violencia en todas sus formas, en contradelniño,niñayadolescente.

7.Difundir, fomentar y apoyar la formulación e implementación de programas de prevención, educación,rehabilitacióneintegraciónsocialdelaspersonascondiscapacidad.

8.Coordinar los programas de acción social con las entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales,enbeneficiodelapoblacióndesamparadacondiscapacidad.

9.Elaborar el diseño de las políticas y planes nacionales, regionales y provinciales de desarrollo social,ydeprotecciónyapoyoalapoblaciónvulnerable.

10.Establecer canales de concertación con las instituciones que trabajan en defensa y promocióndelosderechoshumanos,yeldesarrollointegraldelciudadano.

ARTÍCULO 125º.- Para el cumplimiento de sus funciones cuenta con las siguientes sub unidadesorgánicas:

o DEMUNA

o OMAPED

o CIAM.

o ULE.

Artículo126°.–DefensoríaMunicipaldelNiñoydelAdolescente(DEMUNA).

La Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (DEMUNA) es la encargada de proteger y promover los derechos de los niños, niñas y adolescentes en la jurisdicción del distrito de supe. Facilita el acceso a la Justicia, alivia el conflicto familiar coordinando con las instituciones competentes, evita que los niños y niñas sean marginados, interviene cuando se encuentren amenazados sus Derechos para hacer prevalecer el Principio del Interés Superior del Niño. Se encuentraalaSupervisióndelaSubgerenciadePoblaciónVulnerable.

ARTÍCULO127º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

1.Promover o desarrollar acciones de prevención y atención de situaciones de vulneración de derechos de las niñas, niños y adolescentes para hacer prevalecer su interés superior y contribuiralfortalecimientodelasrelacionesconsufamilia,ysuentornocomunalysocial.

2.DifundireinformarsobrelosDerechosyDeberesdelasNiñas,NiñosyAdolescentes.

3.Efectuar conciliación extrajudicial especializada sin necesidad de constituirse en centros de conciliación, emitiendo actas que constituyen título ejecutivo en materia de alimentos, tenencia y régimen de visitas, siempre que las mismas materias no hayan sido resueltas por instancia judicial.

4.Disponer la apertura de cuentas de consignación de pensión de alimentos derivada de los

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acuerdosconciliatoriosquehayacelebrado.

5.Promover la inscripción de nacimientos y solicitarla en caso de orfandad o desprotección familiar,conconocimientodelaautoridadcompetente.

6.Promover la obtención del documento nacional de identidad, coordinando con el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil – RENIEC y las oficinas de registro civil de las Municipalidades.

7.Promover el reconocimiento voluntario de niñas, niños y adolescentes, y con dicha finalidad están facultados a elaborar actas de compromisos siempre que alguno de los progenitores solicitehacerconstardichoreconocimientovoluntariodefiliaciónextrajudicial.

8.Comunicar o denunciar las presunta faltas, delitos o contravenciones en contra de niñas, niñosyadolescentes,alasautoridadescompetentes.

9.Ejercer la representación procesal en los procesos por alimentos y filiación, según lo establecidoenelcódigoprocesalcivil.

10.Comunicar a las autoridades competentes las situaciones de riesgo o de desprotección familiarqueseandesuconocimiento.

LADEMUNAtienecomofuncionesadicionales:

1.Intervenir como instancia técnica en la gestión del riesgo de desastres a nivel local en los temasdeinfanciayadolescencia,asícomoenloscentrosdeoperacióndeemergencia.

2.Actuar en el procedimiento por riesgo de desprotección familiar, conforme a la ley sobre la materia.

3.Colaborar en los procedimientos de desprotección familiar a solicitud de la autoridad competente.

Artículo128°.–OficinaMunicipaldeAtenciónalasPersonasconDiscapacidad(OMAPED).

La Oficina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad (OMAPED) es la responsable de contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad a través de la atencióndesusnecesidades.Asimismo,promoverlaigualdaddeoportunidadesyeldesarrollo de actividades que conduzcan a su plena inserción en la comunidad. Se encuentra a la SupervisióndelaSubgerenciadePoblaciónVulnerable.

ARTÍCULO129º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

1.Empadronamiento y registro de las personas con Discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el Registro Nacional de la Persona con Discapacidad.

2.Administrar el registro municipal de personas con discapacidad en el ámbito de su jurisdicción, considerando los lineamientos emitidos por el registro Nacional de la persona con discapacidad y teniendo en cuenta el objetivo de la ley N° 29973, “ley de protección de datos personalesylaslimitacionesqueestableceparaeltratamientodedatospersonales.”

