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PERÍODO 1
[ CAPÍTULO 10 ]
A EDUCACIÓN: TENTATIVAS PARA DIFUNDIRLA.- La Constitución de 1823, en su artículo 181, declaró que la instrucción era una necesidad común y que la República la debía igualmente a todos los individuos. El artículo 184 de la misma Carta política dispuso que se crearan universidades en las capitales de departamento y escuelas de instrucción primaria en los lugares más pequeños. Bellas palabras, como tantas otras de la República naciente; pero carente de posible aplicación inmediata por ausencia de recursos, de elementos humanos, de directivas eficaces y de materiales de trabajo. Caridad y beneficencia, de un lado, e instrucción pública, por otra parte, hallábanse relacionados siguiendo la tradición colonial, así como derecho y moral, deber y obligación. El decreto supremo de 23 de febrero de 1823 ordenó a los conventos de regulares existentes en el territorio de la República a abrir escuelas gratuitas de primeras letras, debiendo los prelados respectivos designar como preceptores a los religiosos más dignos de confianza. Fueron muy pocos los conventos que cumplieron con esta orden, como expresara el Consejo de Gobierno en agosto de 1825. Junto con bandera e himno, ejército y marina, organización administrativa y judicial, el gobierno de San Martín le dio al Perú la Escuela Normal (Decreto de 6 de julio de 1822). Su dirección fue confiada a Diego Thomson, pedagogo del sistema de enseñanza lancasteriano, que era, a la vez, misionero de la Sociedad Bíblica Británica de propaganda protestante. En el sistema lancasteriano los alumnos más adelantados enseñaban a los principiantes. Con Thomson colaboró, curiosa expresión de solidaridad en la cultura o de tolerancia entre otras creencias religiosas, el presbítero José Francisco Navarrete. Pero las dificultades bélicas, políticas y económicas obstaculizaron la labor de Thomson y este se retiró del Perú en 1824 dirigiéndose al Ecuador. Con fecha 14 de abril de 1825, el Libertador dejó constancia del “completo abandono en que se halla la educación pública en todos los pueblos del Perú. En ninguno hay escuelas ni de primeras letras y los niños y los jóvenes crecen en la más absoluta ignorancia”. Dentro del propósito de divulgar la educación primaria dispuso la circular firmada por el ministro José María de Pando en 1826 la organización de dos escuelas lancasterianas normales en Lima, una para varones y otra para mujeres; planteles de idéntico tipo debían establecerse en las capitales de cada departamento y cada provincia. Ordenó, asimismo, que los programas de instrucción fuesen uniformes, agregándose en las escuelas de niñas la enseñanza de la costura. Estas directivas se cumplieron en parte y su huella todavía era visible en 1841, como ha de verse más adelante. La fundación de aulas de latinidad en varios departamentos y de colegios de orientación tradicional integra la obra educacional de la época bolivariana que, en relación con los períodos siguientes, será mencionada en capítulo posterior. Para el sostenimiento de escuelas y colegios fueron aplicadas, aparte de las rentas provenientes del Virreinato, algunas de establecimientos de beneficencia, las de conventos supresos, las pensiones disponibles de censos y obras pías, ciertos impuestos locales que los municipios eran encargados de invertir, los productos obtenidos en algunas fiestas. No había centralización para recaudar o gastar estos fondos.