86 | Luis Guillermo Lumbreras
“Terra Firme” del bosque amazónico; y fue aún más lenta su expansión hacia el sur. En el cono sur continental —donde termina la cordillera de los Andes—, se mantuvieron como dominantes o únicas la caza y la recolección, actividades que se combinaron con la pesca en las proximidades del mar u otras fuentes de agua con peces. Hasta nuestros días, los Yaghan, Alakaluf, Selknam y diversos grupos de pobladores de la Patagonia argentina y chilena conducían su existencia en esos términos, al igual que los grupos de lenguas macrogé del occidente brasileño y varios habitantes del Chaco. En el período del que nos ocupamos, estas tendencias regionales estaban ya definidas y las innovaciones agrícolas posteriores fueron, normalmente, producto de procesos casuales de migraciones, invasiones u otro tipo de influencias externas. Puede, pues, decirse que el tercer milenio definió las tendencias regionales nativas en sus términos propios frente a la perspectiva agraria. Si bien sabemos que la sedentarización tuvo ciertas formas de manifestarse entre los grupos de recolectores, pescadores y aun de cazadores, no cabe duda de que la agricultura consolidó la tendencia humana de vivir en agrupaciones permanentes con vocación de crecimiento ascendente; por eso, se asocia el sedentarismo con el proceso de neolitización. Por tanto, si bien el sedentarismo no fue una innovación en todas partes, sí se afirmó como una forma de vida más generalizada. El sedentarismo consiste en la opción de vivir juntas varias unidades domésticas o de reproducción, formando familias o comunidades unidas por vínculos de parentesco o cualesquiera formas de legitimación de las relaciones de asociación. Estas comunidades habitan en aldeas o caseríos aglutinados o próximos unos con otros, determinados localmente por la cercanía con las fuentes de trabajo agrícola, en los bordes de los fondos aluviales o en las áreas ricas en pastos con fuentes de humectación, como los bofedales.39 El parentesco es el reconocimiento jurídico40 de las relaciones de reproducción, que se asocian a las condiciones de la producción y establecen los derechos de pertenencia de los individuos a la comunidad a la que está adscrito, en términos del acceso que cada cual debe tener a los beneficios 39. Se llaman “bofedales” a las áreas de concentración de humedad, a modo de pozas o pantanos, naturales o artificiales, que favorecen el crecimiento de pastos frescos, verdes. 40. Las relaciones sociales concretas adoptan una condición “jurídica” cuando son socialmente reconocidas en la forma de los “derechos” que tienen unas personas frente a otras en el marco de tales relaciones. Esta condición jurídica permite aplicar las sanciones sociales que impiden la transgresión de los términos en los que se hayan fijado los límites o ámbitos de tales “derechos”. Esos límites son las obligaciones o deberes.