3.Manteneractualizadoelregistromunicipaldepersonascondiscapacidad.

4.Supervisión y cumplimiento de normas para poner en conocimiento de la unidad de control

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normativodeladireccióndenormatividaddelCONADISelincumplimientodelasdisposiciones contenidas en el lay N° 29973 y su respectivo regla-mento, en concordancia con las normas sobre infracciones y sanciones, a efectos de que CONADIS inicie el procedimiento respectivo y apliquelasancióncorrespondiente.

5.Velarporelcumplimientodelasnormasquepromueven,protegenyreconocenlosderechos en favor de las personas con discapacidad, poniendo en conocimiento de las autoridades competentes.

6.Promover y coordinar la implementación progresiva del mayor grado de accesibilidad posible en las organizaciones públicas y privadas que permitan la inclusión de las personas con discapacidad.

7.Proponer la formulación e implementación de programas de prevención, educación, rehabilitación e integración social de las personas en situación de discapacidad, de acuerdo a ley N° 29973.

8.Promover el financiamiento de los proyectos que desarrollen las organizaciones de personas en situación de discapacidad del distrito, en el marco de espacios como el presupuesto participativoyloestablecidoenlaleydepresupuestopúblico.

9.Participar de la formulación y aprobación del presupuesto local para asegurar que se destinen los recursos necesarios para la implementación de políticas y programas sobre cuestiones relativasaladiscapacidad.

10.Elaborar,proponeryejecutarsuplanoperativoinstitucionalypresupuestoanual.

11.Formularyremitirsucuadrodenecesidadesalaoficinacorrespondiente.

12.Brindar información actualizada, asesoría y capacitación sobre sus derechos a la población con discapacidad del distrito, sobre Las instituciones estatales o privadas, locales y/o nacionales que ofrecen servicios o beneficios a la población con discapacidad en condición de vulnerabilidad, tales como: el programa contigo, las bolsas de trabajo del ministerio de trabajo, entre otros.Asícomoinformarsobreactividadesqueelmunicipiorealiceafavordedichosvecinos.

13.Proponer normativas para la prevención, atención e integración social de la persona con discapacidaddeldistrito,afinqueseanaprobadasatravésdenormativamunicipaltalescomo: ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otrasnormasdeaplicacióninstitucional,deacuerdoasuscompetencias.

14.Participar del trabajo de coordinación a través de redes, conformando la red de OMAPEDS delaregiónlima.

15.Promover la participación de las personas con discapacidad del distrito, en actividades culturales, deportivas, recreativas y educativas promovidas por las diferentes instancias municipales.

16.Asesorarelprocesodeformulacióndeorganizacionesdevecinoscondiscapacidad.

17.Administrar el acervo documentario y la información digital con lo que se cuenta para el cumplimiento d las funciones en el ámbito de su competencia, conforme a la normatividad vigente.

18.Cumplirconlasdemásfuncionesinherentesasucargo.

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Artículo130°.–CentroIntegraldeAtenciónalAdultoMayor(CIAM).

El Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) es la oficina que promueve la participación e integración social económica y cultural de la persona adulta mayor, a través de la prestación de servicios, en coordinación o articulando con instituciones públicas y privadas; programas y proyectos que se brindan en el Distrito de Supe, a favor de la promoción y protección desusderechos.SeencuentraalaSupervisióndelaSubgerenciadePoblaciónVulnerable.

ARTÍCULO131º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

1.Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temáticadelaspersonasadultasmayores.

2.Planear, organizar, ejecutar actividades destinadas a las personas adultas mayores a través delCIAM.

3.Establecer canales de concertación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechosdelapersonaadultamayor,asícomodelosderechoshumanosengeneral.

4.RegularlasaccionesdelCIAMadecuandolasnormasnacionalesalarealidadlocal.

5.Aplicar estrategias participativas que permitan el desarrollo de capacidades y habilidades parasuperarlapobreza.

6.Difundir y promover los derechos del adulto/ a mayor, propiciando espacios para su participación.

7.Promover y organizar establecimientos de protección para la población adulta mayor en situaciónderiesgoyvulnerabilidad.

8.Promoveryorganizarcampañasdesaludypsicologíadesignadosaladultomayor

Artículo132°.–UnidadLocaldeEmpadronamiento(ULE).

La Unidad Localde Empadronamiento (ULE) eslaresponsable de recibireimpulsareltrámite de las solicitudes de la clasificación socioeconómica (SCE), ante la Dirección de operaciones de focalización (DOF), y de ser el caso recoger la información de los hogares solicitantes de su ámbito local, de acuerdo con los documentos técnicos emitidos para el cumplimiento de dicho fin.SeencuentraalaSupervisióndelaSubgerenciadePoblaciónVulnerable.

