productividad en el sector de la construcción
Causas probables Si bien el ord dv 6.824, de 2018, establece reglas específicas a nivel del diseño del traslado (y en menor medida, la ejecución), estas son insuficientes. El principal ejemplo es que se regula pormenorizadamente las actuaciones de los involucrados, pero no se les fija plazos para que lleven a cabo sus actividades. En efecto, el único plazo que se detalla es el de 60 días hábiles para que las empresas de servicios cambien su infraestructura, el que, por cierto, hace referencia a la etapa de ejecución. Adicionalmente, los tiempos se ven afectados por la alta dependencia en el actuar de las empresas de servicios. En la etapa de diseño el tiempo de tramitación de estas empresas da cuenta de casi la mitad del proceso, y ni la normativa ni los procedimientos internos imponen sanciones específicas al respecto. Por otro lado, el mecanismo de reembolso se configura como un aspecto sobre el que la autoridad decide no cuestionar, por cuanto prefiere otorgar mayor importancia al ágil desarrollo de obras públicas, respetando plazos de ejecución y previniendo posibles compensaciones. Sin embargo, supone ineficiencias respecto de (i) la disponibilidad de recursos fiscales para realizar otros proyectos de inversión, y (ii) posibles pérdidas frente a reembolsos incompletos. Hallazgo 5.10: Si bien el ord dv 6.824, de 2018, contempla un procedimiento para el diseño de traslados en “bnup fajas fiscales” (y algunas medidas para la ejecución de estos), en la práctica se aprecian deficiencias que afectan el desarrollo de las obras: •
Existen retrasos en el proceso con una media de 114% respecto al plazo propuesto por la propia autoridad en la etapa de diseño, y en la etapa de ejecución se ha extendido el contrato de la obra en 4 meses en promedio.
•
Existen actividades (por ejemplo, entrega de presupuestos por parte de empresas) que no son controladas a través de tal procedimiento (por ejemplo, no hay sanciones específicas por retrasos).
Hallazgo 5.11: Los mecanismos que permiten al Fisco pagar preliminarmente por el traslado para luego solicitar reembolso vía tribunales, si bien permiten agilizar la ejecución de obras, tienen un costo fiscal relevante, tanto por el monto de lo recuperado (69%), como por los recursos involucrados para lograrlo.
304