INTRODUCCIÓN AL DERECHO Diversas
son
las
teorías
que
dan
respuesta
a
estas
interrogantes, pero son las que van a centrar nuestra atención en
particular
nos
estamos
refiriendo
en
concreto
al
IUSNATURALISMO y al POSITIVISMO.
3.4.1. El Iusnaturalismo La concepción lusnaturalista tiene su origen en el pensamiento filosófico griego, de donde posteriormente es recogida por los romanos y más tarde por el cristianismo.
La concepción iusnaturalista en un principio no es una teoría jurídica, sino principalmente y sobre todo una teoría de la Justicia. No se trata de un Derecho natural sino de una justicia natural. Más tarde con los romanos y sobre todo con la llegada del cristianismo sigue siendo también
teoría
de
la
justicia,
pero
englobando
y
absorviendo dentro de ella a toda una teoría jurídica. Este esencial hermanamiento entre derecho, justicia es lo que va a caracterizar al naturalismo, el mismo que entiende
la
existencia
de
principios
ético -jurídicos
absolutamente validos permanentes e independientes de la voluntad humana, que el hombre puede conocer y plasmar en el Derecho positivo 28.
Para la teoría del derecho natural, el punto de apoyo y el centro de todo el Derecho es la justicia.
Como las cosas, los bienes han sido creados para que el hombre pueda utilizarlos, es lógico que exista el derecho de propiedad. El respeto por la vida y por los bienes MARTÍNEZ ROLDAN Luis – FERNÁNDEZ SUÁREZ, Jesús; CURSO DE TEORÍA DEL DERECHO, 2 d a Edición, Editorial Ariel S.A.; Barcelona 1999, p. 35. 28
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