Esta obra está dedicada al debate analítico y empírico sobre la medición del grado de satisfacción del goce efectivo de los derechos de la población desplazada. Cabe recordar que para tal fin la Corte Constitucional adoptó un conjunto de indicadores de goce efectivo de derechos entre los años 2005 y 2008. Además, solicitó al Gobierno nacional que procediera a estimar anualmente dichos indicadores con el fin de conocer los avances, estancamientos o retrocesos en el grado de satisfacción de los derechos de este grupo poblacional. Para la definición de estos indicadores, la Corte Constitucional ha fomentado el diálogo entre el Gobierno nacional, los organismos de control del Estado y los acompañantes del proceso de seguimiento al estado de cosas inconstitucional, entre estos, la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado (CSPPDF).