ARTÍCULO133º.-Tienecomofunciones,lassiguientes:

1.Absolver las consultas a la ciudadanía respecto al proceso de determinación de la CSE, gestionando e identificando la información a través de los sistemas informáticos puesto a disposición.

2.Asistir al/la solicitante en el adecuado llenado del formato S100, así como entregar la constanciadepresentacióndelmencionadoformato.

3.Brindar al/la solicitante información clara y sencilla respecto al llenado y recojo de datos personales y del hogar, así como de la importancia de consignar el consentimiento informado

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señaladoenelformatoS100.

4.Planificar, ejecutar y conducir operativamente el recojo de la información del hogar a través delaaplicacióndelosinstrumentosderecojodedatos.

5.Registrar en el sistema informático la información contenida en los instrumentos de recojo dedatosaplicadosalhogar,conformelaspautasbrindadasporlaDOF.

6.RemitirformatoD100suscritodemaneramanualalaDOF,decorresponder.

7.Sistematizar, archivar y resguardar los instrumentos de recojo de datos, así como otros documentos relacionados con el proceso de determinación de CSE (constancia de empadronamiento, formato D100 firmado manualmente, formato NV100, entre otros), conforme a las pautasbrindadasporlaDOF.

8.Brindar información clara y comprensible al integrante del hogar que solicite el resultado de la CSE de su hogar y orientar en el uso de los sistemas informáticos puestos a disposición de la ciudadanía.

9.ParticiparaenlasactividadesdecapacitaciónprogramadasyconvocadasporlaDOF.

10.Solicitar a la DOF capacitación y asistencia técnica sobre el proceso de determinación de la CSE.

11.Ejecutar estrategias de comunicación elaboradas por la DGFO para la difusión del proceso dedeterminacióndelaCSE.

12.Ejecutar acciones de manera coordinada o articulada con los demás integrantes del SISFOH paraelcierredebrechasy/oactualizacióndelaCSEdeloshogares.

SUBGERENCIA DE EDUCACIÓN, CULTURA, DEPORTE Y JUVENTUD

ARTICULO134º.-ObjetodelaSubgerenciadeEducación,CulturaDeporteyJuventud

La Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud, es la encargada de planificar, organizar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas con la cultura y la educación de la comunidad, bibliotecas municipales, promoción de la juventud, artística, de recreación y esparcimientoenloscentrospoblados.

Estáacargodeunservidorpúblico,conlacategoríadesubgerente,dependeadministrativay funcionalmentedelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

ARTICULO135º.-FuncionesdelaSubgerenciadeEducación,Cultura,DeportesyJuventud.

LasSubgerenciadeEducación,Cultura,Deportesyjuventud,son:

1.Programar, dirigir, ejecutar, coordinar y controlar las actividades educativas y culturales que competealaMunicipalidad.

2.Participar en programas de alfabetización, promover y cooperar en su realización por la comunidad.

3.CooperarconlaDirecciónRegionaldeEducaciónLocal(DREL)y/oUnidaddeGestiónLocalN° 16 Barranca, en el equipamiento y mobiliario de centros educativos de la jurisdicción del

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DistritodeSupe,deacuerdoaladisponibilidadpresupuestaldelmunicipio.

4.Desarrollar y apoyar actividades educativas no formales en centros educativos, dentro de la perspectiva de los programas de promociones educativas comunales y de acuerdo a los planes trazadosporlaMunicipalidad.

5.Organizar la participación de la comunidad en las actividades culturales y folklóricas que se promuevan.

6.Crear, organizar, dirigir, controlar y mantener museos, casas de cultura, programas y proyectosdecaráctereducativosyculturales.

7.SupervisarelcumplimientodelasnormasaqueestánsujetaslosEspectáculosysugerirlaimposición de sanciones a que haya lugar, en resguardo de la moral, el ornato y las buenas costumbres.

8.NormarlapresentacióndelosEspectáculosPúblicosNoDeportivos.

9.Fomentar la creación de grupos culturales, folklóricos, musicales y de arte, así como la organizacióndeconversatorios,talleresdeteatro,museosysimilares.

10.Promover la conservación del Patrimonio Cultural y la defensa y conservación de los monumentosarqueológicos,históricosyartísticos.

11.Controlar, supervisar, organizar y publicar los catálogos bibliográficos de la Biblioteca Municipal.

12.Planificar,organizaryejecutarelprogramadevacacionesútilesautofinanciado.

