Tiempo de Derechos No. 24

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Abril 2020

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ÓRGANOS EXTERNOS, EL CASO DE GUATEMALA El país dio grandes pasos al lograr con la ONU un acuerdo de colaboración, aunque hay resultados agriculces. Se concluye que el mundo necesita valores de integridad que atiendan al más necesitado y den vida digna para todos.

E NATALIA CALLEJAS AQUINO Master en Leyes con enfoque en Finanzas y Derecho Energético de la Universidad de King’s College London–International Bar Association. Maestra en Bioética por la Universidad del Istmo, Guatemala y Lincenciada en Ciencias Jurídicas y Sociales por la Universidad Francisco Marroquín, Guatemala. Socia a cargo del área de Compliance y colíder del área corporativa y comercial.

l 12 de diciembre de 2006, el Estado de Guatemala y las Naciones Unidas dieron vida a un experimento de justicia único en su especie: la contratación externa de un órgano independiente que ayudaría al combate de la corrupción y la impunidad. La creación de esta instancia externa, denominada Comisión Internacional Contra la Impunidad en Guatemala (CICIG), se materializó con la firma del Acuerdo de Creación entre la Organización de las Naciones Unidas y el Gobierno de Guatemala y su objeto principal fue apoyar a las autoridades en su ardua lucha por fortalecer el Estado de Derecho. La noción de un Estado fallido fue una que inicialmente acuñó el Banco Mundial, al analizar las consecuencias de la corrupción en países que habían sido capturados por autoridades que vulneraban derechos fundamentales de sus ciudadanos. La CICIG nace en el contexto de una Guatemala sumida en pobreza y corrupción, cuyos índices de criminalidad iban en aumento y cuyo sistema judicial se encontraba capturado por órganos interesados en mantener la impunidad. La CICIG representaba el ideal de un experimento


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