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preciosos comprados, así como de los valores acuñados y sus movimientos; los ensayadores debían comprobar la ley de los metales adquiridos y posteriormente la de las monedas acuñadas; y el juez de balanza tenía a su cargo el pesaje de barras a fundir y también el de las piezas amonedadas. Desde la etapa colonial, la fielatura, esto es la sección donde efectivamente se fabricaba la moneda, operó en un régimen mixto entre estatal y privado. Recogiendo esa trayectoria, el reglamento de 1830 expresaba que “una larga experiencia en el gobierno colonial y la especulación que se hizo en el actual independiente han convencido de que la fielatura de moneda debe subastarse con un moderado premio y no administrarse de cuenta del estado”.15 El fiel tenía un salario de 2000 pesos, y recibía las instalaciones de la Casa bajo inventario (la sala de volantes, la fundición de cizallas y la herrería). Si las máquinas sufrían desperfectos, el fiel debía correr con el gasto de refaccionarlas, excepto en el caso de máquinas grandes como los molinos o volantes. Asimismo, asumía todos los gastos de elaboración de la moneda (salarios, materiales e insumos) y obtenía una fracción de los derechos de amonedación.16 De manera que la fielatura era una entidad casi independiente en el interior de la Casa. Bajo estas condiciones, la firma británica Herring, Graham y Powles Green tomó la fielatura por un contrato firmado el 19 de diciembre de 1825. John Crabtree, representante de la firma, nombró como fiel al ciudadano peruano Tomás Green. Dirigía la casa el general Necochea. Green parece haber trabajado satisfactoriamente, pero en 1826 sufrió graves pérdidas por robos que se atribuyeron a “los negros” que operaban la máquina que procesaba los rieles. Al parecer estos trabajadores lanzaban piezas de plata al río subrepticiamente y luego las recuperaban aprovechando los momentos de seca o limpia para luego venderlas. Algunos comerciantes peruanos e ingleses compraron la plata así sustraída de la CNM y fueron llamados a declarar (AGNP, CM 498, 1825-1827). Al igual que en el virreinato, ciertos funcionarios de la Casa debían residir en su local junto con sus familias (incluidos probablemente sus servidores domésticos): el director, el contador, el juez de balanza, el fiel, el primer ensayador, el fundidor, el guardacuños, el guardamateriales, el tallador y el portero. En 1870, Nicolás de Piérola intentó sin éxito limitar el privilegio de vivienda en la casa.17 Casi todas las viviendas estaban ubicadas en la segunda planta del 15. Reglamento… 1830, art.° 52. 16. Al igual que las ordenanzas de 1755, el reglamento de 1830 señalaba que el fiel debía pagar los salarios del teniente de guardacuños, del fundidor de cizallas, del teniente de este, del herrero, de los guardavistas, acuñadores y rondines. 17. La Casa de Moneda de Lima estaba ubicada originalmente en un emplazamiento llamado “Campo del Fraile”, y probablemente el edificio quedó destruido con el terremoto de 1746. En el siglo XVIII, por orden real se adquirieron otras siete posesiones. La nueva Casa se comenzó a construir en 1748 y se terminó en 1760 (Casa Nacional de Moneda… 1899: 6).
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15/08/2019 11:31:57 a.m.