13.Controlar y Supervisar la administración de la Biblioteca Municipal, velando por su acervo documentario y material histórico y cultural; y, mejorando su capacidad de atención, así como fomentarsulectura.

14.Apoyarlacreaciónyfuncionamientodebibliotecasescolaresycomunales.

15.Establecerlaspolíticasnecesariasparaeldesarrollosostenibledelajuventudeneldistrito.

16.Promover la participación del joven vecino de acuerdo a sus expectativas y en concordancia aldesarrollolocal,regionalynacional.

17.Velar por los derechos, obligaciones y prohibiciones de los jóvenes para con la sociedad local.

18.Proponer a los planes, programas, proyectos y actividades a favor del desarrollo de la juventud.

19.ManteneractualizadoelRegistroLocaldeOrganizacionesjuveniles.

20.Desarrollar acciones de vigilancia ciudadana a las diversas políticas y programas de juventudquesedesarrollanenelámbitodistrital.

21.Velar por el cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 27802 del Consejo Nacional de la JuventudysuReglamentoelDecretoSupremoNº106-2002-PCM.

22.ImpulsarydirigirlaAcademiaMunicipalPreuniversitaria,conlamisióndeapoyaralosestudiantes de escasos recursos económicos en su preparación preuniversitaria para el examen de admisiónenlasuniversidades,institutospedagógicosy/otecnológicosdelestado.

23.Impulsar y dirigir la Academia Municipal Deportiva, tiene como objetivo en contribuir en la formación integral de los niños, jóvenes y adultos del Distrito de Supe, utilizando como medio el gusto y la inclinación por la práctica deportiva, con el propósito de orientar y promover futuros ciudadanos con alta calidad de vida y condiciones que nos permitan alcanzar óptimos

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Municipalidad Distrital de Supe nivelesdecompetencia.

24.Impulsar y dirigir el Museo Municipal de Supe, que tiene como propósito, conservar, estudiar y exhibir el patrimonio de la localidad, articulando a las actuales necesidades museológicasymuseográficasqueestableceelMinisteriodeCultura.

25.LasdemásfuncionesqueleseanasignadasporlaGerenciadeDesarrolloSocialyPromoción Económica.

SUBGERENCIA DE PROMOCION EMPRESARIAL Y TURISMO

ARTICULO136º.-ObjetodelaSubgerenciadePromociónEmpresarialyTurismo.

La Subgerencia de Promoción Empresarial y Turismo, es el órgano responsable de promover eldesarrolloproductivodelDistritoatravésdelaformulación,ejecuciónycontroldepolíticasy planes de desarrollo empresarial y productivo en las actividades productivas primarias, industria, comercio y exportaciones, buscando la integración y reactivación de los sectores productivoseincentivarlainversiónprivada.

Asimismo, buscar en promover la generación del autoempleo, mediante el desarrollo y concertación de las acciones de promoción al desarrollo sostenido y competitividad de la pequeña y micro empresa, a través de la provisión de información sobre mercados, formación gerencial, asistenciatécnica,idearnuevasherramientasdeactuaciónyfacilitarelaccesoanuevosmercados,entreotros.

También, desarrollar las actividades turísticas en concordancia con la política general del gobiernoylosplanessectorialesylasdirectivasrelacionadasconlaactividadturísticadeldistrito. Estáacargodeunservidorpúblico,conlacategoríadeSubgerente,dependeadministrativay funcionalmentedelaGerenciadeDesarrolloSocialyPromociónEconómica.

ARTICULO137º.-FuncionesdelaSubgerenciadePromociónEmpresarialyTurismo.

SonfuncionesdelaSubgerenciadePromociónEmpresarialyTurismo:

1.Proponer políticas de desarrollo empresarial, expresados en la formulación, ejecución, supervisión y control de los planes desarrollo local, con incidencia en las actividades productivas de transformación, agrícola y pecuarios, comercio y servicios en general, vinculados a la Micro, PequeñayMedianaEmpresaMIPYME.

2.Velar por el cumplimiento de las normas legales que regulan el desarrollo de las actividades económicasenelámbitoDistritaldeSupe.

3.Coordinar y promover la inversión privada en actividades agroindustriales y comerciales que dinamicenlaactividadeconómica;asícomopermitaeldesarrollodelosemprendimientosempresariales.

4.Dirigir, organizar y procesar la información obtenida y registrada de la actividad económica del Distrito, como soporte para la formulación y ejecución de proyectos estratégicos específicos.

5.CoordinarydirigirlaelaboracióndelPlanEstratégicodeDesarrolloEconómicosostenibledel

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Distrito, con participación de los actores empresariales; promoviendo su ejecución mediante proyectosy/oactividadesprogramadosenlosPlanesOperativosAnualesdelaMunicipalidad.

