Los chopcca de Huancavelica
En cada centro poblado y anexo se cuenta con una Junta de Administración Local, representada por un Presidente local, elegido en la Asamblea General de la comunidad de Chopcca, o por los comuneros de la localidad, cuya gestión dura un año. Este es el Delegado del centro poblado ante la Directiva Comunal, con voz y voto para los asuntos referentes a su jurisdicción. Dentro de sus funciones están representar a su localidad ante la Directiva Comunal; controlar y supervisar la marcha administrativa de la misma; hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea General en el centro poblado o anexo; hacer cumplir las obligaciones y derechos de los comuneros de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Interno de la Comunidad Campesina de Chopcca; presentar el balance, la memoria o el informe semestral y anual a la Directiva Comunal; resolver los casos urgentes que se presentan en la administración del poblado a su cargo, dando cuenta inmediata a la Directiva General o la Asamblea General, asistir a la Asamblea de la Directiva Comunal u otros actos comunales; convocar a las asambleas generales; hacer efectivo el cobro de las cuotas ordinarias, cuotas extraordinarias y las multas para informar de las mismas al tesorero de la Directiva Comunal; controlar las faenas comunales; controlar la asistencia a las asambleas generales, verificar que los comuneros no transgredan el Estatuto Interno e informar, por escrito, las faltas graves y otras irregularidades de la localidad al Presidente de la Directiva Comunal y a la Asamblea General.
Autoridades municipales Cada centro poblado chopcca cuenta con autoridades políticas –alcaldes y tenientes gobernadores– que representan a las poblaciones ante el gobierno central. Su papel es apoyar las acciones y decisiones de la Directiva Comunal. El Concejo Municipal de los centros poblados es el órgano principal de gobierno de la Municipalidad, integrado por el Alcalde,39 el Teniente Alcalde y sus regidores. El primero de ellos trabaja en coordinación con la Directiva Comunal y Fiscal de la comunidad. Según el Estatuto Interno de la Comunidad Campesina de Chopcca, le competen las siguientes funciones: convocar y presidir las sesiones de Concejo Municipal; promulgar las ordenanzas, ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal; crear y cumplir órdenes municipales; ejecutar los planes de desarrollo social, promover los 39 El Alcalde no debe confundirse con la autoridad de vara, hoy llamada inspector.
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