LA MONEDA EN EL MERCADO INTERNO PERUANO COLONIAL | 207
El yanaconaje se torna el tipo de trabajo preferido por los hacendados serranos. El yanacona y su familia conforman una fuerza laboral suficiente para el trabajo de las unidades agropecuarias, pero al no recibir una remuneración más allá de la tierra que le dan para su mantenimiento, el yanacona no es parte importante de la economía mercantil.16 Los jornaleros son la fuerza laboral de los no encomenderos desde los primeros tiempos. Hacia mediados del siglo XVI, el indio debe recibir diariamente un tomín en dinero y un cuartillo de maíz por su trabajo. Pero en 1576, el virrey Francisco de Toledo aumenta la tasa hasta un tomín y medio y alimentación, e incluso, al año siguiente, da la provisión ordenada por el rey y consultada con “algunas personas graves de letras, conciencia y experiencia” que establece la remuneración de la población indígena serrana y costeña entre Trujillo y Nasca ratificando la tasa, pero expresándola ahora en reales, que igualmente equivalen a la octava parte del peso corriente: para trabajadores temporales, un real con tres cuartillos y alimentación (construcción, acarreo de carga, peones urbanos, etc.); para los mitayos en haciendas y chacras, un real y un cuartillo; para los mitayos en estancias ganaderas, un cuartillo; para los jornaleros, 12 pesos de 9 reales y 2 vestidos de indios (algodón) por año (96 reales o un cuartillo al día o 64 reales o 1,18 reales si se trataba de muchachos entre 12 y 18 años de edad o nada si eran menores), y para los labradores 20 pesos de 9 reales (menos de dos cuartillos al día), un vestido de algodón y alimentación.17 La remuneración de las indias consistía en 8 pesos al año si eran mayores de 15 años de edad (“chinas”), 4 pesos al año si tenían de 10 a 15 años de edad o nada en dinero si eran menores de 10 años de edad. En todos estos casos, se agrega comida, curación y doctrina cristiana como parte de la remuneración. Finalmente, se establece que los indios e indias deben dormir en barbacoas altas y tener mantas con que cubrirse.18 Estos servicios y bienes agregados elevaban la remuneración de manera considerable, aunque no proporcionasen a los trabajadores dinero en efectivo para participar en un mercado monetario. Si bien los vestidos para indígenas y otros sectores populares eran de algodón, a veces se incluían prendas de telas algo finas que se daban al término de los tratos laborales. Esas prendas podían tener un precio equivalente a toda la remuneración anual en moneda. Con la alimentación sucedía algo similar cuando se proporcionaba en maíz y en productos de zonas alejadas del lugar de la prestación de servicios de trabajo. 16. Cushner 1980: 83, Glave 2009: 439-441. 17. Entre los contratos de trabajo industrial del siglo XVI en Lima, esta disposición se encuentra acatada en 164 casos, en tanto que en 59 la remuneración no alcanzó esa cantidad y en 83 la sobrepasó (Quiroz: 2008). 18. Archivo Histórico Municipal de Lima. Libros de cédulas y provisiones de Lima L. 6 fols. 466-468.
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15/08/2019 11:31:53 a.m.