6.Promover instancias de coordinación con el Gobierno Regional de Lima y la Municipalidad Provincial de Barranca, para realizar acciones conjuntas que dinamicen la actividad empresarialdelaArtesaníaProductoradelaRegión.

7.Promover la transformación, comercialización, exportación de productos naturales, agroindustrialesehidrobiológicosdelDistrito.

8.Dirigir y promover la organización y realización de ferias de producción de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa MIPYME en alianza con los propios empresarios, orientados a dinamizar la actividadempresarial,laasociatividadempresarialycadenasproductivas.

9.Coordinar con el Ministerio de la Producción y la Gerencia Regional de Desarrollo Económico del Gobierno Regional de Lima, para fortalecer las capacidades de gestión empresarial, realizando talleres de capacitación y de asistencia técnica especializada, para los Micro, Pequeños y MedianosEmpresarios.

10.Ejecutar las actividades de promoción empresarial turística de la Micro, Pequeña y Medina EmpresaenelámbitodistritaldeSupe.

11.Organizar y realizar eventos feriales de producción MIPYME en alianza con los propios empresarios, orientados a dinamizar la actividad económica; así como generar mayor productividadycompetitividadenestesectorempresarial.

12.Promover el turismo local y sostenible, regulando los servicios destinados a ese fin, en cooperaciónycoordinaciónconlosorganismosdelosdiferentesnivelesdegobierno.

13.Promover la constitución de cadenas productivas y conglomerados; así como la asociatividadempresarialdelaMicroyPequeñaEmpresa.

14.Promover la formalización de la Micro y Pequeña Empresa, organizando charlas de motivaciónysensibilizaciónsobrelosderechosyobligacionestributariasqueestánsujetos.

15.Coordinar con DIRCETUR de la Región Lima, para la creación de nuevas rutas de turismo localvivencialyculturalensusdiferentesmanifestacionesymodalidades.

16.Difundir hacia el exterior la existencia de riquezas naturales, paisajísticas, lugares de gastronomía,artesaníaproductora,entreotras.

17.Organizar y realizar cursos de capacitación especializada y de innovación tecnológica, dirigidos a los Micro y Pequeños Empresarios, en coordinación directa con las áreas respectivas del GobiernoNacionalyGobiernoRegional.

18.Ejecutar y Controlar programas de registro y Empadronamiento de la Micro y Pequeña EmpresaqueoperaenelámbitoDistritaldeSupe.

19.PromoverlaactividaddeartesaníaproductoradelDistrito,organizandoyrealizandoferiasy exposicionesdealcancedelturistanacionalyextranjero.

20.Promover la creación y funcionamiento del Laboratorio de Informática al servicio de los MicroyPequeñosEmpresarios,paralabúsquedadenuevosmercadosyproveedores.

21.Realizar alianzas estratégicas con entidades especializadas para apoyar sus programas de desarrolloempresarial.

22.Formular concertadamente y ejecutar las estrategias y el programa de desarrollo turístico

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de Supe deldistrito.

23.Proponer directivas relacionadas con la actividad turística, así como criterios Técnicos que asegurenelcumplimientodeobjetivosymetas.

24.Regularyfomentarlaorganizaciónyformalizacióndelasactividadesturísticaseneldistrito.

25.Proponer, promover y declarar zonas de desarrollo turístico prioritario, eventos de interés turísticoydesarrollarcircuitosturísticosquepuedanconvertirseenejesdeldesarrollolocaldel distrito.

26.Promover y supervisar la calidad de los servicios turísticos y el cumplimiento de los estándaresexigidosalosprestatariosdeserviciosturísticos,deacuerdoalasnormativasvigentes.

27.Promoverelrescatedelosmonumentosysitiosarqueológicos.

28.Mantener actualizados los directorios de prestadores de servicios turísticos, calendarios de eventos y el inventario de recursos turísticos, en el ámbito regional, de acuerdo a la metodología establecida por el MINCETUR y DIRCETUR u organismo o dependencias del Gobierno RegionaldeLimaProvincias.

29. Disponer facilidades y medidas de seguridad a los turistas, así como ejecutar campañas de protección al turista y difusión de conciencia turística, en coordinación con otros organismos públicosyprivados.

30.Identificar posibilidades de inversión y zonas de interés turístico en el distrito, así como promover la participación de los inversionistas interesados en proyectos turísticos y proponer la suscripción de contratos, convenios o acuerdos de cooperación interinstitucional con entidadespúblicasoprivadas.

