productividad en el sector de la construcción
son quienes, en conjunto, se encargan de contactar y dar seguimiento a la empresa de servicio, sin contar con mecanismos claros para exigir el traslado (por ejemplo, no se dispone de plazos). Una consecuencia de lo anterior es que quienes administran “bnup regla general” tienen amplios espacios para interpretar su rango de acción.95 Este es el caso de algunas municipalidades, que imponen autorizaciones para efectuar cambios de servicios mediante ordenanzas.96 La naturaleza de tales autorizaciones no siempre es clara: si es a modo de catastro, de propender a la seguridad del traslado, o incluso cobrar por este. Si bien este patrón no necesariamente supone incoherencia normativa, ya que no va en contra del traslado de servicios propiamente tal y se asocia a normativa de jurisdicción municipal, denota la poca claridad del rol de cada autoridad, que en ocasiones ha derivado en conflictos que pueden retrasar el desarrollo de una obra.97 A modo de ejemplo, la Municipalidad de Cerro Navia realizó el cobro de derechos municipales a un contratista que, a nombre de una empresa de servicio, se encontraba realizando actividades de soterramiento de cables eléctricos. Al respecto, el contratista solicitó un pronunciamiento a la cgr, la que determinó que, aun cuando el cobro de la municipalidad se encontraba descrito en una ordenanza, esta debía corregirse, pues tal cobro no procedía.98 En definitiva, la poca claridad respecto de la injerencia de las municipalidades puede derivar en ineficiencias en el uso de los recursos que la autoridad e incluso las empresas de servicios emplean para aclarar sus atribuciones. Además, se generan posibles retrasos en la ejecución del cambio del servicio, si es que hay conflictos. Hallazgo 5.7: La poca claridad procedimental en torno a cambios de servicios genera espacios que han sido utilizados por las municipalidades para crear regulaciones que intervienen el proceso, produciendo pérdidas de eficiencia tanto para la autoridad como para los privados.
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Reunión exfuncionario sec, 10/01/20. Casos Villarrica (ver: https://www.munivillarrica.cl/wp-content/uploads/2019/03/ordenanza_15. pdf (art. 13)) y Punta Arenas (ver: http://bcn.cl/2cqhj (art. 26)). Cabe recordar que solo la nueva normativa de telecomunicaciones (la que durante la realización de este estudio se encontraba en borrador) ha establecido roles más claros entre autoridades. Dictamen cgr 13.730, de 2018.