Los indicadores de goce efectivo de derechos de la población desplazada (El Reto, vol. 17)

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Los indicadores de goce efectivo de derechos de la población desplazada

Derecho a la alimentación

El indicador de goce efectivo de este derecho se define así: Todos los hogares víctimas de desplazamiento forzado disponen de alimentos aptos para el consumo y acceden a una cantidad suficiente de los mismos (la cantidad mínima requerida es de 2100 kilocalorías por día y por persona). Este indicador resulta muy difícil de medir y requeriría de la realización de una encuesta específica. El Gobierno ha estimado este indicador en el pasado recurriendo al Food Consumption Score o Puntaje del Consumo de Alimentos, una metodología del Programa Mundial de Alimentos, para medir la adecuación de la alimentación del hogar en términos de diversidad y frecuencia en el consumo de los alimentos. Por su parte, la CSPPDF, en sus encuestas de verificación, así como la CGR, en su encuesta de víctimas, recurrieron a estimar como aproximación a este derecho los Síntomas de Insuficiencia Alimentaria, expresados en términos de comer menos de lo deseado por falta de alimentos o de dinero para comprarlos, quedarse con hambre por igual motivo; o también, por esta misma razón, dejar de consumir una de las comidas básicas diarias (desayuno, almuerzo o comida). La medición del indicador de este derecho, que siempre se ha considerado trascendental, cobra especial relevancia en las circunstancias actuales ante la pandemia del covid-19 que vive el país.

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