31.Promoverlaformaciónycapacitacióndelpersonalqueparticipaenlaactividadturística.

32.Proponer proyectos de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPAdelaSubgerenciaasucargo.

33.Coordinar con todas las Gerencias de los Órganos de Línea de Administración Municipal y proponer proyectos de actualización de la Escala de Infracción y Sanciones Administrativas de competenciadelaGerencia.

34.Emitir Resoluciones en Primera Instancia Administrativa, que resuelven los procedimientos administrativoscontenidosenelTextoÚnicodeProcedimientosAdministrativosTUPAdecompetenciayresponsabilidaddelaGerencia.

35.Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional de su competencia; así como elaborarlaestadísticadelasaccionesyresultadosdesuejecución.

36.Cumplir y hacer cumplir las normas del Sistema Nacional de Control; así como implementar lasrecomendacionesemitidasporelÓrganodeControlInstitucional.

37.Otras funciones afines que le encargue la Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica.

TÍTULO IV

DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

Artículo 138º.- La Municipalidad Distrital de Supe, mantiene permanentemente con todas

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las Entidades del Estado relaciones de coordinación, cooperación y apoyo mutuo, con pleno respeto de su jerarquía, funciones, competencias y autonomía propia a cada Entidad; a fin de articular el interés local con los intereses regionales y nacionales. En todos los casos que se requiera establecer relaciones de cooperación y ayuda mutua o asociación con otras Entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, la Municipalidad suscribirá convenios según sucompetenciaylasnormasvigentes.

Artículo139º.-RelacionesentrelosintegrantesdelaMunicipalidad

Las Autoridades, Funcionarios y empleados públicos municipales mantendrán relaciones en unambientedeconfianzayrespetomutuo,bajolossiguienteslineamientos:

1.Las relaciones de los Regidores, entre ellos, con el Alcalde y con los Funcionarios y personal delaMunicipalidadserealizaráenbasealasdisposicionesdelReglamentoInternodelConcejo Municipal.

2.ElAlcaldecomomáximaautoridadejecutivadelgobiernolocal,mantienerelacionesdirectas y ejerce autoridad sobre los servidores de la Municipalidad; sin perjuicio de las líneas de autoridad y coordinación que se establece en el presente reglamento. Los vecinos que actúan en representación de las instancias consultivas y de coordinación del Gobierno Local, mantendránunarelaciónabierta,fluidaydirectaconlosRegidoresyelAlcalde.

3.Los Funcionarios y empleados públicos municipales, indistintamente del nivel jerárquico, se relacionan,intercambianinformación,conocimientosycoordinanlasaccionesMunicipales.

4.Los Funcionarios se relacionan con el personal de su área de manera directa y con autoridad para disponer acciones de gestión municipal, dentro del ámbito de su competencia; para tal efecto el Funcionario debe desarrollar habilidades y destrezas de liderazgo y capacidades de enseñanza y entrenamiento al personal a su cargo. En reciprocidad el empleado público debe mantener una relación de respeto y colaboración con su superior y con los demás compañeros detrabajo.

5.Los Funcionarios y empleados públicos de la Municipalidad, coordinan acciones sólo en representación de la Municipalidad, dentro del ámbito de sus funciones y competencias, con los funcionarios de otras instituciones públicas y privadas, dando cuenta a su superior jerárquico delasaccionesrealizadas.

TÍTULO V REGIMEN ECONÓMICO Y LABORAL

CAPÍTULO I RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo140ºLaMunicipalidaddeSupecuentaconlosrecursoseconómicosqueseobtienen delassiguientesfuentes:

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a)RecursostransferidosporelEstado.

b)Ingresos por concepto de recaudación de los tributos, consignados en el Artículo 70º de la LeyNº27972.

c)Legadosydonacionesquesehagaasufavor.

d)EmpréstitosinternosyexternosconarregloaLey.

e)MultasporinfraccionesdelasdisposicionesemitidasporlaMunicipalidad.

f) AportesdelaCooperaciónTécnicaFinanciera.

g)IngresosconsignadosenelDecretoLegislativoNº776yampliaciones. h)TransferenciasdelGobiernoCentralparaprogramasespecíficos. i) Otrotipodeingresosquesecreendeacuerdoaley.

CAPITULO II

RÉGIMEN LABORAL

Artículo141ºEl régimenlaboralde los funcionarios y servidores de laMunicipalidadde Supe eseldelaCarreraAdministrativadelSectorPúblico,lacualesreguladapor:

a)LeyMarcodelEmpleoPúblico,LeyNº28175ysusrespectivasnormasdedesarrollo.

b)Disposiciones del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de RemuneracionesdelSectorPúblico.

c)Disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el Régimen Especial de ContrataciónAdministrativadeServicios.

d)Demásdisposicioneslegalesaplicablesalosgobiernoslocales.

