El diálogo con el Gobierno nacional sobre indicadores de goce efectivo de derechos: respuesta preliminar al Auto 443 de 2020
Conclusiones
• El Gobierno nacional incumplió el plazo fijado por el Auto 333 de 2020, de entregar al inicio del diálogo con una determinada antelación no inferior a siete días, la respuesta a las observaciones y propuestas presentadas por los organismos de control y la Comisión de Seguimiento a la Política Pública de Desplazamiento Forzado, al análisis de la idoneidad de los Indicadores de goce efectivo de derechos de la población desplazada, elaborado por el Gobierno nacional en respuesta al Auto 331 de 2019 proferido por la Corte Constitucional. • El Gobierno nacional se abstuvo de dialogar sobre las propuestas de los indicadores de goce efectivo no incluidos en el Auto 373 de 2016, que le remitiera la Corte Constitucional de acuerdo con lo dispuesto por el Auto 333 de 2020. • El Gobierno nacional no tuvo en cuenta para el diálogo las modificaciones propuestas por la Comisión de Seguimiento a la Política Pública sobre Desplazamiento Forzado a los indicadores de goce efectivo de derecho que le remitiera la Corte Constitucional de acuerdo con el Auto 333 de 2020. • El Gobierno nacional no tuvo en cuenta para el diálogo las consideraciones presentadas por los organismos de control sobre los indicadores relacionados con los derechos de los pueblos étnicos, así como de los demás sujetos de especial protección constitucional. • Las fichas de los indicadores que constituyeron el insumo principal para el desarrollo del diálogo no fueron construidas con el suficiente rigor para algunos derechos. • El Gobierno nacional manifestó formalmente y en términos generales su disposición para atender las inquietudes de los intervinientes. Sin embargo, mostró una
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