ANTECEDENTES Como si fuera ayer, no escapa de mi memoria el día que inicié funciones en la Procuraduría General de la Nación. Fue una soleada mañana de diciembre del año 1992 y en ese momento no podía imaginarme que estaría 13 años de mi vida en una entidad que reafirmó mi vocación por la justicia y la educación continua. De la mano de las prestigiosas juristas Aura Emérita Guerra de Villalaz y Aura Feraud, aprendí el entramado del gobierno judicial, la posición que el Procurador General de la Nación ocupa en la estructura constitucional, así como la función que desde una visión jurídico-administrativa e histórica realiza representando a la Nación, al Estado y a la sociedad. De manera particular, la “Nación” fue un concepto que me ocupé de estudiar y valorar en el marco de las atribuciones constitucionales del Ministerio Público, ya que al aplicarlo al desempeño de los Procuradores, Fiscales y Personeros vi como éstos históricamente se percibían diferentes a los otros, como una comunidad judicial con rasgos particulares. Considerándose como “Pretores” romanos, figura histórica que mencionaremos a continuación en el desarrollo histórico de la acusación penal. Mi profundo respeto por la labor que cumple la Procuraduría en la protección del Estado de Derecho, me ha llevado a profundizar sobre sus raíces en el contexto de la investigación penal que realiza el Estado. Este camino parte del concepto de justicia, que durante la historia de la Humanidad ha constituido una de las misiones prioritarias y permanentes, así como piedra angular de la convivencia entre las personas. Y es en esta procuración de justicia que con frecuencia se vincula el Ministerio Público con la Procuraduría General de la Nación, lo cual, si bien no es incorrecto, es sólo una verdad parcial. El Procurador es un representante, no sólo de sus intereses particulares o políticos, sino también por la propia evolución del término, debe cuidar y velar por el respeto de la
15