El personal obrero se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada, regulado por el Texto Único Ordenando del Decreto Legislativo Nº 728, y sus normas complementarias,reglamentariasymodificatorias.

El régimen especial de contratación administrativa de servicios es aplicable en la MunicipalidaddeSupe,sujetaalDecretoLegislativoNº276,LeydeBasesdelaCarreraAdministrativayde Remuneraciones del Sector Público, y a otras normas que regulan carreras administrativas especiales; asimismo, a las entidades públicas sujetas al régimen laboral de la actividad privada,conexcepcióndelasempresasdelEstado.

En la Municipalidad de Supe, existen colaboradores bajo este régimen contractual, que formanpartedelRecursoHumanodelaentidad.

TÍTULO VI

DISPOSICIONES, TRANSITORIAS Y FINALES DISPOSICIONES TRANSITORIAS

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Primera.- La publicación del ROF deberá realizarse en el portal electrónico de la Municipalidad dentro de los 5 días calendarios siguientes a la fecha de publicación en el Diario Oficial El Peruano,responsabilidaddelaOficinaGeneraldeSecretaríaGeneral.

Segunda. - Disponer que en un plazo de 60 días calendario, a partir de la vigencia del presente Reglamento de Organización y Funciones-ROF, la Gerencia Municipal, actualice los instrumentosnormativoscorrespondientes,acordesconelProcesodeModernizaciónInstitucional.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.-LosrolesyresponsabilidadesdelosfuncionariosyempleadospúblicosdelaMunicipalidadDistritaldeSupe,seráeldemantenerelsistemadecontrolinternopermanentesobre sus actividades, que promueva el logro de sus objetivos, así como la eficiencia, eficacia y economíadelasoperaciones.

Segunda.-Losfuncionariosyempleadospúblicosmunicipalestendránlaresponsabilidadde cumpliryhacercumplirelpresenteReglamentodeOrganizaciónyFunciones.

Tercera. - El presente Reglamento de Organización y Funciones - ROF, entrará en vigencia a partirdeldíasiguientedesupublicaciónenelDiarioOficialElPeruano.

Cuarto. - Deróguese y déjese sin efecto todo Reglamento de Organización y Funciones que hayansidoaprobadosconanterioridadalpresente.

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REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓNY FUNCIONES (ROF)
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Domingo,23deoctubrede2022
· Huacho · Huaral · Barranca · Oyón · Cajatambo · Cañete · 99 Municipalidad Distrital de Supe REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓNY FUNCIONES (ROF) - 2022 Domingo,23deoctubrede2022 ESTRUCTURA ORGÁNICA Y FUNCIONAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE JUNTADE DELEGADOS VECINALES COMISIONES DE REGIDORES CONSEJO DE COORDINACION LOCAL PLATAFORMADISTRITALDE DEFENSACIVIL COMITÉ DISTRITALDE SEGURIDAD CIUDADANA COMITÉ DEADMINISTRACION DELPROGRAMAVASO DE LECHE COMITÉ MULTISECTORIALDE SALUD CONSEJO LOCALDE EDUCACION COMISIONAMBIENTALMUNICIPAL CONSEJO DISTRITALDE LAJUVENTUD MESAS DE CONCERTACION DE LUCHACONTRALA POBREZA, LAVIOLENCIAFAMILIAR COMITE MUNICIPALPOR LOS DERECHOS DELNIÑO, NIÑA YDELADOLESCENTE (COMUDENA) DELDISTRITO DE SUPE OFICINADE PROGRAMACION MULTIANUALDE INVERSIONES (OPMI) OFICINADE PLANEAMIENTOY RACIONALIZACION OFICINAGENERAL DE PLANEAMIENTO, PRESUPUESTOY RACIONALIZACION OFICINAGENERALDEASESORIA JURIDICA OFICINADE LOGISTICAYCONTROL PATRIMONIAL OFICINAGENERALDEADMINISTRACIÓN YFINANZAS OFICINADE RECURSOS HUMANOS OFICINADE TESORERIA OFICINADE CONTABILIDAD OFICINAGENERALDE SECRETARIA GENERAL OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL OFICINADE SISTEMAS E INFORMATICAY GOBIERNO ELECTRONICO OFICINADE REGISTRO CIVIL OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIOYARCHIVO GERENCIADEDESARROLLO URBANOYRURAL SUBGERENCIADE OBRAS PRIVADASY CATASTRO SUBGERENCIA DE OBRAS PUBLICASY PROYECTOS SUBGERENCIADE GESTION DE RIESGO DE DESASTRES AREATECNICA MUNICIPALDE SANEAMIENTO SUBGERENCIADE GESTION AMBIENTAL SUBGERENCIA DE SERVICIOS ALA CIUDAD SUBGERENCIA DE SEGURIDAD CIUDADANAYVIAL GERENCIADE SERVICIOS PUBLICOSY GESTIONAMBIENTAL GERENCIADE DESARROLLO SOCIALYPROMOCION ECONOMICA GERENCIADEADMINISTRACION TRIBUTARIAYRENTAS SUBGERENCIADE FISCALIZACION, CONTROLYSANCIONES ADMINISTRATIVAS SUBGERENCIADE PLANEAMIENTOY CONTROLTRIBUTARIO SUBGERENCIADE EJECUTORIA COACTIVA SUBGERENCIADE POBLACION VULNERABLE SUGERENCIADE PROGRAMAS SOCIALES PVL SUBGERENCIADE EDUCACION, CULTURA, DEPORTEYJUVENTUD • DEMUNA • OMAPED • CIAM • ULE SUBGERENCIADE PROMOCIONEMPRESARIAL YTURISMO CONSEJO MENOR ELPORVENIR ORGANO DE CONTROLINSTITUCIONAL PROCURADURIAPUBLICAMUNICIPAL CONCEJO MUNICIPAL ALCALDIA GERENCIAMUNICIPAL
(ROF-2022) REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES PROVINCIA DE BARRANCA - REGIÓN LIMAMUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SUPE

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DISPOSICIONES FINALES

2min
pages 98-100

TÍTULO IV DE LAS RELACIONES INTERINSTITUCIONALES

1min
page 95

Subgerencia de Promoción Empresarial y Turismo

4min
pages 93-94

Subgerencia de Programas Sociales PVL

1min
page 85

Subgerencia de Población Vulnerable

10min
pages 86-90

Subgerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventud

4min
pages 91-92

Gerencia de Desarrollo Social y Promoción Económica

3min
pages 83-84

Subgerencia de Seguridad Ciudadana y Vial

2min
page 82

Subgerencia de Servicios a la Ciudad

3min
pages 78-79

Subgerencia de Gestión Ambiental

4min
pages 80-81

Área Técnica Municipal de Saneamiento

1min
page 75

Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental

3min
pages 76-77

Subgerencia de Gestión de Riesgo de Desastres

2min
page 74

Subgerencia de Obras Privadas y Catastro

5min
pages 71-73

Subgerencia de Obras Públicas y Proyectos

6min
pages 68-70

Subgerencia de Fiscalización, Control y Sanciones Administrativas

6min
pages 63-65

Subgerencia de Planeamiento y Control Tributario

8min
pages 59-62

CAPÍTULO VI ÓRGANOS DE LÍNEA

2min
page 57

Gerencia de Administración Tributaria y Rentas

1min
page 58

Oficina de Contabilidad

4min
pages 55-56

Oficina de Tesorería

4min
pages 53-54

Oficina de Recursos Humanos

2min
page 52

Oficina de Logística y Control Patrimonial

6min
pages 49-51

Oficina de Trámite Documentario y Archivo

1min
page 43

Oficina de Sistemas e Informática y Gobierno Electrónico

4min
pages 44-45

Oficina de Imagen Institucional

1min
page 42

Oficina Programación Multianual de Inversiones (OPMI

1min
page 39

Oficina de Planeamiento y Racionalización

1min
page 38

Procuraduría Pública Municipal

2min
page 33

Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización

6min
pages 35-37

Comité Municipal por los Derechos del Niño, Niña y del Adolescente (Comudena) del distrito de Supe

2min
page 29

Comité de Administración del Programa Vaso de Leche

2min
page 25

Comité Multisectorial de Salud

1min
page 26

Comité Distrital de Seguridad Ciudadana

3min
pages 23-24

Gerencia Municipal

4min
pages 17-18

Junta de Delegados Vecinales

1min
page 21

Consejo de Coordinación Local

2min
page 20

DISPOSICIONES GENERALES CONTENIDO Y AMBITO DE APLICACIÓN DE LA ENTIDAD MUNICIPAL Y BASE LEGAL

4min
pages 8-10

Plataforma Distrital de Defensa Civil

2min
page 22

Alcaldía

3min
pages 15-16

PRESENTACION

1min
page 7

ESTRUCTURA ORGANICA

2min
pages 11-12
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